Dada la fuerte crisis económica derivada de la pandemia, la estrategia fiscal de México en 2021 se ha concentrado en aumentar la recaudación, por tal motivo, la coordinación fiscal del Colegio presentó, el 29 y 30 de junio, el 8.º Foro de fiscalización del SAT para grandes contribuyentes, un espacio que contó con la participación de diversos especialistas, comisionados y socios del Colegio.
En este foro moderado por Fernando Castillo Águila, integrante de la comisión Fiscal, se habló sobre las metodologías de fiscalización para 2021, así como de la aplicación de las recomendaciones por parte de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el G20 en materia de BEPS en la fiscalización.
Durante la primera exposición, Pablo Cervantes García, charló acerca del enfoque general para determinar la fiscalización, al respecto destacó que “El SAT se ha ido profesionalizando en la parte de fiscalización, dando como resultado el que utilice la tecnología para determinar ciertas características de los contribuyentes, lo que se conoce como la metodología de riesgos”, manifestó.
En relación a los parámetros de referencia, explicó que, a través del portal del SAT, se dieron a conocer los primeros criterios de referencia con respecto a las tasas efectivas de impuestos con base en el resultado del proceso de análisis que realizó la autoridad de acuerdo a la información dispuesta en las bases institucionales.
Por su parte, Alfonso Garcia Campos indicó que el Plan Maestro del SAT para este año centrará sus objetivos en la implementación y mejora de los siguientes ejes:
Para reforzar el tema, Alberto Vela Peón charló sobre las penalizaciones del comportamiento del contribuyente, para ello remarcó que la reforma de 2020 más que fiscal fue penal-fiscal, criminalizando al contribuyente, por lo tanto, recomendó a los participantes a mantener “un mejor cumplimiento y el combatir frontalmente la evasión, elusión y simulación fiscal”.
En el segundo día de actividades del Foro de Fiscalización del SAT, se contó con las participaciones de Gerardo Canseco Romero y Alberto Ruiz Rioja, integrantes de la comisión de Comercio Exterior del Colegio, quienes se encargaron de dialogar acerca de la importancia de la valoración aduanera y los métodos de valoración.
Los expositores recordaron que dicha valoración debe basarse, salvo en determinados casos, en el precio real de las mercancías objeto de valoración. Este precio, más los ajustes correspondientes a determinados elementos enumerados en el artículo 8, equivalen al valor de transacción. En ese sentido, Ruiz Rioja aclaró que las entidades relacionadas o vinculadas entre sí, se están viendo obligadas a determinar mediante metodologías distintas, la validez de los valores de sus transacciones a efectos de las operaciones del mercado independiente.
Sin embargo, en el caso de México “los estudios en materia de vinculación al sólo ser exigibles en el momento en que las autoridades ejercen sus facultades de comprobación, son postergados por las diversas entidades, pues no ven en ellos una utilidad práctica”, señaló Ruiz Rioja.
En su intervención, Canseco Romero detalló que los pedimentos de importación están obligados a declarar el valor en aduanas para pagar impuestos como el Impuesto sobre el Valor Añadido, cuyo objetivo es lograr que el precio de las mercancías sea equitativo, uniforme y transparente.
Finalmente, integrantes de la comisión de Precios de Transferencia fueron los encargados de clausurar este foro mediante el panel Transformación a la nueva normalidad y sus retos en materia de precios de transferencia, el equipo fue conformado por Karla Godínez Linares, Miguel Ángel Morales García y Adolfo Calatayud Vázquez.
Eventos recientes
En el evento Tratamiento contable, fiscal y legal de pensiones y jubilaciones, organizado por la comisión de Educación del Colegio y realizado el 9 de mayo, se ofreció una visión integral de los nuevos marcos legales, contables y fiscales que impactan tanto a empresas como a trabajadores. Con un enfoque en los cambios normativos recientes, los conferencistas abordaron temas fundamentales que incluyen la actualización de la NIF D-3, las implicaciones de la reforma de pensiones de 2025 y la gestión de los beneficios laborales en un entorno fiscal cada vez más regulado.La primera intervención corrió a cargo de Rosa Gutiérrez García, presidenta de la comisión de Educación, quien detalló los recientes cambios en la Norma de Información Financiera (NIF) D-3. Según explicó Gutiérrez, la actualización de esta normativa, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026, exige que todas las empresas, incluidas las pequeñas, provisionen pasivos por beneficios laborales como las jubilaciones. Esta obligación, que responde a la PIF número 2, implica que las empresas deben contar con estudios actuariales para determinar los montos exactos a provisionar. Gutiérrez también destacó que los pagos por desvinculación solo se reconocerán si existen condiciones preestablecidas, y que los fondos destinados a estos pagos deben gestionarse en cuentas separadas, sin posibilidad de usarlos para otros fines. En su exposición, Gutiérrez también subrayó que, en términos contables, las pérdidas o ganancias actuariales deben reconocerse de inmediato en la cuenta de Otros Resultados Integrales (ORI), sin posibilidad de diferirlas, lo que representa un cambio significativo en la forma en que las empresas deben tratar estos beneficios. Además, insistió en la necesidad de tomar decisiones sobre los instrumentos financieros en los que se invertirán estos fondos, destacando la importancia de contar con instrumentos como CETES o bonos verdes.La segunda intervención fue impartida por Mónica Isela Galindo Cosme, asesora de la vicepresidencia de Normatividad Institucional, quien ofreció una exhaustiva revisión sobre los aspectos fiscales y legales que deben considerarse al momento de gestionar una pensión. Galindo Cosme destacó la relevancia de unificar los números de seguridad social de aquellos trabajadores que tienen más de un número de afiliación, lo cual es un paso previo necesario antes de iniciar cualquier trámite relacionado con pensiones. Asimismo, hizo hincapié en la importancia de validar los datos personales con la FORE y realizar las correcciones necesarias en caso de discrepancias.En cuanto a la reforma de pensiones de 2025, la ponente explicó que, a partir de esa fecha, se exigirá un mínimo de 850 semanas de cotización para poder acceder a una pensión. También advirtió sobre los nuevos cálculos que se basarán en la UMA (Unidad de Medida y Actualización) en lugar del salario mínimo, lo que afectará a los trabajadores en cuanto al monto de su pensión. Galindo Cosme instó a los trabajadores a utilizar los servicios de las AFORE y a consultar con expertos para optimizar sus ahorros para el retiro.El cierre de las ponencias estuvo a cargo de Fernando Caín Oviedo Cruz, Socio en Cali Oviedo y asociados, quien abordó el tema desde una perspectiva más amplia, comenzando con la distinción entre jubilación y pensión. Caín explicó que mientras la jubilación es el proceso mediante el cual un trabajador finaliza su vida laboral para disfrutar de una pensión, la pensión es el beneficio económico resultante de dicho proceso. Resaltó que la confusión entre ambos términos ha generado múltiples dificultades en la comprensión de los trabajadores y en la realización de los trámites ante las instituciones correspondientes. En su intervención, Caín también subrayó los efectos negativos de la reforma de 2013, que ha resultado en pensiones más bajas para los trabajadores. Sin embargo, destacó que las reformas más recientes han traído consigo una mejora en las condiciones, permitiendo a los trabajadores acceder a pensiones con menos semanas de cotización y limitando las comisiones de las AFORE, lo cual representa un avance significativo para el bienestar de los jubilados. Además, enfatizó que los trabajadores deben estar preparados con al menos 5 años de anticipación para realizar los trámites necesarios y evitar sorpresas al momento de calcular su pensión.Finalmente, Caín abordó las implicaciones legales y fiscales para las empresas, especialmente en lo que respecta a la evasión fiscal y el cumplimiento con el seguro social. Advirtió sobre las sanciones que enfrentan los patrones que no den de alta a sus trabajadores en el IMSS, lo que podría derivar en auditorías por parte del Seguro Social y poner en riesgo tanto a los empleados como a los empleadores.
El Colegio, con motivo de los últimos cambios en la normatividad, presentó el curso Sueldos y prestaciones: Aspectos fiscales, laborales y de seguridad social, el cual contó con la participación de especialistas en seguridad social, investigación fiscal, contribuciones locales y expertos en derecho laboral. Dicho evento se presentó del 6 al 8 de mayo de 2025.En el primer panel, los especialistas Óscar De la Vega Gómez y Regina De La Vega Castillo analizaron el panorama actual tras la reforma de 2021, en la que se prohibió la subcontratación de personal y se establecieron nuevas reglas para la contratación de servicios especializados.Al respecto, dialogaron sobre las obligaciones y puntos críticos para mantener el registro en el REPSE, recordaron que las empresas deben actualizar constantemente la información del registro, mantenerse al corriente en sus obligaciones fiscales, tener claramente definido su objeto social y las actividades registradas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre otras obligaciones.Asimismo, De La Vega Castillo destacó los recientes cambios en los criterios de inspección por parte de las autoridades laborales. “El objetivo de estas inspecciones es verificar el cumplimiento de las nuevas regulaciones sobre servicios especializados. Las inspecciones pueden ser iniciales, periódicas, compulsivas o extraordinarias, dependiendo de la situación específica de cada empresa”, informó.También discutieron varias iniciativas que podrían implementarse en 2025, tales como la reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas, el aumento del aguinaldo de 15 a 30 días, la ampliación del permiso de paternidad, la opción de teletrabajo, entre otras.Por su parte, Julio César Suárez Domínguez versó acerca de las consideraciones del pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). En su ponencia mencionó que, si bien la Ley Federal del Trabajo (LFT) no establece de manera directa que las empresas se encuentran obligadas a repartir PTU, se consideran todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios, así como todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del ISR.Sobre lo anterior, explicó quiénes son los sujetos exentos al pago de la PTU, entre ellos las empresas de nueva creación, las empresas de industria extractiva e instituciones de asistencia privada. En tanto, Sergio Alejandro Ríos Alonso, de la comisión de Contribuciones Locales, compartió los puntos de interés en materia del Impuesto Sobre Nómina (ISN) en la CDMX y el Estado de México.El segundo día de conferencias y siguiendo con el tema de deducción de nómina, Humberto Cruz Hernández y José Pablo Casales García comentaron que, a partir de 2023, la aportación total a la cuenta individual de los trabajadores será de 6.5% más cuota social a 15%, incluyendo la cuota social.Agregó que, con la propuesta de mérito, la aportación que realizan los trabajadores se mantiene en sus términos. “La aportación patronal se eleva de 5.15% a 13.87%, y la aportación del Estado modifica su composición para beneficiar solo a los trabajadores de menores ingresos, sin incrementar su monto total”, señaló.Aclaró que el incremento de la aportación patronal se realizará gradualmente de 2023 a 2030, conforme a la tabla que se incorpora en el artículo Segundo Transitorio, y la recomposición de la aportación del Estado entrará en vigor igualmente en 2023.Un tema importante fue el de la reforma a la ley del Infonavit, donde Miguel Ángel Silva Pedroza informó que el objeto es establecer bases para el desarrollo del Infonavit como constructor de vivienda en beneficio de las personas trabajadoras, regular la figura del arrendamiento social, ampliar los beneficios previstos y el fortalecimiento del Infonavit y su operación.Siguiendo con las participaciones, los expertos comentaron que el CFDI de nómina es la principal herramienta de fiscalización digital. “En estos comprobantes se cruzan declaraciones anuales, provisionales y contabilidad; además, es la base para cartas invitación, auditorías electrónicas y control del gasto deducible”, puntualizó Casales García.Ya en el último día de actividades, Pablo Limón Mestre informó que un trabajador expatriado es aquella persona que tiene sus intereses en su país de origen, pero es transferido por una empresa multinacional, de manera temporal o permanente, a prestar sus servicios a otro país.Sobre este tema, el contador Limón Mestre especificó que el aviso de cambio de residencia fiscal deberá presentarse cuando las personas físicas y morales dejen de ser residentes en México a más tardar dentro de los treinta días inmediatos anteriores a aquel en que suceda el cambio de residencia fiscal y con no más de seis meses de anticipación.Los responsables de cerrar con el curso fueron Jorge Manzanilla Cañizares y Manuel García Villalobos, quienes platicaron sobre los avisos que las empresas deben presentar al RFC en su calidad de patrones y los aspectos fiscales relacionados con las prestaciones de previsión social, respectivamente.
En la conferencia mensual con especialistas, el Colegio dio la bienvenida a los abogados Luis F. Kudo y Manuel Niño de Rivera de KNR Abogados. Este evento, celebrado el 8 de mayo, se centró en el tema de la Responsabilidad legal de los contadores, con el apoyo de KNR Abogados.Los temas principales del día giraron en torno a la responsabilidad administrativa ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en línea con el Código Fiscal de la Federación (CFF), el proceso de sanciones, los mecanismos de defensa y la responsabilidad civil entre particulares. El objetivo fue profundizar en las obligaciones derivadas del incumplimiento y los deberes fiscales.La conferencia comenzó con una cálida bienvenida y una introducción al tema por parte de Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente del Comité Ejecutivo, y Guadalupe Saldívar Olivares, vicepresidenta de Comunicación e Imagen. El presidente del Colegio destacó la relevancia del tema, pues la responsabilidad legal del contador se refiere a las obligaciones y deberes que tienen los contadores públicos ante la ley mientras ejercen su profesión. Esto significa que pueden ser considerados responsables legalmente y, por lo tanto, enfrentar sanciones si sus acciones u omisiones causan daño a sus clientes, al Estado o a terceros, por ello, la importancia de hacer sinergias de ambas profesiones (Contaduría y el Derecho).La presentación inició con Luis F. Kudo, experto en derecho fiscal, administrativo y de propiedad intelectual, quien habló de la responsabilidad del contador desde un punto de vista legal, particularmente de la responsabilidad que tiene el contador frente a sus clientes o al Estado."Responsabilidad significa afrontar nuestros actos u omisiones, ser responsables de lo que hacemos o dejamos de hacer. Un contador puede tener tres tipos de responsabilidades legales: civil, penal —donde el contador podría enfrentar responsabilidad penal— y administrativa", explicó.El abogado dijo que, aunque tanto la responsabilidad civil como la administrativa surgen de errores u omisiones del contador, se aplican en contextos diferentes, sin situaciones similares y con consecuencias distintas.La responsabilidad civil se refiere a la obligación legal que tiene el contador público de compensar los daños económicos que cause a sus clientes o a terceros debido a errores, omisiones, negligencia o dolo en el ejercicio de su profesión. En pocas palabras, se enfoca en reparar económicamente a quienes se ven afectados por la mala práctica del contador.Por otro lado, la responsabilidad administrativa abarca el conjunto de obligaciones y deberes que los contadores públicos deben cumplir ante las autoridades administrativas, principalmente el SAT, en lo que respecta al cumplimiento de las leyes y regulaciones fiscales."En esencia, se trata de la responsabilidad que el contador tiene ante el Estado por su ejercicio profesional, que incluye ciertas facultades. La premisa legal es que no puede haber responsabilidad del contador si no existe una norma legal que establezca una obligación que se haya incumplido", añadió.Además, el abogado Kudo destacó que, en la relación del contador como particular frente a la administración pública, debe haber necesariamente una ley incumplida para que la Administración pueda señalar la falta y al responsable. A diferencia de la responsabilidad civil, en la administrativa no siempre hay un vínculo contractual.En tanto, Manuel Niño de Rivera, experto en derecho mercantil y civil y como abogado litigante en soluciones de controversias corporativas, se sumó a la exposición con la responsabilidad civil como el perjuicio que le puede causar a sus clientes el actuar de forma incorrecta en el ejercicio de las funciones del contador. De esta forma, definió a la responsabilidad “como responder por una acción o una omisión que va a causar una afectación en el patrimonio de nuestro cliente; en ese sentido, la responsabilidad civil se entiende como la obligación de reparar un daño o perjuicio causado a otra persona, una actuación que estará regulada con base en las leyes, normas, reglamentos y Código de Ética Profesional”.En materia de los tipos de responsabilidad civil, el abogado Niño de Rivera destacó la responsabilidad civil contractual, la cual se enfoca en el incumplimiento de acuerdos específicos con el cliente, mientras que la responsabilidad civil extracontractual se basa en el daño causado a terceros fuera de una relación contractual, generalmente por negligencia o una actuación ilícita del contador en el ejercicio de su profesión. Ambos tipos buscan la reparación del daño o perjuicio económico sufrido por la parte afectada.Para cerrar su intervención, el ponente mencionó que la prevención en la responsabilidad civil para el contador implica adoptar una mentalidad proactiva y diligente en el ejercicio de su profesión, implementando medidas que minimicen los riesgos de cometer errores u omisiones que puedan generar daños económicos a sus clientes o a terceros, protegiéndose así legal y financieramente. Para ello es necesario contar con un contrato bien redactado, documentar todo, que prevalezca la comunicación constante, haya pólizas de responsabilidad civil profesional y que haya capacitación continua.