Tras el impacto ambiental que se vive actualmente, se plantea un nuevo escenario por parte de algunas entidades federativas, que promuevan la creación de impuestos ecológicos que conlleven a la disminución de contaminantes.
Ante este panorama, y presentando temas de oportunidad, la comisión técnica de Contribuciones Locales en el Colegio expuso el 19 de octubre el tema en línea Impuestos ambientales en los Estados, que fue presidido por algunos de sus integrantes, representado por Rodrigo Farías García, Rafael Martínez Albarrán y Ana Victoria Albareda Soberón (coordinadora), quienes abordaron los temas Antecedentes y aspectos generales de los impuestos ambientales en los estados y Descripción de los impuestos ambientales por estado: sujeto, objeto, base y tarifa de cálculo.
Rodrigo Farías García habló de los impuestos ambientales que están en vigor en la República mexicana, cuyas características principales es paliar las externalidades negativas que producen las industrias en general. La finalidad de estos impuestos son privilegiar que la sociedad en general vea remediado el daño ambiental que causa la actividad industrial, y en ese sentido, que los supuestos responsables de la contaminación al ambiente se vean obligados a remediar las acciones que generan en su actividad.
“Los impuestos ecológicos tienen antecedentes en varios países previo a la llegada a México, en el que la doctrina general ha señalado que las bases tributarias deberían irse racionando de manera automática. Lo que buscan estos impuestos meramente extrafiscales es que los contribuyentes que se ubiquen en el hecho imponible del tributo realicen actividades o inversiones tecnológicas que modifiquen su actividad en ese momento para que sea trasladada a una operación limpia. Esta doctrina habla en el sentido de que los elementos del tributo debieran irse erosionando por sí solos”.
Asimismo, agregó que este principio de doctrina no está reflejado en la legislación mexicana, aunque se tiene como antecedente al estado de Zacatecas, que cuenta con un capítulo en impuestos ecológicos en la propia Ley de Hacienda Pública Estatal; no obstante, el primer caso de impuesto ecológico local se dio en Coahuila al regular la extracción de materiales pétreos, siendo el primer antecedente local.
En ese mismo tenor, Rafael Martínez Albarrán basó su participación en los cuatro impuestos ecológicos que están legislados en Zacatecas, pero que son un referente para los 12 estados que se han sumado a este tipo de tributación.
1) Impuesto por la remediación ambiental en la extracción de materiales.
2) Impuesto de la emisión de gases a la atmósfera.
3) Impuesto de la emisión de contaminantes al suelo, subsuelo y agua.
4) Impuesto al depósito o almacenamiento de residuos.
De los estados que han adoptado los impuestos en materia de extracción de materiales figuran Querétaro, Nuevo León, Zacatecas, Quintana Roo, Coahuila, Michoacán, Oaxaca, Baja California y Colima.
Mientras tanto, el gravamen por emisión de gases a la atmósfera se encuentra Yucatán, Estado de México, Querétaro, Nuevo León, Zacatecas y Tamaulipas.
En cuanto a la tributación por emisión de contaminantes al suelo, subsuelo y agua aparece Yucatán, Nuevo León y Zacatecas.
Por último, los estados que gravan impuesto por almacenamiento y la disposición final de residuos de manejo especial y peligroso están Querétaro y Zacatecas.
Ana Victoria Albareda Soberón dijo que los impuestos ecológicos o ambientales han tomado relevancia y exhortó a ambientarse en este tipo de cultura circundante.
Para concluir, los expositores cerraron su participación apelando que es necesario hacer un análisis por estado, sector y empresa para determinar los impuestos gravados, trabajar en conjunto con las áreas de mantenimiento y de normatividad ambiental que permitan cumplir con las obligaciones fiscales y ambientales.
Eventos recientes
El 28 de abril se presentó en el colegio el curso Criterios no vinculativos para efectos del informe fiscal, SIPRED. En el evento, bajo la coordinación de Teresa Cruz Rodríguez, representante de la comisión técnica de Auditoría Fiscal, se presentaron las consideraciones para tener en cuenta sobre los criterios no vinculativos contenidos en distintos cuerpos normativos.Para cubrir el tema, se contó con la valiosa participación de Manuel Corral Moreno y Álvaro Enrique Cordón Álvarez, integrantes de comisión mencionada previamente.Antes de comenzar, los contadores señalaron la importancia de los criterios no vinculativos ya que, aunque no tienen fuerza legal obligatoria, su relevancia permite alinear los tres elementos o perspectivas que convergen durante el informe fiscal: la autoridad fiscal, el contribuyente y el auditor; de esta forma, estos criterios permiten dar cuenta de la forma en que el sujeto pasivo (la autoridad) interpreta una normativa para orientar al sujeto activo (el contribuyente).Además, se comentó que, pese a que el contribuyente no tiene la obligación de considerar estos criterios vinculantes, “el auditor tiene la obligación de revelar las discrepancias entre los criterios de la autoridad fiscal y el contribuyente”, ya que en caso de no hacerlo puede ser copartícipe de un encubrimiento de discrepancias fiscales.Una vez establecido ese precedente, los ponentes detallaron los criterios no vinculativos relacionados con distintos cuerpos normativos, comenzando con el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR), la Ley de Impuesto al Valor Agregado (LIVA), la LIEPS (Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) y la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos (LISH). Para cada apartado, los expositores comentaron los criterios no vinculativos aplicables a cada conjunto de leyes y ejemplos prácticos que permitieron profundizar en ellos, desde aquellos relacionados con la expedición, timbrado y entrega de CFDI; la base gravable del IEPS en la prestación de servicios de juegos con apuestas y sorteos; la deducción de pagos a sindicatos; los gastos a favor de terceros; entre otros.
En la conferencia universitaria de abril, el tema principal fue los Instrumentos auxiliares de fiscalización del SAT, un evento que contó con la destacada participación de la Escuela Superior de Comercio y Administración (ESCA) Tepepan. David Osorio Cetina, docente de referida institución educativa, tuvo la responsabilidad de explicar en detalle los mecanismos y herramientas que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emplea para respaldar y complementar sus facultades de comprobación. Su ponencia se centró en cómo estos instrumentos ayudan a identificar posibles incumplimientos fiscales por parte de los contribuyentes. El curso, que se ofreció de manera gratuita en un formato híbrido el 24 de abril, fue inaugurado por el vicepresidente de Vinculación Universitaria, Héctor Vázquez González, junto con el profesor de la ESCA Tepepan, Hugo Rodríguez Barbosa. Durante su presentación, Osorio Cetina hizo hincapié en la importante diferencia entre estos instrumentos auxiliares y las facultades de comprobación directas del SAT, como las visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y revisiones electrónicas. Subrayó que los instrumentos auxiliares no son actos de fiscalización en sí, sino que ofrecen información y elementos valiosos para que el SAT pueda ejercer sus facultades de manera más eficiente y selectiva. En este contexto, la recomendación más importante es prestar atención a los comunicados emitidos por la autoridad fiscal. Este tema está estrechamente relacionado con el control interno de las empresas, por lo que es esencial mantener un diálogo con las áreas de contabilidad y, si es necesario, con asesores fiscales. Al recibir un comunicado del SAT, es crucial verificar la información que la autoridad presenta. Por ejemplo, si el SAT notifica la omisión de la declaración anual, se debe corroborar de manera interna el estado de dicha obligación. Una de las grandes ventajas en el ámbito de las vigilancias profundas es que el cumplimiento que se realiza después de recibir un comunicado se considera aún como algo espontáneo. Según el artículo 72.° del Código Fiscal de la Federación (CFF), “si se presentan las declaraciones de manera espontánea, se está exento de sanciones por parte de la autoridad”, destacó el también abogado en Derecho. “Así que, aunque llegue una notificación, si se presenta la declaración después, sigue siendo considerada espontánea. Esto es muy diferente a un requerimiento formal por no cumplir con las obligaciones, donde la espontaneidad ya no cuenta”. La oportunidad de corregir la situación fiscal sin tener que enfrentar multas u otras sanciones es un gran beneficio para el contribuyente. Por último, David Osorio destacó la importancia de visitar la página oficial del SAT y la plataforma de gobierno abierto, donde se publican cifras de recaudación que muestran lo valiosos que son estos instrumentos auxiliares y la vigilancia constante en la labor recaudatoria del SAT. "La eficiencia que han demostrado estas herramientas ha asegurado su uso continuo, marcando un avance firme en la estrategia de fiscalización, ya que permiten una recaudación significativa sin necesidad de ejercer facultades de comprobación directas", concluyó.
En el entorno empresarial que al pasar de los años se ha vuelto más dinámico, complejo y digitalizado, la función de auditoría interna está llamada a evolucionar. Así lo expuso Edgar Cruz Cruz, miembro de la comisión SE Auditoría Interna, el pasado 11 de abril durante su presentación en el curso Auditoría Interna Ágil, en la cual compartió un enfoque innovador basado en metodologías ágiles como scrum, lean y kanban, aplicadas con éxito en diversos sectores más allá del desarrollo de software.En el evento, coordinado por Armando Patiño Torres, de comisión mencionada, Cruz Cruz destacó que estas metodologías, lejos de sustituir los métodos tradicionales, los complementan y potencian, permitiendo dividir auditorías extensas en entregables más pequeños y manejables, optimizando tiempos y enfocándose en lo verdaderamente crítico. “Se trata de entregar valor desde etapas tempranas, mantener ciclos de mejora continua y alinear la auditoría con los objetivos estratégicos del negocio”, puntualizó.En su presentación profundizó en la aplicación de scrum dentro de la auditoría interna. Cruz explicó cómo estructurar el trabajo en sprints (ciclos de máximo cuatro semanas), donde se planifican tareas específicas, se realizan reuniones diarias de seguimiento y se entrega un producto final por cada ciclo: desde hallazgos hasta informes completos. En ese sentido, definió los roles del proceso: el product owner, el scrum master y el equipo de auditores, quienes trabajan de manera colaborativa, autónoma y adaptativa.Uno de los ejemplos más ilustrativos fue el caso ficticio de la empresa “El Conejo Feliz”, donde la auditoría al proceso “orden al pago” fue segmentada en sprints semanales, lo que permitió realizar entregas constantes y mantener una alta alineación con las áreas auditadas. Con ello, se demostró que incluso en equipos pequeños, estas metodologías pueden mejorar la trazabilidad, la velocidad de respuesta y la capacidad de adaptación ante cambios o nuevos hallazgos.Durante su intervención, Cruz hizo hincapié en que la adopción de metodologías ágiles requiere una cultura organizacional madura, liderazgo comprometido y equipos capacitados. Identificó como principal obstáculo la resistencia al cambio, y resaltó la importancia de comunicar claramente los beneficios de este enfoque dentro de la organización.También abordó la relevancia de contar con manuales de auditoría actualizados y vivos, ajustados a normas internacionales, pero con flexibilidad para incorporar enfoques ágiles. En ese sentido, se invitó a los asistentes a reflexionar sobre la pertinencia de sus propios marcos de trabajo y la necesidad de incorporar valores y principios ágiles como la colaboración, la adaptación al cambio y la entrega continua de valor.Además de los aspectos técnicos, la charla abordó temas estratégicos. Edgar Cruz subrayó la necesidad de que la auditoría interna esté alineada con la gestión de riesgos empresariales (ERM) y participe activamente en el cumplimiento y desarrollo del negocio. Enfatizó que la oportunidad en la entrega de informes es esencial, pues auditorías que se entregan meses después pueden perder relevancia. “La auditoría debe prevenir, no solo registrar errores del pasado”, afirmó.Finalmente, se compartieron ejemplos de organizaciones que ya están aplicando con éxito estas metodologías en sectores como salud, finanzas, manufactura y tecnología, demostrando que el enfoque ágil es viable en organizaciones de cualquier tamaño, siempre que se adapte a sus necesidades específicas.