Consciente del acelerado crecimiento de las empresas tecnológicas financieras en México, el Colegio presentó la séptima edición del Foro Fintech, espacio que reunió a especialistas, directores y CEO’s para discutir en torno a tecnológicas relacionadas con blockchain, NFT, exchange, Inteligencia Artificial (IA), crowdfunding y ciberseguridad.
En el foro, llevado a cabo el pasado 26 de septiembre, Daniel Salas Torres, presidente de la comisión de Tecnologías Financieras y Emergentes, compartió un breve contexto sobre la situación actual que vive el país en torno a dichas tecnologías. Asimismo, habló sobre la normatividad fintech y los retos principales que enfrenta México para brindar seguridad a los usuarios de la banca digital.
En primera instancia, se presentó el panel denominado Activos digitales: qué son y para qué sirven; a cargo de Antonio Casas Vessi, Abraham León Islas y Gustavo Corona. En cada intervención, los especialistas en materia fintech explicaron que el bitcoin fue creado como medio de pago entre personas que sustituyera el dinero fiduciario, no obstante, existente otro tipo de criptomonedas y, dependiendo el país, se presenta una regulación específica.
De igual forma compartieron que el Non Fungible Token (NFT), funciona a través de la tecnología blockchain; “es la misma tecnología de las criptomonedas, que funcionan mediante una red de ordenadores descentralizada”, informaron.
En tanto, los contadores Juan Ramón Carcaño López y Jorge Manlio Sentíes Medellín versaron sobre los principales aspectos financieros y contables de los activos digitales; al respecto, puntualizaron sobre el perfil qué debe dominar el contador público respecto a este tema. “El contador debe estar familiarizado con instrumentos financieros, además, debe conocer toda la parte de riesgos, ya que nos encontramos expuestos a los cambios de precios en el mercado y, finalmente, debe dominar el apartado fiscal mediante la regulación e impacto que generan contratos”, consideró Sentíes Medellín.
Por su parte, Juan Ramón Carcaño extendió una invitación a los asistentes a que se adentren al ecosistema fintech, ya que de esta manera les ayudará a comprender de mejor manera los beneficios y riesgos, “perdamos el miedo con el uso de criptoactivos; hoy en día tenemos diferentes fuentes para estimar riesgos del valor de los activos digitales”.
Acto seguido se presentaron Yair Kershenovich Tavel, Allen Saracho Carrillo y Juan Carlos Santillán Hernández, quienes platicaron sobre los criterios fiscales de activos digitales, destacando que, si bien no existe una regulación como tal de las criptomonedas, “se puede revisar desde la naturaleza legal y, partiendo de ahí, se otorga el tratamiento fiscal”, comentó Juan Carlos Santillán. De igual forma, el expositor habló sobre el régimen federal en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA), “es un tema que se debe atender, así como la información sobre la residencia para procesos de enajenación y adquisición de estos bienes”.
Por lo anterior, Allen Saracho Carrillo afirmó que es fundamental establecer su marco jurídico en el país, dado que México no ha emitido un reglamento respecto al uso de criptomonedas. Por ello, destacó que en el marco internacional existen cuatro clasificaciones en activos financieros, commodities, activos fijos y moneda. “No hay procedimientos para determinar la utilidad gravable, por ello es importante analizar el artículo 16 de la LISR”, coincidieron.
En el panel Regulación de derecho comparativo global para los activos digitales, Adriana Jiménez Sandoval, César Román Oropeza y Francisco Pinilla compartieron los pronunciamientos tanto del Banco de México (Banxico), como de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), los cuales ponen de manifiesto que la criptomoneda no es moneda ya que no tiene curso legal en el país.
Ante este panorama, señalaron que cualquier producto y servicio nuevo en el mercado amerita un riesgo, sin embargo, las naciones deben trabajar una iniciativa reglamentaria en torno a la prevención de lavado , ya que los activos virtuales representan un nicho grande en el territorio mexicano y más ahora con el uso de la IA.
En otro panel, Isaac López, Leonardo Brum Ramírez y Germán González Aranda, hablaron sobre la tokenización de activos del mundo real, los aspectos más relevantes sobre el metaverso descentralizado y los tipos de stablecoins que se están empleando en la actualidad.
En su turno, el contador Francisco Sánchez Hernández explicó que, dado su carácter intangible, los criptoactivos deben clasificarse como activos no monetarios, lo que implica un tratamiento contable distinto a los instrumentos financieros o inventarios.
“El reconocimiento inicial de las criptomonedas se realiza al costo de adquisición, incluyendo el precio de compra y cualquier gasto directamente relacionado con su adquisición. Estos activos deben registrarse en el estado de posición financiera bajo la categoría de activos intangibles”, informó.
Procediendo con las exposiciones, fue el turno de la contadora María Luisa Jazmín García Juvenal, quien informó que a los NFT se les asigna una especie de certificado digital de autenticidad, una serie de metadatos que no se van a poder modificar. “En estos metadatos se garantiza su autenticidad, se registra el valor de partida y todas las adquisiciones o transacciones que se hayan hecho, y también a su autor”, precisó.
Para cerrar con las actividades del 7.° Foro Fintech, se adicionaron las participaciones de Walter Álvarez, Christian Pérez Carreto, Luis Méndez De la Vega, José Carlos Pérez, Alejandro Machorro Rivera, Lucía Iturriaga, Ricardo Tapia Bravo, Gustavo Santana, Gilberto Morales y Ana Karen Ramírez Téllez; quienes compartieron sus lecturas sobre sistemas de pagos electrónicos, pagos internacionales, ciberseguridad e Inteligencia Artificial.
Eventos recientes
Esta tarde, el Colegio de Contadores Públicos de México y el Colegio de Notarios de la Ciudad de México firmaron un convenio de colaboración que busca fortalecer la relación entre ambas instituciones y ofrecer beneficios significativos a sus integrantes.En el evento se dieron cita, por parte del Colegio, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente; Rosalía Ortega López, vicepresidenta de Gobierno; y María Luisa Ramírez Hernández, directora ejecutiva. En representación del Colegio de Notarios, estuvieron presentes Roberto Garzón Jiménez, presidente de la institución, y Ángel Gilberto Adame López, director general del Instituto de Investigaciones Jurídicas del Notariado (IIJN).Durante la firma del convenio, se destacó el compromiso de ambas partes para desarrollar actividades que incluyen:Comunicación: Colaboración en la promoción de foros, cursos, talleres, etc. a través de redes sociales y comunicados oficiales.Acceso preferente a actividades académicas: Los asociados y colaboradores tendrán preferencia para participar en diversas actividades académicas organizadas por los colegios.Difusión: Se establecerá un enfoque en la promoción de cursos, talleres, seminarios, conferencias, simposios y diplomados, lo que permitirá a los miembros mantenerse actualizados en sus respectivas áreas de interés y contribuir al desarrollo profesional continuo.Posteriormente a la firma, las autoridades de ambos organismos realizaron un recorrido por las instalaciones del Colegio, donde pudieron conocer más sobre los beneficios que se ofrecen a los asociados.Durante el recorrido, los representantes intercambiaron ideas sobre la importancia de la colaboración interinstitucional y cómo esta puede impactar de manera positiva en la formación y actualización profesional. El encuentro finalizó con una cordial conversación sobre los desafíos actuales que enfrentan ambas profesiones, así como sobre la necesidad de adaptarse a un entorno en constante cambio.
El 29 de julio se presentó en el Colegio el curso Presentación del dictamen por fusión y escisión de sociedades, donde la comisión técnica de Auditoría Fiscal brindó la información necesaria a los asistentes para elaborar el dictamen y presentación de estados financieros de las empresas participantes de fusiones o escisiones, conforme a los requisitos del artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).El espacio estuvo coordinado por Rafael Mendoza Aguilar y contó con la participación de tres expertos en el tema e integrantes de la comisión: Daniel Lugo Serrano, Saraí Dávila Fragaso y Miguel Ángel Severiano Hernández, quienes compartieron sus conocimientos para explorar los antecedentes, disposiciones fiscales, requisitos y recomendaciones para la elaboración de estos dictámenes. Para comenzar, se explicó que el proceso de fusión o escisión comienza con una asamblea extraordinaria de accionistas, donde se determinarán los motivos para tal efecto en relación con los estados financieros. Además, se señaló la importancia de extender en un acta de asamblea todos los detalles necesarios del acuerdo de estos actos corporativos, con el fin de clarificar las descripciones, plazos, responsabilidades y obligaciones que derivan de ellos.El acta de asamblea no tiene una lista concreta de extensión y alcance. Los expertos señalaron que debe responder a las necesidades de las partes involucradas para establecer un acuerdo, siempre alineada a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).En ese mismo sentido de cumplimiento normativo, el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación señala las condiciones que debe cumplir un caso de fusión para no ser considerada como una enajenación. Una de estas condiciones es que la sociedad fusionante deberá continuar con las actividades que realizaba antes de la acción.Posteriormente, en el foro se comentó quiénes no están obligados al dictamen, con sustento de la regla 2.10.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Para ello, los contribuyentes deben cumplir tres supuestos: el monto de la cuenta de capital de aportación de la sociedad y el capital social del fusionante o la escindente no debe exceder el equivalente a $100’000,000; El valor de los activos netos transmitidos a la sociedad fusionante o escindida es igual o menor a un monto equivalente a $100’000,000; y, la sociedad fusionada o escindente, en el ejercicio fiscal inmediato anterior a la acción, consignó en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) iguales o menores a un monto equivalente a equivalente a $50’000,000.Además, se compartió cómo debe presentarse un dictamen de los estados financieros utilizados para llevar acabo una fusión o escisión, sus requisitos y condiciones con fundamento del artículo 14-b del CFF. Dentro de estos requisitos, se destacó el escrito libre que debe contener el dictamen y debe ser realizado por un contador público inscrito; además, es en esta carta donde se debe incluir la copia del acta de asamblea que se mencionó previamente.Finalmente, se señaló que no presentar este dictamen, dentro de los plazos establecidos, mediante el Sistema de Presentación de Dictamen (Sipred) puede llevar a la invalidez de la fusión o escisión para efectos fiscales, sanciones económicas y la pérdida de la revisión secuencial. Debido a ello, es de suma importancia mantener estas acciones empresariales dentro de las normativas aplicables y, para ello, es fundamental contar con una presentación apropiada y alineada del dictamen de los estados financieros que les sustentan.
Este 24 de julio, el Colegio y la comisión Administradora de Calidad de Firmas de Contadores Públicos presentaron la conferencia Reflexiones sobre el cumplimiento de la NIGC, revisiones globales, la cual fue impartida por Jaime Pérez Martínez y Cristian Justo Álvarez, y moderada por Javier Sagrero Martínez; quienes platicaron sobre los hallazgos, medidas contra los incumplimientos y los retos por venir en este proceso.Los expositores comenzaron su presentación compartiendo un breve panorama internacional que evidenció la situación actual respecto a la calidad en los servicios de auditoría. Resaltaron diversos hallazgos preocupantes en las firmas, tales como la falta de designación de un responsable del sistema de control de calidad, la ausencia de un manual de políticas y procedimientos, y la inexistencia de planes de capacitación.Entre las observaciones realizadas a los encargos, los contadores destacaron la falta de documentación adecuada para la determinación de cuentas significativas y la insuficiencia de procedimientos analíticos en la evaluación de riesgos. "Es fundamental que se involucre a especialistas de TI en la revisión de los sistemas para garantizar una auditoría efectiva", subrayó Justo Álvarez.Asimismo, los retos que enfrentan los contadores, en el actual contexto, también fueron parte de la discusión. Los especialistas mencionaron la postergación de fechas de visitas, errores en los datos de contacto de los revisores, y el considerable desfase de tiempo en la aceptación de hallazgos; estos elementos, señalaron, afectan directamente la calidad del trabajo de auditoría.Además, compartieron que, de acuerdo con el Foro Internacional de Reguladores Independientes de Auditoría (IFIAR, por sus siglas en inglés), 88% de las jurisdicciones son requeridas para adoptar la NIGC 1, de los cuales 68% de los miembros reportan hallazgos relacionados con auditorías de entidades que no son de interés público.A pesar de los desafíos, se compartieron hallazgos positivos como la eficiencia en las auditorías, una mayor estadía de colaboradores y una mejor colaboración cruzada. Estos aspectos son cruciales para la toma de decisiones informadas dentro de las firmas.Se puntualizó, con base en reportes del IFIAR, que los hallazgos de control de calidad no solo se relacionan con compromisos específicos, sino que abordan políticas y procedimientos vigentes en las firmas. Para mejorar la situación, los especialistas recomendaron la asignación de recursos, el fortalecimiento de la documentación y la inducción a una proactividad mayor en los procesos.“Los beneficios de implementar acciones correctivas eficaces incluyen no solo la reducción de costos, sino también un aumento en la eficiencia y la mejora continua de la calidad en el ámbito contable”, concluyó Pérez Martínez.