El Colegio, a través de la comisión Fiscal llevó a cabo el 26 de octubre el décimo Foro de Fiscalización del SAT (AGAFF), el cual tuvo como objetivo proporcionar a los participantes información actualizada y relevante sobre las medidas preventivas y correctivas de comprobación fiscal, así como las novedades en las áreas de fiscalización relacionadas con el comercio exterior y los precios de transferencia.
La jornada de trabajo dio inicio con la presentación de Pablo Ramírez Morales, integrante de la comisión organizadora, quien abordó las principales medidas preventivas y correctivas ante las facultades de comprobación fiscal. En su exposición, destacó la importancia de la integración adecuada de la documentación que respalda el efecto fiscal de las operaciones, incluyendo registros contables, documentación legal y diversos comprobantes como estados de cuenta, contratos y CFDI.
Además, enfatizó la necesidad de demostrar la fecha cierta de los documentos, utilizando métodos como la firma electrónica y cumpliendo con las normativas vigentes. Otro punto tocado, fue la relación entre la razón de los negocios y el beneficio económico, subrayando que las reestructuras empresariales deben estar bien documentadas y cuantificadas para evitar problemas fiscales. “La materialidad se convierte en un punto crucial, donde no basta con presentar comprobantes, sino que se debe exhibir documentación que respalde los servicios prestados o bienes adquiridos, cumpliendo con los requerimientos del Servicio de Administración Tributaria (SAT).”
En su turno, Federico Tercero Garza Torres, integrante de la comisión fiscal, abundó en los criterios innovadores de la autoridad fiscal al ejercer sus facultades de comprobación, centrados en el Plan Maestro del SAT para Grandes Contribuyentes.
Comentó que el plan tiene como objetivos principales la recaudación de los grandes contribuyentes, mejorar los procesos de fiscalización en diversos sectores y garantizar la legalidad y seguridad jurídica para los contribuyentes. Asimismo, destacó los logros de recaudación obtenidos en años recientes, donde ciertas empresas, como BBVA, FEMSA, IBM, Wal-Mart y otras, regularizaron sus situaciones fiscales, aportando un total de 35,849 millones de pesos.
Por último, presentó los ejes rectores del plan, los principales sectores económicos bajo revisión, así como los rubros y reformas en fiscalización, incluyendo temas actuales como la compensación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y las revisiones en términos del Tratado de Libre Comercio con los países del norte.
Por otro lado, Eduardo Sánchez Lemoine, integrante de comisión ya mencionada, centró su plática en el esquema de fiscalización destinado a detectar al beneficiario controlador, así como a las figuras de los esquemas reportables.
Al respecto, explicó que dichos esquemas tienen como objetivo proporcionar a las autoridades fiscales información completa y oportuna sobre estrategias de planeaciones fiscales agresivas para que puedan responder rápidamente a los riesgos derivados de estas prácticas, en línea con la Acción 12 del Proyecto BEPS. También comentó que los sujetos obligados, incluyendo asesores fiscales y contribuyentes, están requeridos a revelar información sobre estos esquemas; además, se establece la figura del beneficiario controlador con la finalidad de cumplir con estándares internacionales de transparencia, obligando a las entidades mercantiles y fiduciarias a proporcionar información actualizada sobre sus beneficiarios controladores al SAT para evitar el ocultamiento de actividades. ilícitas.
A lo largo de la ponencia se plantearon diversas preguntas y desafíos claves relacionados con estos esquemas, como la confidencialidad de los datos de los beneficiarios controladores, el papel del auditor externo en la revisión del cumplimiento y la idoneidad del acuerdo conclusivo para mediar en discrepancias relacionadas con estos temas, incluyendo aquellas no vinculadas directamente al pago de contribuciones.
En otro orden de ideas, Rosaura Aguilar Peña y Gerardo Canseco Romero, integrantes de la comisión de Comercio Exterior dialogaron sobre las novedades en la fiscalización de operaciones de comercio exterior para el Plan Maestro de Fiscalización y Recaudación de este año. A manera de contexto, se comentó que, en 2022, se logró una recaudación significativa de 188,821 millones de pesos, con 64,179 millones de pesos provenientes de acciones de fiscalización en el comercio exterior; a su vez que se llevaron a cabo 393 revisión y se iniciaron 434 procedimientos administrativos en materia aduanera, valorados en aproximadamente 1,565.3 millones de pesos, como parte de las medidas para inhibir el comercio informal.
En este sentido, indicaron que el SAT ha intensificado su fiscalización en sectores como automotriz, acero, textiles, electrónicos, vinos y licores, vehículos usados e hidrocarburos, así como en temas sensibles como el uso y destino de mercancías en IVA. “Las acciones de fiscalización incluyen el fortalecimiento de revisión, verificaciones de origen, operativos carreteros y almacenes para combatir el contrabando, además de la revisión de conceptos clave como subvaluación en operaciones de comercio exterior y uso indebido de tratados de libre comercio”, indicó Aguilar Peña.
Canseco Romero puntualizó en la correcta integración de expedientes contables, la revisión automática de operaciones y la capacitación continua para cumplir con las obligaciones fiscales aduaneras y los tratados de libre comercio aplicados.
Siguiendo con el programa, en la presentación acerca de las novedades de fiscalización en materia de precios de transferencia, Alejandro Higuera Galicia y Luis Eduardo Natera Niño de Rivera, de la comisión de Precios de Transferencia, abordaron los logros y estrategias implementadas para fortalecer la recaudación tributaria en México.
En esa línea, hicieron mención de la eficiencia tributaria alcanzada mediante programas como el de cumplimiento de obligaciones y vigilancia profunda, junto con acciones de cobranza coactiva, que permitieron identificar omisiones y generar ingresos adicionales por 194,190 millones de pesos al cierre de 2022, un aumento del 34.9% en comparación con el año anterior.
Resaltaron el incremento en la fiscalización, con una recaudación de 422,091 millones de pesos en 2022, representando un aumento de 31,077 millones de pesos en comparación con 2021. “Durante el primer semestre de 2023, se logró un incremento del 49.6% en términos reales, recaudando 313,300 millones de pesos por actos de fiscalización, siendo más de la mitad de este monto pagado por grandes contribuyentes, y se logró la regularización total o parcial de 644 grandes contribuyentes”, explicó Higuera Galicia.
Durante el intercambio de ideas, se abordaron aspectos relacionados con la fiscalización, como la revisión detallada de la información financiera segmentada y la metodología aplicada por los contribuyentes, los contratos de operaciones intercompañía y la revisión de transacciones financieras, incluyendo coberturas cambiarias y saldos viejos versus cobro de intereses.
Para finalizar el del décimo Foro, Rosalía Ortega López y Enrique Ramírez Luna, miembros de la comisión de Auditoría Fiscal, debatieron acerca del dictamen fiscal como una medida de control tributario en México. Mencionaron que los objetivos del Sistema de Presentación Electrónica del Dictamen (SIPRED), tienen como finalidad simplificar el proceso de captura, registro y conservación de datos financieros y contables para los contribuyentes y contadores públicos organizados.
Señalaron que el SIPRED establece plazos estrictos para la presentación del dictamen fiscal y la información sobre la situación fiscal de los contribuyentes, con requisitos detallados para los Contadores Públicos Inscritos (CPI) y consecuencias legales para el incumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras.
Hicieron énfasis en la importancia de la fecha límite, el 15 de mayo de 2024, para la presentación del SIPRED 2023 y destacaron la necesidad de presentar informes adicionales sobre posibles delitos o incumplimientos dentro de los 30 días siguientes presentación al SIPRED 2023.
“No se debe dejar el proceso para el último momento, considerando experiencias pasadas con problemas en la plataforma de recepción en el último día del plazo”, apuntó Ortega López.
Por último, hicieron hincapié en la revisión exhaustiva de los contribuyentes para determinar posibles obligaciones y se proporcionan pautas claras sobre cómo los IPC deben manejar situaciones en las que los contribuyentes no estén de acuerdo con el dictamen formulado.
Eventos recientes
El Colegio, con motivo de los últimos cambios en la normatividad, presentó el curso Sueldos y prestaciones: Aspectos fiscales, laborales y de seguridad social, el cual contó con la participación de especialistas en seguridad social, investigación fiscal, contribuciones locales y expertos en derecho laboral. Dicho evento se presentó del 6 al 8 de mayo de 2025.En el primer panel, los especialistas Óscar De la Vega Gómez y Regina De La Vega Castillo analizaron el panorama actual tras la reforma de 2021, en la que se prohibió la subcontratación de personal y se establecieron nuevas reglas para la contratación de servicios especializados.Al respecto, dialogaron sobre las obligaciones y puntos críticos para mantener el registro en el REPSE, recordaron que las empresas deben actualizar constantemente la información del registro, mantenerse al corriente en sus obligaciones fiscales, tener claramente definido su objeto social y las actividades registradas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), entre otras obligaciones.Asimismo, De La Vega Castillo destacó los recientes cambios en los criterios de inspección por parte de las autoridades laborales. “El objetivo de estas inspecciones es verificar el cumplimiento de las nuevas regulaciones sobre servicios especializados. Las inspecciones pueden ser iniciales, periódicas, compulsivas o extraordinarias, dependiendo de la situación específica de cada empresa”, informó.También discutieron varias iniciativas que podrían implementarse en 2025, tales como la reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas, el aumento del aguinaldo de 15 a 30 días, la ampliación del permiso de paternidad, la opción de teletrabajo, entre otras.Por su parte, Julio César Suárez Domínguez versó acerca de las consideraciones del pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). En su ponencia mencionó que, si bien la Ley Federal del Trabajo (LFT) no establece de manera directa que las empresas se encuentran obligadas a repartir PTU, se consideran todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios, así como todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o no contribuyentes del ISR.Sobre lo anterior, explicó quiénes son los sujetos exentos al pago de la PTU, entre ellos las empresas de nueva creación, las empresas de industria extractiva e instituciones de asistencia privada. En tanto, Sergio Alejandro Ríos Alonso, de la comisión de Contribuciones Locales, compartió los puntos de interés en materia del Impuesto Sobre Nómina (ISN) en la CDMX y el Estado de México.El segundo día de conferencias y siguiendo con el tema de deducción de nómina, Humberto Cruz Hernández y José Pablo Casales García comentaron que, a partir de 2023, la aportación total a la cuenta individual de los trabajadores será de 6.5% más cuota social a 15%, incluyendo la cuota social.Agregó que, con la propuesta de mérito, la aportación que realizan los trabajadores se mantiene en sus términos. “La aportación patronal se eleva de 5.15% a 13.87%, y la aportación del Estado modifica su composición para beneficiar solo a los trabajadores de menores ingresos, sin incrementar su monto total”, señaló.Aclaró que el incremento de la aportación patronal se realizará gradualmente de 2023 a 2030, conforme a la tabla que se incorpora en el artículo Segundo Transitorio, y la recomposición de la aportación del Estado entrará en vigor igualmente en 2023.Un tema importante fue el de la reforma a la ley del Infonavit, donde Miguel Ángel Silva Pedroza informó que el objeto es establecer bases para el desarrollo del Infonavit como constructor de vivienda en beneficio de las personas trabajadoras, regular la figura del arrendamiento social, ampliar los beneficios previstos y el fortalecimiento del Infonavit y su operación.Siguiendo con las participaciones, los expertos comentaron que el CFDI de nómina es la principal herramienta de fiscalización digital. “En estos comprobantes se cruzan declaraciones anuales, provisionales y contabilidad; además, es la base para cartas invitación, auditorías electrónicas y control del gasto deducible”, puntualizó Casales García.Ya en el último día de actividades, Pablo Limón Mestre informó que un trabajador expatriado es aquella persona que tiene sus intereses en su país de origen, pero es transferido por una empresa multinacional, de manera temporal o permanente, a prestar sus servicios a otro país.Sobre este tema, el contador Limón Mestre especificó que el aviso de cambio de residencia fiscal deberá presentarse cuando las personas físicas y morales dejen de ser residentes en México a más tardar dentro de los treinta días inmediatos anteriores a aquel en que suceda el cambio de residencia fiscal y con no más de seis meses de anticipación.Los responsables de cerrar con el curso fueron Jorge Manzanilla Cañizares y Manuel García Villalobos, quienes platicaron sobre los avisos que las empresas deben presentar al RFC en su calidad de patrones y los aspectos fiscales relacionados con las prestaciones de previsión social, respectivamente.
En la conferencia mensual con especialistas, el Colegio dio la bienvenida a los abogados Luis F. Kudo y Manuel Niño de Rivera de KNR Abogados. Este evento, celebrado el 8 de mayo, se centró en el tema de la Responsabilidad legal de los contadores, con el apoyo de KNR Abogados.Los temas principales del día giraron en torno a la responsabilidad administrativa ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en línea con el Código Fiscal de la Federación (CFF), el proceso de sanciones, los mecanismos de defensa y la responsabilidad civil entre particulares. El objetivo fue profundizar en las obligaciones derivadas del incumplimiento y los deberes fiscales.La conferencia comenzó con una cálida bienvenida y una introducción al tema por parte de Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente del Comité Ejecutivo, y Guadalupe Saldívar Olivares, vicepresidenta de Comunicación e Imagen. El presidente del Colegio destacó la relevancia del tema, pues la responsabilidad legal del contador se refiere a las obligaciones y deberes que tienen los contadores públicos ante la ley mientras ejercen su profesión. Esto significa que pueden ser considerados responsables legalmente y, por lo tanto, enfrentar sanciones si sus acciones u omisiones causan daño a sus clientes, al Estado o a terceros, por ello, la importancia de hacer sinergias de ambas profesiones (Contaduría y el Derecho).La presentación inició con Luis F. Kudo, experto en derecho fiscal, administrativo y de propiedad intelectual, quien habló de la responsabilidad del contador desde un punto de vista legal, particularmente de la responsabilidad que tiene el contador frente a sus clientes o al Estado."Responsabilidad significa afrontar nuestros actos u omisiones, ser responsables de lo que hacemos o dejamos de hacer. Un contador puede tener tres tipos de responsabilidades legales: civil, penal —donde el contador podría enfrentar responsabilidad penal— y administrativa", explicó.El abogado dijo que, aunque tanto la responsabilidad civil como la administrativa surgen de errores u omisiones del contador, se aplican en contextos diferentes, sin situaciones similares y con consecuencias distintas.La responsabilidad civil se refiere a la obligación legal que tiene el contador público de compensar los daños económicos que cause a sus clientes o a terceros debido a errores, omisiones, negligencia o dolo en el ejercicio de su profesión. En pocas palabras, se enfoca en reparar económicamente a quienes se ven afectados por la mala práctica del contador.Por otro lado, la responsabilidad administrativa abarca el conjunto de obligaciones y deberes que los contadores públicos deben cumplir ante las autoridades administrativas, principalmente el SAT, en lo que respecta al cumplimiento de las leyes y regulaciones fiscales."En esencia, se trata de la responsabilidad que el contador tiene ante el Estado por su ejercicio profesional, que incluye ciertas facultades. La premisa legal es que no puede haber responsabilidad del contador si no existe una norma legal que establezca una obligación que se haya incumplido", añadió.Además, el abogado Kudo destacó que, en la relación del contador como particular frente a la administración pública, debe haber necesariamente una ley incumplida para que la Administración pueda señalar la falta y al responsable. A diferencia de la responsabilidad civil, en la administrativa no siempre hay un vínculo contractual.En tanto, Manuel Niño de Rivera, experto en derecho mercantil y civil y como abogado litigante en soluciones de controversias corporativas, se sumó a la exposición con la responsabilidad civil como el perjuicio que le puede causar a sus clientes el actuar de forma incorrecta en el ejercicio de las funciones del contador. De esta forma, definió a la responsabilidad “como responder por una acción o una omisión que va a causar una afectación en el patrimonio de nuestro cliente; en ese sentido, la responsabilidad civil se entiende como la obligación de reparar un daño o perjuicio causado a otra persona, una actuación que estará regulada con base en las leyes, normas, reglamentos y Código de Ética Profesional”.En materia de los tipos de responsabilidad civil, el abogado Niño de Rivera destacó la responsabilidad civil contractual, la cual se enfoca en el incumplimiento de acuerdos específicos con el cliente, mientras que la responsabilidad civil extracontractual se basa en el daño causado a terceros fuera de una relación contractual, generalmente por negligencia o una actuación ilícita del contador en el ejercicio de su profesión. Ambos tipos buscan la reparación del daño o perjuicio económico sufrido por la parte afectada.Para cerrar su intervención, el ponente mencionó que la prevención en la responsabilidad civil para el contador implica adoptar una mentalidad proactiva y diligente en el ejercicio de su profesión, implementando medidas que minimicen los riesgos de cometer errores u omisiones que puedan generar daños económicos a sus clientes o a terceros, protegiéndose así legal y financieramente. Para ello es necesario contar con un contrato bien redactado, documentar todo, que prevalezca la comunicación constante, haya pólizas de responsabilidad civil profesional y que haya capacitación continua.
El 7 de mayo se presentó en el Colegio el Taller para la Declaración de transparencia para donatarias autorizadas, con la intención de brindar a los asistentes soporte en la preparación y presentación de dicha declaración conforme a las normativas tributarias, proceso cuyo plazo de entrega vence el 31 de mayo. Se contó con la participación de Maribel Trejo Estudillo, Maribel De La Llave González y la coordinación de Alma Goretti Rivera Pérez, expertas en el tema e integrantes de la comisión técnica Sector Empresa de Entidades con Propósitos no Lucrativos.Las expertas señalaron una reforma reciente en la Resolución Miscelánea Fiscal, en la regla 3.10.5, fracción IV, que establece los requisitos y características de los documentos que brindan a acreditación de las actividades realizadas por una donataria autorizada. Estos requisitos incluyen el señalamiento de la denominación o razón social de la organización; las actividades por las que se solicita la autorización que deben estar relacionadas con un objeto social o fin respectivo; el lugar donde se realizan esas actividades; y, el fundamento de la competencia de la autoridad que emite la autorización.De esta forma, el acreditamiento de actividades es un oficio expedido por una autoridad federal o local cuya función es hacer de conocimiento público la labor que ejerce una donataria y los objetivos que persigue. Determinar la intención de las donatarias facilita brindar seguimiento a los donativos, para que los donantes y autoridades tengan la tranquilidad de que el uso de los recursos donados a esté alineado con estos intereses establecidos en el acreditamiento de actividades.Para las donatarias que quieran recibir su acreditamiento, es relevante identificar la autoridad competente en función de cada donataria. Mientras que una donataria enfocada en la recuperación de especies en peligro de extinción podrá encontrar competente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), una dedicada a la recuperación de patrimonio cultural o artístico deberá localizar una autoridad más competente que la antes mencionada, como el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).Además, durante el curso se compartió la reestructuración del capítulo relacionado con Personas Morales con Fines no Lucrativos, de la RMF 2025. Con esta reestructuración se constituye la nueva regla 3.10.1, que integra normativas contenidas a lo largo del capítulo dentro de la RMF de 2024.Para seguir con el tema central del curso, las ponentes mostraron algunos puntos clave a considerar durante la presentación de la declaración de transparencia para donatarias autorizadas, fundamentada legalmente en el artículo 82 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). El objetivo de esta declaración es garantizar la transparencia del patrimonio; uso y destino de los donativos recibidos; y actividades destinadas al cumplimiento de los objetivos de la organización.Primero, se debe considerar una preparación apropiada de requisitos técnicos; las ponentes señalaron que el uso de algunos navegadores puede causar errores en la validación de la información capturada, por lo que recomendaron anticipar su declaración a la fecha límite, con el fin de tener un margen de acción ante un fallo de software.Después, se debe verificar con anticipación la vigencia de archivos y claves de la donataria necesarias para la declaración, como el Registro Federal de Contribuyentes, contraseñas, y e.firma. De igual forma, es importante preparar la información que se capturará y los documentos que deban ser digitalizados listos para ser enviados, ya que la plataforma expirará la sesión después de 20 minutos de inactividad.Posteriormente, las ponentes compartieron a detalle los elementos que contiene la Declaración informativa de transparencia para Donatarias Autorizadas. Señalaron cada campo de cada sección y los documentos necesarios para su llenado, con el fin de facilitar aún más el proceso de preparación y, en consecuencia, presentación. A la par, alimentaron la presentación con la participación de los asistentes, quienes expusieron sus dudas específicas y encontrar resoluciones basadas en la experiencia y conocimientos de las expositoras.