El Taller del dictamen pericial contable, organizado por la comisión de Peritos Contables en la Impartición de Justicia del Colegio, se enfocó en fortalecer el ejercicio profesional del contador público en su papel como perito auxiliar de las autoridades judiciales. El evento se desarrolló los días 14 y 15 de enero, con la participación de Alberto Manuel Castañeda Niebla y Gerardo Héctor López Ramírez, integrantes de la comisión mencionada, quienes expusieron los fundamentos y responsabilidades que implica la elaboración de un dictamen.
La coordinación del taller estuvo a cargo de Mónica Estrada Hernández durante el primer día y de Raúl Armando Cruz Gómez en la segunda jornada, quienes guiaron el desarrollo de las actividades.
Durante el taller se destacó que el dictamen pericial contable tiene como finalidad la búsqueda de la verdad y la aportación de elementos de juicio confiables que permitan al juez tomar decisiones informadas, particularmente en materias donde existen limitaciones técnicas para resolver cuestiones matemáticas, financieras o contables. En este contexto, dijeron que el perito contable se consolida como un especialista multifacético, con intervención en ámbitos mercantiles, laborales, familiares, administrativos, fiscales y penales.
Un punto central del taller fue la distinción entre informe, opinión y dictamen. Explicaron que el informe se limita a describir hechos y datos; la opinión implica una valoración sujeta a ciertos supuestos; mientras que el dictamen, a diferencia de los anteriores, constituye un juicio técnico especializado, sustentado en evidencia comprobable y elaborado exclusivamente por un experto, generando una alta responsabilidad profesional y legal.
Bajo esa línea, describieron que el dictamen pericial contable está dirigido principalmente a autoridades judiciales, por lo que su elaboración exige un proceso escrupuloso que incluye el análisis del expediente, la demanda, la contestación, las pruebas ofrecidas y el alcance específico del encargo, considerando si el perito actúa por alguna de las partes o como auxiliar designado por el juez.
Los expositores enfatizaron que, a diferencia de una auditoría tradicional, que puede basarse en pruebas selectivas, el peritaje contable suele requerir una revisión exhaustiva del 100 % de la información, especialmente cuando debe responder a cuestionamientos directos en juicio. Por ello, la metodología científica es la columna vertebral del dictamen, apoyada en la normatividad contable (NIF, NIA), estándares forenses como la ISO 21043, el método científico y los principios éticos de la profesión.
Subrayaron que el perito debe actuar con integridad, objetividad, competencia profesional, diligencia y confidencialidad, ya que un dictamen deficiente puede ocasionar perjuicios a terceros e incluso derivar en responsabilidades penales. Asimismo, recalcaron la importancia de que el lenguaje del dictamen sea claro y accesible, considerando que será leído por jueces y abogados no especializados en contabilidad.
En el taller abordaron también el papel del perito dentro de las distintas etapas del juicio, desde el desahogo de pruebas hasta la ejecución de sentencia. Enseñaron la intervención de los diferentes tipos de peritos, de parte, en rebeldía y tercero en discordia, e hicieron énfasis en que, independientemente de quién lo contrate, el perito es siempre auxiliar del juez.
En el contexto de los juicios orales, resaltaron que el perito debe contar con habilidades de comunicación, estudiar a fondo su dictamen y se preparar junto con el abogado, anticipando posibles cuestionamientos y evitando opiniones fuera de su ámbito de competencia.
Finalmente, los expositores destacaron la importancia de la capacitación continua, dada la constante evolución de las normas y la amplia gama de asuntos en los que puede intervenir un perito contable, desde temas fiscales y laborales hasta fraudes, sucesiones, contratos, determinación de intereses y cuantificación de daños.
Durante el evento se brindó un espacio a integrantes de la comisión de Peritos Contables; Ricardo Santos Giles, Maribel Ballesteros Celaya, Yolanda Olivares Mendoza, Dalia Ernestina Granados Ramos, Raúl Armando Cruz Gómez y Mónica Estrada Hernández, quienes presentaron una metodología aplicable a la pericial contable, diseñada para estandarizar procedimientos y elevar la calidad de los dictámenes en los tribunales mexicanos.
Este documento propone una guía integral que incluye bases normativas, aplicación del método científico, técnicas y procedimientos de investigación, estructura del dictamen, formatos de promociones y un glosario jurídico. Con ello, se busca fortalecer el rol del contador público como perito, garantizando dictámenes transparentes, trazables y técnicamente sustentados, capaces de transformar afirmaciones en verdades demostrables.
Eventos recientes
El 13 de enero, en el Colegio se reunieron cuatro expertos en materia fiscal para desarrollar el curso Materialidad, legalidad y cumplimiento fiscal 2026, con el apoyo de la comisión técnica Fiscal. Alberto Gabriel Cárdenas González coordinó el espacio donde Luis Alberto Placencia Alarcón, Antonio Alberto Vela Peón, Manuel Toledo Espinosa y Rodolfo Jerónimo Pérez compartieron sus conocimientos y recomendaciones para abordar el tema de materialidad para permanecer en cumplimiento fiscal.Para comenzar, se puntualizó que no existe una definición establecida por alguna disposición legal sobre el concepto de materialidad, pero la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), en su publicación Presunción de inexistencia de operaciones amparadas en CFDI, propone la siguiente definición: “la materialidad radica en la efectiva realización o existencia de la actividad, negocio o acto jurídico por parte del emisor de comprobantes, así como la adquisición de bienes o recepción de servicios”.Dicho de otra manera, la materialidad es la evidencia que respalda la adquisición de bienes y servicios que garantiza su validez ante una posible revisión de la autoridad. Entre los documentos que pueden demostrar materialidad de operaciones están: actas constitutivas, comprobantes fiscales, registros contables, estados de cuenta bancarios, bitácoras, mensajes, contratos, listas de asistencia y pagos de nómina.Según comentan los ponentes, la materialidad de las operaciones ha un elemento de controversia entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, debido a que es un motivo de rechazo de deducciones. La autoridad cuestiona la realidad o veracidad de una operación mediante una presunción, por lo que es prioritario para el contribuyente contar con las pruebas necesarias para disiparla.Para comenzar, se señaló las dos metodologías que las autoridades fiscales emplean: los procedimientos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la validación de la realidad y veracidad de operaciones conforme el artículo 43 del CFF.Para ello es fundamental que el contribuyente considere esta acreditación de materialidad en sus operaciones antes de desatar una controversia con la autoridad. Durante el curso se presentó una metodología para dicha acreditación que debe sirviera para disipar la presunción de la autoridad o identificar áreas de oportunidad de manera preventiva para comenzar a construir evidencias que sirvan a ese fin.Para complementar estas recomendaciones, durante el evento se expusieron algunas sentencias sobre materialidad emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que dejan enseñanzas sobre dónde debemos tener herramientas y evidencias para demostrar la materialidad de las operaciones, así como elementos válidos para esta comprobación de manera específica.Finalmente, para asentar la explicación en acciones concretas, se describieron aspectos clave que deben contener los expedientes de acreditación de materialidad para operaciones de préstamos y regalías, así como operaciones de asistencia técnica y servicios corporativos. Estos últimos, según los expertos, suponen un reto debido a que pueden o no dejar un resultado material de la prestación de servicios, por lo que la preparación anticipada para la recuperación de documentación que valide la materialidad de este tipo de operaciones.
Este 13 de enero, en las instalaciones del Colegio de Contadores Públicos de México, se llevó a cabo la firma de un convenio de colaboración con el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM), cuyo objetivo es establecer medios de cooperación entre ambas instituciones para conjuntar esfuerzos de manera interdisciplinaria y fortalecer el desarrollo profesional y humano de sus asociados.El acuerdo fue suscrito por el contador Adolfo Ramírez, presidente del Colegio, y Albertico Guinto, presidente del INCAM. A través de este instrumento, se busca coordinar e intercambiar conocimientos entre sus agremiados para robustecer el ejercicio de ambas profesiones y preservar principios y valores que contribuyan a un ámbito de igualdad de oportunidades.Entre los principales beneficios del convenio se contemplan programas de capacitación continua, la afiliación de asociados, la colaboración para la impartición y asistencia a cursos, diplomados y seminarios, así como el desarrollo e implementación de un proyecto conjunto de equidad e inclusión de género. Asimismo, se prevén precios preferenciales, el intercambio de ponentes para programas académicos y otras acciones orientadas al fortalecimiento institucional.En ese tenor, ambas partes se comprometieron a coordinar la elaboración y firma de los instrumentos derivados del acuerdo, dar seguimiento a los programas que se implementen y evaluar resultados.A la firma también se dieron cita María Luisa Ramírez, directora del Colegio; Arturo Pueblita Fernández, integrante de la Junta de Honor del INCAM; Eduardo Morán Álvarez, coordinador de la comisión Tributaria en el INCAM; y Ricardo Mendoza Quezada, vocal del INCAM y comisionado en el Colegio, quienes refrendaron el compromiso de ambos organismos.
El 8 de enero, el Colegio presentó la conferencia Finanzas sostenibles más allá de la ética y la rentabilidad con Viwala, encabezada por Karla Gallardo, directora de dicha organización especializada en diseñar vehículos de inversión y soluciones financieras para apoyar empresas desde un enfoque social y ambiental. La intención del evento fue reconocer el concepto de finanzas sostenibles y dar a conocer de qué forma se vinculan las finanzas, la sostenibilidad y la ética con la toma de decisiones empresariales.Para comenzar, la ponente compartió con los asistentes el marco normativo internacional y nacional en materia de sostenibilidad, contenido en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) 1 y 2, y las Normas de Información de Sostenibilidad (NIS) A-1 y B-1; además Gallardo señaló que ambos cuerpos normativos se encuentran alineado entre sí, brindan el marco conceptual necesario para su aplicación y, para el caso de la NIS B-1, señalan los Indicadores Básicos de Sostenibilidad (IBSO) necesarios para reportar en las empresas.La ponente comentó que, en México, la aplicación de estas normas de información financiera relacionadas a la sostenibilidad se ha realizado de manera paulatina, llevando a las empresas a adoptar medidas en sostenibilidad, no solo por un lavado de imagen, o greenwashing, sino por la intención de sumar a la competitividad de sus organizaciones mediante ellas y con la adopción de los cuatro pilares de transparencia que en ellas se detallan: gobernanza estratégica, gestión de riesgo, métricas y objetivos.Hoy, las normas de información en sostenibilidad en México se han convertido en un estándar de oro en el mundo de los negocios, ya que las empresas que las adoptan se obtienen de acceso a capital con transferencias preferenciales, eficientizan sus operaciones y se benefician de un efecto cascada al pertenecer a cadenas de suministro en cumplimiento alineado con estos estándares. Debido a ello, los contadores juegan un papel fundamental en la adopción de estas normas y deben comenzar a tejer relaciones con expertos que les permitan dominar esta información en materia de sostenibilidad, considerando que en México la aplicación de estas normas es obligatoria para las empresas públicas y cuyo reporte comenzará en el 2026, en 2027 habrá un aseguramiento limitado a la consistencia de la información presentada y en 2028 se accionará un aseguramiento reportable que requerirá auditorias externas bajo la norma ISO 5000. Sin embargo, Karla Gallardo reiteró su idea principal: la adopción de las normas de información en sostenibilidad no solo tiene un beneficio de imagen, sino que es una oportunidad para perseguir objetivos empresariales y sumar a la competitividad de una organización desde una perspectiva de responsabilidad ambiental y social.