Incorporar las mejores prácticas del gobierno corporativo a la cultura empresarial y al funcionamiento interno, considerando la eficiencia operacional y la gestión estratégica, fue el propósito del curso en línea Gobierno corporativo en tiempos de crisis, celebrado el 17 de junio.
Arturo Salvador Reyes Figueroa, integrante de la comisión técnica de sector empresa en Auditoría Interna del Colegio; Enrique Contreras Bellacetín, Sergio Sánchez Arciniega, Nemesio Oropeza Sánchez y Viviana Chávez Díaz (coordinadora del curso), socios de la comisión técnica de sector empresa en Contraloría Financiera, participaron en la reunión con un itinerario trazado en cuatro aspectos: modelo de gobierno corporativo; riesgos y cumplimiento; gobierno corporativo, empresa sustentable; y gestión en tiempos de crisis y marco general del gobierno corporativo.
Arturo Salvador Reyes, primer ponente, versó su participación sobre el entorno actual del gobierno corporativo, tomando como referencia el Manifiesto de Davos, el cual, con el tiempo (tiene su origen en 1973 hasta nuestros días) cambió su enfoque: actualmente, el propósito universal de las empresas es ponderar el medio ambiente, seguido de la parte social, luego de los objetivos de desarrollo sostenible y, por último, la generación de valor de la empresa.
“El propósito universal de las empresas en la Cuarta Revolución Industrial considera a sus proveedores como verdaderos asociados en la creación de valor; integra el respeto por los derechos humanos en todos los eslabones de la cadena de suministro y gestiona con responsabilidad la creación de valor a corto y mediano plazo en aras de la obtención de beneficios sostenibles para sus accionistas sin sacrificar el futuro en beneficio del presente”.
En ese mismo sentido, Enrique Contreras Bellacetín se enfocó en las generalidades del gobierno corporativo, el cual definió como el conjunto de normas, principios y procedimientos que regulan la estructura y el funcionamiento de los órganos de gobierno de una organización.
“El gobierno corporativo establece las relaciones entre los accionistas, consejo de administración, junta directiva y el resto de las partes interesadas. De igual forma, estipula las reglas por las que se rige el proceso de toma de decisiones sobre la organización para la generación de valor”.
Adicionalmente comentó que un modelo de gobierno corporativo es exitoso, siempre y cuando se haya definido su estrategia corporativa y fijado las funciones del consejo de administración o familiar.
“Dentro de los objetivos destaca el garantizar la sostenibilidad de la organización desde el punto de vista económico-financiero, como social y medioambiente; cuidar un clima de ética organizacional que ayude a los consejeros como a los directivos y empleados, a prevenir posibles irregularidades que pudieran producirse en la organización; pero, sobre todo, que proporcione un marco eficaz, estableciendo las políticas y normas internas necesarias”.
Contreras Bellacetín agregó que la finalidad del gobierno corporativo está el de integrar a los grupos de interés en el modelo de gobierno corporativo para fomentar la colaboración y cooperación para crear riqueza; cuidar la reputación corporativa para contribuir a la creación de valor a largo plazo; promover la transparencia y la veracidad de la información financiera publicada y controlar la eficiencia de la gestión de las operaciones, la mejora de los procesos y el cumplimiento normativo.
Posteriormente, listó las funciones básicas del gobierno corporativo, destacando el trato igualitario, respeto y protección de los intereses de todos los accionistas; generación de valor económico y social, así como la consideración de los terceros interesados en el buen desempeño; estabilidad y permanencia en el tiempo de la organización; emisión y revelación responsable de la información, así como, la transparencia en la administración; conducción honesta y responsable de la organización; prevención de operaciones ilícitas y conflicto de interés; emisión de un Código de Ética de la organización; revelación de hechos indebidos y protección de los informantes; asegurar el rumbo estratégico de la organización, así como la vigilancia y el efectivo desempeño de la administración.
Sergio Sánchez Arciniega continuó con uno de los actores principales del gobierno corporativo: el consejo de administración, como el responsable de definir el rumbo estratégico de una organización; vigilar su operación y aprobar su gestión.
“Para que un consejo de administración cumpla con su objetivo, es recomendable que cuente con miembros que no estén involucrados en la operación diaria de la organización y que puedan aportar una visión externa e independiente”.
Sobre esto, Sánchez Arciniega instó que los consejeros independientes favorecen su participación en las empresas porque no están vinculados con el equipo directivo de la organización, lo que les permite tener una visión más objetiva, imparcial, libre de conflictos de interés; no están sujetos a intereses personales, y su integración al consejo está respaldada por la experiencia, capacidad y prestigio profesional.
Para concluir, y siguiendo la misma línea expositiva, Nemesio Oropeza Sánchez hizo referencia a la función de la auditoría del consejo de administración en un gobierno corporativo.
“Debe existir un órgano intermedio que apoye al consejo de administración en la función de auditoría, para que ésta se realice con objetividad e independencia posible, procurando que la información financiera que llegue al consejo de administración, a los accionistas y al público en general, sea emitida y revelada con responsabilidad y transparencia”.
Paralelamente, destacó que debe existir coordinación durante todas las etapas del proceso de auditoría entre el auditor interno, externo, comisario y las demás partes involucradas.
Oropeza Sánchez llevó a término su actuación al comentar que las mejores prácticas de gobierno corporativo, además de atender los intereses de los accionistas, mantiene un diálogo permanente y eficaz en la organización, y fomenta la participación activa en las decisiones de la misma.
“Un buen gobierno corporativo tiene que responder ante las expectativas de terceros interesados, como son los clientes, proveedores y empleados, entre otros. Las organizaciones que siguen códigos de buen gobierno corporativo suelen llevar una administración más eficiente, un mejor aprovechamiento de los recursos y políticas laborales más justas, lo que da mayor competitividad y desempeño financiero”.
“Porque un buen gobierno corporativo aumenta la rentabilidad de las organizaciones y su valor dentro del mercado, siendo más atractivas para los inversionistas”, concluyó.
Eventos recientes
Este 9 de marzo, el Colegio organizó el foro Fiscalidad con IA: Criptoexchanges y retenciones, un espacio de análisis dedicado a revisar el marco fiscal relacionado con los criptoactivos, así como las herramientas tecnológicas que utilizan las autoridades para su fiscalización.En el encuentro participaron los especialistas Juan Carlos Santillán Hernández y Gustavo Fuentes de León como expositores, mientras que Juan Carcaño López fungió como moderador y presentó un panorama general sobre la evolución de los criptoactivos y su tratamiento regulatorio.Durante la sesión se explicó que la fiscalidad comprende el conjunto de normas, principios y leyes que regulan los tributos y los procesos de recaudación del Estado, los cuales permiten financiar servicios públicos y otras actividades gubernamentales. En ese contexto, los especialistas destacaron que la incorporación de herramientas de Inteligencia Artificial (IA) ha transformado la manera en que las autoridades analizan grandes volúmenes de datos para detectar patrones, tomar decisiones y fortalecer los procesos de supervisión fiscal. Como parte del panorama general, se revisó el desarrollo del ecosistema de activos digitales. Los ponentes recordaron que el crecimiento de redes como Ethereum permitió la creación de tokens mediante contratos inteligentes, lo que dio origen a miles de activos digitales programables dentro de la tecnología blockchain. De igual forma, explicaron que los criptoactivos se definieron como representaciones digitales de valor que utilizan criptografía y redes descentralizadas para validar y registrar transacciones sin la intervención de una autoridad central. Entre sus principales características, los panelistas enlistaron la descentralización, el uso de blockchain, el pseudonimato de los usuarios y la posibilidad de realizar transferencias globales casi inmediatas. Asimismo, se mencionó que dentro del mercado existen distintas categorías, entre ellas criptomonedas ampliamente conocidas como Bitcoin y Ethereum, además de stablecoins, tokens de utilidad y tokens de gobernanza.Los especialistas señalaron que, ante el crecimiento del mercado de criptoactivos, diversos organismos internacionales han impulsado lineamientos orientados a mejorar la transparencia fiscal y prevenir riesgos como el lavado de dinero. En el caso de México, recordaron que los criptoactivos no tienen el carácter de moneda de curso legal. Su regulación se encuentra principalmente en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, así como en disposiciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y criterios de Banxico. Además, se destacó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha incrementado la vigilancia sobre este tipo de operaciones mediante el uso de diversas herramientas tecnológicas, entre ellas el análisis de blockchain, el intercambio internacional de información y sistemas de IA capaces de rastrear transacciones en redes públicas. En materia tributaria, se explicó que México aún no cuenta con un régimen específico para las criptomonedas. Sin embargo, la postura de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sugiere que las operaciones de compraventa de estos activos pueden tratarse como enajenación de bienes, por lo que podrían sujetarse a disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) relacionadas con este tipo de transacciones. Durante el foro también se revisaron las reglas aplicables a las retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) en plataformas tecnológicas y servicios digitales. Los especialistas coincidieron en que las disposiciones fiscales establecen obligaciones específicas para las plataformas que intermedian operaciones, incluyendo la retención de impuestos y la emisión de comprobantes fiscales correspondientes.
Con el propósito de analizar los principales retos en la preparación de la declaración anual, la comisión de Investigación Fiscal del Colegio organizó el 6 de marzo el curso Declaración anual 2025 en Resico: aspectos clave para su elaboración, impartido por los comisionados Elio Fernando Zurita Morales y Edyth Ramírez Sánchez. Durante el evento se abordaron aspectos normativos y prácticos que los contribuyentes deben considerar para cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales dentro del Régimen Simplificado de Confianza (Resico).En su intervención, Elio Fernando Zurita Morales explicó los elementos centrales para la elaboración de la declaración anual 2025 en Resico, tanto para personas físicas como para personas morales. Señaló que, en el caso de las personas físicas, el régimen es voluntario, se basa en ingresos efectivamente cobrados y no permite deducciones, siempre que los ingresos no excedan los 3.5 millones de pesos anuales. También se permite obtener ingresos adicionales por sueldos o intereses, siempre que no se supere dicho límite.No obstante, advirtió que existen limitaciones en la regla miscelánea que permite combinar ingresos, lo que puede generar riesgos en casos como la venta de una casa no exenta u otros ingresos extraordinarios. En caso de rebasar el límite o incumplir obligaciones, el contribuyente deberá salir del régimen y tributar en el esquema correspondiente.Respecto a las personas morales, destacó que el Resico es obligatorio cuando la sociedad está integrada únicamente por personas físicas y sus ingresos del ejercicio anterior no superan los 35 millones de pesos. Asimismo, subrayó que la participación de socios en otras sociedades mercantiles, especialmente cuando existe control o relación entre ellas, puede impedir tributar en este régimen.En materia de deducciones, explicó que en Resico para personas morales se consideran principalmente las adquisiciones efectivamente pagadas. Las inversiones cuentan con porcentajes de deducción más altos, aunque solo hasta tres millones de pesos, aplicándose posteriormente los porcentajes normales. También mencionó algunos retos prácticos, como la falta de reglas claras para la deducción de inventarios iniciales al cambiar de régimen y la no deducibilidad de los anticipos de remanente en sociedades civiles.Por su parte, Edyth Ramírez Sánchez destacó la importancia de preparar con anticipación la información para la declaración anual, aun cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con un simulador que precarga diversos datos. Subrayó que es indispensable contar con papeles de trabajo y validar la información antes de presentar la declaración.La especialista explicó que la autoridad fiscal dispone de una gran cantidad de información del contribuyente, principalmente a través de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), por lo que resulta fundamental conciliar ingresos, gastos y pagos provisionales con dichos comprobantes. También resaltó la relevancia de los complementos de pago para confirmar cuándo un ingreso ha sido efectivamente cobrado.Asimismo, enfatizó la correcta emisión de CFDI en conceptos como sueldos, viáticos y otras prestaciones, ya que el incumplimiento en retenciones puede impedir la deducción de ciertos gastos. También recomendó justificar adecuadamente la razón de negocios de las erogaciones y mantener actualizadas cuentas fiscales como la CUCA, la CUFIN y las pérdidas fiscales.Finalmente, la expositora reiteró que la información precargada por la autoridad debe utilizarse únicamente como referencia, por lo que es indispensable revisarla y conciliarla con la contabilidad del contribuyente. Una adecuada preparación y verificación de la información permitirá presentar la declaración anual de manera correcta y evitar posibles inconsistencias ante la autoridad fiscal.
El 4 de marzo se presentó en el Colegio el curso Prevención de errores en la declaración anual de personas físicas, gracias a la coordinación de la comisión técnica de Investigación Fiscal representada por Adrián Urbina Galicia. El espacio contó con la participación de expertos en materia que compartieron información fundamental para identificar errores frecuentes en la presentación de esta declaración, con el fin de prevenir fallos y facilitar el cumplimiento de obligaciones.Santiago Vélez Suberbie y Salvador Rotter Aubanel, integrantes de la comisión mencionada, fueron los encargados de poner a disposición de la audiencia sus conocimientos y experiencia para brindar este foro de actualización.Para comenzar, los ponentes señalaron las consecuencias que pueden derivar de cometer errores en la presentación de la declaración anual a personas físicas, ya que éstas pueden ir desde multas y cartas invitación hasta la pérdida de beneficios fiscales. Por ello, según comentan los expertos, el cumplimiento es fundamental para agilizar evitar estas sanciones, pero también para agilizar las devoluciones de saldo a favor por datos incorrectos, reducir riesgos de auditorías y, por lo tanto, ahorro de tiempo y costos.La prevención de errores en la declaración comienza desde los aspectos más elemental, como la verificación de la vigencia en la e.firma y contraseña del contribuyente o la omisión de esta presentación cuando se está obligado a realizarla. Los ponentes señalaron que es importante mantener presente la fecha de vencimiento, ya que puede implicar una renovación obligatoriamente presencial que comprometa la presentación fiscal puntual. Con ello, se señaló una máxima para el resto del curso: la prevención y la planeación son fundamentales para preservar el cumplimiento.Así, los expertos detallaron en los errores más comunes relacionado con la captura de ingresos de los contribuyentes basándose en el tipo de ingreso: Salarios y en General por la Presentación de un Servicio Personal Subordinado, por Actividades Empresariales y Profesionales, por Arrendamiento y en General por Otorgar el uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles, por Enajenación de Bienes, por Adquisición de Bienes, por Intereses, por la Obtención de Premios, por Dividendos y en General por las Ganancias Distribuidas por Personas Morales, etcétera.Entre los errores comunes destacados, se encuentra los derivados del ingreso intermediado por plataformas digitales. En este apartado, los ponentes señalaron que se deben acumular los ingresos de distintas plataformas y considerar las deducciones personales. Al respecto, los expositores señalaron que este caso refleja la importancia de mantenerse actualizado en materia fiscal, ya que nuevas formas de ingresos como esta deben responder también a la normatividad vigente.De manera complementaria, se comentaron las consideraciones que se deben tener para evitar equivocaciones en la declaración de las deducciones del contribuyente. Entre lo comentado, se señalaron algunos límites en deducciones concretas vinculados al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).Adicionalmente, los comisionados indicaron que las deducciones personales por honorarios médicos suelen ser un tema de confusión para algunos contribuyentes, por lo que extendieron las dudas más comunes derivados de éstas. Entre ellas, comentaron que los servicios de sanidad nutricional y psicológica califican como honorarios médicos, así como estudios clínicos, honorarios a enfermeras, renta de aparatos para rehabilitación e incluso medicina que haya sido incluida en facturas expedidas por hospitales.Finalmente, para reiterar lo comentado previamente, se comentó la importancia de la preparación, anticipación y actualización para la minimizar riesgos en la presentación de la declaración anual de personas físicas, por lo que se invitó a los asistentes a analizar cada caso con antelación para presentar debidamente la declaración de manera puntual y evitar retrasos que comprometan el cumplimiento fiscal.