Del 4 al 7 de agosto, el Colegio se convirtió en el escenario para el debate y la reflexión sobre la seguridad social y laboral en México, al albergar el 31.º Foro Nacional de Especialistas en Seguridad Social (FONESS); evento que reunió a destacados funcionarios del gobierno, expertos y profesionales del sector para analizar las expectativas, resultados, desafíos y oportunidades en la materia.
Entre las figuras gubernamentales presentes, destacó la participación de Norma Gabriela López Castañeda, titular de la Dirección Jurídica del IMSS; Fernando Jordan Siliceo del Prado, director general de Inspección Federal del Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); Jorge Quiroz Téllez, gerente de Recaudación y Cobranza Fiscal del Infonavit. Su presencia subrayó la importancia de la colaboración entre las autoridades y los especialistas en la materia.
Durante el foro, se discutieron temas cruciales como el Programa de Inspección Federal del Trabajo 2025, el cual busca fortalecer la vigilancia y cumplimiento de las normativas laborales; al respecto, Siliceo del Prado informó que, entre 2019 y 2024, la STPS realizó más de 236 mil inspecciones a los centros de trabajo, de las cuales fueron vigiladas las condiciones de 27 millones de personas trabajadoras, “resultado de una mejora en la eficiencia de la inspección federal”, remarcó.
Además, puntualizó que, bajo la meta de reducir los gastos operativos de la STPS, se migrará a un mecanismo de notificaciones electrónicas, tal como las realiza el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su buzón tributario. “Con esto, se ahorrarían 2.7 millones que representan 17% del gasto en notificaciones”, remarcó.
Asimismo, se abordaron las reformas laborales y su impacto en el ámbito social, ofreciendo un balance de los resultados obtenidos hasta la fecha y las perspectivas legislativas futuras, a cargo de Norma Gabriela López Castañeda, Yareni Varinia Villareal Camero, jefa de Unidad de Investigaciones y Procesos Jurídicos en el IMSS, y Jesús Mendoza Huelgas, coordinador de Asuntos Contenciosos en el IMSS. De igual forma, dialogaron sobre los avances en la modernización jurídica en el instituto, así como los mecanismos alternativos y la responsabilidad patrimonial.
Otro de los puntos destacados fue la presentación de Pedro Ordorica Leñero, especialista jurídico y en seguridad social, y Juan Manuel Jiménez Illescas, exmagistrado de sala regional y de la sala superior del TFJA; quienes hablaron sobre las características del compliance tributario en la seguridad social para lograr una gestión empresarial responsable y realizaron un análisis del régimen de pensiones del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en el que examinaron su evolución, problemáticas actuales y posibles escenarios de la reforma.
En más actividades del FONESS, Jorge Quiroz Téllez presentó las principales consideraciones derivadas de la modificación al artículo 29 de la Ley del Infonavit, la cual es vigente a partir de julio de 2025; sobre el punto, comentó que, al eliminarse la suspensión de la obligación de realizar el descuento, el empleador debe aplicar el monto completo indicado en el aviso de retención sin hacer reducciones proporcionales.
Por su parte, Carlos Alberto González Calvo, gerente de Operaciones de la Cuenta en el Infonavit, compartió los derechos de los trabajadores de plataformas digitales, entre los que destacó las aportaciones a la subcuenta de vivienda y el mecanismo de ahorro. En este tenor, Perla María Márquez Martínez y Santiago Gutiérrez Villarruel, de la gerencia Sr. de Fiscalización en el Infonavit, versaron sobre las características del aviso para presentar el dictamen Infonavit, así como la revisión de papeles de trabajo como parte de las facultades de revisión de la autoridad.
La tercera jornada culminó con una destacada conferencia a cargo de Gabriela Garza Valdez y Luis Eduardo Jiménez Torres, de la Gerencia Sr. de Fiscalización del Infonavit, junto a Fernando Tapia Díaz, de la Gerencia de Facturación Fiscal. Durante su presentación, se abordaron las más recientes actualizaciones sobre el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), que busca optimizar la regulación y control de la subcontratación en el ámbito laboral.
Garza Valdez y Jiménez Torres enfatizaron la importancia de este sistema para garantizar la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de seguridad social por parte de las empresas que recurren a este modelo de contratación.
También, los ponentes discutieron aspectos relevantes de los avisos de crédito, proporcionando a los asistentes información valiosa sobre su manejo y las implicaciones que tienen en la fiscalización.
En su participación, Gabriel Omar Cabello León, titular de la Coordinación de Clasificación de Empresas y Vigencia de Derechos del IMSS, presentó importantes detalles sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar.
Cabello León explicó las características y objetivos de este fondo, diseñado para mejorar la calidad de vida de los pensionados y garantizar un ingreso digno en la etapa de retiro. Durante su exposición, enfatizó las condiciones necesarias para acceder al complemento que ofrece este programa.
Respecto a la situación de trabajadores independientes, Eduardo Alcaraz Prous, titular de la Unidad de Incorporación al Seguro Social, destacó que, en el país, 22.1% de la población ocupada, equivalente a 13.2 millones de personas, se encuentra en esta categoría. Dada esta cifra significativa, subrayó la importancia de facilitar el acceso al seguro social para estos trabajadores, quienes a menudo enfrentan retos únicos en su camino hacia la formalización.
En su presentación, explicó los pasos necesarios para la incorporación, así como los beneficios que esta ofrece, incluyendo acceso a servicios médicos, prestaciones económicas y seguridad en el retiro.
Las participaciones fueron complementadas por Rolando Silva Briceño, Jorge Eugenio Martínez Vargas, miembros del Colegio; José Guadalupe Rodríguez Marentes, Nancy Berenice Robles Núñez, especialistas en la materia; y María Juana Ramírez Ortega, titular de la Unidad de Servicios Estratégicos en el IMSS, y Luis Miguel Velázquez González, coordinador de Servicios Integrales en el IMSS; estos últimos versaron sobre las características, funciones e implementación del Buzón IMSS, respondiendo a las dudas de los asistentes, lo cual, fue la característica principal de esta edición del foro, pues dicha interacción permitió aclarar dudas y fomentar un intercambio de ideas sobre las mejores prácticas en la gestión de estos temas.
Eventos recientes
El Colegio llevó a cabo el pasado 16 de enero el Taller de declaración anual 2025 para donatarias autorizadas, en el que se analizaron los principales aspectos de la declaración para donatarias, así como las implicaciones que derivan de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026 y de diversas disposiciones fiscales. En el encuentro participaron Maribel Trejo Estudillo, Manuel Jesús Cárdenas Espinosa y Mario Espadas Sánchez, quienes ofrecieron una visión integral sobre el cumplimiento fiscal del sector.Durante su intervención, Manuel Jesús Cárdenas Espinosa explicó que, tras la aprobación y publicación de la LIF 2026 el pasado 21 de noviembre, se confirma que no existe un nuevo título III para las donatarias; sin embargo, “se incorporan reglas relevantes que deben atenderse con especial cuidado”, advirtió.Entre ellas, destacó el estímulo previsto en la Ley de Ingresos que permite a las donatarias autorizadas canalizar donativos hacia organizaciones o fideicomisos no donatarios que atiendan desastres naturales, siempre que se cumplan requisitos específicos como contar con autorización vigente, haber obtenido ingresos superiores a cinco millones de pesos en el ejercicio anterior y presentar informes detallados que identifiquen a las entidades receptoras y el destino de los recursos. Asimismo, abordó el mandato en la LIF para que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) elaboren y publiquen un reporte de transparencia de las donatarias autorizadas, con base en la información ya prevista en la LISR, como la declaración anual de personas morales con fines no lucrativos y la informativa de transparencia.Cárdenas Espinosa también destacó la precisión incorporada en la Ley de Ingresos 2026 respecto a la deducción de libros deteriorados o sin valor comercial ofrecidos en donación antes de su destrucción. Por su parte, la contadora Maribel Trejo Estudillo se enfocó en los aspectos operativos de la declaración anual, subrayando la importancia de reunir con anticipación la información necesaria para su correcta elaboración, como los CFDI de ingresos, nómina y gastos, la balanza anualizada, los estados financieros y de actividades, así como las cédulas de seguridad social e impuestos locales.Explicó que un adecuado orden y conciliación de esta información facilita el llenado y presentación de la declaración en la plataforma del SAT y reduce riesgos de inconsistencias o requerimientos posteriores.Detalló que, para el proceso de presentación, las donatarias deben contar con su RFC y contraseña o e.firma vigente, el número de oficio de autorización para recibir donativos deducibles y la información completa de las operaciones realizadas durante el ejercicio, así como con sus estados financieros debidamente elaborados. “El cumplimiento oportuno y correcto de estas obligaciones es clave para conservar la autorización y fortalecer la confianza de donantes y autoridades”, concluyó.
El Taller del dictamen pericial contable, organizado por la comisión de Peritos Contables en la Impartición de Justicia del Colegio, se enfocó en fortalecer el ejercicio profesional del contador público en su papel como perito auxiliar de las autoridades judiciales. El evento se desarrolló los días 14 y 15 de enero, con la participación de Alberto Manuel Castañeda Niebla y Gerardo Héctor López Ramírez, integrantes de la comisión mencionada, quienes expusieron los fundamentos y responsabilidades que implica la elaboración de un dictamen.La coordinación del taller estuvo a cargo de Mónica Estrada Hernández durante el primer día y de Raúl Armando Cruz Gómez en la segunda jornada, quienes guiaron el desarrollo de las actividades.Durante el taller se destacó que el dictamen pericial contable tiene como finalidad la búsqueda de la verdad y la aportación de elementos de juicio confiables que permitan al juez tomar decisiones informadas, particularmente en materias donde existen limitaciones técnicas para resolver cuestiones matemáticas, financieras o contables. En este contexto, dijeron que el perito contable se consolida como un especialista multifacético, con intervención en ámbitos mercantiles, laborales, familiares, administrativos, fiscales y penales.Un punto central del taller fue la distinción entre informe, opinión y dictamen. Explicaron que el informe se limita a describir hechos y datos; la opinión implica una valoración sujeta a ciertos supuestos; mientras que el dictamen, a diferencia de los anteriores, constituye un juicio técnico especializado, sustentado en evidencia comprobable y elaborado exclusivamente por un experto, generando una alta responsabilidad profesional y legal.Bajo esa línea, describieron que el dictamen pericial contable está dirigido principalmente a autoridades judiciales, por lo que su elaboración exige un proceso escrupuloso que incluye el análisis del expediente, la demanda, la contestación, las pruebas ofrecidas y el alcance específico del encargo, considerando si el perito actúa por alguna de las partes o como auxiliar designado por el juez.Los expositores enfatizaron que, a diferencia de una auditoría tradicional, que puede basarse en pruebas selectivas, el peritaje contable suele requerir una revisión exhaustiva del 100 % de la información, especialmente cuando debe responder a cuestionamientos directos en juicio. Por ello, la metodología científica es la columna vertebral del dictamen, apoyada en la normatividad contable (NIF, NIA), estándares forenses como la ISO 21043, el método científico y los principios éticos de la profesión.Subrayaron que el perito debe actuar con integridad, objetividad, competencia profesional, diligencia y confidencialidad, ya que un dictamen deficiente puede ocasionar perjuicios a terceros e incluso derivar en responsabilidades penales. Asimismo, recalcaron la importancia de que el lenguaje del dictamen sea claro y accesible, considerando que será leído por jueces y abogados no especializados en contabilidad.En el taller abordaron también el papel del perito dentro de las distintas etapas del juicio, desde el desahogo de pruebas hasta la ejecución de sentencia. Enseñaron la intervención de los diferentes tipos de peritos, de parte, en rebeldía y tercero en discordia, e hicieron énfasis en que, independientemente de quién lo contrate, el perito es siempre auxiliar del juez.En el contexto de los juicios orales, resaltaron que el perito debe contar con habilidades de comunicación, estudiar a fondo su dictamen y se preparar junto con el abogado, anticipando posibles cuestionamientos y evitando opiniones fuera de su ámbito de competencia.Finalmente, los expositores destacaron la importancia de la capacitación continua, dada la constante evolución de las normas y la amplia gama de asuntos en los que puede intervenir un perito contable, desde temas fiscales y laborales hasta fraudes, sucesiones, contratos, determinación de intereses y cuantificación de daños.Durante el evento se brindó un espacio a integrantes de la comisión de Peritos Contables; Ricardo Santos Giles, Maribel Ballesteros Celaya, Yolanda Olivares Mendoza, Dalia Ernestina Granados Ramos, Raúl Armando Cruz Gómez y Mónica Estrada Hernández, quienes presentaron una metodología aplicable a la pericial contable, diseñada para estandarizar procedimientos y elevar la calidad de los dictámenes en los tribunales mexicanos.Este documento propone una guía integral que incluye bases normativas, aplicación del método científico, técnicas y procedimientos de investigación, estructura del dictamen, formatos de promociones y un glosario jurídico. Con ello, se busca fortalecer el rol del contador público como perito, garantizando dictámenes transparentes, trazables y técnicamente sustentados, capaces de transformar afirmaciones en verdades demostrables.
El 13 de enero, en el Colegio se reunieron cuatro expertos en materia fiscal para desarrollar el curso Materialidad, legalidad y cumplimiento fiscal 2026, con el apoyo de la comisión técnica Fiscal. Alberto Gabriel Cárdenas González coordinó el espacio donde Luis Alberto Placencia Alarcón, Antonio Alberto Vela Peón, Manuel Toledo Espinosa y Rodolfo Jerónimo Pérez compartieron sus conocimientos y recomendaciones para abordar el tema de materialidad para permanecer en cumplimiento fiscal.Para comenzar, se puntualizó que no existe una definición establecida por alguna disposición legal sobre el concepto de materialidad, pero la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), en su publicación Presunción de inexistencia de operaciones amparadas en CFDI, propone la siguiente definición: “la materialidad radica en la efectiva realización o existencia de la actividad, negocio o acto jurídico por parte del emisor de comprobantes, así como la adquisición de bienes o recepción de servicios”.Dicho de otra manera, la materialidad es la evidencia que respalda la adquisición de bienes y servicios que garantiza su validez ante una posible revisión de la autoridad. Entre los documentos que pueden demostrar materialidad de operaciones están: actas constitutivas, comprobantes fiscales, registros contables, estados de cuenta bancarios, bitácoras, mensajes, contratos, listas de asistencia y pagos de nómina.Según comentan los ponentes, la materialidad de las operaciones ha un elemento de controversia entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, debido a que es un motivo de rechazo de deducciones. La autoridad cuestiona la realidad o veracidad de una operación mediante una presunción, por lo que es prioritario para el contribuyente contar con las pruebas necesarias para disiparla.Para comenzar, se señaló las dos metodologías que las autoridades fiscales emplean: los procedimientos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la validación de la realidad y veracidad de operaciones conforme el artículo 43 del CFF.Para ello es fundamental que el contribuyente considere esta acreditación de materialidad en sus operaciones antes de desatar una controversia con la autoridad. Durante el curso se presentó una metodología para dicha acreditación que debe sirviera para disipar la presunción de la autoridad o identificar áreas de oportunidad de manera preventiva para comenzar a construir evidencias que sirvan a ese fin.Para complementar estas recomendaciones, durante el evento se expusieron algunas sentencias sobre materialidad emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que dejan enseñanzas sobre dónde debemos tener herramientas y evidencias para demostrar la materialidad de las operaciones, así como elementos válidos para esta comprobación de manera específica.Finalmente, para asentar la explicación en acciones concretas, se describieron aspectos clave que deben contener los expedientes de acreditación de materialidad para operaciones de préstamos y regalías, así como operaciones de asistencia técnica y servicios corporativos. Estos últimos, según los expertos, suponen un reto debido a que pueden o no dejar un resultado material de la prestación de servicios, por lo que la preparación anticipada para la recuperación de documentación que valide la materialidad de este tipo de operaciones.