Desde compraventas y donaciones hasta fideicomisos y ventas esporádicas, Pablo Fernández de Cevallos y Torres y Adrián Antonio Ruiz Casas, integrantes de la comisión de Investigación Fiscal, expusieron las múltiples aristas fiscales que deben considerarse en las operaciones con bienes inmuebles, durante el foro Efectos fiscales de la transmisión de inmuebles, realizado el 8 de abril.
Entrando en tema, Fernández de Cevallos explicó las implicaciones civiles y fiscales de la enajenación de inmuebles, puntualizando que actos jurídicos como la compraventa, la donación o la aportación a sociedades representan formas válidas de transmisión de dominio.
Desde el punto de vista fiscal, el ponente comentó que esta transmisión genera obligaciones tributarias para el adquirente, quien es considerado propietario para efectos fiscales, existiendo un tratamiento diferenciado entre terrenos y construcciones debido a sus características contables y a las reglas de depreciación aplicables.
Respecto al Impuesto sobre la Renta (ISR), explicó que la ganancia obtenida por la venta de terrenos o activos fijos debe acumularse como ingreso gravable, permitiendo deducir el monto original de la inversión debidamente actualizado. Subrayó la importancia de cumplir con las reglas de depreciación previstas en la Ley del ISR, que establece un límite del 5% anual para construcciones, y destacó el papel del CFDI como instrumento primordial para acreditar el costo de adquisición.
En cuanto a la transmisión de inmuebles mediante fideicomisos, el expositor diferenció entre fideicomisos empresariales, en los que la fiduciaria asume obligaciones fiscales significativas como emitir CFDI, calcular el resultado fiscal y cumplir con el ISR e IVA; y fideicomisos no empresariales, donde aplican reglas especiales como la denominada “regla 90/10” para identificar ingresos pasivos y considerar al fideicomiso como transparente para efectos fiscales.
También analizó los casos en los que residentes en el extranjero enajenan bienes inmuebles ubicados en México. En estos supuestos, dijo que se establece la aplicación del Título V de la LISR, con tasas del 25% sobre el ingreso bruto o del 35% sobre la ganancia. En cuanto al IVA, revisó los casos en los que procede su causación, con énfasis en las exenciones aplicables, especialmente en la venta de casas habitación.
Por su parte, Ruiz Casas centró su participación en los efectos fiscales que se derivan de la venta de inmuebles por personas físicas. En ese sentido, distinguió entre aquellas operaciones que forman parte de una actividad empresarial y aquellas que se consideran esporádicas.
En el primer caso, explicó que se trata de operaciones con fines de especulación comercial, sujetas al régimen del Título IV, Capítulo II de la LISR. Aquí, el ingreso se acumula al momento de su percepción, sin posibilidad de deducir terrenos ni activos fijos —salvo construcciones—, y el contribuyente es responsable del cálculo y entero del impuesto, sin intervención del notario.
En contraste, cuando la venta se realiza de forma ocasional, se aplica el Título IV, Capítulo IV. En este régimen, el notario público se encarga de calcular y enterar el pago provisional del ISR. Ruiz Casas detalló los requisitos para aplicar la exención por casa habitación (hasta 700,000 UDIS) y los conceptos deducibles, que incluyen el costo comprobado de adquisición, mejoras, gastos notariales y avalúos.
El expositor explicó también la mecánica de cálculo del impuesto en ambos regímenes. En la actividad empresarial, la utilidad se determina restando deducciones autorizadas a los ingresos acumulables, con posibilidad de aplicar pérdidas fiscales en ejercicios posteriores. En la actividad esporádica, la ganancia se prorratea entre los años transcurridos desde la adquisición y se puede tributar parcialmente como ingreso no acumulable, con una tasa efectiva específica.
Finalmente, se abordaron reglas para la actualización del costo de construcción, depreciación, y situaciones especiales como la venta de inmuebles en el extranjero —donde se permite acreditar el ISR pagado en el país de origen— y la adquisición por prescripción, considerada ingreso por adquisición de bienes, gravada conforme al avalúo correspondiente.
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En el marco de la Jornada Docente 2025, el pasado 14 de noviembre la Vicepresidencia de Vinculación Universitaria llevó a cabo la ceremonia de entrega del Premio al Profesor Distinguido 2025, uno de los reconocimientos más relevantes que otorga anualmente el Colegio de Contadores Públicos de México a profesionales de excelencia en la enseñanza de la Contaduría Pública.Este galardón distingue a aquellos docentes que, por su trayectoria académica, prestigio profesional, compromiso ético y aportaciones a la investigación, han contribuido de manera significativa al fortalecimiento de la formación contable en los niveles de licenciatura y posgrado.Este año, el reconocimiento fue otorgado a la doctora María Enriqueta Mancilla Rendón, investigadora y académica de la Universidad La Salle México, cuya labor docente ha marcado profundamente la formación de miles de estudiantes en México y Latinoamérica.Su trayectoria, extendida por más de tres décadas, abarca instituciones de gran prestigio como la UNAM, la Universidad Anáhuac, la Universidad Panamericana, la EBC y la propia La Salle, entre otras. Su trabajo revela un profundo dominio de las áreas fiscal, financiera y contable, acompañado de una sólida vocación por enseñar con rigor, claridad y un profundo sentido humano.Además de su labor en las aulas, la doctora Mancilla ha sido conferencista, tutora y miembro de claustros académicos en diversos países latinoamericanos, contribuyendo al fortalecimiento de la educación y la investigación en la región. Su experiencia profesional en consultoría y auditoría complementa su visión docente, ofreciendo a sus estudiantes una formación integral que articula teoría, práctica y ética.Durante la ceremonia, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente del Colegio, destacó la calidad de las cinco personas postuladas y explicó el proceso de selección que recayó en un jurado designado por la Vicepresidencia de Vinculación Universitaria. Subrayó también el orgullo que representa para la institución reconocer la trayectoria de la ganadora: “La doctora María Enriqueta Mancilla Rendón es una docente excepcional cuyas contribuciones han enriquecido la formación de generaciones enteras. Su entrega y legado siguen transformando vidas y fortaleciendo la educación contable en nuestro país. Para nosotros es un orgullo otorgarle este reconocimiento”.Visiblemente emocionada, la doctora Mancilla expresó profunda gratitud hacia el Colegio y hacia las instituciones que han acompañado su camino profesional:“Estoy muy agradecida con Dios por permitirme estar aquí y recibir esta distinción de una institución a la que respeto y quiero profundamente. Nada de esto habría sido posible sin la confianza de las universidades, del Colegio y de todas las comisiones que trabajan incansablemente. Esta trayectoria no la construí sola; todos hemos formado parte de ella”.Cerró su mensaje evocando un pasaje bíblico que ha guiado su trabajo académico: “La Biblia dice: Te haré entender y te enseñaré el camino en que debes andar. Este ha sido mi camino, y estoy muy agradecida por ello”, finalizó.
El 12 de noviembre se inauguró el 12.° Evento magno de ética, rol ético del contador público ante los principales retos del futuro, que se llevó a cabo en el aula magna del Colegio en su modalidad híbrida. La inauguración estuvo a cargo del presidente del Colegio, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, quien destacó que "cuando la tecnología avanza más rápido que los valores, la ética se convierte en el único punto de equilibrio entre el progreso y la responsabilidad”. De igual forma, señaló que la profesión contable encara tres grandes retos en el que el Código de Ética Profesional se convierte en el eje rector para 1) el cumplimiento legal y fiscal; 2) para el uso de la tecnología e Inteligencia Artificial (IA) y la 3) sostenibilidad. Ramírez Fernández del Castillo concluyó al afirmar que el Código de Ética Profesional refuerza el rol del contador como garante de la confianza pública, “sosteniendo su credibilidad en la independencia, la objetividad y la competencia profesional”. En materia del evento, la presidenta de la comisión de Ética y Responsabilidad Profesional, Lourdes Nabor Cadena, presentó a los panelistas de la tarde: Edgar Alejandro Romero León (vocero de la comisión de Ética y Responsabilidad Profesional), Francisco Salvador García Dayo (Chief Information Security Officer en BNP Paribas), Francisco José Sánchez González (coordinador de cursos de la comisión técnica de Gobierno Corporativo) y Gerardo Nochez Cerón (director general y coordinador en Alta Inteligencia en CNT), quienes contaron con el apoyo de los moderadores, Adriana Berenice Villagómez Palatto, Daniel Ramón Ham Valencia y Tannia Elisseth Cortés Pastrana, todos integrantes de la comisión organizadora del evento.Con el tema Principales retos del contador en la era digital y la ética se abrió la jornada con la participación de Romero León, quien abordó la evolución de la ética profesional y los desafíos que enfrenta el contador público ante la transformación digital. Con esta premisa habló de la evolución histórica de la ética profesional en el tiempo y de cómo el IMCP converge con el Código de Ética Internacional para Contadores Profesionales (IESBA) y en la adopción de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) en 2012.En el tema de la era digital y la contaduría pública, Romero León dijo que la profesión contable ha adoptado la tecnología al migrar a la automatización en áreas como la elaboración de estados financieros, conciliación de CFDI, cruce de bases de datos, y gestión de inventarios. En este tenor, resaltó que esta transformación digital conlleva implicaciones en la privacidad y protección de datos, la ciberseguridad, el Código de Ética y la ética profesional.Aunque en México aúno no existen leyes, figuran iniciativas legislativas como la Ley de regulación ética de la inteligencia artificial y robótica (PAN 2023) y la Ley federal que regula la inteligencia artificial (Morena 2024).Otro tema abordado fue el de los programas académicos, que se han diversificado (Contaduría Pública y Finanzas, Contaduría Analítica y Finanzas Corporativas, etc.) y han incorporado asignaturas como: Empresa, sociedad y desarrollo sostenible, Prevención de Lavado de Dinero, Ley Fintech y activos virtuales, Contabilidad internacional y Auditoría forense.Por último, habló que los retos para las nuevas generaciones se centran en la adaptación al mundo digital, la sostenibilidad y ASG, y los cambios laborales temas que demandan un adecuado juicio profesional y aplicación de la normativa.Romero León concluyó con recomendaciones para los contadores: “Tener pasión por la profesión, certificarse, capacitarse y actualizarse, liderar, compartir el conocimiento y adoptar sanas y éticas prácticas”.En esa línea, Francisco Salvador García Dayo abordó el tema de la Ética en las empresas y tecnología en el entorno global, quien destacó que la ética es dinámica y evoluciona con la práctica profesional, tomando como referencia a la ética individual. En su intervención, habló del concepto de tecnoética como el uso moral de la tecnología, misma que debe apegarse a principios de transparencia, honestidad, responsabilidad y, crucialmente, privacidad de la información.Asimismo, destacó que la tecnología no es una solución mágica. Para que un sistema funcione, necesita procedimientos, políticas y sentido común en la gente que lo utiliza.A lo largo de su exposición, García Dayo hizo hincapié en la honestidad en la comunicación por parte de los tecnólogos, quienes deben ser transparentes sobre las limitaciones de la tecnología y no sobredimensionar sus capacidades.Para finalizar su intervención, presentó casos ilustrativos de faltas a la ética en el ámbito tecnológico y empresarial.Francisco José Sánchez González abrió su participación con el tema Competencias éticas del contador del futuro, en el que tuvo la oportunidad de señalar que el futuro ya está presente y la profesión contable ha sido transformada por cambios tecnológicos, económicos y sociales. En este tenor, Sánchez González se centró en definir el perfil del profesionista que el mundo necesita actualmente, en el que resaltó tres grandes cambios: a) el tecnológico, en el que la realidad de las caricaturas futuristas ya nos alcanzó y llegó para quedarse, simplificando la vida y automatizando tareas; b) el económico, en el que la economía ha evolucionado desde el trueque hasta el complejo mundo de los derivados e instrumentos financieros; y c) el cambio social, la cual ha traído consigo un impacto en el comportamiento del ser humano, mismo que se ha regido históricamente por códigos, como el Código de Hammurabi y los mandamientos de las religiones, que hoy se reflejan en los códigos de ética empresariales y profesionales.Sánchez González destacó que estos cambios configuran un nuevo entorno laboral que incluye la globalización, el teletrabajo y el enfoque en finanzas sostenibles debido a la presión por cuidar el medio ambiente.Al respecto, ante la automatización y la IA, la ética se presenta como el diferenciador clave que permitirá al profesionista mantenerse en el mercado, pues "la tecnología puede procesar datos, pero solo el ser humano puede decidir con integridad".Acerca del papel que tiene la ética en el aspecto social, Sánchez González comentó que la presión social exige mayor transparencia y rendición de cuentas en todos los campos de acción del contador (docencia, empresarial, gobierno, etc.), por lo que la ética se convierte en la base de la confianza frente a la incertidumbre tecnológica y social.Por último, habló de la esencia del contador que tiene su base en seis principios fundamentales, considerados como la biblia de la profesión:1.- Integridad, la cual se debe alimentar con el actuar con honestidad y calidad de la información.2.- Objetividad, con ella evitar prejuicios y conflictos de interés.3.- Competencia profesional y debido cuidado, es mantener actualizado.4.- Confidencialidad, protección de la información.5.- Comportamiento profesional, al cumplir con leyes y normas.6.- Reputación, ésta se construye con el tiempo, pero se puede perder en minutos.Para cerrar su intervención, Sánchez González coincidió con un comentario de la audiencia al señalar que la integridad y la objetividad son los principios en los que la profesión debe seguir trabajando más arduamente. Reconoció que todos los principios son difíciles de cumplir, pero enfrentar disyuntivas en la integridad y objetividad son los retos más grandes.La jornada cerró con Nochez Cerón, quien participó con el tema De la ética contable a la inteligencia preventiva: el papel estratégico del contador público en la detección de riesgos emergentes e híbridos. La exposición comenzó al señalar que cada profesión debe estar fundamentada en principios éticos, morales y de conducta. En la actualidad, cualquier profesión está conectada al sistema tributario, lo que la convierte en un elemento clave para cualquier organización. Por esta razón, el contador público necesita transformarse de ser un simple analista de números a convertirse en un profesional que prevenga riesgos, amenazas y vulnerabilidades que puedan surgir de la manipulación o mal uso de esos números.Con base en esta introducción, Nochez Cerón definió a la inteligencia como un proceso sistemático y un mecanismo de análisis de información basado en metodologías científicas con la finalidad de proveer información fehaciente y oportuna al tomador de decisiones.De este modo, el punto central de su participación fue la convergencia entre ética e inteligencia. La primera se basa en los principios morales y normas, mientras tanto la inteligencia es toma como el análisis científico de datos. Ambas no pueden operar de forma aislada. Al tiempo que subrayó que la ética sin inteligencia es un idealismo ciego o ingenuidad moral, mientras que la inteligencia sin ética puede derivar en manipulación, abuso de información, espionaje y corrupción. Ambas deben converger para generar integridad (rectitud de acción y rectitud de conocimiento) y garantizar el humanismo estratégico dentro de las organizaciones.En palabras de Nochez Cerón comentó que el contador público se enfrenta a riesgos emergentes e híbridos en el siglo XXI, como fraude, soborno, evasión fiscal, y la posible asociación con la delincuencia organizada. Se citaron casos históricos como Enron, cuya quiebra por enriquecimiento ilícito aparente arrastró a una de las firmas auditoras más grandes del mundo, y el caso FTX, vinculado a la falta de transparencia en criptoactivos y jurisdicciones flexibles.Esta situación exige la inteligencia preventiva como la nueva frontera profesional, orientada a ser preventiva antes que reactiva. Esto se logra mediante la anticipación (identificación de vulnerabilidades), la detección (establecimiento de indicadores y señales de alerta), la mitigación (diseño de respuestas oportunas) y el aprendizaje (retroalimentación y fortalecimiento continuo). La profesión tiene una responsabilidad internacional vinculada a la Agenda 2030 (Objetivo 16) y la GAFI, obligando a realizar una debida diligencia constante.Finalmente, la exposición abordó la ética tecnológica, planteando preguntas críticas sobre la responsabilidad cuando la (IA) o los algoritmos programados toman decisiones financieras. Como conclusión, externó que, a pesar de la tecnología, la responsabilidad última siempre recae en el usuario.
Con el objetivo de fortalecer el conocimiento técnico en materia societaria y fiscal, la comisión Fiscal organizó el curso Fusión, escisión y liquidación de sociedades en lo fiscal y legal, los días 11 y 12 de noviembre, donde se abordaron los principales aspectos legales, contables y tributarios relacionados con esas figuras.Los expositores, integrantes de la comisión organizadora, compartieron su experiencia y análisis sobre los requisitos legales, las implicaciones fiscales y los retos que enfrentan las empresas al llevar a cabo estos procesos.Durante su intervención, Israel Bastida Ventura explicó que estas figuras se encuentran reguladas por la Ley General de Sociedades Mercantiles, el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA).Bastida detalló que la fusión implica la integración de dos o más sociedades en una sola —ya sea mediante absorción o creación de una nueva entidad—, mientras que la escisión se refiere a la división del patrimonio social en dos o más partes. La liquidación, por su parte, marca el cierre definitivo de la vida jurídica de la empresa.Asimismo, señaló es que estas operaciones no deben considerarse enajenación de bienes para efectos fiscales, siempre que cumplan con los requisitos del artículo 14-B del CFF, como la presentación de avisos, la continuidad de operaciones durante al menos un año, la existencia de una razón de negocios válida y la presentación de dictámenes financieros.El ponente destacó la importancia de inscribir los acuerdos en el Registro Público de Comercio, respetar los plazos de oposición de acreedores (45 días) y cumplir con las disposiciones fiscales relativas a la CUFIN, la CUCA y las pérdidas fiscales establecidas en los artículos 57 y 77 de la LISR.Por otro lado, Miguel Zárraga Zárraga profundizó en las implicaciones fiscales de la fusión de sociedades. Subrayó que la autoridad fiscal ha endurecido su vigilancia desde 2022, con el fin de evitar abusos en la transmisión de pérdidas y detectar fusiones sin sustancia económica.“La fusión debe tener una razón de negocios real, no únicamente el propósito de obtener beneficios fiscales”, enfatizó Zárraga. Recordó que el SAT revisa los actos corporativos realizados cinco años antes y cinco años después del proceso, para asegurar que no se trate de una enajenación encubierta.Zárraga explicó las diferencias entre fusiones horizontales (entre empresas sin relación accionaria) y verticales (cuando existe participación accionaria), así como entre fusión por absorción y por integración. También describió los avisos y fichas de trámite del SAT, como la 316 (revisión de fusión), la 86 (cancelación del RFC) y la 48 (autorización en fusiones previas).El especialista abordó, además, el tratamiento de la CUCA, la CUFIN, los intereses netos, el acreditamiento del IVA e IEPS, y el impuesto sobre adquisición de inmuebles, recordando que la dictaminación de estados financieros antes y después de la fusión es obligatoria.Por su parte, Manuel Toledo Espinosa abordó las implicaciones económicas y fiscales de la escisión de sociedades, comparándola con un “divorcio” empresarial. Explicó que la escisión puede responder a conflictos entre socios, necesidades de reorganización patrimonial o separación de líneas de negocio, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 15-A del CFF y en la Ley General de Sociedades Mercantiles.Toledo subrayó que para evitar que la escisión sea considerada enajenación fiscal, debe mantenerse al menos el 51% de las acciones con derecho a voto en manos de los mismos accionistas durante un periodo determinado, y que las acciones deben estar totalmente pagadas. También resaltó la importancia de contar con avalúos comerciales actualizados, la consideración de intangibles y la intervención de un auditor externo.En caso de incumplimiento, advirtió, la operación puede reclasificarse como reducción de capital o enajenación fiscal, con los correspondientes efectos en ISR, IVA y otras contribuciones.Finalmente, Rodolfo Jerónimo Pérez comentó que la disolución y liquidación representan la etapa final de la vida social de una empresa. “Así como las personas tienen un ciclo de vida, las sociedades también nacen, operan y eventualmente terminan”, expresó.El expositor enumeró las causales de disolución —como la expiración del plazo social, la pérdida de capital o la imposibilidad de cumplir el objeto social— y enfatizó que los administradores pueden incurrir en responsabilidad solidaria si continúan operando tras una causal de disolución.Pérez destacó la disolución simplificada, disponible para sociedades conformadas solo por personas físicas que no hayan tenido operaciones ni facturación en los últimos dos años, siempre que cuenten con opinión positiva ante el SAT y el IMSS.Finalmente, recordó que el liquidador asume una responsabilidad solidaria por las contribuciones no pagadas, incluso de los cinco años previos a la disolución, y que la liquidación implica el cierre anticipado del ejercicio fiscal y la presentación de declaraciones finales ante la autoridad.