Esta tarde, el Colegio de Contadores Públicos de México y el Colegio de Notarios de la Ciudad de México firmaron un convenio de colaboración que busca fortalecer la relación entre ambas instituciones y ofrecer beneficios significativos a sus integrantes.
En el evento se dieron cita, por parte del Colegio, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente; Rosalía Ortega López, vicepresidenta de Gobierno; y María Luisa Ramírez Hernández, directora ejecutiva. En representación del Colegio de Notarios, estuvieron presentes Roberto Garzón Jiménez, presidente de la institución, y Ángel Gilberto Adame López, director general del Instituto de Investigaciones Jurídicas del Notariado (IIJN).
Durante la firma del convenio, se destacó el compromiso de ambas partes para desarrollar actividades que incluyen:
Comunicación: Colaboración en la promoción de foros, cursos, talleres, etc. a través de redes sociales y comunicados oficiales.
Acceso preferente a actividades académicas: Los asociados y colaboradores tendrán preferencia para participar en diversas actividades académicas organizadas por los colegios.
Difusión: Se establecerá un enfoque en la promoción de cursos, talleres, seminarios, conferencias, simposios y diplomados, lo que permitirá a los miembros mantenerse actualizados en sus respectivas áreas de interés y contribuir al desarrollo profesional continuo.
Posteriormente a la firma, las autoridades de ambos organismos realizaron un recorrido por las instalaciones del Colegio, donde pudieron conocer más sobre los beneficios que se ofrecen a los asociados.
Durante el recorrido, los representantes intercambiaron ideas sobre la importancia de la colaboración interinstitucional y cómo esta puede impactar de manera positiva en la formación y actualización profesional. El encuentro finalizó con una cordial conversación sobre los desafíos actuales que enfrentan ambas profesiones, así como sobre la necesidad de adaptarse a un entorno en constante cambio.
Eventos recientes
El 29 de julio se presentó en el Colegio el curso Presentación del dictamen por fusión y escisión de sociedades, donde la comisión técnica de Auditoría Fiscal brindó la información necesaria a los asistentes para elaborar el dictamen y presentación de estados financieros de las empresas participantes de fusiones o escisiones, conforme a los requisitos del artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).El espacio estuvo coordinado por Rafael Mendoza Aguilar y contó con la participación de tres expertos en el tema e integrantes de la comisión: Daniel Lugo Serrano, Saraí Dávila Fragaso y Miguel Ángel Severiano Hernández, quienes compartieron sus conocimientos para explorar los antecedentes, disposiciones fiscales, requisitos y recomendaciones para la elaboración de estos dictámenes. Para comenzar, se explicó que el proceso de fusión o escisión comienza con una asamblea extraordinaria de accionistas, donde se determinarán los motivos para tal efecto en relación con los estados financieros. Además, se señaló la importancia de extender en un acta de asamblea todos los detalles necesarios del acuerdo de estos actos corporativos, con el fin de clarificar las descripciones, plazos, responsabilidades y obligaciones que derivan de ellos.El acta de asamblea no tiene una lista concreta de extensión y alcance. Los expertos señalaron que debe responder a las necesidades de las partes involucradas para establecer un acuerdo, siempre alineada a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).En ese mismo sentido de cumplimiento normativo, el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación señala las condiciones que debe cumplir un caso de fusión para no ser considerada como una enajenación. Una de estas condiciones es que la sociedad fusionante deberá continuar con las actividades que realizaba antes de la acción.Posteriormente, en el foro se comentó quiénes no están obligados al dictamen, con sustento de la regla 2.10.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Para ello, los contribuyentes deben cumplir tres supuestos: el monto de la cuenta de capital de aportación de la sociedad y el capital social del fusionante o la escindente no debe exceder el equivalente a $100’000,000; El valor de los activos netos transmitidos a la sociedad fusionante o escindida es igual o menor a un monto equivalente a $100’000,000; y, la sociedad fusionada o escindente, en el ejercicio fiscal inmediato anterior a la acción, consignó en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) iguales o menores a un monto equivalente a equivalente a $50’000,000.Además, se compartió cómo debe presentarse un dictamen de los estados financieros utilizados para llevar acabo una fusión o escisión, sus requisitos y condiciones con fundamento del artículo 14-b del CFF. Dentro de estos requisitos, se destacó el escrito libre que debe contener el dictamen y debe ser realizado por un contador público inscrito; además, es en esta carta donde se debe incluir la copia del acta de asamblea que se mencionó previamente.Finalmente, se señaló que no presentar este dictamen, dentro de los plazos establecidos, mediante el Sistema de Presentación de Dictamen (Sipred) puede llevar a la invalidez de la fusión o escisión para efectos fiscales, sanciones económicas y la pérdida de la revisión secuencial. Debido a ello, es de suma importancia mantener estas acciones empresariales dentro de las normativas aplicables y, para ello, es fundamental contar con una presentación apropiada y alineada del dictamen de los estados financieros que les sustentan.
Este 24 de julio, el Colegio y la comisión Administradora de Calidad de Firmas de Contadores Públicos presentaron la conferencia Reflexiones sobre el cumplimiento de la NIGC, revisiones globales, la cual fue impartida por Jaime Pérez Martínez y Cristian Justo Álvarez, y moderada por Javier Sagrero Martínez; quienes platicaron sobre los hallazgos, medidas contra los incumplimientos y los retos por venir en este proceso.Los expositores comenzaron su presentación compartiendo un breve panorama internacional que evidenció la situación actual respecto a la calidad en los servicios de auditoría. Resaltaron diversos hallazgos preocupantes en las firmas, tales como la falta de designación de un responsable del sistema de control de calidad, la ausencia de un manual de políticas y procedimientos, y la inexistencia de planes de capacitación.Entre las observaciones realizadas a los encargos, los contadores destacaron la falta de documentación adecuada para la determinación de cuentas significativas y la insuficiencia de procedimientos analíticos en la evaluación de riesgos. "Es fundamental que se involucre a especialistas de TI en la revisión de los sistemas para garantizar una auditoría efectiva", subrayó Justo Álvarez.Asimismo, los retos que enfrentan los contadores, en el actual contexto, también fueron parte de la discusión. Los especialistas mencionaron la postergación de fechas de visitas, errores en los datos de contacto de los revisores, y el considerable desfase de tiempo en la aceptación de hallazgos; estos elementos, señalaron, afectan directamente la calidad del trabajo de auditoría.Además, compartieron que, de acuerdo con el Foro Internacional de Reguladores Independientes de Auditoría (IFIAR, por sus siglas en inglés), 88% de las jurisdicciones son requeridas para adoptar la NIGC 1, de los cuales 68% de los miembros reportan hallazgos relacionados con auditorías de entidades que no son de interés público.A pesar de los desafíos, se compartieron hallazgos positivos como la eficiencia en las auditorías, una mayor estadía de colaboradores y una mejor colaboración cruzada. Estos aspectos son cruciales para la toma de decisiones informadas dentro de las firmas.Se puntualizó, con base en reportes del IFIAR, que los hallazgos de control de calidad no solo se relacionan con compromisos específicos, sino que abordan políticas y procedimientos vigentes en las firmas. Para mejorar la situación, los especialistas recomendaron la asignación de recursos, el fortalecimiento de la documentación y la inducción a una proactividad mayor en los procesos.“Los beneficios de implementar acciones correctivas eficaces incluyen no solo la reducción de costos, sino también un aumento en la eficiencia y la mejora continua de la calidad en el ámbito contable”, concluyó Pérez Martínez.
El 16 de julio, con el fin de ofrecer a los asistentes las herramientas necesarias para establecer los honorarios por la prestación de sus servicios contables, en el Colegio se brindó el curso Honorarios pagados, amenazas a la transparencia e independencia profesional. Además, se brindaron conocimientos para identificar, evaluar y responder a las amenazas que yacen en el ejercicio profesional independiente.El evento, coordinado por David Velázquez García y Cecilia Coronel Ruiz, representantes de la comisión de Ética y Responsabilidad Profesional, contó con un eje fundamental: el cumplimiento profesional fundamentado en el Código de Ética Profesional. Debido a ello, el primer segmento de la tarde fue dedicado al tema Ética en los negocios, cumplimiento del Código de Ética Profesional y de los principios fundamentales, donde se tuvo la oportunidad de desarrollar los contenidos esenciales del Código de Ética Profesional (CEP).Lucia Mónica López Mirafuentes, fue la experta en desarrollar el tema, quien exaltó la importancia del obrar ético dentro de las organizaciones y el impacto que tiene la construcción de una cultura ética colectiva. Según comenta, el cumplimiento ético aporta valor a la organización, crea identidad, incrementa la lealtad, motivación y colaboración interna, además de minimizar riesgos debido al cumplimiento del CEP.Además, para el contador es particularmente relevante obrar con ética profesional, ya que la contaduría implica una responsabilidad de servir a interés público y privado, debido a ello, organizaciones de diversos ámbitos integran contadores en diversas áreas debido a la confianza en la profesión.Para entrar en materia, con las bases presentadas por la primera presentación, Enrique Andrade Gutiérrez desarrolló el riesgo contenido en el pago de honorarios a la transparencia e independencia profesional en la auditoría. Dentro de su exposición, el ponente exhortó a los participantes a cumplir un papel activo en la identificación de amenazas que comprometan los principios éticos profesionales del contador público al prestar sus servicios de auditoría.Con este fin, señaló algunos factores para evaluar dichas amenazas tales como la proporción de honorarios percibidos; naturaleza alcance y propósito de los servicios prestados; disposición y capacidad del cliente para cumplir con los pagos; diversificación de clientes; etc. Todos estos factores implican que el profesional contable debe mantener un papel de evaluador constante con sus potenciales clientes para identificar amenazas para evaluarlas y responder a ellas para eliminar o reducir ese riesgo.Juan Flores Saavedra, por otro lado, dedicó su presentación a compartir las amenazas posibles descritas en el CEP, en la subsección 601, Servicios de contabilidad y teneduría de libros. Además, comentó la importancia de generar salvaguardas ante estas amenazas, ya que pueden surgir a lo largo de la prestación de servicio. Para ello, el contador debe evaluar el contexto del encargo y utilizar su juicio profesional para identificar, evaluar y establecer medidas de protección que pueden ir desde establecer límites preliminares en la relación entre el cliente y el prestador de servicios hasta el rechazo de ofertas debido al alto riesgo que suponen. Finalmente, Carlos Velázquez Valle remató el día con su presentación titulada Honorarios pagados por servicios de impuestos; amenazas y nuevos lineamientos en el Código de Ética Profesional, en ella recuperó la información compartida por sus colegas y segmentó las amenazas que ponen en riesgo la independencia del contador en cuatro categorías: interés personal, intimidación, familiaridad e intercesión; además, recomendó acciones para mitigar estas amenazas.Sumado a ello, el presentador señaló las actualizaciones realizadas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés) al Código Internacional de Ética para Profesionales de la Contaduría, donde incorpora disposiciones orientadas a mitigar amenazas en la presentación de servicios fiscales; actualizaciones que ya han sido empleadas para editar y armonizar el CEP.Para concluir, Velázquez comentó que los servicios fiscales representan una relación entre el contador público, el cliente y la sociedad, por lo que el primero representa un papel clave en la preservación de la legalidad y rendición de cuentas con interés público. Esto supone una responsabilidad que debe impulsar al contador a mantenerse alineado con la normatividad, la ética profesional y el compromiso social.