El próximo 31 de marzo concluye el plazo para presentar la declaración anual de las personas morales. Por tal motivo, la comisión Fiscal del Colegio presentará, durante los días 16, 17 y 18 de febrero, el curso Declaración anual de personas morales, cuya intención es exponer algunos casos prácticos de estos aspectos y acciones a tomar en cuenta para declarar de manera correcta y disminuir la posibilidad de errores.
Para arrancar con las actividades del primer día, Alberto Guillermo Castelló Durán, integrante de la comisión antes mencionada, abordó el tema de ingresos y deducciones para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), al respecto explicó que las personas morales considerarán la enajenación de bienes —como derecho a traspasar bienes de un patrimonio a otro— cuando suceda el primero de los siguientes supuestos: se expida el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), se envíe el bien, se entregue el bien, se preste el servicio, se cobre total o parcialmente o sea exigible total o parcialmente.
Además, el expositor agregó que las deducciones deben ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente. Destacó que, aunque no está previsto en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), se debe contar con los elementos suficientes para probar que se adquirieron las mercancías, se recibieron los servicios y se aprovechó el uso o goce temporal de bienes, mejor conocido como acreditar la materialidad.
Por su parte, Graciela Rojas Mejía, integrante de la comisión Fiscal 2 del Colegio y gerente de Andersen Tax México, profundizó en los aspectos prácticos del llenado de la declaración anual, expresó que una de las ventajas de anticipar este ejercicio es la de solicitar la devolución/compensación del saldo a favor del ISR del periodo 2020.
Entrando de lleno a los aspectos prácticos, Rojas Mejía informó que este año la autoridad fiscal avanzó en la automatización de datos y mejoró su sistema para emitir la declaración anual de personas morales a fin de facilitar este procedimiento, el cual tendrá información prellenada que facilitará la plataforma del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Compartió que los documentos clave para ingresar a la plataforma y cotejar los datos son RFC, contraseña para ingresar al portal, firma electrónica (e.firma), relación de declaraciones mensuales y pagos provisionales efectuados en el año y estados financieros correspondientes al ejercicio fiscal. Asimismo, señaló que es conveniente contar con la información de los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, entre otros.
Para cerrar con su participación, Graciela Rojas Mejía exhortó a todos los asistentes a anticiparse a la revisión de los datos precargados en la declaración anual con la finalidad de revisar —y en su caso proceder a su corrección o aclaración ante las autoridades—, así como validar que la e.firma se encuentre vigente y sin errores en los accesos del portal.
Retomando las actividades del curso, en su segundo día se contó con la presencia de Antonio Alberto Vela Peón y Manuel Toledo Espinosa, integrantes de la comisión técnica Fiscal del Colegio, quienes indagaron en los precedentes jurídicos, momentos de impugnación, así como de las cuentas de control fiscal (CUCA, CUFIN y CUFINRE).
Al respecto, se comentó que a partir de 2018, se publicó en el DOF el acuerdo general del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante el cual se aplazó la resolución de amparos que versan sobre el buzón tributario y contabilidad electrónica.
Ante este contexto, Vela Peón especificó que lo anterior pretende modificar la manera en la que se expone el criterio que sustenta el Tribunal y las razones que lo justifican, remitiendo implícitamente al estudio de la ejecutoria. En razón de lo antes expuesto, el especialista refirió que los nuevos criterios publicados tienen una nueva estructura de una tesis y jurisprudencia. Bajo este sistema de precedente, resaltó los siguientes apartados: rubro, hechos, criterio jurídico y justificación.
En este tenor, Manuel Toledo Espinosa dialogó que, dada la importancia que han cobrado en las operaciones de las compañías, la Cuenta de Capital de Aportación (CUCA), la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN) y la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta Reinvertida (CUFINRE), las autoridades fiscales —a través las declaraciones anuales, dictámenes fiscales y contabilidad electrónica— han solicitado cada vez más información de éstas, con la intención de validar su existencia y veracidad para los fines de los efectos que producen.
A lo largo de su charla, Toledo Espinosa explicó las obligaciones, determinaciones, efectos y algunos aspectos negativos de estas cuentas de control. Detalló que la CUCA es la cuenta que registra las aportaciones de capital de los accionistas, así como los retiros de Capital realizadas por los socios.
Con relación a la CUFIN, precisó que esta cuenta controla las utilidades fiscales que ya pagaron ISR, las cuales podrán utilizar los socios o accionistas, en operaciones como decreto de dividendos, utilidades provenientes de reducciones de capital y venta de acciones. Y por último, describió que la CUFINRE representa el importe de las utilidades reinvertidas por las personas morales sobre las cuales se difirió parte del ISR.
Para cerrar su participación, Toledo Espinosa explicó que dentro de la LISR, se localizan cuentas contables de control por cada empresa transparente del extranjero por los dividendos que recibirá, acreditamiento de ISR pagado en el extranjero y deducción de las pérdidas fiscales por enajenación de acciones; razón por la cual invitó a los asistentes del curso a llevar un control de los ejercicios anteriores.
Durante el último día de conferencias virtuales del curso Declaración anual de personas morales, Alberto Gabriel Cárdenas González, integrante de la comisión organizadora, habló de los efectos fiscales a partir de la emergencia sanitaria por Covid-19, al respecto, indicó que en México esta situación ha tenido un impacto significativo en las empresas y en sus operaciones comerciales, legales y fiscales. Lo que ha propiciado que el gobierno se pronuncie ante esta situación solicitando a las empresas un plan de continuidad del negocio.
Dado lo anterior, el expositor señaló que por su parte el Gobierno Federal ha implementado estímulos fiscales, tales como: créditos financieros a microempresas, prórroga en el pago de contribuciones de seguridad social, suspensión de plazos mediante diversos acuerdos, entre otros. Sin embargo, reconoció que la sostenibilidad de dichas medidas tendría que considerar las necesidades que tiene el gobierno de obtener recursos para sostener sus finanzas, ya que, por ejemplo, se promovió el fortalecimiento y generación de empleos, y a la fecha, esta medida no se ha visto favorecida.
Con respecto a las implementaciones fiscales en la Ciudad de México, Cárdenas González informó que el gobierno emitió un acuerdo por el que se suspenden los términos y plazos inherentes a los procedimientos administrativos, para que de esta manera se otorguen mayores facilidades para el cumplimiento de las obligaciones.
Finalmente, Pablo Cervantes García, vocero de la comisión técnica Fiscal del Colegio, ahondó sobre las disposiciones generales de las operaciones con residentes en el extranjero, en ese sentido, recordó que a los residentes en México les corresponde pagar el ISR que hayan pagado por los ingresos procedentes de una fuente ubicada en el extranjero, siempre que se trate de ingresos por los que se esté obligado al pago del ISR en México.
En ese tenor, informó que, para para llevar a cabo el acreditamiento del ISR, se deben distinguir los ingresos por dividendos obtenidos de forma directa e indirecta de las sociedades residentes en el extranjero.
Por último, el encargado de cerrar el foro fue Víctor López Paz quien agradeció la participación de los expositores y asistentes que, a lo largo de estos tres días, hicieron posible la realización de este espacio.
Eventos recientes
El 26 de junio se presentó en el Colegio el curso Aspectos prácticos de la aplicación del instrumento multilateral, MLI. Durante el día, y con la coordinación de la comisión técnica Fiscal Internacional, se expusieron los antecedentes, estructura, aplicación y casos prácticos del Instrumento Multilateral (MLI) en el contexto mexicano.Para este evento, se contó con la participación de Rita Mireya Valdivia Hernández, Eduardo Brandt López y René Alberto Meza Aragón, integrantes de la comisión previamente mencionada y, por tanto, expertos en materia fiscal.Para comenzar, se compartieron los antecedentes del MLI reflejados en la Acción 15: Instrumento Multilateral de la OCDE, donde se comentó que la intención de este instrumento es permitir a los gobiernos modificar acuerdos fiscales bilaterales existentes de manera sincronizada y eficiente. Hoy en día, 105 países han firmado el MLI, incluido México donde entró en vigor el 1 de julio de 2023. Los expositores señalaron que, de los 61 convenios de doble imposición (CDI) vigentes en nuestro país, 56 han firmado el MLI.Tras detallar la estructura del instrumento y sus disposiciones, se indicó que la aplicación de MLI coexiste con la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) y los CDI; además, este instrumento solo surtirá efecto cuando el país contraparte de México se identifique como jurisdicción comprendida.Tomando en cuenta estos tres pasos, los ponentes argumentaron que el Instrumento Multilateral sólo surtirá efecto en los tratados en los que México y sus contrapartes se hayan considerado mutuamente como jurisdicciones comprendidas, como Alemania, Canadá, Reino Unido, Uruguay, Francia, Japón, entre otros; por otro lado, no tendrá validez sobre jurisdicciones no firmantes, como Estados Unidos y Brasil.Debido a esta condición de bidireccionalidad, la OCDE publicó la BEPS MLI Matching Database, una herramienta que señala la forma en que el MLI modifica un tratado fiscal entre dos jurisdicciones, donde se desglosa la fecha de ratificación, fechas de entrada en vigor y las elecciones y reservas de ambos estados con relación al respecto de cualquiera de los artículos del MLI.Posteriormente, los expertos detallaron la aplicación del MLI a partir de casos prácticos que permitieran a la audiencia apropiarse de esos conocimientos y que abarcaron artículos aplicables a México, como el 6, 7, 8 y 9.
El pasado 26 de junio, el Colegio y la comisión Empresarial llevaron a cabo la conferencia titulada Patentes y marcas, ¿cómo impactan en los empresarios? Este evento fue impartido por el licenciado Ricardo Sánchez Gil, especialista en Derecho de la Propiedad Intelectual por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y coordinado por José Manuel Zárate Nicolás.Durante la charla, Sánchez Gil abordó temas fundamentales sobre el derecho de autor y su relevancia para los empresarios, explicando que esto otorga a los creadores de obras originales un reconocimiento del Estado, encauzado a los derechos morales y patrimoniales. Destacó la importancia de entender los tipos de obras protegibles, que incluyen obras literarias, musicales, audiovisuales, pictóricas, arquitectónicas, escultóricas, entre otras.Uno de los puntos clave de la plática fue la aclaración sobre la protección de ideas. Al respecto, Sánchez Gil explicó la dicotomía entre expresión y contenido, reiterando que solo se protege la forma en que se expresan las ideas, no las ideas en sí. Además, subrayó la necesidad de cumplir con requisitos específicos para que una obra sea protegida, como la originalidad y el estar fijada.Entre los mitos más comunes sobre el derecho de autor, el licenciado mencionó que se cree que es legal, en cualquier caso, copiar un fragmento de una obra audiovisual solo citando la fuente, y que todo el contenido bajado de redes sociales es de libre uso.En cuanto a las marcas, definió a éstas como signos que distinguen productos o servicios en el mercado. Habló sobre los diferentes elementos que pueden constituir una marca, desde denominaciones y logotipos, hasta sonidos y olores. También, recomendó a los empresarios realizar un análisis de viabilidad antes de registrar una marca y llevar a cabo un due diligence sobre cualquier producto nuevo que se pretenda comercializar para evitar conflictos legales.Por otro lado, Ricardo definió la patente como un título legal que protege invenciones nuevas, impidiendo que terceros las fabriquen o utilicen sin autorización. Sobre este tema, explicó los requisitos de patentabilidad, que incluyen novedad, estado de la técnica, actividad inventiva y aplicación industrial.La conferencia concluyó con recomendaciones prioritarias para los empresarios sobre cómo revisar contratos con agencias creativas y establecer políticas internas de protección de propiedad intelectual. Esto resalta la importancia de identificar y gestionar los bienes intangibles, que se erige como un pilar esencial en el desarrollo empresarial.
En el evento mensual que refuerza los lazos con instituciones universitarias, el Colegio tuvo el honor de colaborar con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en la conferencia gratuita y en línea Aplicación de la Metodología Scrum para la reducción de costos, realizada el 26 de junio.La ponencia estuvo a cargo de Mauricio Fernando Fuentes Lizaola, distinguido profesional con una vasta trayectoria en el ámbito financiero y de costos. La conferencia se centró en la Metodología Scrum como una herramienta ágil para la administración de proyectos, en la que se buscó la optimización de los elementos del costo. En el evento, se destacó la importancia del costo como un desembolso con la clara intención de aumentar el monto invertido mediante la satisfacción de una necesidad del mercado o del cliente.Entre los temas abordados, se desglosaron los elementos del costo, que incluyen: materia prima, mano de obra, cargos indirectos y el outsourcing dentro del proceso productivo. También se exploraron las clasificaciones del costo (fijos, variables, directos, indirectos, vivos, muertos, costo primo y costo de conversión o transformación), diversos sistemas de costeo (históricos, predeterminados, estimados, estándar, directo, absorbente, y ABC), y métodos de acumulación del costo (por pedidos, por departamentalización, y por procesos). Asimismo, se revisaron las fórmulas de valuación de inventarios como PEPS, UEPS y precios promedio, y los métodos de registro contables como el analítico o pormenorizado e inventarios perpetuos. Se mencionó las cuentas contables para la incorporación del costo: almacén de materias primas, almacén de producción en proceso, y almacén de producto terminado.La metodología Scrum fue presentada como un proceso ágil para administrar proyectos, tomando su nombre de la formación de rugby. Sus principios fundamentales incluyen la entrega constante de valor, el enfoque en el cliente, la adaptabilidad, la transparencia, la retroalimentación, la mejora continua, equipos de alta confianza, autogestión, velocidad e innovación.Se delinearon los roles dentro de Scrum, en el que se diferenciaron los roles centrales (Product Owner, Scrum Master, Equipo Scrum) y no centrales (Stakeholders, Scrum Guidance Body, Vendedores). En la conferencia también se destacó las diferencias clave entre Scrum y la gestión de proyectos tradicional, en el que se enfatizaron el enfoque en las personas, la documentación mínima, el estilo de proceso iterativo, la planificación por adelantado baja, la priorización basada en el valor del negocio, la autoorganización, y un liderazgo colaborativo.Finalmente, se destacaron los beneficios de aplicar Scrum, tales como la entrega temprana y continua de valor, la adaptación a los cambios, la eliminación de trabajos innecesarios, la minimización de errores, la reducción del tiempo de desarrollo del proyecto y del costo, la mitigación de riesgos, un mayor Retorno de Inversión (ROI), la reducción de costos de mantenimiento, mayor transparencia y control, y un mayor compromiso.Héctor Vázquez González, vicepresidente de Vinculación Universitaria y moderador de la ponencia, fue el encargado de entregar el reconocimiento al expositor por su participación.