El 16 de agosto se celebró el 6° Foro de Ética, organizado por la Comisión de Ética y Responsabilidad Profesional del Colegio, en el marco de los 75 años de la institución. Este evento destacó por su enfoque en el éxito y liderazgo impulsados por la ética y los valores en el ejercicio profesional, promoviendo una cultura de responsabilidad social y cero tolerancia a la corrupción.
En la inauguración del Foro, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente del Colegio, destacó la importancia fundamental de la ética en la profesión contable, subrayando que en un mundo cada vez más interconectado, la ética es la base sobre la cual se construyen relaciones de confianza y se promueve el bienestar colectivo. Mencionó que la reciente emisión del nuevo Código de Ética por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) ofrece una oportunidad para reforzar el compromiso con la integridad, invitando a todos los miembros del Colegio a ser pioneros en la aplicación de estos principios en sus respectivos ámbitos, ya sea empresarial, gubernamental o académico.
Por su parte, Héctor Amaya Estrella, presidente del IMCP, resaltó la relevancia del foro, que se centra en la ética y los valores en el ejercicio profesional, y subrayó la responsabilidad de los contadores públicos de mantenerse a la vanguardia en estos temas. Enfatizó que la ética y los valores son los pilares que deben guiar cada acción y decisión, promoviendo una cultura de cero tolerancia a la corrupción. Amaya destacó la importancia del nuevo Código de Ética y agradeció a Ramírez por la invitación, augurando una jornada de trabajo fructífera.
Para dar inicio con las ponencias, Miguel Ángel Brizuela González, presidente del Comité Nacional de Ética Profesional del IMCP, expuso las recientes modificaciones al Código de Ética Profesional (CEP), recalcando la necesidad de adaptar este documento clave a las tendencias y necesidades que enfrenta la profesión contable, tanto a escala nacional como internacional.
“Estas reformas buscan alinear el CEP con las normativas globales y responder a las preocupaciones de diversos grupos de interés sobre la independencia y objetividad del contador público”.
Brizuela señaló que, en el contexto de los trabajos de atestiguamiento, se ha redefinido el concepto de ‘cliente de atestiguamiento’ y se han hecho enmiendas a los requisitos de independencia, lo cual aporta mayor claridad sobre los roles y responsabilidades de las partes involucradas en estos encargos.
Además, destacó la incorporación de nuevas disposiciones que refuerzan la ética en temas críticos como los honorarios y los servicios que no son de aseguramiento. “Se han establecido reglas más estrictas para evitar la dependencia indebida de los honorarios y promover la transparencia pública”.
En ese sentido, enfatizó que estas reformas son esenciales para preservar la confianza en la profesión contable. En cuanto a la definición de entidades de interés público, indicó que se ha introducido un requisito de transparencia para que las empresas revelen públicamente cuando han aplicado requisitos adicionales de independencia.
“Estos cambios no solo actualizan el CEP, sino que también reflejan un compromiso renovado con la integridad y la calidad en la práctica contable”.
En otro orden de ideas, Víctor Keller Kaplanska, expresidente del Colegio, destacó la relevancia del servicio independiente en comunión con la ética y los valores, enfatizando cómo estos principios son fundamentales para mantener la confianza en la profesión contable. A lo largo de la presentación, se abordó la evolución de las Normas Internacionales de Gestión de la Calidad (NIGC) desde su emisión en diciembre de 2020 por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB), hasta su entrada en vigor en diciembre de 2022 y la primera evaluación del sistema prevista para diciembre de 2023. Además, se mencionó la implementación de la Norma de Revisión de la Gestión de la Calidad (NRGC) por el IMCP en enero de 2024.
Keller también explicó la aplicación del marco conceptual para los contadores públicos en la práctica independiente, según las secciones 300 a 360 del Código de Ética del Consejo de Normas de Ética para Contadores (IESBA).
“Estas secciones cubren aspectos clave como la gestión de conflictos de interés, la designación profesional, las segundas opiniones, la objetividad de los revisores de calidad, y el manejo de honorarios e incentivos”.
En la presentación subrayó la importancia de que los contadores mantengan una conducta íntegra y objetiva, especialmente en situaciones que podrían comprometer estos principios, como la custodia de activos de los clientes o la respuesta al incumplimiento de leyes y regulaciones.
Por otro lado, Juan Carlos Bojorges, presidente del consejo consultivo, abordó la problemática ética en el sector empresarial. Destacó cómo la corrupción, el abuso de autoridad, el acoso, y otros comportamientos negativos deterioran el ambiente laboral y obstaculizan el logro de metas organizacionales. Asimismo, enumeró escándalos empresariales significativos, como los casos de Enron y Volkswagen, como ejemplos de cómo la falta de ética puede resultar en crisis graves y daños a la reputación. Bojorges subrayó que estos problemas no solo afectan la rentabilidad, sino que también pueden dañar el tejido social y la confianza en las instituciones.
Para enfrentar estos desafíos, propuso una estrategia integral centrada en definir y alinear los valores organizacionales con políticas y prácticas concretas. Abogó por una cultura de ética diaria, reforzada por códigos de conducta, programas de capacitación, y sistemas de denuncia.
“La propuesta incluye fortalecer la comunicación y la transparencia, premiar el buen comportamiento, y ajustar las estrategias basadas en el análisis continuo de resultados”.
Este enfoque, argumentó Bojorges, permitirá a las organizaciones no solo cumplir con sus objetivos económicos, sino también contribuir a un entorno empresarial más ético y sostenible.
Siguiendo con el programa, Rosa María Cruz Lesbros, expresidenta del Colegio por el bienio 2016-2018, abordó el papel fundamental de la ética y los valores en el servicio público. Cruz Lesbros destacó los principios rectores del servicio público, según el Artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), que incluyen la legalidad, la honradez, la imparcialidad, y la rendición de cuentas. También explicó las disposiciones de la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), que obliga a los servidores públicos a seguir un código de ética y promueve la transparencia y el cumplimiento de normas éticas.
“Los códigos de ética deben ser conocidos y aplicados por todos los servidores públicos, y su implementación es esencial para prevenir la corrupción y mantener la integridad en el ejercicio de sus funciones”.
Cruz Lesbros también discutió las reglas de integridad para el ejercicio de la función pública, enfatizando la importancia de manejar conflictos de interés. También, abordó los distintos tipos de conflictos—potenciales, aparentes y reales—y se ofrecieron directrices sobre cómo identificarlos y manejarlos adecuadamente. Además, la presentación incluyó las prioridades de la Política Nacional Anticorrupción (PNA), que incluyen la promoción de políticas de integridad y la capacitación en ética pública.
“La ética pública debe ser una prioridad en todos los niveles de gobierno para garantizar la confianza de la sociedad y el correcto desempeño de los servidores públicos”.
En su turno, José Besil Bardawill, expresidente del Colegio durante el bienio 2012-2014, abordó el papel del docente como facilitador del conocimiento y líder en el cumplimiento de principios éticos. Destacó que los docentes deben preparar cuidadosamente sus exposiciones, consultar diversas fuentes de información y ofrecer asesorías a sus alumnos mientras observan el principio fundamental de objetividad.
“Deben aplicar estándares de calidad al investigar o generar nuevo conocimiento, garantizando que sus actividades se alineen con los principios fundamentales como integridad, objetividad, diligencia profesional, confidencialidad y comportamiento profesional”.
Besil Bardawill explicó cómo identificar, evaluar y responder a las amenazas al cumplimiento de estos principios, tales como el interés personal, la auto-revisión, y la familiaridad. Comentó que las amenazas deben ser evaluadas en función de su impacto y la naturaleza del rol del docente, ajustándose según nueva información o cambios en circunstancias. “Se deben aplicar salvaguardas como evaluaciones complementarias y revisión del trabajo por colegas para reducir las amenazas a niveles aceptables”.
Finalmente, compartió que la comunicación con los responsables de la gobernanza corporativa debe ser crucial para mantener la transparencia y adherirse a los principios éticos.
Eventos recientes
Con el fin de brindar información y recomendaciones para la atención de inspecciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), la comisión técnica de Seguridad Social presentó el curso Cómo atender una visita de inspección de la STPS, el 31 de julio. Con este fin, se contó con la presencia de Nancy Berenice Robles Núñez, mánager de la práctica legal laboral en EY y experta en derecho laboral, bajo la coordinación de Rubén Darío Dávalos Palomera, integrante de la comisión.Para comenzar, la ponente señaló la importancia de mantener una actualización constante en relación con estas visitas de inspección, ya que “son un terreno cambiante en términos de normatividad y se caracterizan por ser visitas focalizadas”; esto se debe a que una inspección deriva de que la autoridad ya tiene información o un antecedente de incumplimiento que examina de forma específica durante su visita. Por si fuera poco, la STPS ejecuta revisiones en plazos mayores que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y suele considerar reincidencias, lo que puede provocar que la autoridad examine de forma secuencial diferentes años donde identifique una anomalía. En conjunto con el hecho de que las multas derivadas de estas visitas pueden ser por trabajador, el incumplimiento puede provocar multas muy altas para la organización.Debido a este riesgo, la ponente sugirió que siempre debe haber una persona destinada a atender las inspecciones de forma apropiada y que mantenga atención constante en los cambios en la normatividad aplicable. En ese sentido, se aprovechó el espacio para compartir los nuevos Lineamientos Operativos en Materia de Inspección Federal del Trabajo publicados en el Diario Oficial de la Federación en junio del 2025.En esta actualización, se brinda facultad a los inspectores para ordenar medidas precautorias durante la inspección cuando se detecten riesgos inminentes a los trabajadores, donde se incluye la limitación total o parcial de operaciones y la restricción de acceso. Además, se promueve un mecanismo de seguimiento ágil, que obliga a la presentación de una resolución en un plazo máximo de 72 horas. Y, finalmente, se establece que la negativa a la inspección implicará un rigor mayor por parte del inspector.Respecto a este último punto, Robles reiteró la importancia de contar con una persona encargada de atender las inspecciones, ya que cualquier conducta que pueda ser interpretada como una negativa implicará un riesgo; incluso retrasar el acceso del inspector a las instalaciones puede ser asumido como obstrucción de la diligencia.A continuación, se comentaron las facultades y obligaciones del inspector, ya que es responsabilidad del patrón corroborar su autenticidad. Sin embargo, “es importante considerar que la imposibilidad para corroborar la autenticidad de una orden de inspección, no impiden la celebración de la inspección”.Posteriormente, la expositora señaló la documentación clave que debe considerar el patrón para gestionar una inspección, cuyo resguardo es una obligación según el artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Para finalizar, se puntualizó que el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) también son una responsabilidad para los centros de trabajo, por lo que se debe identificar las NOM aplicables según el giro y tipo de actividad de la empresa, integrar un expediente documental y capacitar al personal en los casos necesarios.
Esta tarde, el Colegio de Contadores Públicos de México y el Colegio de Notarios de la Ciudad de México firmaron un convenio de colaboración que busca fortalecer la relación entre ambas instituciones y ofrecer beneficios significativos a sus integrantes.En el evento se dieron cita, por parte del Colegio, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente; Rosalía Ortega López, vicepresidenta de Gobierno; y María Luisa Ramírez Hernández, directora ejecutiva. En representación del Colegio de Notarios, estuvieron presentes Roberto Garzón Jiménez, presidente de la institución, y Ángel Gilberto Adame López, director general del Instituto de Investigaciones Jurídicas del Notariado (IIJN).Durante la firma del convenio, se destacó el compromiso de ambas partes para desarrollar actividades que incluyen:Comunicación: Colaboración en la promoción de foros, cursos, talleres, etc. a través de redes sociales y comunicados oficiales.Acceso preferente a actividades académicas: Los asociados y colaboradores tendrán preferencia para participar en diversas actividades académicas organizadas por los colegios.Difusión: Se establecerá un enfoque en la promoción de cursos, talleres, seminarios, conferencias, simposios y diplomados, lo que permitirá a los miembros mantenerse actualizados en sus respectivas áreas de interés y contribuir al desarrollo profesional continuo.Posteriormente a la firma, las autoridades de ambos organismos realizaron un recorrido por las instalaciones del Colegio, donde pudieron conocer más sobre los beneficios que se ofrecen a los asociados.Durante el recorrido, los representantes intercambiaron ideas sobre la importancia de la colaboración interinstitucional y cómo esta puede impactar de manera positiva en la formación y actualización profesional. El encuentro finalizó con una cordial conversación sobre los desafíos actuales que enfrentan ambas profesiones, así como sobre la necesidad de adaptarse a un entorno en constante cambio.
El 29 de julio se presentó en el Colegio el curso Presentación del dictamen por fusión y escisión de sociedades, donde la comisión técnica de Auditoría Fiscal brindó la información necesaria a los asistentes para elaborar el dictamen y presentación de estados financieros de las empresas participantes de fusiones o escisiones, conforme a los requisitos del artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).El espacio estuvo coordinado por Rafael Mendoza Aguilar y contó con la participación de tres expertos en el tema e integrantes de la comisión: Daniel Lugo Serrano, Saraí Dávila Fragaso y Miguel Ángel Severiano Hernández, quienes compartieron sus conocimientos para explorar los antecedentes, disposiciones fiscales, requisitos y recomendaciones para la elaboración de estos dictámenes. Para comenzar, se explicó que el proceso de fusión o escisión comienza con una asamblea extraordinaria de accionistas, donde se determinarán los motivos para tal efecto en relación con los estados financieros. Además, se señaló la importancia de extender en un acta de asamblea todos los detalles necesarios del acuerdo de estos actos corporativos, con el fin de clarificar las descripciones, plazos, responsabilidades y obligaciones que derivan de ellos.El acta de asamblea no tiene una lista concreta de extensión y alcance. Los expertos señalaron que debe responder a las necesidades de las partes involucradas para establecer un acuerdo, siempre alineada a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).En ese mismo sentido de cumplimiento normativo, el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación señala las condiciones que debe cumplir un caso de fusión para no ser considerada como una enajenación. Una de estas condiciones es que la sociedad fusionante deberá continuar con las actividades que realizaba antes de la acción.Posteriormente, en el foro se comentó quiénes no están obligados al dictamen, con sustento de la regla 2.10.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Para ello, los contribuyentes deben cumplir tres supuestos: el monto de la cuenta de capital de aportación de la sociedad y el capital social del fusionante o la escindente no debe exceder el equivalente a $100’000,000; El valor de los activos netos transmitidos a la sociedad fusionante o escindida es igual o menor a un monto equivalente a $100’000,000; y, la sociedad fusionada o escindente, en el ejercicio fiscal inmediato anterior a la acción, consignó en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) iguales o menores a un monto equivalente a equivalente a $50’000,000.Además, se compartió cómo debe presentarse un dictamen de los estados financieros utilizados para llevar acabo una fusión o escisión, sus requisitos y condiciones con fundamento del artículo 14-b del CFF. Dentro de estos requisitos, se destacó el escrito libre que debe contener el dictamen y debe ser realizado por un contador público inscrito; además, es en esta carta donde se debe incluir la copia del acta de asamblea que se mencionó previamente.Finalmente, se señaló que no presentar este dictamen, dentro de los plazos establecidos, mediante el Sistema de Presentación de Dictamen (Sipred) puede llevar a la invalidez de la fusión o escisión para efectos fiscales, sanciones económicas y la pérdida de la revisión secuencial. Debido a ello, es de suma importancia mantener estas acciones empresariales dentro de las normativas aplicables y, para ello, es fundamental contar con una presentación apropiada y alineada del dictamen de los estados financieros que les sustentan.