En el Derecho Penal los delitos fiscales se encuentran clasificados como delitos especiales porque no están regulados en el Código Penal Federal (CPF), sino en una ley especial. Ante este panorama, el contador público, por su formación profesional, necesita conocer los aspectos legales de cuándo se cometen infracciones o delitos; además de cómo se relacionan los procesos penales con los dictámenes fiscales.
Temas tratados en el curso sabatino El contador público ante delitos fiscales como perito contable, que se efectuó el 16 de julio con la presencia de Yolanda Olivares Mendoza y Paola Astrid Prado Delgadillo, comisionadas técnicas de Peritos Contables en la Impartición de Justicia del Colegio, y de Carolina Hernández Hernández, abogada independiente, quienes abordaron los temas desde la óptica contable y legal.
Yolanda Olivares enunció que la infracción fiscal (artículo 70.° del Código Fiscal de la Federación [CFF]) amerita una pena económica en forma de multa; mientras que el delito merece pena corporal.
“La multa la aplica la autoridad fiscal, en tanto que la pena corporal, la autoridad judicial”.
En el campo de los delitos fiscales, dentro del Derecho Penal, se clasifican como delitos especiales (administrativos, del derecho público) porque no se encuentran regulados en el CPF o en algún otro código penal local, sino en una ley especial, de acuerdo con el artículo 6.° del CPF; entre tanto, los delitos fiscales figuran en el CFF (artículos 92.° al 105.°).
“Los castigos por desobedecer la ley fiscal se dividen en infracciones, que por su gravedad se penalizan con multas o sanciones económicas; no obstante, los delitos se procesan con prisión”.
En ese tenor, Olivares Mendoza comentó que los delitos de defraudación fiscal son aquellos que se cometen mediante engaños, aprovechamiento de errores u omisiones de pago de alguna contribución, obteniendo así un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal.
Delitos que pueden ser derivados por el uso de documentación falsa, omisión de comprobantes fiscales; manifestación de datos falsos; no llevar registros contables que soporten las operaciones realizadas; declarar pérdidas fiscales inexistentes; omitir contribuciones retenidas, recaudadas o trasladadas.
Por lo que se refiere al tema de Perito contable como asesor técnico en el juicio por delitos fiscales, Paola Astrid Prado destacó que el hecho de que el profesional tenga una cédula para ejercer la Contaduría Pública no lo hace un experto, por lo cual es importante elegir un perito contable en materia penal, que tenga experiencia en este tipo de peritaje.
“Los conocimientos son los que van a fortalecer el trabajo de manera enunciativa y no limitativa. En el nuevo sistema penal acusatorio, el juicio es oral y público. El juzgador recibe información de propia voz por parte de los interesados, y aunque el dictamen pericial se continúa presentado por escrito, el perito tiene que acudir a la audiencia a ratificar, defender y desahogar los puntos cuestionados”.
Por ello, es primordial seleccionar al perito, quien debe ser un experto calificado en la materia, que tenga la capacidad de transmitir y explicar sus conocimientos e ideas de forma oral con la mayor claridad y naturalidad, de tal suerte que el juez y terceras personas lo entiendan, sin mayores cuestionamientos.
Por lo que el contador público debe cumplir con los siguientes principios fundamentales: ser íntegro, objetivo, diligente y con competencia profesional; respetar la confidencialidad de la información y tener comportamiento profesional.
En torno a los aspectos legales, Carolina Hernández se ocupó del tema del nuevo proceso penal y su relación con el dictamen fiscal, en el que mencionó los principios constitucionales del sistema acusatorio como contradicción, concentración, continuidad, inmediación, presunción de inocencia, debido proceso y defensa adecuada.
Sobre el tema mencionó los elementos prácticos de cómo llevar una adecuada defensa penal en relación con los dictámenes fiscales y la visión de los juzgadores con referencia a los juicios relacionados con los delitos fiscales.
“Para contemplar uno de los elementos prácticos en los delitos fiscales, es importante saber que, para proceder de manera penal por la posible comisión de un delito fiscal, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público puede formular querella de los hechos que implican la probable comisión del delito de defraudación fiscal”.
Asimismo, dijo que el objetivo del dictamen fiscal es el estándar probatorio frente al cual se estará, para ello hay que considerar si se está en la vinculación a proceso o en juicio oral, se enfrentará a un mero juicio de probabilidad o tratará de crear duda razonable. En la mayoría de los casos versará sobre cumplimiento de las obligaciones impositivas. De igual forma de debe tener presente qué elemento del tipo penal se pretende refutar, si existió un beneficio económico o si la operación es simulada o real.
“Para que un dictamen fiscal pueda tener plena validez legal, es necesario que reúna los requisitos que al efecto establece el artículo 52.° del CFF, de no ser así, se procederá a la cancelación del registro del contador público, previa audiencia, conforme al procedimiento establecido en el Reglamento del CFF”.
Por último, Carolina Hernández externó que el informe pericial de contabilidad debe ser siempre objetivo e imparcial, ya que el perito debe actuar como un tercero ajeno al proceso y debe cumplir con sus obligaciones con la máxima displicencia, sin caer en ningún momento en la subjetividad”.
Eventos recientes
El pasado 21 de agosto, el Colegio y la comisión Sector Empresarial presentaron el Taller de Repse laboral, fiscal y seguridad social para empresarios, un evento que reunió a especialistas para discutir los impactos del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (Repse) en el área laboral, fiscal y de seguridad social.El taller contó con la participación de Jorge Martínez Vargas, Carlos Orozco-Felgueres Loya y Alberto Flores Mesa, quienes expusieron, bajo la coordinación del contador Luis López Juárez, las obligaciones y normatividad que deben cumplir las empresas para una correcta administración en este contexto.Jorge Martínez abrió la sesión abordando algunos ejercicios prácticos con los asistentes, esto para conocer las obligaciones patronales, enfatizando la relevancia de formalizar la relación laboral mediante un contrato de trabajo y el alta correspondiente en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).También destacó la necesidad de informar al SAT sobre la retención por salarios y llevar una nómina adecuada. "Cumplir con las obligaciones laborales, de seguro social e Infonavit es fundamental para mantener la legalidad en la operación de las empresas", subrayó Martínez, quien también versó sobre las iniciativas que aún están pendientes, como la reducción de la jornada laboral y el aumento de permisos de paternidad.Por su parte, Alberto Flores explicó el proceso de registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS); al respecto, detalló que la solicitud se puede realizar en línea sin costo y que la secretaría tiene un plazo de 20 días para dictaminar. Además, advirtió sobre las consecuencias de no renovar el registro a tiempo, lo que podría resultar en la cancelación automática del mismo y la imposibilidad de brindar servicios especializados.Finalmente, Carlos Orozco-Felgueres habló sobre las erogaciones con efectos fiscales, resaltando que la subcontratación de servicios y obras especializadas debe cumplir con los requisitos establecidos por la STPS, Impuesto sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA). "Es crucial que las empresas comprendan que la subcontratación no debe formar parte del objeto social ni de la actividad preponderante", enfatizó.Previo al cierre del taller, los expositores coincidieron en señalar las consecuencias negativas que podrían surgir para 2025 si no se cumplen adecuadamente con las normativas vigentes. Entre las preocupaciones mencionadas se encuentran el cierre de empresas, pérdida de fuentes de trabajo, incremento a la informalidad, costos inciertos, disminución de la recaudación, entre otros.
El 19 y 20 de agosto se celebró por primera vez la Cumbre para donatarias autorizadas: desafíos y oportunidades 2025 en el Colegio, un espacio coordinado Ivonne Canett Rivas y Alma Goretti Rivera Pérez, representantes de la comisión técnica de Sector Empresa de Entidades con Propósitos No Lucrativos. Esta jornada tuvo por objetivo impulsar a los profesionales que laboran en donatarias autorizadas, para bridarles herramientas contables, fiscales, legales y de PLD que permitan fortalecer su perfil y las organizaciones que apoyan.Durante los dos días de la cumbre, se presentaron dos paneles, dos conferencias y siete pares de talleres simultáneos donde se desarrollaron temas de actualización y buenas prácticas para organizaciones sin fines de lucro.La apertura del evento fue dada por el presidente Alfredo Ramírez Fernández del Castillo y Rosa María Cruz Lesbros, expresidenta del Colegio. Quienes señalaron la importancia de la actualización completa para la profesión contable en materia fiscal, legal, contable y administrativa, pero destacaron que es aún más fundamental para la operación de organizaciones con un entorno regulatorio tan cambiante que, además, se encuentran en constante vigilancia, como las donatarias autorizadas.“Es un privilegio poner nuestra mente donde está nuestro corazón, por ello debemos actuar con ética, transparencia, creatividad y fortaleza para apoyar las causas sociales que son objetivo de nuestras donatarias”, señaló Rosa María.El primer panel, Voces que transforman: buen gobierno contable y legal en organizaciones de la sociedad civil, presentado por la panelista Elizabeth Pérez Esteban, contó con la participación de Noé Rafael Wong Serna y José Martín Aguayo Solano, quienes conversaron sobre el papel del contador en las donatarias, así como las medidas y prácticas que construyen una organización ética, transparente, participativa, independiente y en cumplimiento.Por otro lado, en el taller Legalidad con propósito: marco jurídico de las donatarias, Gemma Sáez Banús comentó los conceptos generales que cobijan jurídicamente a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC); abarcando desde su definición y personalidad jurídica, hasta sus derechos y obligaciones en función del tipo de OSC. A la par, se presentó Contratos y Convenios para Donatarias: Legalidad con Impacto Social, con Adalid Herrera Garduño, donde se señaló la importancia preservar la legalidad de las relaciones profesionales de las donatarias con acuerdos escritos y claros que dejen delimitadas las responsabilidades y derechos de cada persona que aporta valor a la organización.Posteriormente, se presentaron los talleres Normas de Información Financiera (NIF) esenciales para donatarias, por César Daniel Pérez Castro; y Auditoría efectiva en donatarias: qué cuidar antes, durante y después del proceso, por Maribel De La Llave González y Alberto De La Llave Fernández. En ambos casos se partió de un punto en común: fortalecer las OSC mediante la información que permita la mejora continua y brinde a la organización reputación basada en los datos derivados de su actividad. Alejandra Marín Valladares y José Luis Mondragón presidieron la conferencia Bajo la lupa del SAT: expectativas fiscales para donatarias autorizadas, donde se desarrollaron los cambios recientes a las modificaciones normativas aplicables a las donatarias al respecto del acreditamiento de sus actividades y la capacidad de la autoridad para verificar el cumplimiento de obligaciones fiscales. En la ponencia se destacó que mantener la organización en cumplimiento fiscal es invaluable, ya que de ello depende preservar la autorización, además de sus multas respectivas. Tras un breve descanso para comer, la cumbre continuó con más talleres. En Contabilidad estratégica en donatarias: límites, control y soporte de gastos, de Elizabeth Pérez Esteban, se remarcó el papel de la contabilidad para la correcta toma de decisiones de una organización mediante control interno y gestión eficiente; además, se comentó como la transparencia facilita el cumplimiento fiscal. En conjunto, ambos factores contribuyen con el mismo objetivo: reforzar la confianza en la labor de las organizaciones.Además, en la sesión precedida por Adolfo David Fonseca Trejo, Renovación de donatarias: Cumple, Presenta y Conserva, se cubrieron las obligaciones y necesidades de las donatarias para obtener y mantener su autorización. Durante la ponencia, se contó con ejemplos prácticos que representaron buenas prácticas y medidas de contención al alcance de las organizaciones para conservar su valiosa autorización mediante la comprensión del proceso de revocación. El último par de talleres del día brindaron fundamentos para aplicar la tecnología en beneficio de las donatarias. Primero, Mario Espadas Sánchez, con Donativos y Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI): ¿cómo emitirlos correctamente al ser donataria autorizada?, elaboró en la forma correcta de expedir CFDI de cada tipo de donativo recibidos por las organizaciones, para evitar incumplimiento. En complemento, Digitalización Contable: Implementación y Cumplimiento en Donatarias, de Alma Goretti Rivera Pérez, sirvió para mostrar las oportunidades que brinda la tecnología aplicada a la contabilidad al permitir procesos eficientes y transparentes, pero se exhortó a mantener un acercamiento crítico para lograr una aplicación efectiva.El segundo día comenzó con el panel Rumbo sostenible: retos y oportunidades para donatarias autorizadas, moderado por Graciela Enríquez Guadarrama. En el espacio convergieron Gloria Lara Cantón, Cecilia Mora y Jerónimo Castrillón Cortina, quienes conversaron sobre el papel de la sostenibilidad en las donatarias y concordaron en que los programas de las organizaciones deben articularse con las metas de sostenibilidad global, ya que elementos como los Índices Básicos de Sostenibilidad (IBSO) ayudan a formular un plan de trabajo responsable que se traduce en confianza social y, por lo tanto, en apoyo para las donatarias.Aspectos clave del remanente distribuible: implicaciones fiscales y contables para donatarias, de Alejandro Gualito Hernández, y Relaciones que comprometen: fiscalización de partes relacionadas en donatarias, de José Carlos Romero Cuéllar, incorporaron conceptos fiscales clave para la operación de las organizaciones sin fines de lucro y, en ambos casos, se señaló la importancia de mantener el cumplimiento fiscal debido a la vigilancia de la autoridad y el peligro de revocación de la autorización.En un sentido cercano, Luz Berenice Trujillo Mendieta y Alejandro Méndez Rueda, en su taller Un solo beneficiario, dos obligaciones: fiscal y Prevención de Lavado de Dinero (PLD), compartieron los detalles de la reciente reforma a la Ley Antilavado de Dinero que afectan a las donatarias autorizadas y destacaron la relevancia de identificar a los beneficiarios controladores para fortalecer las organizaciones en materia de PLD.Seguido a ello, en el taller De la gestión a la transparencia: sistematización para el cumplimiento de informes en donatarias, de Sergio Sánchez Arciniega, señaló el valor ético y estratégico de la transparencia, ya que permite una mejor toma de decisiones, legitima la actividad de las organizaciones, habilita la mejora continua y fortalece la relación entre donataria y donantes.El último par de talleres, Tópicos de PTU en donatarias autorizadas: mitos, realidades y criterios, de Mayeli Cabral y Estefanía Benítez Arias, y Nómina y seguridad social en donatarias: cumplimiento integral y riesgos comunes, de Mario Fernando Medina López, sirvieron para desarrollar las obligaciones de las donatarias hacia sus colaboradores con el fin de mantener esas relaciones dentro de la legalidad para ejercer un cuidado responsable de la organización y las personas que suman valor a ella mediante la exposición de buenas prácticas y riesgos comunes en sus tópicos respectivos.Finalmente, se presentó la última conferencia de la jornada: Método Alineación donatarias autorizadas (Método ADA), donde se compartió esta metodología cuyo enfoque preventivo y correctivo permite reducir riesgos, mantener el cumplimiento oportuno y, en consecuencia, preservar la autorización. En esta conferencia se contó con la participación de Maribel Trejo Estudillo, Ilana Ostrosky Frid, Adolfo David Fonseca Trejo, Maribel de la Llave González y José Sinaí Trejo Suárez; expertos quienes profundizaron en los aspectos legales, contables y fiscales que abarca el Método ADA.Para el cierre de la cumbre, se comunicó a los asistentes que la comisión técnica de Sector Empresa de Entidades con Propósitos No Lucrativos puso a su disposición una serie de herramientas y contenidos técnicos para reforzar los temas revisados a lo largo de ambos días, con el fin de continuar el compromiso de mejora continua y actualización que dio lugar a este magno evento.Además, al cierre se sumó Ricardo Bucio Mújica, presidente ejecutivo del Centro Mexicano para la Filantropía, y Catalina Mejía Balcázar, vicepresidenta de Desarrollo y Capacitación Profesional del Colegio, quienes reconocieron los esfuerzos puestos por la coordinación y audiencia de la cumbre para mantener los objetivos sociales de las OSC desde la profesión contable.
El pasado 18 de agosto, el Colegio llevó a cabo la conferencia Plataformas Digitales 2025 cambios fiscales y laborales. Este evento reunió a profesionales y expertos en el ámbito fiscal y laboral para discutir los cambios que impactarán a las plataformas digitales en el año 2025 y sus efectos en el cumplimiento ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) e Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).Los ponentes Roberto Iván Colín Mosqueda, Nancy Berenice Robles Núñez y José Luis Abrego Belmont compartieron, bajo la coordinación de Graciela Rojas Mejía e Irene Ortiz España, sus perspectivas sobre la evolución del marco regulatorio que afecta a estas plataformas. Durante su intervención, Colín Mosqueda destacó que los actores clave de esta reforma son prestadores de servicios que comparten activos, recursos, tiempo y competencias; usuarios de dichos servicios que se benefician de estas ofertas; e intermediarios que, a través de plataformas en línea, conectan a los prestadores con los usuarios y facilitan las transacciones.Colín explicó que el auge de diversas plataformas tecnológicas ha permitido que, a través de Internet, las personas realicen intercambios comerciales de bienes y servicios mediante un modelo de consumo colaborativo; ejemplos de estas plataformas incluyen el transporte privado, el reparto de bienes o comida, la prestación de servicios de hospedaje, entre otras actividades.Durante su intervención, Nancy Berenice Robles Núñez destacó que la reforma beneficiará a cerca de 700 mil trabajadores que generan ingresos a través de plataformas digitales y que realizan labores físicas o presenciales bajo supervisión tecnológica.Robles también mencionó que, según los registros, se contabilizan 1,291,365 puestos de trabajo ante el IMSS, de los cuales 1,046,237 son registros únicos. En este contexto, subrayó que el trabajo en plataformas digitales será principalmente flexible y discontinuo. Por lo tanto, se reconocerá la existencia de una relación laboral únicamente durante el tiempo efectivamente trabajado por la persona en la plataforma.En tanto, José Luis Abrego centró su exposición en los derechos de los trabajadores de plataformas digitales, así como en las obligaciones de las empresas y las posibles sanciones por incumplimiento.Abrego concluyó la conferencia enfatizando que la solución para brindar protección y seguridad social a este amplio sector no se limita a regular las empresas tecnológicas. “Es fundamental desarrollar un modelo que garantice un ingreso mínimo, lo que ayudaría a reducir la desigualdad y ofrecer estabilidad a quienes enfrentan la precariedad del mercado laboral digital”, manifestó.Asimismo, destacó la necesidad de una mayor fiscalización sobre las empresas tecnológicas para avanzar hacia un sistema de seguridad social inclusivo. Aunque este proceso seguramente encontrará obstáculos en los ámbitos político, tecnológico y cultural, es esencial para garantizar dignidad, protección y justicia a todos los trabajadores, independientemente del sector en el que se desempeñen.