Con el firme propósito de presentar las principales reformas en materia del Impuesto Sobre Nómina (ISN) y otras contribuciones que se causan en Ciudad de México, Estado de México y otras entidades federativas, el Colegio, en coordinación con la comisión de Contribuciones Locales, presentó la conferencia Reformas fiscales de impuestos estatales 2025, lugar al que se dieron cita Laila Moreno Sotelo, Rafael Martínez Albarrán, Rodrigo Farías García y César Martínez Hernández, especialistas en la materia.
En la charla, los panelistas plantearon como eje principal la retención del ISN, en el que puntualizaron, en orden alfabético, la situación actual en cada una de las entidades federativas de México que son sujetas a la obligación de retener el impuesto estatal y si esto sufrió algún cambio o permaneció igual que el ejercicio anterior.
Para el caso de la Ciudad de México, explicaron que el ISN tuvo un aumento de tasa, y pasó de 3% a 4%, en donde se otorga beneficio fiscal en este ejercicio para los contribuyentes considerados micro y pequeñas empresas.
Además, informaron sobre la reducción de 1% para las microempresas de la industria, comercio y servicios (de 0 a 10 trabajadores), y una reducción del 0.5% para las pequeñas empresas (de 11 a 30 trabajadores) para comercio y para la industria y servicios (de 11 a 50 trabajadores).
Sobre el tema, Laila Moreno y Rodrigo Farías detallaron que se establece una reducción equivalente a 1% por el pago del ISN a las empresas que, de forma anual, acrediten que, en los 12 meses anteriores a la presentación de la declaración, incrementaron un 33% su planta laboral o las que inicien operaciones. “Para la obtención de la reducción mencionada, las empresas deberán presentar una declaración informativa conforme a las reglas de carácter general que emita la tesorería”, puntualizaron.
Por otro lado, los especialistas informaron que, para la Ciudad de México, se creó un nuevo impuesto, el cual es el Impuesto a la Emisión de Gases Contaminantes a la Atmósfera. Este impuesto tiene por objetivo las emisiones directas a la atmósfera de determinadas sustancias generadas en los procesos productivos que se desarrollen en la Ciudad de México y que afecten su territorio. “Los sujetos obligados son personas físicas o morales que tengan fuentes fijas en las que se desarrollen las actividades que determinan las emisiones”, precisaron.
Para el caso del impuesto sobre tenencias de vehículos, informaron que se mantiene el subsidio a favor de personas físicas o morales sin fines de lucro cuyo valor máximo sea de 250,000. En el caso del impuesto predial, subrayaron que se establece como una nueva obligación para los contribuyentes que tengan inmuebles destinados a uso habitacional, en la que deberán presentar una declaración informativa respecto del estado que guardan los inmuebles conforme a las reglas de carácter general.
Al hablar sobre las reformas para el Estado de México en 2025, informaron que, en el caso del impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal, hay un nuevo subsidio de 100% por los 12 meses a las empresas dedicadas a la producción de obras cinematográficas y un 50% por los 24 meses a quienes maquilen productos de exportación en el Estado.
En el caso del impuesto sobre la prestación de servicios de hospedaje, comentaron que se otorga un subsidio de 50% para quienes realicen erogaciones por concepto de servicios de alojamiento o albergue durante estancias superiores a 15 días consecutivos. En el impuesto predial, se concederá un descuento de 8%, 6% y 4% cuando el pago anual anticipado se efectúe en una sola exhibición durante los meses de enero, febrero y marzo, respectivamente.
Para la tenencia vehicular en el Estado de México, el programa de subsidio a la tenencia 2025, informaron que estará vigente hasta el 31 de marzo y se subsidiará la tenencia a vehículos con valor de hasta 550,000.
Eventos recientes
El 26 de junio se presentó en el Colegio el curso Aspectos prácticos de la aplicación del instrumento multilateral, MLI. Durante el día, y con la coordinación de la comisión técnica Fiscal Internacional, se expusieron los antecedentes, estructura, aplicación y casos prácticos del Instrumento Multilateral (MLI) en el contexto mexicano.Para este evento, se contó con la participación de Rita Mireya Valdivia Hernández, Eduardo Brandt López y René Alberto Meza Aragón, integrantes de la comisión previamente mencionada y, por tanto, expertos en materia fiscal.Para comenzar, se compartieron los antecedentes del MLI reflejados en la Acción 15: Instrumento Multilateral de la OCDE, donde se comentó que la intención de este instrumento es permitir a los gobiernos modificar acuerdos fiscales bilaterales existentes de manera sincronizada y eficiente. Hoy en día, 105 países han firmado el MLI, incluido México donde entró en vigor el 1 de julio de 2023. Los expositores señalaron que, de los 61 convenios de doble imposición (CDI) vigentes en nuestro país, 56 han firmado el MLI.Tras detallar la estructura del instrumento y sus disposiciones, se indicó que la aplicación de MLI coexiste con la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) y los CDI; además, este instrumento solo surtirá efecto cuando el país contraparte de México se identifique como jurisdicción comprendida.Tomando en cuenta estos tres pasos, los ponentes argumentaron que el Instrumento Multilateral sólo surtirá efecto en los tratados en los que México y sus contrapartes se hayan considerado mutuamente como jurisdicciones comprendidas, como Alemania, Canadá, Reino Unido, Uruguay, Francia, Japón, entre otros; por otro lado, no tendrá validez sobre jurisdicciones no firmantes, como Estados Unidos y Brasil.Debido a esta condición de bidireccionalidad, la OCDE publicó la BEPS MLI Matching Database, una herramienta que señala la forma en que el MLI modifica un tratado fiscal entre dos jurisdicciones, donde se desglosa la fecha de ratificación, fechas de entrada en vigor y las elecciones y reservas de ambos estados con relación al respecto de cualquiera de los artículos del MLI.Posteriormente, los expertos detallaron la aplicación del MLI a partir de casos prácticos que permitieran a la audiencia apropiarse de esos conocimientos y que abarcaron artículos aplicables a México, como el 6, 7, 8 y 9.
El pasado 26 de junio, el Colegio y la comisión Empresarial llevaron a cabo la conferencia titulada Patentes y marcas, ¿cómo impactan en los empresarios? Este evento fue impartido por el licenciado Ricardo Sánchez Gil, especialista en Derecho de la Propiedad Intelectual por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y coordinado por José Manuel Zárate Nicolás.Durante la charla, Sánchez Gil abordó temas fundamentales sobre el derecho de autor y su relevancia para los empresarios, explicando que esto otorga a los creadores de obras originales un reconocimiento del Estado, encauzado a los derechos morales y patrimoniales. Destacó la importancia de entender los tipos de obras protegibles, que incluyen obras literarias, musicales, audiovisuales, pictóricas, arquitectónicas, escultóricas, entre otras.Uno de los puntos clave de la plática fue la aclaración sobre la protección de ideas. Al respecto, Sánchez Gil explicó la dicotomía entre expresión y contenido, reiterando que solo se protege la forma en que se expresan las ideas, no las ideas en sí. Además, subrayó la necesidad de cumplir con requisitos específicos para que una obra sea protegida, como la originalidad y el estar fijada.Entre los mitos más comunes sobre el derecho de autor, el licenciado mencionó que se cree que es legal, en cualquier caso, copiar un fragmento de una obra audiovisual solo citando la fuente, y que todo el contenido bajado de redes sociales es de libre uso.En cuanto a las marcas, definió a éstas como signos que distinguen productos o servicios en el mercado. Habló sobre los diferentes elementos que pueden constituir una marca, desde denominaciones y logotipos, hasta sonidos y olores. También, recomendó a los empresarios realizar un análisis de viabilidad antes de registrar una marca y llevar a cabo un due diligence sobre cualquier producto nuevo que se pretenda comercializar para evitar conflictos legales.Por otro lado, Ricardo definió la patente como un título legal que protege invenciones nuevas, impidiendo que terceros las fabriquen o utilicen sin autorización. Sobre este tema, explicó los requisitos de patentabilidad, que incluyen novedad, estado de la técnica, actividad inventiva y aplicación industrial.La conferencia concluyó con recomendaciones prioritarias para los empresarios sobre cómo revisar contratos con agencias creativas y establecer políticas internas de protección de propiedad intelectual. Esto resalta la importancia de identificar y gestionar los bienes intangibles, que se erige como un pilar esencial en el desarrollo empresarial.
En el evento mensual que refuerza los lazos con instituciones universitarias, el Colegio tuvo el honor de colaborar con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en la conferencia gratuita y en línea Aplicación de la Metodología Scrum para la reducción de costos, realizada el 26 de junio.La ponencia estuvo a cargo de Mauricio Fernando Fuentes Lizaola, distinguido profesional con una vasta trayectoria en el ámbito financiero y de costos. La conferencia se centró en la Metodología Scrum como una herramienta ágil para la administración de proyectos, en la que se buscó la optimización de los elementos del costo. En el evento, se destacó la importancia del costo como un desembolso con la clara intención de aumentar el monto invertido mediante la satisfacción de una necesidad del mercado o del cliente.Entre los temas abordados, se desglosaron los elementos del costo, que incluyen: materia prima, mano de obra, cargos indirectos y el outsourcing dentro del proceso productivo. También se exploraron las clasificaciones del costo (fijos, variables, directos, indirectos, vivos, muertos, costo primo y costo de conversión o transformación), diversos sistemas de costeo (históricos, predeterminados, estimados, estándar, directo, absorbente, y ABC), y métodos de acumulación del costo (por pedidos, por departamentalización, y por procesos). Asimismo, se revisaron las fórmulas de valuación de inventarios como PEPS, UEPS y precios promedio, y los métodos de registro contables como el analítico o pormenorizado e inventarios perpetuos. Se mencionó las cuentas contables para la incorporación del costo: almacén de materias primas, almacén de producción en proceso, y almacén de producto terminado.La metodología Scrum fue presentada como un proceso ágil para administrar proyectos, tomando su nombre de la formación de rugby. Sus principios fundamentales incluyen la entrega constante de valor, el enfoque en el cliente, la adaptabilidad, la transparencia, la retroalimentación, la mejora continua, equipos de alta confianza, autogestión, velocidad e innovación.Se delinearon los roles dentro de Scrum, en el que se diferenciaron los roles centrales (Product Owner, Scrum Master, Equipo Scrum) y no centrales (Stakeholders, Scrum Guidance Body, Vendedores). En la conferencia también se destacó las diferencias clave entre Scrum y la gestión de proyectos tradicional, en el que se enfatizaron el enfoque en las personas, la documentación mínima, el estilo de proceso iterativo, la planificación por adelantado baja, la priorización basada en el valor del negocio, la autoorganización, y un liderazgo colaborativo.Finalmente, se destacaron los beneficios de aplicar Scrum, tales como la entrega temprana y continua de valor, la adaptación a los cambios, la eliminación de trabajos innecesarios, la minimización de errores, la reducción del tiempo de desarrollo del proyecto y del costo, la mitigación de riesgos, un mayor Retorno de Inversión (ROI), la reducción de costos de mantenimiento, mayor transparencia y control, y un mayor compromiso.Héctor Vázquez González, vicepresidente de Vinculación Universitaria y moderador de la ponencia, fue el encargado de entregar el reconocimiento al expositor por su participación.