En temas tributarios, marzo es considerado el mes de la declaración anual de personas morales, por lo que temas como ingresos, deducciones, obligaciones fiscales, pagos provisionales y acumulación anual son temas que se tienen que atender para presentarla sin contratiempos.
Cómo determinar los ingresos acumulables de las personas morales y su base gravable que se obtengan con base en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) fueron minuciosamente abordados por especialistas en temas fiscales en el curso Ingresos acumulables y deducciones de personas morales, que se llevó a cabo vía online los días 15 y 16 de febrero.
Las disertaciones estuvieron a cargo de los contadores Luis Nicasio Hernández Arreola, gerente de PwC; Juan Manuel Franco Gallardo, socio de BDO Castillo Miranda y Compañía; Guillermo López Corral, socio de KPMG; Roberto Iván Colín Mosqueda, socio de Impuestos de Aktiontax Business Consulting; y Mario Ramón Escobosa Barojas, socio de Escobosa y Cía., quien también fungió como coordinador del curso.
La base acumulable y los tipos de ingresos de las personas morales fueron los primeros temas en el que Hernández Arreola expuso cómo juegan los ingresos en los elementos esenciales de los tributos para la determinación del ISR, tomando como referencia que los elementos esenciales de dichos tributos como el sujeto, objeto, base, tasa o tarifa y la época de pago, centrando su participación en el objeto, al respecto comentó que su fundamento legal está contemplado en el artículo 1.° de la LISR, en el que establece que, tanto las personas físicas como morales están obligadas al pago del impuesto si son residentes en México acerca de todos los ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan, al igual que si se tratase de un residente en el extranjero que tenga un establecimiento permanente en el país.
En ese mismo sentido, Juan Manuel Franco Gallardo centró su tertulia en los ingresos acumulables y deducciones autorizadas, al respecto comentó que los momentos de acumulación de los ingresos que tratándose de bienes o prestación de servicios, se considera obtenido el ingreso, cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos, el que ocurra primero: se expida el comprobante fiscal que ampare el precio o la contraprestación pactada; se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio; o, se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos.
“En conclusión, para efectos fiscales, el momento en que se obtiene el ingreso, tratándose de enajenación de bienes y prestación de servicios, difiere de las reglas aplicables en el derecho común al considerar el momento del incremento en el haber patrimonial con motivo de la obtención del ingreso en crédito”.
Desde el punto de vista de las obligaciones fiscales de las personas morales, Franco Gallardo expuso que es necesario llevar contabilidad electrónica, expedir comprobantes fiscales por las actividades que realicen, expedir comprobantes en los que se asiente el monto de los pagos efectuados, cuyos ingresos provengan de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional, entre otros aspectos.
La segunda jornada continuó con las participaciones de López Corral, quien versó su participación en la Emisión de CFDI y cancelación de ingresos. En términos generales, habló de las obligaciones como el contar con certificado de firma electrónica avanzada vigente, tramitar ante el SAT el certificado para el uso de sellos digitales, cumplir con los requisitos del artículo 29-A (reglas de carácter general); remitir al SAT, antes de su expedición el CFDI respectivo a través de mecanismos digitales.
Dentro de las novedades en las emisiones de los CFDI comentó que actualmente se cuenta con la versión 3.3, pero que estará vigente hasta abril de 2022, para dar paso a la versión 4.0, como parte de la reforma fiscal que entró en vigor los primeros días de enero.
“A partir del 1.° de enero de 2022, los CFDI sólo podrán cancelarse en el mismo ejercicio en que se haya emitido, a excepción de la factura global emitida por las personas físicas del Resico, las cuales sólo podrán cancelarse en el mes de su emisión”.
En virtud de lo anterior, López Corral expuso que todas las solicitudes de cancelación a partir de enero deben incluir el motivo de cancelación conforme a un nuevo catálogo de razones.
Posteriormente, Colín Mosqueda, quien, con el tema de Pagos provisionales y casos prácticos, fue el encargado de cerrar el curso. “Los ingresos acumulables se refieren a los ingresos nominales, excepto el ajuste anual por inflación acumulable; es decir, que tratándose de créditos o de operaciones denominados en unidades de inversión, se considerarán ingresos nominales, los intereses conforme se devenguen, incluyendo el ajuste que corresponda al principal por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades”.
Sobre el tema expuesto dijo que los ingresos nominales son los correspondientes al periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que se refiere el pago.
En el caso de las personas morales, estos pagos provisionales resultan de aplicar la tasa del ISR del 30% sobre la utilidad fiscal determinada en el periodo a la cual corresponda al pago; para ello, Colín Mosqueda presentó el caso práctico para determinar el pago provisional de mayo 2021 de una sociedad mercantil, cuyo ejercicio es de enero a diciembre de 2021, tomando como referencia la ecuación de la utilidad fiscal para el pago provisional.
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Este 13 de junio, la comisión de Auditoría Interna del Colegio presentó la conferencia Auditoría interna y riesgos en la cadena de suministro, a la que acudieron Juan Rivero Medina, Gloria Camacho Vega y Armando Patiño Torres, especialistas en la materia, quienes discutieron sobre las características y elementos de la cadena de suministro y compartieron ejemplos de controles durante la operación en las empresas.En la apertura, Juan Rivero aclaró que la cadena de suministro es el conjunto de actividades, instalaciones y recursos de distribución requeridos para ejecutar el proceso de venta de un producto. “Esto abarca desde la búsqueda del producto o materia prima, pasando por su transformación, fabricación, transporte y, finalmente, la entrega al consumidor final”, puntualizó. Sobre las fases del proceso de una cadena, el expositor informó que comienza en el área de compras, seguido de producción, transporte, centro de distribución, transporte, punto de venta y cliente final.En la charla, también se habló sobre los riesgos en este procedimiento; al respecto, destacaron el mal uso de la tecnología, el exceso de compra, producción o fabricación, el mal control de inventarios, el desorden en el recibo y distribución, el fraude, robo, corrupción, soborno y lavado de dinero, y el asalto y robo de transporte, entre otros.Respecto a cómo establecer un plan de auditoría, se mencionó que es necesario establecer el head count, el perfil del auditor y el conocimiento del negocio. Asimismo, consideraron que se debe contar con tecnología, comunicación efectiva y coordinación con los operadores para definir acciones preventivas y correctivas.Por su parte, la licenciada Camacho Vega precisó que la logística se encarga del transporte de los productos desde el almacén hasta el hogar, asegurándose de que lleguen en buen estado y a tiempo. Además, explicó que, como parte del rol del auditor en este proceso, este profesional debe dominar los procesos internos de la cadena de suministro. “Esto es fundamental para determinar las recomendaciones y los riesgos a los que se enfrentan, con el fin de fortalecer su sistema de control interno y lograr resultados financieros positivos”, aseguró.De igual forma, Gloria Camacho dialogó sobre cinco formas de segmentar el inventario, partiendo del volumen de ventas, la estabilidad de la demanda para una gestión enfocada, la criticidad e impacto en la continuidad operativa, la frecuencia de uso del inventario y el valor unitario para la gestión de costos.Sobre la visibilidad de la cadena de suministro, la especialista recomendó utilizar plataformas que permitan rastrear y monitorear operaciones en tiempo real. “Estas herramientas proporcionan información sobre inventario, transporte y producción, lo que ayuda a anticipar y abordar problemas antes de que se conviertan en crisis”.Por último, los panelistas coincidieron en que la comunicación con el área de contraloría es vital y que ambas partes deben tener dominio sobre los reportes que ejecutan el sistema, sumado a la identificación de productos con mayor rotación, y que la información debe estar actualizada.
Con el objetivo de brindar herramientas actualizadas y efectivas frente a los retos fiscales actuales, el Colegio llevó a cabo el Simposio de Mecanismos de Prevención y Defensa Fiscal. La jornada, celebrada el 10 de junio y organizada por la comisión de Educación, contó con una destacada participación de especialistas, autoridades fiscales y miembros del Colegio, quienes analizaron mecanismos clave para la protección de los derechos del contribuyente y el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias.En su mensaje de apertura, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente del Colegio, agradeció la participación de los asistentes y subrayó la importancia de mantenerse actualizados ante los desafíos fiscales actuales. Destacó que el compliance y los mecanismos de defensa fiscal son clave para un ejercicio profesional responsable y expresó su confianza en que el simposio será de gran utilidad para todos los participantes.Pedro Larios, fundador de la Facultad Judicial de Derecho Tributario, abrió el foro destacando el valor estratégico del compliance fiscal como herramienta de gestión de riesgos. A diferencia del cumplimiento tradicional, explicó que el verdadero compliance requiere identificar, valorar y mitigar riesgos legales mediante controles internos sólidos, alineados con estándares como la ISO 31000 o el modelo COSO. Para Larios, un sistema efectivo incluye gobierno corporativo, auditorías internas y políticas disciplinarias, convirtiéndose en una barrera preventiva ante posibles infracciones fiscales o incluso penales.Carlos Javier Verduzco, vicerrector en Centro Universitario de Estudios Jurídicos, por su parte, abordó el tema de la defensa fiscal desde una perspectiva estructural. Subrayó la importancia del hecho imponible como punto de partida de la relación tributaria, insistiendo en su comprensión como elemento clave para identificar vulnerabilidades en la determinación de contribuciones. Además, explicó las distintas etapas de defensa, distinguiendo entre recursos administrativos y juicios contenciosos, e hizo énfasis en el papel del principio de legalidad como salvaguarda ante actos de autoridad.Desde una mirada institucional, Narciso Vázquez Vega, director general de Estados Normativos de la SASEN en Prodecon, ofreció un recorrido por las funciones y herramientas de Prodecon, destacando su papel como órgano no jurisdiccional pero decisivo en la defensa del contribuyente. Señaló que el enfoque integral del organismo —preventivo, conciliador, correctivo y contencioso— permite acompañar a los contribuyentes desde la asesoría inicial hasta la representación legal. Enfatizó mecanismos clave como las consultas especializadas, acuerdos conclusivos y quejas por violación a derechos, y destacó la importancia de acercarse a Prodecon antes de que los conflictos escalen.Desde la óptica de las micro, pequeñas y medianas empresas, Norma Martín Quintana, vicepresidenta de la comisión de Educación del Colegio, recalcó la urgencia de adoptar mecanismos de prevención fiscal. Explicó cómo el cumplimiento proactivo puede evitar sanciones y reducir riesgos, particularmente ante la evolución del modelo de recaudación del SAT. Señaló herramientas como el buzón tributario, la correcta emisión de CFDI, la capacitación continua y los acuerdos conclusivos como claves para la gestión fiscal responsable en las MiPyMEs.El enfoque práctico también estuvo presente en la exposición de Omar García González, analista de Mejora de Servicios Tributarios, quien presentó una guía detallada sobre los regímenes fiscales aplicables a personas físicas, con énfasis en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Destacó sus ventajas administrativas y fiscales, pero advirtió sobre la necesidad de mantener activas herramientas clave como la e.firma y el buzón tributario. Recordó que, si bien RESICO representa una simplificación, la responsabilidad del cumplimiento sigue plenamente vigente.Por último, Abraham Levi Alcántara, docente en la FCA en la UNAM y Rosa Gutiérrez García, presidenta de la comisión organizadora, ofrecieron una visión transversal del compliance como una inversión estratégica. Definieron este sistema como un conjunto de controles orientados no solo al cumplimiento fiscal, sino también a la sostenibilidad, la transparencia financiera y la prevención de delitos como el lavado de dinero. Resaltaron el papel activo que deben asumir administradores, socios y contadores en la adopción de modelos integrales de cumplimiento, incluso en pequeñas empresas.
Con el objetivo de brindar claridad y orientación sobre algunas de las obligaciones fiscales complejas y actuales en México, se llevó a cabo la presentación Beneficiario controlador, operaciones relevantes y esquemas reportables, los días 2 y 9 de junio, un evento organizado por la comisión Fiscal que reunió a destacados especialistas del área para analizar la evolución normativa, los retos operativos y las implicaciones prácticas de estas figuras.La primera intervención, a cargo de Viviana Monserrat García Porras, vicepresidenta de la comisión Fiscal 2, y Pablo Ramírez Morales, integrante de la comisión organizadora, abordó el concepto de beneficiario controlador (BC). Se explicó que este surge de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y del Foro Global, y ha sido incorporado al marco legal mexicano a través de reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Los ponentes detallaron que el BC es aquella persona física que, directa o indirectamente, obtiene beneficios o ejerce control sobre una entidad jurídica, sin importar un umbral mínimo de participación.Durante la sesión se expusieron casos prácticos que ilustran distintos esquemas de control —como el uso de fideicomisos, prestanombres y estructuras internacionales— y se destacaron los retos comunes en su identificación, como la trazabilidad de la información, la protección de datos personales y el acceso a documentación extranjera. También se señalaron precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que validan la constitucionalidad de esta figura, y se enfatizó la necesidad de contar con políticas internas sólidas para cumplir eficazmente con esta obligación.Por su parte, Israel Bastida Ventura, integrante de la comisión Fiscal, centró su exposición en las operaciones relevantes, explicando los fundamentos legales que obligan a reportarlas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando estas, por su naturaleza o impacto fiscal, podrían ser indicativas de estrategias de planeación fiscal agresiva. Detalló el uso del formato oficial 76, conforme al artículo 31-A del CFF, así como los lineamientos del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal. Bastida también abordó los riesgos legales por omisión del reporte y la importancia de establecer políticas claras para su identificación oportuna.El análisis técnico de las operaciones relevantes fue ampliado por Miguel Zárraga Zárraga, también miembro de la comisión Fiscal, quien explicó que estas deben reportarse cuando superan ciertos umbrales fiscales. Zárraga presentó ejemplos detallados de operaciones complejas —como derivados financieros, cambios accionarios, reorganizaciones corporativas y ajustes por precios de transferencia— y subrayó la necesidad de equipos interdisciplinarios que integren la perspectiva fiscal, financiera y legal. Advirtió que, aunque la fiscalización directa por estas operaciones aún es limitada, su omisión puede derivar en sanciones si se detectan inconsistencias.Finalmente, los contadores Ulises Castilla Flores e Ignacio Sosa López abordaron el tema de los esquemas reportables, introducidos en México como parte de la implementación de la Acción 12 del Plan BEPS de la OCDE en 2020. Explicaron que estas disposiciones buscan proporcionar al SAT información anticipada sobre estructuras fiscales que puedan representar riesgos, sin que ello implique necesariamente evasión. Se discutieron los elementos clave como la definición de esquema reportable, los sujetos obligados (asesores fiscales y contribuyentes), los plazos para informar y la documentación exigida. También se señalaron los desafíos operativos, incluyendo la ambigüedad en conceptos como “beneficio fiscal” o “primer contacto”, así como la necesidad de adaptar la norma a la realidad mexicana.