La comisión de Contabilidad y Auditoría Gubernamental reunió del 19 al 23 de mayo a expertos de instituciones clave como ASF, FGR, INEGI, INAP y TFJA en la Semana Nacional de Contabilidad Gubernamental 2025. El evento evidenció que la contabilidad pública ha evolucionado más allá del registro técnico, consolidándose como una herramienta esencial para la transparencia, la justicia social y el desarrollo sostenible.
Uno de los ejes centrales fue el nuevo enfoque patrimonial en la contabilidad gubernamental, vigente desde el 1 de enero de 2025. Rosa María Cruz Lesbros, integrante de la comisión de Contabilidad y Auditoría Gubernamental, destacó que este cambio responde a la necesidad de conocer la situación financiera del sector público con objetividad y continuidad. Explicó que las nuevas reglas de registro y evaluación sustituyen los métodos anteriores por un modelo más claro y específico que abarca temas como bienes intangibles, pasivos, provisiones y contingencias. Subrayó la importancia del control físico de inventarios y concluyó: “La información debe mostrar lo que es”.
El enfoque social y de género también estuvo presente en la agenda. Claudia Sofía Corichi García, titular de Vinculación y Género en la Auditoría Superior de la Federación (ASF), abordó el tema de la brecha salarial como expresión de violencia económica estructural. “Aunque está regulado, aún hay mucho que hacer”, afirmó, proponiendo auditorías de brecha salarial, un Sistema Nacional de Cuidados y el impulso a la participación femenina en carreras STEM, como parte de una estrategia de justicia social y desarrollo económico sostenible.
En el panel “La contabilidad como elemento indispensable para la transparencia y rendición de cuentas”, expertos como Diego Carlos Nieto Sánchez, integrante de la comisión de Contabilidad y Auditoría Gubernamental; Martín Pérez García, socio de Auditoria en Mazars Auditores; y José Juan Lazo Sarmiento, integrante de la comisión de Contabilidad y Auditoría Gubernamental, coincidieron en que la Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG) ha sido clave para armonizar los registros contables entre entes públicos. No obstante, señalaron que subsisten desafíos como la disparidad de criterios entre organismos, la escasez de personal capacitado y la necesidad de avanzar hacia la adopción de normas internacionales. “Con lo que se tiene hoy se está cumpliendo, pero no es totalmente transparente”, advirtió Pérez García.
Otro de los temas destacados fue el uso del lenguaje claro en la administración pública. Claudia Margarita Hernández Flores, presidenta del Comité de Participación Ciudadana del Estado de México (CPC), sostuvo que el lenguaje técnico y opaco puede ser una barrera para la ciudadanía e incluso una puerta para la corrupción. Propuso adoptar el enfoque de comunicación clara como herramienta para recuperar la confianza institucional, alineado con compromisos internacionales como el ODS 16.
Desde una óptica legal, Mauricio Reyna Rendón, abogado fiscalista, analizó los retos jurídicos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, especialmente las contradicciones normativas y la necesidad de delimitar conceptos clave para evitar sanciones desproporcionadas. Llamó a una interpretación sólida y técnica que fortalezca el Estado de derecho y la lucha anticorrupción.
Por su parte, Claudia Laura Mancera Monroy, también integrante de la comisión de Contabilidad y Auditoría Gubernamental, reafirmó el papel del estado de situación financiera como herramienta clave para la fiscalización. Subrayó que su elaboración debe apegarse a los principios contables vigentes, incluir notas explicativas y permitir su consulta en tiempo real para apoyar la toma de decisiones públicas.
El impacto de la tecnología fue abordado por Nicolás Domínguez García, asesor de la Fiscalía General de la República, quien señaló que la inteligencia artificial está transformando la contabilidad gubernamental al automatizar procesos y fortalecer el análisis de datos. No obstante, advirtió que su implementación enfrenta barreras como la falta de regulación, infraestructura y capacitación. “La IA no sustituye al contador público, transforma su papel”, afirmó.
Por otro lado, Ludivina Leija Rodríguez, vicepresidenta del Sector Gubernamental en el IMCP, ofreció un balance general de la aplicación de la LGCG, resaltando avances importantes en algunas entidades federativas. Sin embargo, alertó sobre las brechas que persisten en los municipios, donde los bajos presupuestos y la carencia de personal técnico afectan el cumplimiento normativo. Llamó a modernizar los sistemas, profesionalizar a los servidores públicos y adoptar tecnologías como big data y minería de datos: “Ya no es un tema opcional, es sustancial para elevar la calidad de la información”.
En su turno, Alfredo Cristalinas Kaulitz, académico de la UNAM-FCA, ofreció una lectura desde el nuevo institucionalismo económico para entender los recientes cambios disruptivos en la administración pública federal. Enfatizó que “las instituciones son las reglas del juego y las organizaciones, los jugadores”, por lo que evaluaciones como la desaparición de órganos autónomos, la reforma judicial o la centralización de funciones deben hacerse con “criterio prudencial”, más allá del juicio político. Afirmó que el verdadero reto está en lograr una implementación organizacional eficaz que profesionalice y legitime socialmente dichas reformas, pues “el diseño puede ser magnífico, pero sin ejecución adecuada, el objetivo se diluye”.
El vicepresidente del Sector Gubernamental en el IMCP, Cornelio Rico Arvizu, destacó la utilidad del estado de flujo de fondos como herramienta clave para la toma de decisiones financieras en el sector público. Subrayó que, a diferencia del estado de actividades —que refleja lo contable devengado—, el flujo de fondos muestra el dinero realmente disponible, alertando que aún hay entidades que ignoran este reporte obligatorio. “El estado de actividades no es dinero. Mucha gente se quiere gastar los 1,600 cuando ese dinero no existe”, advirtió con claridad.
Con una exposición crítica, Rogelio Santillán Buelna, fundador de Embajada Gubernamental, evaluó los 15 años de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, afirmando que su enfoque es más de gestión que puramente contable. Señaló un incumplimiento generalizado y prácticas preocupantes como la simulación y la imposición de un quinto estado financiero sin sustento técnico. Llamó al gremio contable a recuperar su papel central: “La transparencia inicia con las cuentas, y las cuentas vienen de la contabilidad”.
Elsa Beatriz García Bojorges, presidenta del Consejo Emisor del CINIF, abordó la urgencia de integrar criterios de sostenibilidad en la contabilidad pública. Explicó que ya existen avances normativos a nivel internacional —como el proyecto del International Public Sector Accounting Standards Board (IPSASB) para reportar riesgos climáticos— y nacional, con las nuevas Normas de Información de Sostenibilidad (NIS). Subrayó que “la sostenibilidad es impostergable” y debe considerarse tanto por sus implicaciones éticas como por sus efectos en la percepción financiera de las entidades.
Benjamín Reyes Torres, integrante de la comisión de Contabilidad y Auditoría Gubernamental y María de Lourdes Chávez, responsable del departamento de Estrategias de Integridad en el INEGI, reflexionaron sobre los códigos de ética en el sector público, señalando que “actuar con ética no es una opción, es una obligación”. Compartieron la experiencia del INEGI como un ejemplo de institucionalización de la ética, con acciones como un decálogo de conducta, campañas internas y capacitación continua. Chávez puntualizó: “Si tratáramos a todas las personas con respeto, evitaríamos muchas denuncias”.
Luis Armando Carranza Camarena y Adrián Cruz Pérez, del INAP, recordaron que la cuenta pública es el documento por excelencia de rendición de cuentas. Aunque cumple su función técnica, señalaron el reto de traducirla a formatos comprensibles para la ciudadanía. “El ciudadano de a pie debe entenderla para ejercer su derecho al control social”, afirmaron.
El magistrado en la Sala Regional Noroeste II en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa Sonora, Marco Antonio Escobar Cuapio, presentó un criterio jurisprudencial relevante que declara ilegal la exigencia de “integraciones especiales” no previstas por ley. Subrayó que “las cuestiones técnicas contables no pueden imponerse desde lo tributario” y que las facultades de comprobación del SAT deben respetar el principio de legalidad y la especificidad del contexto contable.
Finalmente, para cerrar las actividades del evento, en el panel sobre sanciones a servidores públicos, se discutieron casos reales de abuso de funciones, omisiones técnicas y acoso laboral. Javier Vargas Zempoaltecatl, titular en la Contraloría del Estado de México; Alberto Gándara Ruiz Esparza, magistrado del Tribunal de Justicia Administrativa en Estado de México; Graciela Josefina Cámara Guerrero, presidenta de la comisión de Contabilidad y Auditoría Gubernamental; y Gricelda Sánchez Carranza, integrante de la comisión de Contabilidad y Auditoría Gubernamental, coincidieron en la importancia del acompañamiento jurídico, la capacitación y la individualización de sanciones. “La labor preventiva de las contralorías puede evitar sanciones”, afirmó Vargas, mientras que Gándara subrayó que “el dolo y la reincidencia deben ser elementos clave al calificar la gravedad de las faltas”.
Eventos recientes
El curso Obligaciones legales, contables y fiscales para donatarias, realizado los días 11 y 12 de julio por la comisión SE Entidades con Propósitos no Lucrativos del Colegio, brindó un espacio para abordar los principales retos que enfrentan las organizaciones no lucrativas en México.Para dar inicio con el evento, Alejandro Gualito Hernández, integrante de la comisión antes mencionada, versó sobre los aspectos contables que deben atender las donatarias, destacando la aplicación de las Normas de Información Financiera (NIF), en particular la B-16 y la E-2, que regulan la presentación de estados financieros y el tratamiento adecuado de los donativos. Subrayó que las organizaciones deben superar el enfoque puramente fiscal y adoptar una contabilidad financiera robusta que sirva a la toma de decisiones, rendición de cuentas y transparencia ante donantes y autoridades. Asimismo, alertó sobre los riesgos de operar sin claridad en el objeto social o sin autorización del SAT, lo que puede implicar sanciones fiscales.En el ámbito jurídico, José Sinaí Trejo Suárez, gerente jurídico de Transformando 360 Grados, explicó el proceso de constitución y actualización de las donatarias, insistiendo en la importancia de redactar adecuadamente el acta constitutiva, especialmente las cláusulas de patrimonio, liquidación y admisión de extranjeros. Advirtió que errores comunes en estos documentos, así como la omisión de actualizaciones conforme a las reformas del artículo 82 de la Ley del ISR, han derivado en la pérdida de autorizaciones. También ofreció recomendaciones prácticas para cumplir con las exigencias del SAT y evitar la revocación mediante un uso adecuado del buzón tributario y la presentación oportuna de evidencias de las actividades realizadas.Por su parte, Flora Josefina Blanes García, también integrante de la comisión SE Entidades con Propósitos no Lucrativos, abordó el marco legal de las donatarias autorizadas, detallando los beneficios fiscales establecidos en el artículo 79 de la Ley del ISR, siempre y cuando se cumplan condiciones estrictas: no intervención en actividades políticas, destino exclusivo de activos al objeto social, y límites en ingresos no relacionados con su misión. Hizo énfasis en la necesidad de emitir comprobantes fiscales (CFDI) con los requisitos establecidos, presentar declaraciones informativas, y cumplir con obligaciones derivadas de la ley antilavado, pues cualquier omisión puede significar la revocación de la autorización.Finalmente, la contadora Elizabeth Pérez Esteban, de la comisión organizadora, centró su intervención en los aspectos administrativos y operativos de las donatarias. Habló sobre la importancia de una adecuada gestión de personal y voluntariado, del establecimiento de sistemas de control interno eficaces, y de la implementación de procesos de monitoreo y evaluación para medir el impacto de los programas sociales. Además, destacó que la procuración de fondos debe entenderse como un proceso estratégico que requiere planeación, ética y comunicación continua con los donantes para asegurar la sostenibilidad financiera de las organizaciones.Durante los dos días del curso, los expositores tuvieron una interacción abierta y dinámica con los participantes, tanto de manera presencial como en línea, quienes pudieron plantear sus dudas y recibir orientación directa, enriqueciendo así el aprendizaje y la aplicabilidad de los temas tratados.
El Colegio llevó a cabo el curso Concurso mercantil: impacto de la opinión del experto contable el 12 de julio en su modalidad en línea. El evento fue organizado por la comisión técnica de Peritos Contables en la Impartición de Justicia, y coordinado por Viridiana González Díaz, quien contó con la participación de expertos como Guillermo Aguilera, Miguel Ríos Rayón y Antonio Silva Oropeza (socio en Silva Oropeza y Asociados), quienes resaltaron la importancia de la opinión especializada en las distintas fases de un concurso mercantil.El objetivo principal del curso fue analizar las ventajas de la opinión de expertos para determinar el rumbo de empresas con problemas de liquidez y solvencia. Se buscó clarificar las etapas del concurso mercantil y explicar cuándo la opinión de un experto se convierte en una herramienta clave. Análisis desde el punto de vista legal y contable.Durante el desarrollo del curso, los ponentes revisaron los antecedentes históricos del concurso mercantil, desde la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos de 1943 hasta la Ley de Concursos Mercantiles (LCM) del año 2000.En esta ley concursal establece dos etapas principales: la conciliación y la quiebra. Ambas se activan cuando un comerciante incumple de forma generalizada sus obligaciones de pago, lo que pone en riesgo la continuidad de la empresa.El curso enfatizó el artículo 9.° de la LCM, que define el incumplimiento generalizado. Se explicó que la declaración de concurso mercantil puede ser solicitada por el propio comerciante (fracción I del artículo 9.° LCM) o por cualquier acreedor o el Ministerio Público (fracción II del citado artículo).Miguel Ríos Rayón fue el encargado de abordar el tema del papel crucial de la opinión del experto dentro del proceso concursal. Aunque la LCM no especifica quiénes son "los expertos", se concluyó que el contador público es el profesional adecuado para esta labor, dada su experiencia en contabilidad, auditoría, costos, y análisis e interpretación de estados financieros. No obstante, la ley permite que las opiniones de otros expertos (financieros, fiscales o en administración) complementen el informe.El propósito de la opinión del experto es determinar si el comerciante cumple con los supuestos de concurso mercantil o, en su caso, desvirtuarlos, conforme a las fracciones I y II del artículo 10.° de la LCM.Un dictamen tradicional presentado en juzgados debe incluir:• Datos del juicio: actor, demandado y juzgado.• Datos del contador perito: nombre, domicilio, cédula profesional, tipo de perito.• Objeto del dictamen: documentos base, metodología y procedimientos utilizados.• Cuestionario: propuesto por las partes.• Cédulas o papeles de trabajo: y la fuente de información.• Conclusiones y opinión: sobre el trabajo realizado.En su intervención, Guillermo César Aguilera Galindo hizo énfasis del papel que tiene la ética profesional y la responsabilidad de los expertos, temas que deben regirse por principios como la imparcialidad, profesionalismo, excelencia, confidencialidad y honestidad. El Código de Ética Profesional establece postulados esenciales como la independencia de criterios, la calidad profesional de los trabajos, el secreto profesional y la responsabilidad personal.Los expertos tienen la obligación de ejercer sus funciones con probidad y diligencia, supervisar a sus auxiliares, rendir cuentas periódicamente y mantener la confidencialidad de la información.El curso destacó los beneficios de la participación de expertos en procesos concursales, señalando que facilitan decisiones más informadas, reducen errores, aumentan la confianza en el proceso y contribuyen a la recuperación empresarial. Sin embargo, también se discutieron desafíos como la posible dependencia excesiva en los informes técnicos, los riesgos de conflictos de interés y la diversidad de criterios.Como propuestas, se planteó la necesidad de una regulación transparente para los expertos, capacitación judicial en interpretación técnica y la creación de un padrón oficial de expertos. Acto seguido, se presentó un caso práctico en el que se desarrollaron todas las fases del proceso del concurso mercantil: desde la competencia del perito, antecedentes, planteamiento del problema, hipótesis del problema, desarrollo de la hipótesis hasta la fundamentación técnica y ratificación judicial. En el caso práctico, se presentó un análisis de la opinión de un experto que se incluyó en el documento proporcionado, el cual se refiere a una demanda de concurso mercantil contra una empresa. A partir del análisis del artículo 9.°, fracción II, y del artículo 10.°, fracciones I y II, el experto llega a la conclusión de que se cumplen las condiciones necesarias para declarar el concurso mercantil. La empresa muestra un incumplimiento generalizado en el pago de sus obligaciones y no cuenta con activos suficientes para hacer frente a las deudas vencidas con dos o más acreedores diferentes.El abogado Antonio Silva Oropeza destacó que la opinión de expertos es una herramienta valiosa que, con una regulación adecuada, ética y equilibrio, favorece la justicia, la transparencia y la recuperación empresarial.Por último, se llevó a cabo la ceremonia de entrega de reconocimientos, un momento que puso el broche de oro del evento de concurso mercantil.
El 10 y 11 de julio, en el Colegio se presentó el curso Criterios para elaboración del manual de cumplimiento en PLD, LFPIORPI, bajo la coordinación de la comisión técnica de Prevención de Lavado de Dinero. La intención del espacio fue brindar una visión integral y práctica que permita a los asistentes desarrollar y evaluar sus manuales de cumplimiento alineados a los estándares propuestos por las autoridades, como la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).Para la presentación del curso, se contó con la participación de dos expertos en materia: Silvia Rosa Matus de la Cruz e Isaac Eduardo Victorino Rivas, ambos integrantes de la comisión mencionada previamente y cuya experiencia enriqueció su exposición mediante ejemplos prácticos y referencias a casos específicos.Isaac Victoriano comentó que un manual de cumplimiento permite demostrar ante frente a las autoridades que una organización cuenta con controles adecuados; reduce el riesgo de sanciones administrativas, penales y reputacionales; y fomenta una cultura de la legalidad y responsabilidad dentro de la empresa.“Este documento permite prevenir, detectar y mitigar riesgo a largo plazo, ya que establece una guía operativa independiente a las personas o equipos encargados de cada proceso”, señaló Silvia Matus. Sin embargo, su elaboración debe considerar sus fundamentos legales contenidos en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), Reglamento de la LFPIORPI y el artículo 37 de las Reglas de Carácter General.Según comentan los expertos, el manual de cumplimiento es “un traje a la medida”, que debe responder a las necesidades y procesos únicos de cada organización; debido a ello, aunque se pueden tomar como referencia otros documentos y cuente con elementos en común, es fundamental que cada manual se adapte de manera adecuada.Así, durante la ponencia se compartieron algunos elementos clave que deberían incorporarse a un manual de cumplimiento, donde incluyeron: alcance, responsables, definiciones, criterios y procedimientos internos, así como mecanismos para la identificación del cliente, el resguardo de la información la presentación de avisos, informes en cero y avisos de 24 horas.Finalmente, se puntualizó que los sujetos obligados cuentan con 90 días naturales desde el alta para elaborar su manual de identificación, según el artículo 37 de las Reglas de Carácter General, y se invitó a los asistentes a elaborar o evaluar sus manuales para minimizar los riesgos de sus organizaciones, fortalecer la integridad profesional y facilitar procesos de auditoría.