El Colegio en coordinación con las comisiones de trabajo en Fiscal, Comercio Exterior, Precios de Transferencia y Auditoría Fiscal realizaron el martes 13 de junio el evento10.° Foro de fiscalización del SAT para grandes contribuyentes.
El foro se llevó a cabo de forma presencial y con éxito para hablar de los procesos de fiscalización que realiza el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los grandes contribuyentes y las medidas de defensa aplicables, para ello, se puso en práctica cinco paneles, en el que participaron importantes especialistas en los temas abordados.
En la primera mesa de análisis se trató el tema de Consideraciones generales del Plan Maestro 2023 de grandes contribuyentes con las actuaciones especiales de Raúl Morales Medrano y Allen Saracho Carrillo, integrantes de la comisión técnica Fiscal en el Colegio, y de Guillermo López Corral, Socio en KPMG.
Las ponencias estuvieron enfocadas con base en tres estrategias: 1) en la gestión de la autoridad, 2) en las acciones de fiscalización y conceptos 3) y en las conductas a revisar.
En la gestión de la autoridad se habló del acompañamiento al contribuyente para el cumplimiento voluntario; así como la vigilancia para incentivar la regularización de contribuyentes omisos; además de la optimización del proceso de recuperación de créditos fiscales y de la coordinación con entidades federativas.
En tanto, en las acciones de fiscalización se mencionó el combate a esquemas de evasión que involucren a empresas factureras; revisión de esquemas de evasión de empresas que asocien a “nomineras”; incremento en operativos carreteros y almacenes para combatir el contrabando; análisis y programación de partidas atípicas de ingresos y gastos, entre otros.
En lo que respecta a los conceptos y conductas a revisar, se expuso la aplicación indebida de saldos a favor, devoluciones tasa 0% no objeto y de importación temporal; lo mismo que los esquemas para el pago de pensiones, exentos en nómina y simulación de prestación de servicios especializados, etc.
En el segundo panel se revisaron las Actualidades de los Pilares 1 y 2, a cargo de Alejandro Héctor Calderón Aguilera y Raúl Federico Aguilar Millán, comisionados técnicos de Fiscal Internacional, quienes se enfocaron en las implicaciones tributarias derivadas de la transformación digital que han impactado de forma económica y social, provocando debates en ámbitos legales y regulatorios.
Los expertos pusieron en contexto que el centro del debate referente al Pilar 1 se encuentran si las reglas fiscales desarrolladas en un entorno económico físico siguen siendo adecuadas para su propósito en la economía global moderna, pues actualmente tres fenómenos plantean serios desafíos a los cimientos del sistema global: la digitalización, los activos intangibles y la centralidad de los datos.
En lo que respecta al Pilar 2, se mencionó que se pretende diseñar un sistema que garantice que las empresas multinacionales con ingresos superiores a EUR 750 millones paguen un impuesto mínimo global. Asimismo, se plantea una propuesta global antierosión de la base fiscal mediante la implementación de reglas sincronizadas que contrarresten la desviación de utilidades a países de baja o nula imposición.
La tercera intervención fue la mesa de trabajo con el tema Facultades de revisión en materia de comercio exterior a cargo de Gerardo Canseco Romero y Gloria Rocío Estrada Antón, de la comisión técnica de Comercio Exterior en el Colegio, quienes refirieron que dentro del plan maestro de fiscalización y recaudación en el 2023, el SAT incluye no sólo la recaudación a grandes contribuyentes y la auditoría fiscal federal, sino también a la auditoría de comercio exterior.
Al respecto, hablaron que en el informe tributario y de gestión del SAT 2022 se dio a conocer que se alcanzó una recaudación de 188 mil 821 millones de pesos, de los cuales 64 mil 179 correspondieron a actos de fiscalización de comercio exterior, por lo que la Administración General de Auditoria de Comercio Exterior (AGACE) ha profundizado su fiscalización en sectores de mayor riesgo como el automotriz, acero, textil y confección, electrónicos, vinos y licores, vehículos usados, hidrocarburos, esquemas con impacto fiscal y seguimiento puntual a contribuyentes que operan bajo autorizaciones, certificaciones o programas de fomento al comercio exterior como IMMEX, PROSEC, OEA, IVA y el IEPS.
De igual forma, dentro de estas acciones de fiscalización en comercio exterior, se habló del fortalecimiento a revisiones de operaciones, al incremento en operativos carreteros y almacenes para combatir el contrabando, complemento Carta Porte para validar el debido cumplimiento de obligaciones fiscales por aquellos contribuyentes que mueven las mercancías, posibles infracciones y delitos relacionados con el ingreso, estancia o tenencia de mercancía de procedencia extranjera.
El panel Facultades de revisión en materia de precios de transferencia por operaciones con partes relacionadas extranjeras estuvo representado por Mario Barrera Vázquez, de Holland & Knight, y Raúl Gustavo López Gárate, de la comisión técnica de Precios de Transferencia, quienes aludieron al cumplimiento en precios de transferencia, destacando la documentación, tasas efectivas de cumplimiento, anexos y cuestionarios del Sipred e Issif, revelaciones de criterios no vinculativos, esquemas reportables, operaciones relevantes de acuerdo con el formato 76; declaraciones informativas referentes a pagos al extranjero, operaciones con partes relacionadas, según el Anexo 9 DIM, informativas de precios de transferencias de conformidad con BEPS y entidades sujetas a Refipres.
En función de los aspectos generales de revisión, los conferencistas mencionaron la estricta indispensabilidad, razón de negocios, materialidad, fecha cierta, principio de plena competencia y requisitos formales.
En lo que concierne al análisis de riesgo, destacaron las inconsistencias entre declaraciones o falta de éstas; pérdidas recurrentes, resultados inconsistentes con las funciones realizadas, activos involucrados y riesgos asumidos; pagos excesivos por deudas, servicios y regalías, entre otros.
La última mesa de diálogo estuvo magistralmente representada por Santiago David Guadarrama Nieto y Jesús Guillermo Mendieta González, miembros de la comisión técnica de Auditoría Fiscal con el tópico Dictamen Fiscal (presentación tardía/extemporánea) y sus implicaciones.
En temas de la ponencia, los expertos hablaron de los aspectos generales del dictamen fiscal, entre éstos, la infracción por no presentarlo o remitirlo de forma extemporánea, pues la autoridad considera el acto como no presentado al no considerar la fecha límite con lo que conlleva a una multa que va desde los 15 mil pesos hasta los 154 mil y el riesgo de la suspensión temporal del Certificado del Sello Digital.
Con referencia a las sanciones que pueden derivar de las revisiones de PT destacaron la amonestación, suspensión o cancelación del registro del contador público inscrito, suspensión que procedería de uno a tres años, siempre y cuando se formule el dictamen en contravención al Código Fiscal de la Federación y su reglamento, no aplique las normas de auditoría, no presentar o hacerlo de forma incompleta los papeles de trabajo y cuando formule el dictamen estando impedido para hacerlo.
Por último, cerraron sus intervenciones con el tema de la cancelación del registro como parte de las sanciones de la revisión de PT como acciones facultadas de las autoridades.
El foro fue moderado por Miguel Ángel Tavares Sánchez y Pablo Cervantes García, presidente y vicepresidente, respectivamente, de la comisión técnica Fiscal en el Colegio.
La clausura del 10.° Foro de fiscalización del SAT para grandes contribuyentes estuvo a cargo de Juan Manuel Puebla Domínguez, presidente del Colegio, y de Juan Ignacio Rivero Celorio, vicepresidente de Desarrollo y Capacitación Profesional, quienes destacaron las excelentes participaciones de los ponentes y del gran temario desarrollado durante el foro, que brindó un panorama general de los criterios del SAT correspondiente a la tributación.
Eventos recientes
El curso Obligaciones legales, contables y fiscales para donatarias, realizado los días 11 y 12 de julio por la comisión SE Entidades con Propósitos no Lucrativos del Colegio, brindó un espacio para abordar los principales retos que enfrentan las organizaciones no lucrativas en México.Para dar inicio con el evento, Alejandro Gualito Hernández, integrante de la comisión antes mencionada, versó sobre los aspectos contables que deben atender las donatarias, destacando la aplicación de las Normas de Información Financiera (NIF), en particular la B-16 y la E-2, que regulan la presentación de estados financieros y el tratamiento adecuado de los donativos. Subrayó que las organizaciones deben superar el enfoque puramente fiscal y adoptar una contabilidad financiera robusta que sirva a la toma de decisiones, rendición de cuentas y transparencia ante donantes y autoridades. Asimismo, alertó sobre los riesgos de operar sin claridad en el objeto social o sin autorización del SAT, lo que puede implicar sanciones fiscales.En el ámbito jurídico, José Sinaí Trejo Suárez, gerente jurídico de Transformando 360 Grados, explicó el proceso de constitución y actualización de las donatarias, insistiendo en la importancia de redactar adecuadamente el acta constitutiva, especialmente las cláusulas de patrimonio, liquidación y admisión de extranjeros. Advirtió que errores comunes en estos documentos, así como la omisión de actualizaciones conforme a las reformas del artículo 82 de la Ley del ISR, han derivado en la pérdida de autorizaciones. También ofreció recomendaciones prácticas para cumplir con las exigencias del SAT y evitar la revocación mediante un uso adecuado del buzón tributario y la presentación oportuna de evidencias de las actividades realizadas.Por su parte, Flora Josefina Blanes García, también integrante de la comisión SE Entidades con Propósitos no Lucrativos, abordó el marco legal de las donatarias autorizadas, detallando los beneficios fiscales establecidos en el artículo 79 de la Ley del ISR, siempre y cuando se cumplan condiciones estrictas: no intervención en actividades políticas, destino exclusivo de activos al objeto social, y límites en ingresos no relacionados con su misión. Hizo énfasis en la necesidad de emitir comprobantes fiscales (CFDI) con los requisitos establecidos, presentar declaraciones informativas, y cumplir con obligaciones derivadas de la ley antilavado, pues cualquier omisión puede significar la revocación de la autorización.Finalmente, la contadora Elizabeth Pérez Esteban, de la comisión organizadora, centró su intervención en los aspectos administrativos y operativos de las donatarias. Habló sobre la importancia de una adecuada gestión de personal y voluntariado, del establecimiento de sistemas de control interno eficaces, y de la implementación de procesos de monitoreo y evaluación para medir el impacto de los programas sociales. Además, destacó que la procuración de fondos debe entenderse como un proceso estratégico que requiere planeación, ética y comunicación continua con los donantes para asegurar la sostenibilidad financiera de las organizaciones.Durante los dos días del curso, los expositores tuvieron una interacción abierta y dinámica con los participantes, tanto de manera presencial como en línea, quienes pudieron plantear sus dudas y recibir orientación directa, enriqueciendo así el aprendizaje y la aplicabilidad de los temas tratados.
El Colegio llevó a cabo el curso Concurso mercantil: impacto de la opinión del experto contable el 12 de julio en su modalidad en línea. El evento fue organizado por la comisión técnica de Peritos Contables en la Impartición de Justicia, y coordinado por Viridiana González Díaz, quien contó con la participación de expertos como Guillermo Aguilera, Miguel Ríos Rayón y Antonio Silva Oropeza (socio en Silva Oropeza y Asociados), quienes resaltaron la importancia de la opinión especializada en las distintas fases de un concurso mercantil.El objetivo principal del curso fue analizar las ventajas de la opinión de expertos para determinar el rumbo de empresas con problemas de liquidez y solvencia. Se buscó clarificar las etapas del concurso mercantil y explicar cuándo la opinión de un experto se convierte en una herramienta clave. Análisis desde el punto de vista legal y contable.Durante el desarrollo del curso, los ponentes revisaron los antecedentes históricos del concurso mercantil, desde la Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos de 1943 hasta la Ley de Concursos Mercantiles (LCM) del año 2000.En esta ley concursal establece dos etapas principales: la conciliación y la quiebra. Ambas se activan cuando un comerciante incumple de forma generalizada sus obligaciones de pago, lo que pone en riesgo la continuidad de la empresa.El curso enfatizó el artículo 9.° de la LCM, que define el incumplimiento generalizado. Se explicó que la declaración de concurso mercantil puede ser solicitada por el propio comerciante (fracción I del artículo 9.° LCM) o por cualquier acreedor o el Ministerio Público (fracción II del citado artículo).Miguel Ríos Rayón fue el encargado de abordar el tema del papel crucial de la opinión del experto dentro del proceso concursal. Aunque la LCM no especifica quiénes son "los expertos", se concluyó que el contador público es el profesional adecuado para esta labor, dada su experiencia en contabilidad, auditoría, costos, y análisis e interpretación de estados financieros. No obstante, la ley permite que las opiniones de otros expertos (financieros, fiscales o en administración) complementen el informe.El propósito de la opinión del experto es determinar si el comerciante cumple con los supuestos de concurso mercantil o, en su caso, desvirtuarlos, conforme a las fracciones I y II del artículo 10.° de la LCM.Un dictamen tradicional presentado en juzgados debe incluir:• Datos del juicio: actor, demandado y juzgado.• Datos del contador perito: nombre, domicilio, cédula profesional, tipo de perito.• Objeto del dictamen: documentos base, metodología y procedimientos utilizados.• Cuestionario: propuesto por las partes.• Cédulas o papeles de trabajo: y la fuente de información.• Conclusiones y opinión: sobre el trabajo realizado.En su intervención, Guillermo César Aguilera Galindo hizo énfasis del papel que tiene la ética profesional y la responsabilidad de los expertos, temas que deben regirse por principios como la imparcialidad, profesionalismo, excelencia, confidencialidad y honestidad. El Código de Ética Profesional establece postulados esenciales como la independencia de criterios, la calidad profesional de los trabajos, el secreto profesional y la responsabilidad personal.Los expertos tienen la obligación de ejercer sus funciones con probidad y diligencia, supervisar a sus auxiliares, rendir cuentas periódicamente y mantener la confidencialidad de la información.El curso destacó los beneficios de la participación de expertos en procesos concursales, señalando que facilitan decisiones más informadas, reducen errores, aumentan la confianza en el proceso y contribuyen a la recuperación empresarial. Sin embargo, también se discutieron desafíos como la posible dependencia excesiva en los informes técnicos, los riesgos de conflictos de interés y la diversidad de criterios.Como propuestas, se planteó la necesidad de una regulación transparente para los expertos, capacitación judicial en interpretación técnica y la creación de un padrón oficial de expertos. Acto seguido, se presentó un caso práctico en el que se desarrollaron todas las fases del proceso del concurso mercantil: desde la competencia del perito, antecedentes, planteamiento del problema, hipótesis del problema, desarrollo de la hipótesis hasta la fundamentación técnica y ratificación judicial. En el caso práctico, se presentó un análisis de la opinión de un experto que se incluyó en el documento proporcionado, el cual se refiere a una demanda de concurso mercantil contra una empresa. A partir del análisis del artículo 9.°, fracción II, y del artículo 10.°, fracciones I y II, el experto llega a la conclusión de que se cumplen las condiciones necesarias para declarar el concurso mercantil. La empresa muestra un incumplimiento generalizado en el pago de sus obligaciones y no cuenta con activos suficientes para hacer frente a las deudas vencidas con dos o más acreedores diferentes.El abogado Antonio Silva Oropeza destacó que la opinión de expertos es una herramienta valiosa que, con una regulación adecuada, ética y equilibrio, favorece la justicia, la transparencia y la recuperación empresarial.Por último, se llevó a cabo la ceremonia de entrega de reconocimientos, un momento que puso el broche de oro del evento de concurso mercantil.
El 10 y 11 de julio, en el Colegio se presentó el curso Criterios para elaboración del manual de cumplimiento en PLD, LFPIORPI, bajo la coordinación de la comisión técnica de Prevención de Lavado de Dinero. La intención del espacio fue brindar una visión integral y práctica que permita a los asistentes desarrollar y evaluar sus manuales de cumplimiento alineados a los estándares propuestos por las autoridades, como la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT).Para la presentación del curso, se contó con la participación de dos expertos en materia: Silvia Rosa Matus de la Cruz e Isaac Eduardo Victorino Rivas, ambos integrantes de la comisión mencionada previamente y cuya experiencia enriqueció su exposición mediante ejemplos prácticos y referencias a casos específicos.Isaac Victoriano comentó que un manual de cumplimiento permite demostrar ante frente a las autoridades que una organización cuenta con controles adecuados; reduce el riesgo de sanciones administrativas, penales y reputacionales; y fomenta una cultura de la legalidad y responsabilidad dentro de la empresa.“Este documento permite prevenir, detectar y mitigar riesgo a largo plazo, ya que establece una guía operativa independiente a las personas o equipos encargados de cada proceso”, señaló Silvia Matus. Sin embargo, su elaboración debe considerar sus fundamentos legales contenidos en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), Reglamento de la LFPIORPI y el artículo 37 de las Reglas de Carácter General.Según comentan los expertos, el manual de cumplimiento es “un traje a la medida”, que debe responder a las necesidades y procesos únicos de cada organización; debido a ello, aunque se pueden tomar como referencia otros documentos y cuente con elementos en común, es fundamental que cada manual se adapte de manera adecuada.Así, durante la ponencia se compartieron algunos elementos clave que deberían incorporarse a un manual de cumplimiento, donde incluyeron: alcance, responsables, definiciones, criterios y procedimientos internos, así como mecanismos para la identificación del cliente, el resguardo de la información la presentación de avisos, informes en cero y avisos de 24 horas.Finalmente, se puntualizó que los sujetos obligados cuentan con 90 días naturales desde el alta para elaborar su manual de identificación, según el artículo 37 de las Reglas de Carácter General, y se invitó a los asistentes a elaborar o evaluar sus manuales para minimizar los riesgos de sus organizaciones, fortalecer la integridad profesional y facilitar procesos de auditoría.