El pasado 18 de abril, la comisión de Ética y Responsabilidad Profesional llevó a cabo un foro donde se discutió la Ley de Prevención del Lavado de Dinero y el Código de Ética Profesional. Con un panel de expertos en diversas áreas, el evento se centró en proporcionar a los asistentes sobre las implicaciones legales y éticas de esta ley.
Para abrir el evento, se profundizó en las alertas de 24 horas, donde para la Prevención del Lavado de Dinero (PLD) constituyen un mecanismo crucial para combatir actividades financieras ilícitas. En esta presentación, impartida por Carlos Alberto Pérez Macias, de C&D Consultores en Riesgos Patrimoniales, destacó las implicaciones legales y prácticas de estas alertas, en línea con la Recomendación 20 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
“Estas alertas son fundamentales para que las instituciones financieras cumplan con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), identificando y reportando de manera inmediata cualquier operación sospechosa que pueda estar relacionada con actividades criminales o el financiamiento del terrorismo”.
En ese sentido, expresó que a través de criterios de clasificación de clientes y el cumplimiento de obligaciones como la identificación y presentación de avisos a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), se busca proteger el sistema financiero y la economía nacional.
Comentó que la efectividad de las alertas de 24 horas se basa en la identificación precisa de indicios de operaciones ilícitas, como historiales criminales de clientes, negativas a proporcionar información o la realización de operaciones que parecen estar fuera del alcance financiero del cliente. Además, indicó la importancia de una adecuada calidad en los avisos presentados, con información detallada sobre la alerta generada, garantizando así una colaboración efectiva entre las instituciones financieras y las autoridades para prevenir y combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo de manera oportuna y eficiente.
En su turno, Mónica Isela Galindo Cosme, integrante de la comisión Académica de Diplomados, abundó sobre ética y prevención en el lavado de dinero. Al respecto, consideró relevante la crítica de la ética en la práctica contable y su impacto en la lucha contra actividades delictivas como el lavado de dinero y la corrupción. Galindo Cosme enfatizó que la ética debe ser un pilar fundamental arraigado en todos los profesionales de la contabilidad.
Durante su exposición, hizo hincapié en el papel que desempeñan los contadores públicos en la prevención de delitos financieros, destacando la importancia de conocer a fondo el Código de Ética Profesional y seguir sus pautas para garantizar un comportamiento adecuado en diversas áreas de desempeño, incluyendo la PLD.
Uno de los puntos clave fue la necesidad de una selección rigurosa de clientes y una evaluación constante de su riesgo y comportamiento para asegurar el cumplimiento de las normativas éticas y legales. Resaltó la responsabilidad de identificar posibles actividades ilícitas por parte de los clientes y tomar medidas preventivas para evitar cualquier involucramiento en actividades de lavado de dinero.
Además, discutió la evolución de los clientes a lo largo del tiempo y cómo esta evolución puede presentar nuevos desafíos éticos y legales para los contadores. Para ello, hizo mención de considerar certificaciones adicionales ante entidades como la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) o la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), lo cual ampliaría el espectro de servicios que pueden ofrecer los contadores y fortalecería la lucha contra actividades delictivas.
Por otro lado, Jesús Fidel Hernández Rodríguez, también de la comisión Académica de Diplomados, presentó la responsabilidad penal en el lavado de dinero, abordando diversos aspectos legales y conceptuales. Entre los puntos destacados, comentó sobre la posibilidad de perseguir simultáneamente el delito de defraudación fiscal y el lavado de dinero, estableciendo una relación entre ingresos ilícitos y la defraudación fiscal. Compartió diferentes tipos de responsabilidad penal, como la impericia, imprudencia, negligencia y dolo, además de la imputación indirecta y directa en delitos cometidos por personas físicas en beneficio de personas morales.
El expositor profundizó en la descripción del delito de lavado de dinero, especificando las conductas que lo constituyen, como adquirir, enajenar, administrar o poseer recursos de origen ilícito; asimismo, abordó la ocultación y encubrimiento de la naturaleza u origen de dichos recursos. Por último, subrayó los requisitos de procedibilidad para iniciar acciones penales, incluyendo la necesidad de denuncia por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) en casos que involucren servicios financieros.
Para cerrar las participaciones, el magistrado de Circuito en Consejo de la Judicatura Federal, Marco Antonio Cepeda Anaya, presentó un resumen sobre el bloqueo de cuentas bancarias, enfocándose en las disposiciones legales que regulan este proceso y las responsabilidades de las instituciones financieras. Desglosó las obligaciones de las instituciones bancarias según la Ley de Instituciones de Crédito, como establecer medidas para prevenir delitos financieros, presentar reportes a la SHCP, y seguir lineamientos específicos para el conocimiento de clientes, resguardo de información y capacitación interna.
“El bloqueo de cuentas bancarias se presenta como una medida cautelar de naturaleza administrativa, derivada de compromisos internacionales asumidos por México, en particular relacionados con la prevención de lavado de activos, financiamiento al terrorismo y otros delitos financieros”.
Finalmente, expuso la necesidad de una interpretación conforme de la Ley de Instituciones de Crédito para garantizar su validez constitucional, enfocándose en la relación de estas medidas con procedimientos específicos y el cumplimiento de acuerdos internacionales, como los establecidos por la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación al Terrorismo, respaldados por organismos como el Grupo de Acción Financiera Internacional.
Eventos recientes
El 14 de septiembre se presentó en el Colegio un curso destinado a desarrollar sobre los descuentos de créditos de vivienda del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit): Descuentos de Infonavit. La intención del curso fue construir un espacio práctico cercano a la realidad que permitiera a los asistentes consolidar sus conocimientos técnicos mediante ejemplos prácticos y fue presentado por Miguel Arnulfo Castellanos Cadena, coordinador del curso y representante de la comisión T. de Seguridad Social. Francisco Javier Ibarra Mayoral fue el encargado de desarrollar el tema para la audiencia, quien comenzó señalando que los créditos para la vivienda proporcionados por el Infonavit se mantienen como opciones competitivas frente a créditos bancarios en la mayoría de los casos, por lo que conocer su funcionamiento, límites y alcances es conocimiento esencial para el especialista. El experto señaló que el Infonavit proporciona distintos tipos de créditos como los créditos de cuota fija monetaria, que representan la mayor parte de la cartera, los créditos en veces de Unidad de Medida y Actualización (UMA) o unidad mixta y los créditos porcentuales, siendo estos últimos los menos comunes en comparación a los otros dos. Francisco Ibarra señaló que, para el caso de la cuota fija, ésta representa certeza para los trabajadores y facilita la planeación, convirtiéndola en una opción accesible financiera y administrativamente.Al desarrollar los cuerpos normativos vinculados a estos créditos para la vivienda se desarrolló la Ley del Infonavit, el marco legal que regula a la institución y donde se establecen las obligaciones patronales, como el pago de aportaciones de cada trabajador mientras exista una relación laboral y, por tanto, la realización de los descuentos en los salarios conforme lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo (LFT).Uno de los grandes escenarios que debe considerar el patrón, tras la reforma de la Ley Infonavit del 2025, es que la obligación de los descuentos y enteros por créditos de vivienda no se suspende por ausencias o incapacidades médicas, ya que se debe cubrir un 5% del salario base de cotización y pagar la amortización del crédito Infonavit, aunque el trabajador no perciba salario directamente. Todo esto, según comenta Francisco, representa una obligación patronal y una carga financiera que la organización debe considerar para evitar deudas y multas.Finalmente, se trazó una prelación de descuentos al salario, donde se señaló un elemento fundamental: el patrón es solidario del pago de créditos Infonavit y sujeto a multa ante el incumplimiento de descuentos judiciales, como la pensión alimenticia, por lo que se debe considera que si el sueldo neto tras retenciones de impuestos y descuentos judiciales no cubre el total de la amortización de Infonavit, el patrón debe reportar la incidencia y retener únicamente hasta el límite legal permitido sin afectar el mínimo vital del trabajador; debido a ello, la planeación es fundamental para evitar riesgos y asegurar el cumplimiento de las obligaciones patronales.
Con el propósito de orientar a los asociados sobre las disposiciones vigentes para el cumplimiento de la Norma de Desarrollo Profesional Continuo (NDPC) 2026, el Colegio llevó a cabo, el 14 de septiembre, el curso NDPC 2026 Actualización, cumplimiento y nuevas disciplinas. La sesión estuvo a cargo de Brenda Miroslava Vázquez Calderón, y Elodia González Torreblanca, bajo la coordinación de Carlos Jesús Verdi García, todos integrantes de la comisión de Desarrollo Profesional Continuo.Durante el encuentro se explicó que cumplir con la NDPC no consiste únicamente en acumular horas de capacitación. Las expositoras destacaron la necesidad de identificar correctamente el sector profesional, la certificación y las disciplinas que corresponden a cada asociado, además de conocer los requisitos aplicables y planear con anticipación las actividades que permitirán cubrir los puntos requeridos durante el año.En este sentido, se hizo énfasis en la importancia de llevar un seguimiento permanente. Se señaló que las actividades deben contar con evidencia documental y registrarse en los formatos correspondientes dentro de los plazos establecidos. También se recomendó no esperar hasta enero para revisar la información, sino mantener actualizado el perfil en la plataforma de la federada y verificar durante el año que los cursos y demás actividades hayan sido correctamente considerados.Al abordar las disciplinas profesionales contempladas para 2026, se mencionaron, entre otras, las Normas de Información de Sostenibilidad, contabilidad gubernamental, finanzas, fiscal, costos, prevención de lavado de dinero y anticorrupción, seguridad social y tributación. Asimismo, se refirió la importancia de temas relacionados con ética, derecho, gobierno corporativo, competencias digitales, gobernanza, visualización de datos, informática e inteligencia artificial, siempre que exista una relación con el ejercicio profesional.Uno de los ejemplos utilizados durante la sesión permitió destacar un aspecto fundamental: la pertenencia temática. Se explicó que una capacitación no genera puntos simplemente por abordar una herramienta o conocimiento de uso general. Por ejemplo, un curso de Excel puede adquirir relevancia para efectos de DPC cuando está orientado a una aplicación concreta de la profesión, como el desarrollo de cédulas de auditoría. De igual forma, se indicó que los cursos sobre inteligencia artificial u otras tecnologías deben vincularse con alguna de las disciplinas o temas reconocidos por la norma.A manera de síntesis, durante la sesión se compartió una guía práctica para que los asociados tengan presentes los principales pasos del cumplimiento:Puntos clave de la NDPC 2026Planear: identificar sector, certificación, disciplina y puntos requeridos.Verificar: revisar que la capacitadora y la actividad cumplan con los requisitos aplicables.Documentar: conservar constancias y evidencia de las actividades realizadas.Manifestar: registrar los puntos en el formato correspondiente y dentro del plazo establecido.Revisar: mantener actualizado el perfil en la plataforma de la federada.Prever: solicitar con anticipación las autorizaciones necesarias para actividades especiales.Dar seguimiento: comprobar que el cumplimiento haya quedado correctamente registrado ante la federada y, cuando corresponda, ante los organismos relacionados con la certificación.Posteriormente, las expositoras abordaron situaciones que requieren especial atención, entre ellas la capacitación impartida por instituciones no registradas como capacitadoras, los programas de educación superior y posgrado, los diplomados, la educación a distancia y los eventos realizados en el extranjero. En relación con estos últimos, se enfatizó que es necesario solicitar previamente la autorización correspondiente y presentar la documentación requerida con suficiente anticipación. También se destacó la importancia de verificar la vigencia del RVOE cuando resulte aplicable y de no asumir que cualquier curso o programa genera puntos automáticamente.Durante la sesión también se revisaron los supuestos de excepción al cumplimiento, así como las consecuencias derivadas de no acreditar oportunamente la NDPC. Se aclaró que las dispensas no operan de manera automática y deben solicitarse y confirmarse conforme a los procedimientos establecidos. Asimismo, se recordó que para quienes cuentan con certificaciones o registros vinculados con organismos externos, el cumplimiento oportuno puede ser necesario para mantener dichas condiciones.Hacia el cierre, se reiteró que la actualización profesional debe entenderse como un proceso continuo y no como una actividad que se resuelve al finalizar el año. La recomendación fue mantener durante todo el ejercicio una ruta de cumplimiento que incluya la planeación de puntos, selección y verificación de capacitaciones, conservación de evidencias y manifestación en tiempo y forma. Con ello, se enfatizó que cumplir con la NDPC no termina al tomar un curso: también implica documentar, registrar, verificar y asumir la responsabilidad sobre la propia actualización profesional.
Con el propósito de analizar las repercusiones jurídicas y fiscales que conllevan las transmisiones patrimoniales, el Colegio y la comisión Fiscal Internacional presentaron, este 10 de septiembre, la conferencia Sucesiones patrimoniales: herencias, legados, trusts y transiciones, un espacio dedicado al análisis, el cual contó con la participación de Layda Cárcamo Sabido y César Fares Canavati.Durante su intervención, Fares Canavati abordó los conceptos civiles que rigen los actos gratuitos, distinguiendo entre la donación como un acto inter vivos, puro, simple o condicional, y la sucesión por causa de muerte, la cual comprende tanto las modalidades testamentarias como las legítimas.El especialista profundizó en la relevancia patrimonial y fiscal de estos actos, señalando que el régimen aplicable está determinado por la naturaleza del acto, el sujeto receptor, el parentesco y la naturaleza del bien. En el ámbito de las personas morales, puntualizó que los donativos y herencias constituyen ingresos acumulables gravados a la tasa corporativa general del 30%, y detalló las reglas de deducibilidad para donantes, los límites generales y las obligaciones específicas para las entidades autorizadas para recibir donativos.Asimismo, informó sobre la mecánica fiscal aplicable a las personas físicas, donde la donación se considera un ingreso por adquisición de bienes valuado mediante avalúo, sujeto a una tarifa progresiva y a los supuestos de exención previstos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).Por su parte, la contadora Cárcamo Sabido centró su exposición en la importancia de la planeación sucesoria para proteger la riqueza acumulada, garantizar la continuidad de los negocios familiares y preservar la armonía entre los herederos, diferenciándola categóricamente de prácticas ilícitas como la evasión fiscal o el ocultamiento de capitales.La ponente advirtió sobre las consecuencias adversas de omitir una planeación adecuada, tales como el desconocimiento de activos, la aparición de terceros o la exposición a cargas tributarias no previstas. Para mitigar estos riesgos, analizó diversas estructuras de protección patrimonial, como los fideicomisos mexicanos y los trusts extranjeros, así como el uso de sociedades residentes en México.Los especialistas coincidieron en que la complejidad de las disposiciones fiscales actuales exige una estrategia preventiva rigurosa en la estructuración de sucesiones y transmisiones patrimoniales.Finalmente, se destacó que el entendimiento de las obligaciones informativas ante la autoridad tributaria, el apego a las formalidades jurídicas y civiles y la correcta distinción entre los tratamientos aplicables a personas físicas y morales son elementos clave para brindar seguridad jurídica a los contribuyentes y salvaguardar el patrimonio familiar.