Derivado de la reciente publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del decreto por el que se expide la Ley de Ingresos de la Federación para 2024, el Colegio presentó, el 15 y 16 de noviembre, el 22.° Foro de investigación fiscal, espacio que reunió a expertos en la materia fiscal, legal y contable, quienes analizaron estas modificaciones, las cueles entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2024.
El encargado de inaugurar las ponencias fue Marcial Cavazos Ortiz, quien destacó, a través de un mensaje de bienvenida, la importancia que ha cobrado a lo largo de los años el foro de investigación fiscal, y en esta edición, contemplando un formato híbrido.
Para arrancar con las ponencias, Elio Fernando Zurita Morales, comentó que al ejercicio fiscal del próximo año no presenta cambios significativos respecto a la propuesta presentada el pasado 8 de septiembre, sin embargo, por la relevancia de este ordenamiento en torno a la Ley de Ingresos, detalló que no se crearán impuestos nuevos en materia de Impuesto sobre la Renta o Impuesto al Valor Agregado; “se eleva la retención de ISR para los ahorros e inversiones de 0.15% a .5% sobre el monto del capital, originalmente se proponía 1.48%”, enfatizó.
Agregó que el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) a refrescos, cigarros, bebidas alcohólicas, se actualizan conforme a la inflación que se registre de noviembre de 2022 al mismo mes de 2023; “durante el ejercicio 2024, la Federación percibirá un total de 9 billones 66 mil mdp por ingresos presupuestarios, 4 billones 942 mil mdp de ingresos provendrán de impuestos”, informó.
Por otro lado, Víctor Manuel Pérez Ruiz, Miguel Ángel Temblador Torres y Federico Tercero Garza Torres, socios en KPMG; platicaron acerca de los efectos y consideraciones de la fusión de sociedades mercantiles; al respecto, compartieron con los presentes que los acuerdos sobre la fusión se deberán inscribir en el Registro Público del Comercio y en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía (SE).
Además, en su intervención, Garza Torres precisó que la fusión de sociedades no podrá tener efecto sino tres meses después de haberse efectuado la inscripción en el RPC; de igual forma, comentaron que la fusión únicamente tendrá efectos al momento de la inscripción en el RPC si se pacta el pago de las deudas de las sociedades que hayan de fusionarse.
Al foro también se presentaron los licenciados Alejandro Guízar Acosta y Ángel José Turanzas Díaz, quienes compartieron un contexto acerca del proceso de fiscalización que lleva a cabo la autoridad fiscal. En su participación, Guízar Acosta explicó que, en la actualidad, hay un extenso catálogo de facultades en favor a la autoridad, entre ellas las invitaciones, auditorías, sellos digitales, entre otros.
Comentó que “las revisiones exhaustivas se realizan respecto de aspectos formales y observaciones basadas en la ausencia de documentación soporte; en tanto, las auditorías, quienes la atiendan deben estar enfocados en cumplir con lo requerido por la autoridad, de lo contrario, habrá multas y no concesión de prórrogas”, advirtió Alejandro Guízar.
En otra ponencia, el contador Gerardo Alfaro Osorio platicó sobre los objetivos primarios y secundarios que tienen los tratados de doble tributación, entre los que destacó el prevenir la evasión fiscal, resolución de controversias y evitar la discriminación.
Por lo anterior, el especialista versó sobre el Acuerdo Multilateral (MLI), el cual contiene 39 artículos y participan más de 100 países. En el caso de México, este fue aprobado el 6 de octubre de 2022 e incluye una lista de notificaciones y reservas aplicables a partir del 1 de enero de 2024”, informó Alfaro Osorio.
Los encargados de cerrar con las actividades técnicas del foro fueron los contadores Adrián Urbina Galicia y Elías Kamhagi Mochon, con los temas de casos de simulación, planes de pensiones y sueldos percibidos de pagadores residentes en el extranjero.
Tras concluir esta fase, se dio paso a la entrega de reconocimientos a los tres mejores proyectos participes en una edición más del Premio de Investigación Fiscal, el cual fue encabezado por el presidente del Colegio, Juan Manuel Puebla Domínguez.
Eventos recientes
Para conocer acerca del impacto que generan en las compañías los reportes de sostenibilidad, el Colegio presentó, el 23 de enero, el foro Introducción a las normas de sostenibilidad para empresarios, evento en el que se dieron cita Stefani Ivonne Ferreira Ruíz, Jorge Alvarado Cordero, integrantes de la comisión Sector Empresarial, y Carlos Carrillo Contreras, de la comisión de Sostenibilidad.En ponencia, Carlos Carrillo presentó un breve panorama sobre los orígenes y avances que ha manifestado el país en materia de desarrollo sostenible. Explicó que, desde los años setenta, México ha celebrado diversos acuerdos en materia de cambio climático y la desigualdad, incluidos los acuerdos de la Agenda 2030.Al respecto, comentó que el desarrollo sostenible permite a los países establecer estrategias de desarrollo y crecimiento económico que impacten de manera positiva el medio ambiente; esto obedece a que el cambio climático representa un riesgo creciente vinculado a las actividades del ser humano y un incremento de temperatura global. “Ante esta situación, se han emitido leyes y regulaciones que deben considerarse por las empresas y también para el diseño de la política ambiental en el país”, puntualizó el expositor.Además, informó que, en 2017, el ejecutivo federal mexicano creó por decreto el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible; esta visión prioriza el bienestar, el medio ambiente, la reactivación económica y el impulso de la equidad y justicia social. “La Secretaría de Economía publica de forma anual el grado de avance de los programas gubernamentales con los OSD”.Por lo anterior, los expositores recalcaron la importancia de que hoy día se debe alentar a las empresas, en especial, a las trasnacionales a adoptar prácticas sostenibles e incorporar información sobre sus actividades sostenibles en sus reportes empresariales.Al presentar un estatus sobre la situación en el país, se comentó que de 2019 a 2023 se han emitido diversos instrumentos de política dirigidos a tener un consumo y producción sustentable, tales como políticas, estrategias, instrumentos voluntarios, emisión de estándares de reporte contable.Por lo anterior, los especialistas explicaron que los reportes de sostenibilidad deben incluir, entre otra información, perfil de la empresa, cadena de valor, aspectos ASG, estar alineado con marcos y estándares de referencia, grupos de interés y el reporte de aseguramiento.Por su parte, la contadora Stefani Ivonne Ferreira manifestó que la emisión de las normas de sostenibilidad representa un impulso por parte del Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y de Sostenibilidad (CINIF) para que el informe empresarial evolucione e incluya, además de los estados financieros, notas que permitan entender la capacidad de una entidad para mantenerse operando en el largo plazo.En el caso de México, expusieron que las NIS requieren que se reporten 30 métricas denominadas Indicadores Básicos de Sostenibilidad (IBSO) en lugar de un reporte sofisticado de sostenibilidad; “este reporte ayuda a interconectar la información financiera con la información de sostenibilidad, cada vez se han desarrollado más guías, cursos específicos, entre otros mecanismos para atender este ámbito”, concluyó la especialista.
Con la importancia que han cobrado los trámites digitales para la presentación de obligaciones fiscales, los Certificados de Sello Digital (CSD) se han convertido en una herramienta indispensable cuya suspensión o cancelación representa un impacto financiero y económico enorme.Por ello, en el Colegio se compartió el curso Suspensión y cancelación de CSD. Acciones y medios de defensa, donde se exploraron las causas que pueden llevar a la restricción y suspensión de CSD; sus procedimientos de aclaración y revisión; y los medios legales de defensa al alcance del contribuyente.En evento, la contadora Mirella M. Plácido Hernández, integrante de la comisión D. Fiscal; Angélica L. Valladares López, presidenta de la comisión D. Fiscal 2; y Antonio Alberto Vela Peón, coordinador de noticias de la comisión T. Fiscal; compartieron su experticia con el fin de brindar a los contadores la información necesaria para evitar afectar la operación empresarial derivada de la incapacidad de emitir Certificados Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Todo ello bajo la coordinación de Jose A. Estudillo Cruz, integrante de la comisión D. Fiscal 4.La autoridad tiene la facultad de restringir CSD de manera temporal cuando detecta que el contribuyente se encuentra dentro de alguno de los supuestos mencionados en el artículo 17-H BIS del Código Fiscal de la Federación (CFF), según comenta la contadora Mirella. Dentro de estos causales se encuentra omitir la declaración anual de más de dos pagos provisionales o definitivos, sean consecutivos o no y la incapacidad de localizar al contribuyente en procedimientos administrativos.Según la contadora, “en impuestos no hay materialidad. Mientras haya una diferencia, independientemente de su tamaño, se debe desvirtuar esa diferencia”, por ello ante la restricción de CSD se debe emplear un procedimiento descrito en la regla 2.2.15 de las Reglas de Miscelánea Fiscal (RMF) que subsane las irregularidades presentadas para la posterior obtención de un nuevo certificado. Cabe mencionar que, una vez iniciada la solicitud de aclaración, la autoridad restablece el CSD de forma provisional, por lo que la agilidad es fundamental para evitar incrementar la gravedad de las afecciones provocadas por la restricción.Mediante este proceso, se presenta la aclaración correspondiente que permita desvirtuar la inconsistencia fiscal, por lo que es importante la manera en que se presenta esta aclaración, más allá de la materialidad. Lo más importante, según comentan los expositores, es dar claridad a la autoridad.Si esta aclaración no es presentada, no se subsanan las irregularidades detectadas o no se desvirtúan las causas que motivaron la restricción en primer lugar, se interrumpe y suspende el uso del CSD, dejándolo sin efectos.Una vez llegados a ese punto, donde se ha efectuado una cancelación de CSD, según el artículo 17-H Bis es posible establecer contacto con la autoridad para corregir la situación fiscal y emitir un nuevo CSD. Angélica Valladares comenta que, a pesar de existir una aparente contradicción entre el párrafo séptimo y octavo del artículo en cuestión, en la práctica estos apartados indican que se debe “acercar con la autoridad para ver la posibilidad de expedir un nuevo certificado tras realizar una aclaración”, ya que en función de la naturaleza de cancelación es posible obtener un nuevo certificado.Finalmente, Antonio Vela abona a la conversación al compartir los medios legales de defensa al alcance del contribuyente, una vez a agotados los procesos de aclaración. De ellos, el expositor destaca que la posibilidad de un juicio debe ser considerada con cuidado, ya que la duración inexacta de este mediopuede suponer una pérdida insostenible de patrimonio para cualquier negocio.Por ello, el medio de defensa óptimo resulta ser la presentación de una queja frente a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), quien brinda intermediación para la resolución de los procesos previamente descritos mediante un proceso administrativo.De esta manera, dicha queja nos ayuda a indicar los incumplimientos surgidos del proceso de aclaración presentado, y brinda un soporte que puede hacer la diferencia para el éxito de la aclaración.
La comisión de Seguridad Social organizó el 22 de enero el curso Cambios en la Seguridad Social 2025, con el propósito de actualizar a los participantes sobre las reformas que afectarán a las empresas y a sus sistemas de nómina, así como el impacto que tendrán en la estructura laboral. Este evento fue coordinado por Reynaldo Eleazar Olvera López, integrante de la Comisión de Desarrollo de Seguridad Social.Durante la jornada, los ponentes abordaron los principales ajustes que las empresas deberán implementar a partir de 2025 para cumplir con las nuevas normativas. Entre las reformas más destacadas se encuentra el aumento del salario mínimo y de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como la creación de la Unidad de Medida de Infraestructura (UMI), lo que representa un incremento del 12%. Además, la reforma incluye la absorción total de las cuotas patronales, lo que implica la eliminación de la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en estos casos.Rolando Silva Briceño, miembro de la comisión organizadora, explicó que, aunque estos ajustes buscan mejorar la protección social de los trabajadores, también traerán costos adicionales para las empresas, que deberán adaptarse a los nuevos valores y cumplir con las disposiciones en un entorno fiscal más riguroso. Otro de los puntos clave fue la reforma al IMSS, relacionada con los temas de cesantía, vejez, alimentación y habitación, además de las iniciativas que promueven la reducción de la jornada laboral semanal.En su intervención también profundizó en las modificaciones a la Ley del Infonavit y los cambios en los avisos empresariales y las contribuciones patronales. La reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación, ha generado tanto expectativas como inquietudes entre los empresarios, quienes deberán ajustarse a nuevas normativas que impactarán directamente en sus operaciones.En su intervención, Edgar Enríquez Álvarez, socio en AE Assessment, destacó la relevancia de las herramientas digitales que entrarán en vigor en 2025, como el Buzón IMSS. Este sistema electrónico será obligatorio a partir de febrero de 2025 para la realización de trámites y consultas relacionados con la incorporación, recaudación y fiscalización. Aunque este cambio promete mejorar la eficiencia, mencionó que también representa un reto para las empresas y trabajadores, quienes deberán familiarizarse con la nueva tecnología.Otro tema relevante tratado en el curso fue la renovación del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados (REPSE), que deberá realizarse cada tres años para evitar la cancelación de este registro. Además, Enríquez Álvarez señaló las nuevas obligaciones informativas, como las declaraciones SISUB e ICSOE, que obligan a las empresas a adaptarse a un entorno fiscal más estricto, en el que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá realizar inspecciones si no se cumplen los plazos establecidos.La regulación de las plataformas digitales en el ámbito laboral también fue tema de discusión. A partir de diciembre de 2024, un decreto establece una relación laboral subordinada entre las plataformas y los trabajadores que perciban al menos un salario mínimo mensual, lo que responde a la creciente tendencia del empleo en la economía digital.Finalmente, José Luis Sánchez García, también integrante de la comisión de Seguridad Social, presentó la actualización de la Tabla de Enfermedades de Trabajo. Con la inclusión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11), esta reforma tiene como objetivo mejorar la atención a los trabajadores y establecer una revisión periódica cada cinco años, ajustándose a los avances médicos.Sánchez García también destacó las reformas orientadas a los trabajadores del campo. Desde 2024, los trabajadores agrícolas, tanto permanentes como temporales, tienen derecho a acceder a la seguridad social, lo que implica nuevas responsabilidades para los empleadores en cuanto a condiciones de alojamiento, alimentación y atención médica. Además, puntualizó la importancia de los contratos laborales escritos y el seguro de vida para los jornaleros migrantes, buscando garantizar mejores condiciones de vida y trabajo en el sector agrícola.