Con objeto de platicar en torno a las finanzas descentralizadas, su función, aplicabilidad y beneficios para las personas y empresas, el Colegio llevó a cabo el foro Introducción a las finanzas descentralizadas (DEFI), espacio a cargo de la contadora María Luisa Jazmín García Juvenal y, como coordinador, el contador Juan Ramón Carcaño López, ambos de la comisión de Tecnologías emergentes.
El foro, presentado el 7 de junio, fue introducido con un breve análisis de la historia del dinero, en donde la expositora compartió, entre otros datos, que la primera tarjeta de crédito de México, y la primera en América Latina, fue lanzada en 1968 por el Banco Nacional de México; sin embargo, en un año antes, el Firts American National Bank of Nashville puso a disposición una nueva tarjeta de crédito denominada MasterCahrge que, en 1979, cambió su nombre por MasterCard.
Una vez presentado lo anterior, García Juvenal comentó que, a través de las finanzas descentralizadas, se pueden realizar la mayoría de las actividades que hacen los bancos tradicionales, tales como ganar intereses, pedir dinero prestado, prestar dinero, comprar seguros, negociar con instrumentos financieros, entre otras cosas.
Al hablar sobre las características de dicho ecosistema financiero, la especialista puntualizó que son los propios usuarios quienes intercambian (ofertan y demandan) activos y servicios financieros directamente entre ellos, sin intermediarios, para usarlos como mecanismos de inversión, además, agregó que las finanzas descentralizadas utilizan la tecnología blockchain para almacenar y transferir activos de forma digital, asegurando el cumplimiento de los acuerdos por parte de todos los intervinientes gracias a los contratos inteligentes.
“Teniendo en cuenta que el concepto de finanzas descentralizadas es reciente, tanto su potencial como los usos que se le pueden dar dependerá, en gran medida, de lo que demanden los propios usuarios, además de las regulaciones que a futuro se puedan implementar”, aclaró Jazmín García.
Por otro lado, la panelista dijo que, para hacer uso de las finanzas descentralizadas, cualquier persona con acceso a Internet puede formar parte de este ecosistema financiero, incluso, puede crear y ofrecer servicios como préstamos, o bien, evolucionar y combinar otros servicios ya existentes.
Aunado a lo anterior, refirió que para acceder a las aplicaciones de finanzas descentralizadas es necesario tener un monedero virtual en el que están depositados los tokens (activos digitales intercambiables entre sí); “un ejemplo del uso de una aplicación DeFi es el de un usuario que programa un contrato inteligente para vender una cantidad de tokens, como las criptomonedas, cuando alcancen un precio especifico buscando rentabilidad” apuntó García Juvenal.
Sin embargo, explicó que, al tratarse de un ecosistema financiero descentralizado, carece de regulaciones por parte de terceros, mientras que en el sistema financiero tradicional es posible verificar la identidad e información de una persona para evaluar aspectos como el perfil de endeudamiento a la hora de otorgar un préstamo.
“Otro factor a tener en cuenta está relacionado con la seguridad de los activos financieros, pues en las plataformas DeFi son los usuarios los encargados de custodiar sus propios activos a través de acceso y autentificación para ingresar a las aplicaciones financieras”, advirtió.
Para finalizar, los integrantes del Colegio compartieron, de acuerdo con su óptica, las tendencias regulatorias para los próximos años en México, en donde analizaron los beneficios y los factores en los que se debería trabajar para tener un sistema financiero robustecido.
Eventos recientes
El evento Impacto financiero y fiscal en la valuación de negocios, presentado del 9 al 11 de diciembre, ofreció a los asistentes una oportunidad para profundizar en las técnicas modernas de valuación empresarial y entender su impacto en los aspectos financieros y fiscales. Desarrollado bajo la coordinación de Enrique Galeana Herrera y con la participación de expertos como Salvador García Briones y José Humberto Cárdenas Cabrera, todos integrantes de la comisión de Apoyo al Ejercicio Independiente, el taller abordó de manera integral las metodologías y las implicaciones de la valuación en distintos procesos estratégicos.La primera jornada estuvo marcada por la exposición de García Briones, quien destacó la distinción crucial entre el valor y el precio de una empresa. Al respecto comentó que mientras el precio refleja lo que un comprador está dispuesto a pagar, el valor de un negocio depende de múltiples factores, tales como las necesidades específicas del comprador y las condiciones del mercado. García Briones destacó la relevancia de la valuación empresarial en fusiones, adquisiciones, y en la evaluación de inversiones y planificación estratégica.En cuanto a los métodos de valuación, la charla incluyó enfoques tanto basados en el balance, como el valor contable ajustado y el valor sustancial, como aquellos fundamentados en los resultados, tales como el método de múltiplo PER y el flujo de caja descontado (FCF). Además, se discutieron herramientas avanzadas como el valor económico agregado (EVA), que evalúa la creación de valor de una empresa después de cubrir el costo de su capital, y la fórmula de Black & Scholes para valorar opciones financieras.Compartió que un componente clave de la valuación es el Costo Ponderado de Capital (WACC), que combina el costo de las deudas y el capital propio de la empresa. “Este indicador es esencial para determinar el costo de oportunidad de los inversores y, posteriormente, calcular el EVA, que permite evaluar si una empresa genera valor real”.Asimismo, se abordaron herramientas como el modelo Dupont y el Z-Score de Altman, que miden la rentabilidad y el riesgo de quiebra, respectivamente.García Briones también enfatizó la importancia de los estados financieros en la valuación empresarial, como el Estado de Resultados y el Balance General, que están regulados por las Normas de Información Financiera (NIF). “Estos documentos son fundamentales para entender la situación económica de una empresa”. Se discutió cómo, aunque las revaluaciones de activos no pueden ser registradas en los libros contables, algunas empresas optan por presentar balances con valores revaluados para atraer inversionistas.Por su parte, Cárdenas Cabrera profundizó en el impacto fiscal de la valuación de negocios, explicando cómo esta herramienta es esencial para las decisiones comerciales y fiscales. “La correcta valuación es esencial para evitar sanciones y problemas con las autoridades tributarias, especialmente cuando se trata de la correcta determinación de la base gravable para impuestos”.Cárdenas Cabrera explicó que las autoridades fiscales utilizan los avalúos para establecer el valor de los bienes y activos de los contribuyentes, lo que resulta fundamental en la determinación del Impuesto sobre la Renta (ISR). “Este proceso asegura que los valores reflejados en las declaraciones fiscales sean consistentes con los valores de mercado de los bienes, lo que contribuye a una correcta recaudación de impuestos”. Subrayó, además, que, si el valor declarado por el contribuyente no es congruente con el valor de mercado, las autoridades pueden solicitar un segundo avalúo, lo que podría generar ajustes fiscales.El ponente profundizó también en los diferentes tipos de avalúos, como comerciales, hipotecarios, empresariales, fiscales y para seguros. Resaltó que, en el ámbito fiscal, los avalúos son fundamentales para asegurar que los valores reflejados en las declaraciones fiscales coincidan con los valores de mercado. En particular, abordó cómo la Ley del ISR regula las transacciones de enajenación de bienes, destacando la necesidad de contar con un avalúo oficial que justifique el valor de la transacción para efectos fiscales, lo que también permite la deducción de ciertos gastos como impuestos notariales.Finalmente, Cárdenas Cabrera enfatizó cómo la correcta valuación de negocios impacta la determinación del ingreso neto, especialmente cuando el precio de venta de un bien no coincide con el valor de mercado. En estos casos, las autoridades fiscales pueden realizar ajustes que afectan el monto de los impuestos a pagar. Su presentación subrayó la importancia de realizar los avalúos conforme a las normas oficiales, para evitar problemas legales o fiscales.
El 10 de diciembre, el Colegio llevó a cabo la comida anual donde reúne a los integrantes de las distintas comisiones y les agradece los objetivos alcanzados durante el año, brindando un espacio de convivencia a sus asistentes.Para recibir a las comisiones, el presidente del Colegio, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, felicitó su compromiso reflejado en la preparación de espacios de formación continua e investigación que permiten el crecimiento constante de la profesión contable.El presidente amplió los elogios al Comité Ejecutivo, cuyo apoyo es fundamental para la operación diaria y el trabajo de cada comisión. Además, continuó con el recordatorio de que este año se cumplen 75 años de operación del Colegio y presentó un video para conmemorarlo.Los integrantes de las comisiones disfrutaron de la comida acompañados de música en vivo para, finalmente, cerrar con un postre muy especial: un pastel que sirvió para festejar los objetivos y logros alcanzados durante el 2024. Con ello, se dio pie a un brindis donde se extendieron los deseos de continuar con el increíble trabajo realizado hasta ahora.Pero eso no fue todo, el salón se llenó de magia con la presentación estelar de Joe & Moy una pareja de hermanos que, con su acto de ilusionismo, hipnosis y adivinación, dejó maravillados a los asistentes. El show demostró que todos pueden formar parte de la magia, ya sea con la aparición de un teléfono dentro de una bolsa cerrada o con el trabajo constante que hacen las comisiones quienes, conjuntamente, enaltecen la labor de los contadores públicos.Para cerrar la velada, un mariachi continuó con el espíritu de celebración, lo que dio pie a los asistentes de disfrutar acompañados de los colegas con quienes colaboraron todo el año y, por qué no, tomar la fotografía que enmarcará el alcance que tuvieron el año 2024.
El Colegio, a través de su comisión de Entidades con Propósitos no Lucrativos, celebró este 7 de diciembre su foro Reformas fiscales para donatarias en 2025. Este evento, en el que participaron César Pérez Castro, Mario Espadas Sánchez, Mario Medina López y Flora Blanes García, integrantes de dicha comisión, se profundizó sobre las personas morales que deben contar con autorización para recibir donativos deducibles, destino del patrimonio, así como las causales y procedimiento de revocación de la autorización para recibir donativos deducibles.En la introducción, César Pérez resaltó la importancia que tiene el conocer sobre estos temas, ya que, con información del especialistas, son cerca de 100,000 organizaciones sin fines de lucro que existen en México.Con este panorama, comentó que las personas morales que deben contar con autorización para recibir donativos deducibles para tributar en el Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) se encuentran en 26 fracciones, entre ellas, las instituciones de beneficencia autorizada, asociaciones civiles, sociedades de responsabilidad limitada de interés público, cooperativas de consumo, sociedades mutualistas y asociaciones sin fines de lucro.Agregó que existen tres tipos de ingresos para los que tributen bajo el régimen anterior, los donativos, ingresos relacionados y los no relacionados. Entre los ingresos relacionados son apoyos o estímulos proporcionados por la federación, enajenación de bienes, cuotas de sus integrantes, cuotas de recuperación, entre otras. Por su parte, los intereses no relacionados pueden ser las ventas de cualquier producto, bazares, cenas de gala, conciertos, rifas, entre otros.Además, el expositor refirió que, dentro de la Ley de Ingresos de la Federación en su artículo 22, se considera que las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles cumplen con el objeto social autorizado para estos efectos y deben cumplir con autorización vigente durante los cinco años previos y que en ese periodo no haya sido renovada, auditar estados financieros, presentar informe de donativos otorgados, no otorgar donativos a partidos políticos y presentar la información a las cuales se les otorgó el donativo.Al platicar sobre el destino del patrimonio, el contador Mario Espadas puntualizó que dicho patrimonio de las instituciones, incluyendo apoyos y estímulos que reciba, se destinará exclusivamente a los fines propios de su objeto social por el cual hay sido autorizada, esto sin poder otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a persona física alguna o a sus integrantes personas físicas, salvo que se trate, en este último caso, de alguna entidad autorizada para recibir donativos deducibles en los términos de la LISR.Por lo anterior, el contador informó que, en caso de que la autorización para recibir donativos deducibles a la asociación sea revocada, cancelada o su vigencia haya concluido, se deberá destinar la totalidad de su patrimonio a otras entidades autorizadas para recibir donativos que se encuentren inscritas en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil, “este proceso se realizará dentro de los seis meses siguientes contados a partir de que concluyó el plazo para obtener de nuevo la autorización”, informó.Por último, el contador Mario Medina precisó que las donatarias autorizadas que obtengan ingresos por actividades distintas a sus fines en un porcentaje mayor a 50%, podrán perder su autorización y, en su caso, todo su patrimonio. Otra causa que se comentó fue que la donataria se encuentre en la “lista negra” del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de contribuyentes que hayan emitido comprobantes fiscales por operaciones inexistentes.Asimismo, la donataria perderá autorización es que si alguno de sus representantes legales, socios o integrantes del consejo directivo, formaron parte de otra donataria que hubiera sido incluida en la lista negra dentro de los últimos cinco años.Sobre el procedimiento de revocación, la donataria, en primer momento, tendrá que emitir un oficio ante el SAT en el que dará a conocer la causal de revocación, posteriormente, agotado el tiempo, la autoridad emitirá la resolución en un plazo que no exceda tres meses, y así, se procederá a la notificación de la resolución, la cual se avisará conforme a las disposiciones fiscales aplicables.