Si bien para el ejercicio 2023 no se plantearon reformas tributarias, los contribuyentes sí tienen nuevas exigencias por cumplir, esto por la obligatoriedad del dictamen fiscal, el cual hasta el 2022 era totalmente opcional.
Ante este contexto, y para analizar las responsabilidades del contador público, la comisión de Apoyo al Ejercicio Independiente del Colegio presentó un panel de discusión sobre el dictamen fiscal 2022.
Dicho evento se llevó a cabo el 24 de abril y contó con la participación de los integrantes de la comisión organizadora, José Juan Miranda Sánchez, Mauricio Ricardo Cristante Skinfield, Ricardo Lechuga Reyes, José Humberto Cárdenas Cabrera, Gerardo López Nájera; y Orlando Pla, especialista en precios de transferencia.
Desde la perspectiva de un dictaminador, Lechuga Reyes manifestó que el proceso de dictamen actual cambio totalmente, ya que para 2014 las reglas estaban basadas en el sentido de hacer la auditoría bajo las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), estudios de control interno, diseño de programas, entre otros, y el dictamen fiscal simplemente era un llenado de la información mencionada.
Hoy en día ese proceso cambió a raíz de la reforma de 2021, ahora el contador público inscrito se vuelve encubridor del contribuyente en el caso de que este último tenga alguna omisión o delito fiscal que no sea informado. “Ahora, con esta nueva regla a los contadores no nos dejan mucho margen de maniobra, por lo que nos volvemos el visor del SAT”.
En la opinión de Orlando, comentó que a las empresas les beneficia tener un profesional que le arme una opinión y que constituya una primera barrera en caso de que la autoridad quiera hacerle una revisión, “si existe el auditor, la autoridad va a ir primero con él y eso de alguna manera le permite ganar tiempo a la empresa para corregir algún detalle que no haya sido informado”.
Mencionaron que, en el tema de las obligaciones fiscales, al tener que confirmar que el contribuyente no haya omitido alguna regla o disposición fiscal, evitando así que sea involucrado en algún delito, conlleva a que hoy en día el contador público tenga que revisar el dictamen fiscal con alcances más amplios y especialización que se pide para realizar esa actividad. “Los auditores tiene que hacer auditorías integrales, donde tendrán que involucrar especialistas en temas fiscales, precios de transferencia, seguridad social, tecnología y en comercio exterior”.
Por su parte, Cárdenas Cabrera profundizó en los anexos del dictamen, al respecto especificó que el anexo 16 contiene las especificaciones generales que deben seguir los contribuyentes para la presentación del dictamen. “Con este nuevo anexo los contribuyentes deben alistarse para cumplir con el dictamen fiscal 2022”.
En la charla se planteó que, en el tema de precios de transferencia, y para efectos fiscales, los contadores públicos inscritos enfrentaran algunos problemas como el tiempo, ya que se dará un plazo menor para la elaboración y presentación del dictamen, y a la par tendrán que recibir los reportes de precios correspondientes al ejercicio 2022.
Otro punto expuesto fue que el nuevo requerimiento para las empresas auditadas, donde las grandes firmas que realizan el dictamen fiscal han impuesto como requisito mínimo a sus clientes que para emitirlo sin salvedad, tendrán que contar con la revisión de los CFDI emitidos y recibidos del ejercicio. “Los CFDI se han convertido en una herramienta básica para la fiscalización por parte del SAT, en consecuencia, al auditor externo que será sujeto a informar el resultado de su revisión a través de este medio”.
En este punto, se remarcó que, a partir del 1 de abril de este año, inició la obligación de utilizar la nueva versión de CFDI 4.0, la cual tare consigo mayor identificación del emisor y receptor.
Durante la plática, los ponentes fueron respondiendo los cuestionamientos emitidos por los participantes, así mismo, se ejemplificó el proceso de realización del dictamen.
Eventos recientes
El 16 de julio, con el fin de ofrecer a los asistentes las herramientas necesarias para establecer los honorarios por la prestación de sus servicios contables, en el Colegio se brindó el curso Honorarios pagados, amenazas a la transparencia e independencia profesional. Además, se brindaron conocimientos para identificar, evaluar y responder a las amenazas que yacen en el ejercicio profesional independiente.El evento, coordinado por David Velázquez García y Cecilia Coronel Ruiz, representantes de la comisión de Ética y Responsabilidad Profesional, contó con un eje fundamental: el cumplimiento profesional fundamentado en el Código de Ética Profesional. Debido a ello, el primer segmento de la tarde fue dedicado al tema Ética en los negocios, cumplimiento del Código de Ética Profesional y de los principios fundamentales, donde se tuvo la oportunidad de desarrollar los contenidos esenciales del Código de Ética Profesional (CEP).Lucia Mónica López Mirafuentes, fue la experta en desarrollar el tema, quien exaltó la importancia del obrar ético dentro de las organizaciones y el impacto que tiene la construcción de una cultura ética colectiva. Según comenta, el cumplimiento ético aporta valor a la organización, crea identidad, incrementa la lealtad, motivación y colaboración interna, además de minimizar riesgos debido al cumplimiento del CEP.Además, para el contador es particularmente relevante obrar con ética profesional, ya que la contaduría implica una responsabilidad de servir a interés público y privado, debido a ello, organizaciones de diversos ámbitos integran contadores en diversas áreas debido a la confianza en la profesión.Para entrar en materia, con las bases presentadas por la primera presentación, Enrique Andrade Gutiérrez desarrolló el riesgo contenido en el pago de honorarios a la transparencia e independencia profesional en la auditoría. Dentro de su exposición, el ponente exhortó a los participantes a cumplir un papel activo en la identificación de amenazas que comprometan los principios éticos profesionales del contador público al prestar sus servicios de auditoría.Con este fin, señaló algunos factores para evaluar dichas amenazas tales como la proporción de honorarios percibidos; naturaleza alcance y propósito de los servicios prestados; disposición y capacidad del cliente para cumplir con los pagos; diversificación de clientes; etc. Todos estos factores implican que el profesional contable debe mantener un papel de evaluador constante con sus potenciales clientes para identificar amenazas para evaluarlas y responder a ellas para eliminar o reducir ese riesgo.Juan Flores Saavedra, por otro lado, dedicó su presentación a compartir las amenazas posibles descritas en el CEP, en la subsección 601, Servicios de contabilidad y teneduría de libros. Además, comentó la importancia de generar salvaguardas ante estas amenazas, ya que pueden surgir a lo largo de la prestación de servicio. Para ello, el contador debe evaluar el contexto del encargo y utilizar su juicio profesional para identificar, evaluar y establecer medidas de protección que pueden ir desde establecer límites preliminares en la relación entre el cliente y el prestador de servicios hasta el rechazo de ofertas debido al alto riesgo que suponen. Finalmente, Carlos Velázquez Valle remató el día con su presentación titulada Honorarios pagados por servicios de impuestos; amenazas y nuevos lineamientos en el Código de Ética Profesional, en ella recuperó la información compartida por sus colegas y segmentó las amenazas que ponen en riesgo la independencia del contador en cuatro categorías: interés personal, intimidación, familiaridad e intercesión; además, recomendó acciones para mitigar estas amenazas.Sumado a ello, el presentador señaló las actualizaciones realizadas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés) al Código Internacional de Ética para Profesionales de la Contaduría, donde incorpora disposiciones orientadas a mitigar amenazas en la presentación de servicios fiscales; actualizaciones que ya han sido empleadas para editar y armonizar el CEP.Para concluir, Velázquez comentó que los servicios fiscales representan una relación entre el contador público, el cliente y la sociedad, por lo que el primero representa un papel clave en la preservación de la legalidad y rendición de cuentas con interés público. Esto supone una responsabilidad que debe impulsar al contador a mantenerse alineado con la normatividad, la ética profesional y el compromiso social.
El Colegio organizó el 16 de julio el curso Dictamex: dictamen del Estado de México 2024. El objetivo fue profundizar en los fundamentos, criterios y procedimientos para la presentación de este dictamen fiscal estatal. El curso abordó las disposiciones tributarias y su aplicación práctica en la plataforma del Dictamen Fiscal, incluyendo la determinación y pago del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP).El evento destacó por la participación de dos paneles de expertos. El primero estuvo integrado por especialistas técnicos y funcionarios de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Estado de México, quienes compartieron sus conocimientos y experiencia con los asistentes. Los ponentes fueron: Gustavo De la Cruz Romero (titular del Departamento de Desarrollo de Sistemas), Emilio Valdez Zepeda (titular de la Dirección General de Fiscalización), Juan Carlos Castillo Carrillo (desarrollador de software en la Secretaría), Eduardo Guerrero Negrete (subdirector de Programas de Impuestos Estatales) y Alejandro Esaú Molina Guadarrama (titular de la Dirección en Tecnologías de la Información) en la Secretaría de Finanzas del Estado de México.La segunda mesa de diálogo estuvo conformada por Eduardo Arturo Cruz Quintero, Verónica Luis Mojica y Óscar Adrián Hernández Flores, todos ellos integrantes de la comisión técnica de Contribuciones Locales y organizadores del evento. La coordinación general estuvo a cargo de José Eduardo Beristain Martínez, también miembro de la comisión organizadora.El curso cubrió un amplio espectro de temas esenciales para la correcta formulación del dictamen, incluyendo: el marco legal, el registro y autorización del Contador Público Autorizado (CPA), los sujetos del impuesto, supuestos del dictamen, opinión e informe, infracciones y sanciones. También se trataron aspectos relevantes en la elaboración del dictamen, la reforma al Código Financiero del Estado de México y Municipios (CFEMYM), la situación actual de Dictamex y los beneficios del sistema, novedades para el 2025, como la innovación tecnológica, la seguridad y una guía audiovisual.Un punto central de la exposición fue la reforma al CFEMYM de 2021, específicamente el artículo 47.° G, fracción I. Esta modificación, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México ese mismo año, establece la integración de información detallada por cada trabajador y establecimiento dentro del Estado, incluyendo sus domicilios y ubicaciones. Es crucial destacar que esta disposición también aplica a edificaciones de obra, acabados, modificaciones y/o remodelaciones, sin importar su ubicación.Durante el curso, se presentaron datos relevantes sobre el estado actual de los avisos y dictámenes del ISERTP. Hasta el 15 de julio de 2025, se han registrado 1,981 avisos y 140 dictámenes presentados para el ejercicio 2025. En cuanto al ejercicio 2024, se recibieron 1,936 avisos, con 91 dictámenes ya presentados y 730 en proceso de formulación. La Secretaría de Finanzas expresó su expectativa de un crecimiento significativo en la presentación de dictámenes para 2024, buscando superar la cifra de 2021, que fue de 4,662 avisos.Los funcionarios estatales también resaltaron los importantes beneficios del sistema del Dictamen Fiscal del Estado de México (Dictamex):Simplificación, lo que facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales a través de un proceso 100% electrónico.Confirmación inmediata, al proporcionar acuses y sellos digitales para verificar la presentación.Mayor control, lo que permite la administración de la información del CPR y ofrece un expediente electrónico con el historial completo de trámites.Flexibilidad, al brindar la posibilidad de modificar datos de contacto y domicilio fiscal de manera sencilla.Innovación y seguridad reforzada en el Dictamex.La innovación tecnológica fue un tema toral en la que los representantes de la Secretaría de Finanzas hablaron de las herramientas como la lectura del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la determinación del ISERTP, la vinculación de trabajadores por establecimiento mediante la herramienta TPE, y la importación masiva de información. Se explicó cómo la herramienta TPE simplifica la integración automática y masiva de datos, lo que evita retrabajos y optimiza los procesos.En cuanto a la seguridad, se enfatizó el uso de la firma electrónica y la implementación de un doble factor de autenticación a través de tokens enviados a correos electrónicos registrados, los cuales tienen una vigencia de 24 horas. Esta medida fortalece significativamente la seguridad del sitio Dictamex, una característica crucial para proteger la información de la autoridad, contadores y contribuyentes.En la segunda parte del curso, Eduardo Cruz Quintero abordó el marco legal del Dictamex. Explicó que este se fundamenta en el artículo 47.° del CFEMYM, el cual establece diversas obligaciones para los contribuyentes. Entre ellas, destacan la inscripción en el Registro Estatal de Contribuyentes (REC), la conservación de la documentación fiscal por un periodo de cinco años y la presentación de avisos de modificación de datos. Una obligación fundamental es la de dictaminar la determinación y el pago del ISERTP a través de un CPR.Por su parte, Verónica Luis Mojica se centró en el registro y la autorización del CPA. Durante su intervención, resaltó las reglas generales del dictamen, cuyo objetivo principal es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con el ISERTP. Estas reglas incluyen normativas para obtener el registro como CPR, la metodología para determinar los promedios mensuales de remuneraciones y trabajadores, así como los procedimientos para la presentación tanto del dictamen como de los avisos, los cuales generarán un acuse de recibo con sello digital.Por su parte, Óscar Hernández Flores cerró la sesión con el tema de las infracciones y sanciones. En su presentación, destacó que el documento establece multas para los contribuyentes que no presenten el dictamen, lo hagan de forma extemporánea o con un CPR impedido, o no entreguen las constancias de retención. Para los CPR, las sanciones pueden incluir multas, suspensión temporal o incluso la cancelación definitiva del registro por omisiones o contravenciones en la formulación del dictamen.El curso finalizó con una dinámica de preguntas y respuestas, una demostración sobre cómo acceder a la plataforma y la entrega virtual de reconocimientos.
El 14 y 15 de julio, el Colegio fue sede del curso Medios de defensa ante los procesos de fiscalización un espacio de actualización coordinado por Israel Bastida Ventura, integrante de la comisión T. Fiscal. Durante ambos días, se presentaron distintos temas en materia fiscal con el fin de compartir con los asistentes los medios de defensa que pueden interponerse ante diversos actos de fiscalización de la autoridad, como devoluciones y auditorias.Para conseguir este propósito, el evento contó con la participación de ocho expertos en materia, quienes compartieron sus conocimientos y experiencias para identificar los actos de fiscalización de mayor implementación y las acciones de defensa al alcance del contribuyente.Para comenzar, José Martín Aguayo Solano señaló que durante el 2025 no ha ocurrido una reforma fiscal, pero se ha resaltado el compromiso de la autoridad con la recaudación. Como parte de la estrategia del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se han implementado las cartas invitación, una facultad de gestión que informa a los contribuyentes sobre una irregularidad, diferencia o atipia en relación con los sistemas y bases de datos de la autoridad.A lo largo de su exposición, el experto comentó diversas incidencias comunes con el fin de encausar la atención de los profesionales contables a los aspectos que el SAT acostumbra a vigilar. Además, aunque no es obligatorio atender dichas cartas, suponen una oportunidad para conocer la perspectiva que tiene la autoridad sobre el contribuyente y demostrar el interés por aclarar las discordancias.Seguido a ello, Luis Alberto Placencia Alarcón desarrolló los medios de defensa que pudieran ser afectados por la reciente reforma al Poder Judicial de la Federación. A ello, el experto comentó que la reforma no eliminó ningún mecanismo de protección para los contribuyentes, sin embargo, señaló la importancia de identificar los plazos de generales para los medios de defensa del contribuyente.Además, el expositor indicó que la mejor forma de atender los cambios que supone la reforma judicial es mediante prevención, cumplimiento y diálogo que brinde a los contribuyentes las herramientas necesarias para adaptarse a cualquier cambio, sin importar su tamaño.Ignacio Sosa López también participó en el evento, e ilustro a la audiencia en torno a las facultades de comprobación descritas en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuyo fin es asegurar el correcto cumplimiento fiscal al determinar contribuciones omitidas, créditos fiscales y comprobar delitos fiscales.Sosa destacó que la autoridad puede ejercer estas facultades de comprobación de manera conjunta, indistinta y sucesiva, además de contemplar plazos temporales limitados. Por ello, brindó una serie de recomendaciones alineadas al mismo sentido: preparación; una contabilidad al día, el uso apropiado de CFDI, respaldo profesional continuo y correcto resguardo de documentación soporte permite contar con los recursos necesarios para plantear una estrategia ante una comprobación del SAT.El segundo día de la jornada contó con la participación de Arturo Alonso Hernández Cruz y Paloma Márquez Escamilla, ambos secretarios de acuerdos del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, quienes enriquecieron con su participación en las exposiciones del día desde su valiosa perspectiva-Primero, se dio paso a la presentación de Ulises Castilla Flores, quien extendió en materia de devoluciones de impuestos. Tras describir la normatividad aplicable contenida en el CFF, señaló que hoy en día existen más mecanismos a favor de las autoridades, lo que convierte el proceso de devolución en un proceso más complicado para los particulares; debido a ello, es fundamental que los contribuyentes cuenten con un acervo probatorio sólido e, incluso, realicen una preparación anticipada para un juicio de amparo debido a los largos plazos temporales que implican estos medios de defensa.Posteriormente, Alejandro Emmanuell Sánchez López presentó su ponencia relacionada a consultas administrativas. En su participación compartió la naturaleza jurídica, plazos de vigencia y requisitos para la procedencia de consultas vinculantes, con sustento en el CFF; además, señaló que la claridad y especificidad son claves para este medio de defensa, acompañada de la debida documentación soporte, para evitar su revocación.Complementariamente, Sánchez detalló las consultas no vinculantes, cuya función es presentar consultas sobre la interpretación o aplicación de le disposiciones fiscales. Además, detalló los objetos de consulta excluidos de este medio con base en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Finalmente, comentó que una consulta no vinculante puede ser entendido como material jurídico, ya que “es un medio de convicción que soporta nuestros razonamientos jurídicos”.Para finalizar con la jornada, Eduardo Sánchez Lemoine profundizó en el uso de acuerdos conclusivos ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) y resaltó su importancia como un medio de justicia alternativa en materia fiscal en el contexto actual. El ponente señaló que la función de este medio es conciliativa, ya que brindan una ventana de oportunidad para realizar aclaraciones sobre el procedimiento de fiscalización, lo que permite alcanzar consensos sustentados en documentación y materialidad.Sánchez indicó que los acuerdos conclusivos suponen un beneficio importante para los contribuyentes, ya que evitan la judicialización de una controversia y permiten aclarar su situación fiscal ante una auditoría que, por si fuera poco, siempre cuenta con la presencia de la Prodecon durante el procedimiento, fortaleciendo el sentido de transparencia del medio.