Para dialogar sobre la importancia que tiene el modelo costo-volumen-utilidad y así mejorar los procesos operacionales de las organizaciones, el Colegio presentó, el pasado 19 de mayo, la conferencia mensual universitaria en colaboración con la Escuela Bancaria y Comercial (EBC), espacio en donde Carlos Molina Herrera, líder de Contaduría Pública en EBC campus Tlalnepantla, compartió los aspectos principales de dicho modelo.
Previo a la charla, la vicepresidenta de Vinculación Universitaria del Colegio, Rosalía Ortega López remarcó el esfuerzo y convicción de las diferentes universidades que se han presentado a lo largo del año para enriquecer los conocimientos de los estudiantes con temas novedosos y de actualidad.
Durante su presentación, Molina Herrera explicó que el modelo costo-volumen-utilidad representa una estrategia para mejorar los procesos de una empresa, además de que funciona como una herramienta para analizar, a futuro, los posibles escenarios y con ello tomar decisiones financieras correctas.
De igual manera informó que, para realizar algunos análisis interesantes, por ejemplo, el del punto de equilibrio de una organización, es preciso clasificar los costos empresariales atendiendo a su variabilidad, diferenciándolos entre costos variables, costos fijos y costos mixtos. “Estos tres conceptos son básicos y elementales en cualquier compañía, es bien importante identificarlos adecuadamente antes de poner en marcha cualquier proyecto”, señaló.
Agregó que el modelo también asume una dependencia lineal de los costos y el ingreso en el intervalo de análisis, lo que se define como el apoyo que pueden realizar las empresas para que, de un pequeño esfuerzo, se transforme en un incremento proporcional en los resultados.
Por otro lado, puntualizó que el punto de equilibrio se establece para definir el momento en que los ingresos de una organización cubren sus gastos fijos y variables, esto es, cuando se logra vender lo mismo que se gasta, no se gana ni se pierde.
Aclaró que el margen de seguridad es la diferencia entre el precio de cotización de un activo y su valor real, “se trata del exceso de ventas por arriba del punto de equilibrio, ya que entre más alejadas estén las ventas del punto de equilibrio, mayor seguridad de que no habrá pérdidas”.
Finalmente, Carlos Molina Herrera exhortó que, ante la globalización y la reciente crisis económica, es necesario implantar estrategias, por ello, el modelo costo-volumen-utilidad resulta un instrumento interesante para los emprendedores en el país. En el foro también se contó con la participación de la directora de la Escuela Bancaria y Comercial campus Tlalnepantla, Ivonne Macouzet.
Eventos recientes
El 12 de febrero, el curso Tópicos selectos de precios de transferencia 1 fue presentado en el Colegio gracias a la coordinación de la comisión de Precios de Transferencia. Con el apoyo de los integrantes de la comisión: Paola Arredondo Marrón, Violeta Valerio Méndez, Karen Ramos Álvarez y Luis Antonio Andrade León, el espacio buscó fortalecer a los asistentes mediante el desarrollo de definiciones y estrategias fiscales en materia de precios de transferencia.Para comenzar el evento, Paola Arreondo y Violeta Valerio presentaron información fundamental para entender los ajustes de precios de transferencia, correcciones realizadas para apegar el valor de transacciones al valor de mercado. Para ello, desarrollaron los fundamentos normativos de estos, contenidos en el artículo 179 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y que se complementa con la sección 3.9.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).Posteriormente, se desarrollaron los tipos de ajustes de precios de transferencia y puntualizaron que la correcta identificación de esta clasificación determina los efectos fiscales y los requisitos aplicables. Las ponentes comentaron que el sentido del ajuste, en disminución o aumento, también conlleva requerimientos específicos contenidos en la RMF y concluyeron el apartado con los requisitos documentales necesarios para la deducción de ajustes de precios de transferencia.Para concluir con su segmento, las profesionales comentaron las obligaciones de declaración informativa sujetas a los ajustes de precios de transferencia: la Informativa local, el anexo 9 de la DIM, el formato 76 de Operaciones Relevantes, la Información Sobre la Situación Fiscal (ISSIF) y el Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED). Además, enunciaron la importancia de monitorear de manera preventiva para detectar ajustes en los precios de transferenciaEl segundo apartado del evento fue dirigido por Karen Ramos y Luis Antonio Andrade, quienes comentaron las consideraciones necesarias para un cierre anual apropiado con relación a los precios de transferencia. Para la apertura de su espacio, los expertos destacaron la importancia de construir la documentación de las transacciones necesaria para el cumplimiento, durante la operación y no de manera retroactiva. Adicionalmente, señalaron la importancia de analizar los riesgos de cada operación intercompañía, considerando los contratos de éstas y la fecha cierta. Los ponentes señalaron que la materialidad es un factor determinante para la deducción entre partes relacionadas, ya que la autoridad exige demostrar la materialidad de los servicios solicitados, ejecutados y recibidos. Por ello, es relevante levantar evidencia documental que soporte las operaciones.Posteriormente se listaron los momentos del año fiscal que se deben considerar para analizar y tomar acción para preservar el cumplimiento en materia de precios de transferencia, como los cambios en el modelo operativo, la implementación de nuevos servicios, reestructuras del grupo y los cierres contables y fiscales anuales.Finalmente, los ponentes comentaron la importancia de un enfoque basado en riesgo para responder a la necesidad de anticiparse, contener y actuar en tiempo real. Identificar riesgos, ubicar áreas de oportunidad, fortalecer el cumplimiento y reducir la exposición a riesgos es fundamental para lograr un cierre anual favorable; dicho de otra forma, el cierre de año depende del trabajo realizado durante todo el año.
Este 12 de febrero, el Colegio llevó a cabo la conferencia IA como motor de la productividad con la AMITI, impartida por el maestro Adrián López Quintanar, integrante de la Asociación Mexicana de la Industria de Tecnologías de Información (AMITI) y líder de proyectos sobre machine learning, quien compartió un panorama sobre el impacto de la Inteligencia Artificial (IA) en los procesos financieros, fiscales y de auditoría.Durante su intervención, el especialista afirmó que la IA no es una tendencia pasajera, sino un cambio estructural comparable con la llegada del Internet o las hojas de cálculo; “la IA viene a romper paradigmas para ayudarnos a ser más productivos en nuestro día a día”, señaló.Además, advirtió que la autoridad fiscal también está incorporando esta herramienta para cruzar información entre Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), contabilidad electrónica, declaraciones y otras bases de datos, con el objetivo de fortalecer la recaudación y detectar inconsistencias con mayor precisión. Ante este escenario, subrayó la importancia de que las empresas adopten herramientas similares para anticiparse y reducir riesgos.A su vez, destacó que la IA permite identificar patrones, tendencias y anomalías imperceptibles al ojo humano, incluso cuando las cifras cuadran a nivel centavos. “La analítica avanzada posibilita examinar millones de microtransacciones en segundos y detectar comportamientos atípicos que podrían derivar en contingencias fiscales o financieras”.En otro orden de ideas, explicó que hoy es viable reconstruir la trazabilidad completa de una operación en cuestión de segundos, fortaleciendo los controles internos y reduciendo el riesgo de errores o pérdidas de información. Como ejemplo práctico, se presentó la experiencia de una empresa que implementó agentes de IA en su proceso de cierre mensual; de un esquema de 16 pasos que requería alrededor de 30 personas durante 10 días, cinco o seis etapas fueron delegadas a robots inteligentes, reduciendo el tiempo total a cinco días.El especialista enfatizó que la adopción de esta clase de tecnología permite actuar en tres momentos clave: revisar el pasado para detectar irregularidades, monitorear en tiempo real las operaciones actuales y responder con agilidad ante un requerimiento de la autoridad.Durante la conferencia se abordó el cuestionamiento sobre costos y retorno de inversión; si bien reconoció que la implementación puede representar una inversión inicial, destacó que en industrias con altos volúmenes transaccionales los beneficios son exponenciales.Uno de los puntos más relevantes fue la aclaración de que la IA no sustituye el criterio profesional. Aunque puede procesar millones de datos en segundos, aún presenta limitaciones como las llamadas “alucinaciones”, por lo que requiere supervisión y calibración constante. Además, la responsabilidad legal y fiscal sigue recayendo en las personas que firman estados financieros y declaraciones.Finalmente, López Quintanar exhortó a los asistentes a concebir la Inteligencia Artificial como un asistente o un aliado estratégico capaz de liberar tiempo operativo para concentrarse en tareas de mayor valor, como lo es el análisis, la planeación y la correcta toma de decisiones. “No se trata de reemplazar la esencia del contador, sino de potenciarla”, concluyó.
La comisión de Seguridad Social del Colegio organizó el evento Plataformas digitales IMSS, en el que especialistas analizaron los cambios laborales y fiscales que impactarán a los trabajadores de plataformas digitales en México a partir de 2026. La coordinación estuvo a cargo de Miguel Ángel Silva Pedroza, y los expositores fueron José Luis Abrego Belmont, Marco Rojas Ponce y Miguel Llorente Arriaga.para comenzar, José Luis Abrego Belmont presentó los cambios fiscales y laborales, abordando el nuevo marco regulatorio derivado de las reformas a la Ley Federal del Trabajo y las disposiciones de seguridad social aplicables a este sector. Destacó quiénes son sujetos de aseguramiento ante el IMSS (aquellos que perciban al menos un salario mínimo mensual en ingreso neto) y quiénes quedan excluidos, así como el régimen transitorio iniciado en julio de 2025. “Aunque la normativa representa un avance, solo una parte de los trabajadores ha logrado cumplir el umbral requerido para acceder plenamente a la seguridad social, evidenciando retos importantes en cobertura y formalización”, comentó.Abrego Belmont también detalló derechos y obligaciones tanto de los trabajadores como de las plataformas, incluyendo contrato laboral, protección contra discriminación, transparencia en la gestión algorítmica, pago de cuotas al IMSS e INFONAVIT y registro de horas trabajadas. Subrayó que el principal desafío es adaptar la seguridad social a la economía digital, fortaleciendo la fiscalización y diseñando un modelo inclusivo que amplíe el acceso a prestaciones y reduzca la precariedad.Por su parte, Marco Rojas Ponce, ofreció un panorama del crecimiento de este modelo laboral en México y los cambios normativos derivados de la reforma laboral de 2024. Resaltó que la reforma reconoce la relación laboral subordinada en plataformas digitales, incorpora el Capítulo IX Bis a la Ley Federal del Trabajo y fortalece derechos como seguridad social, reparto de utilidades y protección frente a incumplimientos patronales.Rojas Ponce explicó los elementos que configuran esta relación laboral, como la prestación personal y subordinada del servicio, el uso de aplicaciones para supervisión y la generación de ingresos equivalentes al salario mínimo mensual. Asimismo, señaló las características particulares de esta modalidad: flexibilidad, trabajo discontinuo, determinación de salario por tareas, contrato digital, transparencia en la gestión algorítmica y obligaciones de seguridad social. Concluyó que la reforma redefine la subordinación, introduce el ingreso como criterio para reconocer la relación laboral y obliga a las empresas a reforzar medidas contra discriminación y violencia, aunque aún persisten retos jurídicos y operativos en su implementación.Finalmente, Miguel Llorente Arriaga expuso las obligaciones fiscales ISR e IVA en plataformas tecnológicas, explicando el régimen fiscal aplicable a personas físicas que prestan servicios mediante plataformas digitales. Señaló que estos contribuyentes deben inscribirse en el régimen de actividades empresariales con ingresos por plataformas tecnológicas, donde las plataformas realizan retenciones de ISR e IVA, 2.1% y 8% respectivamente, las cuales pueden considerarse pagos provisionales o definitivos según el nivel de ingresos.Llorente Arriaga detalló obligaciones tanto de los trabajadores como de las plataformas, incluyendo inscripción en el RFC, emisión de CFDI, presentación de declaraciones, retenciones y envío de información al SAT. Subrayó que, aunque la reforma laboral amplía la seguridad social para estos trabajadores, en materia fiscal no hubo cambios sustanciales, manteniéndose el régimen vigente para ISR e IVA.