El Colegio, a través de la comisión de Fiscal Internacional llevaron a cabo, de manera virtual, la decimoquinta edición del Foro de aspectos fiscales en operaciones internacionales, del 16 al 19 de marzo, bajo el patrocinio de la firma Basham, Ringe y Correa S.C.
Como parte del protocolo de bienvenida, el presidente del Colegio, Juan Carlos Bojorges Pérez, brindó unas palabras de apertura a los presentes. Puntualizó que pese a las circunstancias pandémicas que impiden realizar eventos presenciales, el Colegio continúa fiel a su compromiso de mantener actualizado al gremio contable, ahora con la modalidad a distancia; “si bien este foro había sido uno de los elementos de innovación, de atreverse a hacer cosas distintas, hoy hacerlo en este formato sigue siendo un ejemplo a seguir”.Por su parte, Julián Agustín Abad Riera, vicepresidente de Desarrollo y Capacitación Profesional, fue el encargado de inaugurar el foro.
Para dar inicio con las sesiones de la tarde, Armando Lara Yaffar, socio en KPMG; Mauricio Ambrosi Herrera, socio en Turanzas, Bravo & Ambrosi; y Fernando Lorenzo Salazar, socio en PwC, integraron el panel titulado Actualización de precedentes normativos y legales en materia internacional. En la charla, los panelistas analizaron algunos criterios y sentencias en materia internacional.
Dentro de los más controversiales se encuentra el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), se comentó que, al no ser un impuesto comprendido dentro de los convenios para evitar la doble tributación, podría significar un impacto negativo a futuro, ya que, cuando se negoció el IETU con los demás países, nunca se estableció la posibilidad de tener que renegociar los tratados para incluir este impuesto como parte de los impuestos comprendidos. Los panelistas coincidieron en que la sentencia expuesta, va en contra de todo el trabajo que se hizo como política fiscal por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y del Servicio de Administración Tributaria (SAT) pues echa en reversa un esfuerzo que podría ser recaudatorio para la autoridad.
También, se pusieron sobre la mesa temas como los casos de las bases netas (Tratado México/EE.UU.), la asistencia técnica como un no beneficio empresarial, las interpretaciones dinámicas-estáticas del modelo de convenio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el caso de Whirlpool y sus afectaciones fiscales en México y Estados Unidos.
Por otro lado, Alejandro Héctor Calderón Aguilera y Luis Ignacio Vázquez Ruiz, integrantes de la comisión organizadora, fueron los encargados de hablar sobre los esquemas reportables en operaciones internacionales. Calderón Aguilera recordó que la incorporación de los esquemas al Código Fiscal de la Federación (CFF), tiene como antecedente el cumplimiento de las recomendaciones del Proyecto BEPS, específicamente de la acción 12, con la finalidad de que las autoridades fiscales obtengan información oportuna respecto a esquemas que puedan considerarse agresivos.
En su turno, Vázquez Ruiz explicó que los asesores fiscales podrán emitir una constancia de esquema no reportable, siempre y cuando hayan participado en alguna operación intercompañía como responsable de su diseño, comercialización, implementación o administración. “A través de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y de la ficha de trámite 301/CFF, se establece que el asesor fiscal deberá expedir a su cliente la constancia mediante la plataforma del SAT, y su aplicación es obligatoria al estar así establecido en el séptimo párrafo del artículo 197 del CFF”, expresó.
Asimismo, el expositor manifestó que por cada constancia de esquema no reportable que no sea expedida, el asesor fiscal podría recibir una multa de 25 mil a 30 mil pesos, además de que la autoridad fiscal podría dar de baja su sello digital.
El segundo día de actividades dio inicio con el panel titulado Hacia una fiscalización más eficiente en materia de precios de transferencia, presentado por Yoshio Uehara Hashimoto, Ivón Marlene Sáenz Benítez y Carlos Alberto Monárrez Córdoba, integrantes de la comisión de Precios de Transferencia del Colegio.
En la charla, los ponentes analizaron cuatro ejes centrales para llevar a cabo una correcta fiscalización de precios de transferencia. En el primer eje se habló sobre la documentación contemporánea en la evaluación de riesgo; se comentó que contar con esta información propiciará un correcto cumplimento de las obligaciones fiscales, aunado a esto, las empresas deberán procurar tener una adecuada asignación y administración de recursos entre las partes relacionadas.
En el segundo eje, se discutieron las operaciones comúnmente controvertidas como los pagos a partes relacionadas, las reestructuras corporativas y las actividades que no son objeto de IVA. Explicaron que, ante una mala aplicación de estos procesos pueden terminar en una doble tributación, por lo que es importante conocerlos a fondo para su correcta aplicación.
En los ejes tres y cuatro, los expositores versaron, a grandes rasgos, acerca de los esquemas reportables, la subcontratación laboral, recomendaciones por parte de la OCDE, así como la resolución de controversias y medios de defensa.
Para hablar sobre los acuerdos conclusivos, se contó con la distinguida participación de Luis Fernando Balderas Espinosa, subprocurador de Acuerdos Conclusivos y Gestión Institucional de la Prodecon y de los integrantes de la comisión organizadora, Ana Aceves Villalba y Luis Antonio González Flores.
De acuerdo con estadísticas reveladas por la Prodecon, Balderas Espinosa refirió que, desde el 1 de enero de 2014 al 15 de marzo de 2021, la instancia a la cual pertenece ha recibido alrededor de 14, 183 solicitudes de acuerdos conclusivos, de las cuales el 70% de ellas están relacionadas directamente con auditorías practicadas por el SAT, el 11% son de grandes contribuyentes y sólo un 3% corresponden a la administración central de Fiscalización Internacional.
Dentro de las reformas para este año, y con el fin de evitar malas prácticas por parte de los contribuyentes, se consideró la modificación de tres de los seis artículos que regulan el procedimiento de acuerdos conclusivos (69-C, 69-F y 69-H del CFF). Uno de los cambios con mayor revuelo ha sido la reducción del tiempo para la presentación del acuerdo, que paso de un lapso de hasta seis meses a tan sólo 20 días hábiles después de recibir una notificación por parte del fisco. El subprocurador puntualizó que la mayor ventaja de los acuerdos, es lograr la condonación de hasta el 100% de multas evitando así juicios largos y costosos; “Ciertamente es que dos de cada tres solicitudes logran un acuerdo con la autoridad, lo que significa un doble beneficio, pues los contribuyentes pagan lo justo y las autoridades logran una recaudación efectiva sin ir a juicios”.
Otro tema tratado fue la recaudación por parte del SAT y la percepción que tiene el contribuyente. Aceves Villalba indicó que, aunque se cree que México es un país que cobra muchos impuestos, lo que generaría una mayor recaudación, la realidad es otra y es que nuestra recaudación tributaria en comparación con otros países de América Latina y el Caribe sigue siendo muy baja.
Bajo ese panorama, González Flores expuso el plan de acción del Plan Maestro de Operación 2021, propuesto por la jefa del SAT, Raquel Buenrostro, con el objetivo de incrementar la recaudación fiscal de los grandes contribuyentes, mejorando los procesos de fiscalización en un marco de legalidad y seguridad jurídica para los contribuyentes.
La tercera jornada de conferencias virtuales dio inicio con el panel conformado por Eduardo Valenzuela Acuña, socio en Chevez, Ruiz, Zamarripa y Cía; Gerardo Napolitano Pompa, socio en Muñoz, Manzo y Ocampo; y Layda Cárcamo Sabido, socia en Calvo Nicolau y Márquez Cristerna, quienes versaron acerca de las inversiones patrimoniales.
Entrando en materia, Napolitano Pompa razonó sobre las modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), en 2020, para la fiscalización de estructuras extrajeras. Comentó que antes de la reforma, los vehículos o estructuras extranjeras estaban regulados como paraísos fiscales de acuerdo al título VI de la LISR, y ahora sus efectos fiscales son regulados por los artículos 4-A y 4-B de la misma ley.
Dentro de los cambios a la LISR, el ponente indicó que se incorporaron reglas para hacer una separación de las entidades extranjeras transparentes, figuras jurídicas extranjeras y las entidades extranjeras no trasparentes, con el objetivo de identificar el tratamiento correcto de los ingresos.
“De acuerdo con el artículo 4-A, habrá que considerar si la estructura extranjera es residente en México o no. En caso de serlo, dejará de considerarse trasparente fiscal para efectos de la LISR, por lo que deberán pagar este impuesto como cualquier otra persona moral residente en México”
Asimismo, para lo establecido en el artículo 4-B, Napolitano Pompa señaló que los residentes en México y los residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México, estarán obligados a pagar ISR por los ingresos que obtengan por medio de entidades extranjeras transparentes o por figuras jurídicas extranjeras.
En su turno, Cárcamo Sabido abundó en algunas consideraciones respecto de las inversiones al extranjero como los son las implicaciones fiscales, desde los efectos cambiarios hasta la aplicación del 10% sobre dividendos mensuales; también los beneficios de la inversión directa, así como las obligaciones fiscales en ambas nacionalidades.
Por otro lado, Valenzuela Acuña enfocó su intervención en las tendencias de fiscalización para personas físicas. Aseguró que la estrategia del SAT para 2021 es explotar el intercambio de información de cuentas en el extranjero para reforzará la fiscalización de los grandes contribuyentes, esto a través de la Ley de Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA, por sus siglas en inglés) y del Estándar Común de Reporte (CRS, por sus siglas en inglés). Entre otros aspectos tratados, se habló sobre la repatriación de capitales, el impuesto a las herencias y el impuesto al patrimonio.
El segundo panel del día contó con la participación de Juan Ignacio Rivero Celorio, integrante de la comisión organizadora, así como de Jorge de Presno y Alejandro Barrera Fernández, ambos socios en Basham, Rige y Correa. La terna debatió sobre el controvertido tema del home office, desde las modificaciones hechas a la Ley Federal del Trabajo (LFT), así como las implicaciones fiscales tanto para empleados y empleadores de empresas nacionales como para los de empresas extranjeras.
En el cuarto y último día del 15.° Foro de aspectos fiscales en operaciones internacionales, se habló sobre fenómeno fiscal internacional más relevante del siglo XXI, el proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting).
En el primer panel, integrado por Laura Rodríguez Berrón, socia en Deloitte México; Koen Van't Hek Koot, integrante de la comisión Fiscal Internacional del Colegio y Christian Raúl Natera Niño de Rivera, integrante de la comisión Fiscal Internacional del Colegio, profundizaron acerca de las experiencias que ha tenido el país tras un año de la adopción de las reglas del proyecto.
Entrando en materia, los ponentes explicaron que, dentro de la reforma fiscal del año pasado, se consideró la modificación del artículo 28 de la LISR, en su fracción XXIII, con el objetivo de ampliar los supuestos en los cuales no serán deducibles ciertos pagos al extranjero, incluyendo aquellos ingresos sujetos a los Regímenes Fiscales Preferentes (Refipres).
Coincidieron que, a pesar de ya haber pasado un año de su implementación, las autoridades fiscales siguen sin emitir las reglas generales a las que hace referencia la norma, además que en la cuestión práctica los asesores fiscales tienen nulas experiencias de auditoria, por lo consecuente aún no hay criterios normativos.
Otra de las recomendaciones de la OCDE, debatida por los panelistas, fue la incorporación de la fracción XXXII al artículo antes citado, que limita hasta un 30% la deducción de intereses generados por grupos multinacionales, esto como medida para combatir el traslado de utilidades de las planeaciones fiscales internacionales. Al igual que la fracción XXII, la falta de claridad por parte del fisco, ha generado incertidumbre a los contribuyentes, ya que no sabrán si se podrá deducir los costos por intereses en su próxima declaración anual.
César Julio Catalán Sánchez, integrante de la comisión Fiscal Internacional del Colegio; Juan Carlos Pérez Peña, asesor de planificación fiscal agresiva en la OCDE y Gabriel Andrade Ochoa, vicepresidente de impuestos en CEMEX, fueron los encargados de cerrar con broche de las conferencias del foro.
En el panel, se analizó el segundo pilar del proyecto BEPS que aborda los desafíos fiscales derivados de la digitalización de la economía, desde la perspectiva de OCDE, así como la visión empresarial.
Finalmente, Julián Agustín Abad Riera, vicepresidente de Desarrollo y Capacitación Profesional, agradeció la asistencia de todos los presentes, así como de los ponentes que participaron a lo largo de la semana, de igual forma, externó una grata felicitación a los integrantes de la comisión organizadora que hicieron posible la realización de este magno evento.
Eventos recientes
La comisión de Ética y Responsabilidad Profesional del Colegio organizó el foro Ética en el nombramiento del revisor de calidad en auditorías, un espacio de análisis y reflexión en torno a la relevancia de la ética profesional en los procesos de aseguramiento. El encuentro reunió a especialistas del ámbito contable y de auditoría para discutir los desafíos que enfrentan las firmas al implementar sistemas de gestión de calidad y garantizar la independencia y objetividad en la revisión de los encargos.La coordinación del evento, realizado el 11 de marzo, estuvo a cargo de Cecilia Coronel Ruiz y Carlos Velázquez Valle, integrantes de la comisión de Ética y Responsabilidad Profesional. Como expositores participaron Parménides Lozano Rodríguez, integrante de la comisión de Finanzas y Sistema Financiero; Arantxa Esthela Reyes Mendiola, Audit Associate Partner en Baker Tilly México; Francisco José Sánchez González, integrante de la comisión de Gobierno Corporativo; y la propia Cecilia Coronel Ruiz.Durante su intervención, Parménides Lozano Rodríguez abordó la ética en el nombramiento del revisor de calidad en auditorías, vinculada con las Normas Internacionales de Gestión de la Calidad (NIGC 1 e NIGC 2). Señaló que la profesión contable es de interés público, por lo que los profesionales no solo responden ante quien contrata sus servicios, sino también ante la sociedad, ya que las conclusiones de auditoría influyen en la toma de decisiones y en una cadena de valor que incluye empleados, proveedores y el entorno social.Destacó que estas normas surgieron tras escándalos corporativos que evidenciaron la necesidad de reforzar la independencia y la ética profesional. Por ello, el revisor de calidad debe designarse con base en criterios de competencia, capacidad y disponibilidad, evitando amenazas a la objetividad como la familiaridad o el interés propio. Asimismo, explicó que esta revisión es necesaria en encargos relacionados con entidades que cotizan en bolsa, instituciones supervisadas por autoridades financieras o empresas con alto riesgo de lavado de dinero. Entre los hallazgos más comunes mencionó la falta de claridad sobre cuándo interviene el revisor, la ausencia de evidencia de su participación y la escasa documentación de los procesos de remediación.Por su parte, Arantxa Esthela Reyes Mendiola centró su exposición en la ética dentro del sistema de gestión de calidad bajo las Normas Internacionales de Gestión de la Calidad (NIGC 1 e NIGC 2). Destacó que la ética debe ir más allá del cumplimiento normativo y convertirse en una práctica operativa dentro de las firmas, ya que la confianza es la principal “mercancía” de los profesionales contables y el comportamiento individual impacta directamente en la reputación institucional.A partir de su experiencia en la implementación de estos estándares en México y Latinoamérica, señaló que, aunque los contextos varían, la confianza es un elemento transversal. Advirtió que los mayores riesgos para las firmas no siempre son técnicos, sino aquellos derivados de la familiaridad con los clientes o de presiones comerciales que pueden afectar el juicio profesional. Ante ello, subrayó la importancia de contar con salvaguardas adecuadas, procesos constantes de autoevaluación, canales de denuncia efectivos y un liderazgo ético que se refleje en toda la organización.En su intervención, Francisco José Sánchez González abordó los desafíos éticos que enfrentan las firmas de contaduría pública en la asignación de revisores y en la ejecución de auditorías. Señaló que la confianza pública, la objetividad, la independencia y la calidad profesional son pilares de la profesión, guiados por principios del código de ética como la integridad, la objetividad, la competencia profesional, la confidencialidad y el comportamiento profesional.También enfatizó la importancia de documentar adecuadamente los procesos de aceptación y continuidad de clientes, verificando que los miembros del equipo no tengan intereses financieros o relaciones personales que comprometan su independencia, y que cuenten con la experiencia necesaria para cada sector. Asimismo, advirtió que presiones internas y externas, como las económicas o los plazos de entrega, pueden generar riesgos éticos, los cuales deben mitigarse mediante salvaguardas como la rotación de socios o revisores, la documentación de la independencia y la capacitación continua.Finalmente, Cecilia Coronel Ruiz explicó el papel de la ética en los sistemas de gestión de calidad establecidos por las Normas Internacionales de Gestión de la Calidad (NIGC 1 e NIGC 2). Señaló que las firmas deben aplicar sistemas basados en riesgos para garantizar la calidad de los encargos y el cumplimiento de normas profesionales y legales.Destacó que el revisor de calidad actúa de forma independiente al equipo de auditoría y valida las conclusiones antes de emitir el informe. También subrayó la importancia de contar con políticas claras para la elegibilidad de revisores y respetar periodos de enfriamiento, con el fin de fortalecer la calidad, la independencia y la confianza en la profesión contable.
Este 9 de marzo, el Colegio organizó el foro Fiscalidad con IA: Criptoexchanges y retenciones, un espacio de análisis dedicado a revisar el marco fiscal relacionado con los criptoactivos, así como las herramientas tecnológicas que utilizan las autoridades para su fiscalización.En el encuentro participaron los especialistas Juan Carlos Santillán Hernández y Gustavo Fuentes de León como expositores, mientras que Juan Carcaño López fungió como moderador y presentó un panorama general sobre la evolución de los criptoactivos y su tratamiento regulatorio.Durante la sesión se explicó que la fiscalidad comprende el conjunto de normas, principios y leyes que regulan los tributos y los procesos de recaudación del Estado, los cuales permiten financiar servicios públicos y otras actividades gubernamentales. En ese contexto, los especialistas destacaron que la incorporación de herramientas de Inteligencia Artificial (IA) ha transformado la manera en que las autoridades analizan grandes volúmenes de datos para detectar patrones, tomar decisiones y fortalecer los procesos de supervisión fiscal. Como parte del panorama general, se revisó el desarrollo del ecosistema de activos digitales. Los ponentes recordaron que el crecimiento de redes como Ethereum permitió la creación de tokens mediante contratos inteligentes, lo que dio origen a miles de activos digitales programables dentro de la tecnología blockchain. De igual forma, explicaron que los criptoactivos se definieron como representaciones digitales de valor que utilizan criptografía y redes descentralizadas para validar y registrar transacciones sin la intervención de una autoridad central. Entre sus principales características, los panelistas enlistaron la descentralización, el uso de blockchain, el pseudonimato de los usuarios y la posibilidad de realizar transferencias globales casi inmediatas. Asimismo, se mencionó que dentro del mercado existen distintas categorías, entre ellas criptomonedas ampliamente conocidas como Bitcoin y Ethereum, además de stablecoins, tokens de utilidad y tokens de gobernanza.Los especialistas señalaron que, ante el crecimiento del mercado de criptoactivos, diversos organismos internacionales han impulsado lineamientos orientados a mejorar la transparencia fiscal y prevenir riesgos como el lavado de dinero. En el caso de México, recordaron que los criptoactivos no tienen el carácter de moneda de curso legal. Su regulación se encuentra principalmente en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, así como en disposiciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y criterios de Banxico. Además, se destacó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha incrementado la vigilancia sobre este tipo de operaciones mediante el uso de diversas herramientas tecnológicas, entre ellas el análisis de blockchain, el intercambio internacional de información y sistemas de IA capaces de rastrear transacciones en redes públicas. En materia tributaria, se explicó que México aún no cuenta con un régimen específico para las criptomonedas. Sin embargo, la postura de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sugiere que las operaciones de compraventa de estos activos pueden tratarse como enajenación de bienes, por lo que podrían sujetarse a disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) relacionadas con este tipo de transacciones. Durante el foro también se revisaron las reglas aplicables a las retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) en plataformas tecnológicas y servicios digitales. Los especialistas coincidieron en que las disposiciones fiscales establecen obligaciones específicas para las plataformas que intermedian operaciones, incluyendo la retención de impuestos y la emisión de comprobantes fiscales correspondientes.
Con el propósito de analizar los principales retos en la preparación de la declaración anual, la comisión de Investigación Fiscal del Colegio organizó el 6 de marzo el curso Declaración anual 2025 en Resico: aspectos clave para su elaboración, impartido por los comisionados Elio Fernando Zurita Morales y Edyth Ramírez Sánchez. Durante el evento se abordaron aspectos normativos y prácticos que los contribuyentes deben considerar para cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales dentro del Régimen Simplificado de Confianza (Resico).En su intervención, Elio Fernando Zurita Morales explicó los elementos centrales para la elaboración de la declaración anual 2025 en Resico, tanto para personas físicas como para personas morales. Señaló que, en el caso de las personas físicas, el régimen es voluntario, se basa en ingresos efectivamente cobrados y no permite deducciones, siempre que los ingresos no excedan los 3.5 millones de pesos anuales. También se permite obtener ingresos adicionales por sueldos o intereses, siempre que no se supere dicho límite.No obstante, advirtió que existen limitaciones en la regla miscelánea que permite combinar ingresos, lo que puede generar riesgos en casos como la venta de una casa no exenta u otros ingresos extraordinarios. En caso de rebasar el límite o incumplir obligaciones, el contribuyente deberá salir del régimen y tributar en el esquema correspondiente.Respecto a las personas morales, destacó que el Resico es obligatorio cuando la sociedad está integrada únicamente por personas físicas y sus ingresos del ejercicio anterior no superan los 35 millones de pesos. Asimismo, subrayó que la participación de socios en otras sociedades mercantiles, especialmente cuando existe control o relación entre ellas, puede impedir tributar en este régimen.En materia de deducciones, explicó que en Resico para personas morales se consideran principalmente las adquisiciones efectivamente pagadas. Las inversiones cuentan con porcentajes de deducción más altos, aunque solo hasta tres millones de pesos, aplicándose posteriormente los porcentajes normales. También mencionó algunos retos prácticos, como la falta de reglas claras para la deducción de inventarios iniciales al cambiar de régimen y la no deducibilidad de los anticipos de remanente en sociedades civiles.Por su parte, Edyth Ramírez Sánchez destacó la importancia de preparar con anticipación la información para la declaración anual, aun cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con un simulador que precarga diversos datos. Subrayó que es indispensable contar con papeles de trabajo y validar la información antes de presentar la declaración.La especialista explicó que la autoridad fiscal dispone de una gran cantidad de información del contribuyente, principalmente a través de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), por lo que resulta fundamental conciliar ingresos, gastos y pagos provisionales con dichos comprobantes. También resaltó la relevancia de los complementos de pago para confirmar cuándo un ingreso ha sido efectivamente cobrado.Asimismo, enfatizó la correcta emisión de CFDI en conceptos como sueldos, viáticos y otras prestaciones, ya que el incumplimiento en retenciones puede impedir la deducción de ciertos gastos. También recomendó justificar adecuadamente la razón de negocios de las erogaciones y mantener actualizadas cuentas fiscales como la CUCA, la CUFIN y las pérdidas fiscales.Finalmente, la expositora reiteró que la información precargada por la autoridad debe utilizarse únicamente como referencia, por lo que es indispensable revisarla y conciliarla con la contabilidad del contribuyente. Una adecuada preparación y verificación de la información permitirá presentar la declaración anual de manera correcta y evitar posibles inconsistencias ante la autoridad fiscal.