El próximo 31 de marzo, concluye el plazo para presentar la declaración anual de las personas morales; por tal motivo, es importante considerar algunos aspectos para entregar este requisito correctamente al fisco, minimizando de manera oportuna el mayor número de errores.
Bajo este panorama, el Colegio en coordinación con la comisión Fiscal, llevaron a cabo el curso Ingresos acumulables y deducciones de personas morales, los días 9 y 10 de febrero a través de la plataforma Webex.
Como punto de partida los ponentes, Miguel Mena Bustamante, integrante de la comisión organizadora y Victor Oliver Mercado, síndico de contribuyente ante el gobierno de la Ciudad de México por parte de la Coparmex, hablaron sobre los fundamentos legales de los ingresos, de acuerdo a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
Dentro del artículo 16 de la LISR, existe una clasificación para los ingresos, que a decir de Mena Bustamante se pueden catalogar en cuatro rubros, acumulable, no acumulable, no ingreso e ingreso al extranjero. Para efectos del tema a tratar, mencionó que dentro de la ley existen diferentes momentos de acumulación del ingreso, destacando y analizando (artículo 17 fracciones I, II, III), la enajenación de bienes o prestación de servicios, el uso o goce temporal de bienes, y el arrendamiento financiero.
En cuanto a los aspectos relevantes a considerar en este año, los expositores señalaron que las autoridades adicionaron la regla 3.9.19 a la Resolución Miscelánea Fiscal 2021, la cual estipula que los pagos provisionales vendrán precargados con el monto total de los CFDI emitidos en los meses correspondientes, con la información de la declaración anual del ejercicio anterior.
Oliver Mercado aclaró que la regla comentada, no tendrá valor hasta que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la habilite en su portal, por lo que los contribuyentes continuarán presentando sus declaraciones a través del formato R1 ISR personas morales.
Finalmente, los ponentes coincidieron que habrá que ver cómo va a actuar la autoridad para evitar la discrepancia fiscal entre lo calculado por el sistema y lo calculado por el contribuyente.
En el segundo día de actividades se contó con la participación de Juan Manuel Franco Gallardo, integrante de la comisión Fiscal del Colegio y Jessica Rocío Medina Gómez, miembro de la comisión de desarrollo Fiscal 4 del Colegio, quienes profundizaron en el tema de deducciones autorizadas para efectos del ISR.
Para la autoridad fiscal existen dos pilares fundamentales para las deducciones, que son, las estructurales y las no estructurales; “en el primer caso se respeta el principio de proporcionalidad tributaria, el cual busca determinar una base para contribuir al gasto público, y para el segundo, simplemente auxilian a la base contributiva disminuyendo de los ingresos acumulables, las erogaciones con fines extrafiscales”, comentó Medina Gómez.
Franco Gallardo explicó que una empresa puede deducir los gastos que realiza en el transcurso del año, siempre y cuando estos sean indispensables para la realización de sus actividades. Recalcó que todos los gastos tendrán que estar amparados por una factura o CFDI, y registrados en la contabilidad de la empresa.
En esta línea, los ponentes analizaron de forma práctica diversas deducciones aplicables para las personas morales, entre las que destacaron las cuentas incobrables, los descuentos, bonificaciones o devoluciones, inversiones, las pérdidas por caso fortuito, los inventarios obsoletos, regalías pagadas en el extranjero, así como los pagos que se consideren como ingresos exentos para el trabajador.
A lo largo de la charla se presentaron diversos casos prácticos, desmenuzando los problemas que llegasen a tener los contribuyentes al momento de realizar las deducciones antes mencionadas, además de resolver de manera oportuna los cuestionamientos por parte de la audiencia.
Eventos recientes
Esta tarde, el Colegio de Contadores Públicos de México y el Colegio de Notarios de la Ciudad de México firmaron un convenio de colaboración que busca fortalecer la relación entre ambas instituciones y ofrecer beneficios significativos a sus integrantes.En el evento se dieron cita, por parte del Colegio, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente; Rosalía Ortega López, vicepresidenta de Gobierno; y María Luisa Ramírez Hernández, directora ejecutiva. En representación del Colegio de Notarios, estuvieron presentes Roberto Garzón Jiménez, presidente de la institución, y Ángel Gilberto Adame López, director general del Instituto de Investigaciones Jurídicas del Notariado (IIJN).Durante la firma del convenio, se destacó el compromiso de ambas partes para desarrollar actividades que incluyen:Comunicación: Colaboración en la promoción de foros, cursos, talleres, etc. a través de redes sociales y comunicados oficiales.Acceso preferente a actividades académicas: Los asociados y colaboradores tendrán preferencia para participar en diversas actividades académicas organizadas por los colegios.Difusión: Se establecerá un enfoque en la promoción de cursos, talleres, seminarios, conferencias, simposios y diplomados, lo que permitirá a los miembros mantenerse actualizados en sus respectivas áreas de interés y contribuir al desarrollo profesional continuo.Posteriormente a la firma, las autoridades de ambos organismos realizaron un recorrido por las instalaciones del Colegio, donde pudieron conocer más sobre los beneficios que se ofrecen a los asociados.Durante el recorrido, los representantes intercambiaron ideas sobre la importancia de la colaboración interinstitucional y cómo esta puede impactar de manera positiva en la formación y actualización profesional. El encuentro finalizó con una cordial conversación sobre los desafíos actuales que enfrentan ambas profesiones, así como sobre la necesidad de adaptarse a un entorno en constante cambio.
El 29 de julio se presentó en el Colegio el curso Presentación del dictamen por fusión y escisión de sociedades, donde la comisión técnica de Auditoría Fiscal brindó la información necesaria a los asistentes para elaborar el dictamen y presentación de estados financieros de las empresas participantes de fusiones o escisiones, conforme a los requisitos del artículo 14-B del Código Fiscal de la Federación (CFF).El espacio estuvo coordinado por Rafael Mendoza Aguilar y contó con la participación de tres expertos en el tema e integrantes de la comisión: Daniel Lugo Serrano, Saraí Dávila Fragaso y Miguel Ángel Severiano Hernández, quienes compartieron sus conocimientos para explorar los antecedentes, disposiciones fiscales, requisitos y recomendaciones para la elaboración de estos dictámenes. Para comenzar, se explicó que el proceso de fusión o escisión comienza con una asamblea extraordinaria de accionistas, donde se determinarán los motivos para tal efecto en relación con los estados financieros. Además, se señaló la importancia de extender en un acta de asamblea todos los detalles necesarios del acuerdo de estos actos corporativos, con el fin de clarificar las descripciones, plazos, responsabilidades y obligaciones que derivan de ellos.El acta de asamblea no tiene una lista concreta de extensión y alcance. Los expertos señalaron que debe responder a las necesidades de las partes involucradas para establecer un acuerdo, siempre alineada a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM).En ese mismo sentido de cumplimiento normativo, el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación señala las condiciones que debe cumplir un caso de fusión para no ser considerada como una enajenación. Una de estas condiciones es que la sociedad fusionante deberá continuar con las actividades que realizaba antes de la acción.Posteriormente, en el foro se comentó quiénes no están obligados al dictamen, con sustento de la regla 2.10.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Para ello, los contribuyentes deben cumplir tres supuestos: el monto de la cuenta de capital de aportación de la sociedad y el capital social del fusionante o la escindente no debe exceder el equivalente a $100’000,000; El valor de los activos netos transmitidos a la sociedad fusionante o escindida es igual o menor a un monto equivalente a $100’000,000; y, la sociedad fusionada o escindente, en el ejercicio fiscal inmediato anterior a la acción, consignó en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) iguales o menores a un monto equivalente a equivalente a $50’000,000.Además, se compartió cómo debe presentarse un dictamen de los estados financieros utilizados para llevar acabo una fusión o escisión, sus requisitos y condiciones con fundamento del artículo 14-b del CFF. Dentro de estos requisitos, se destacó el escrito libre que debe contener el dictamen y debe ser realizado por un contador público inscrito; además, es en esta carta donde se debe incluir la copia del acta de asamblea que se mencionó previamente.Finalmente, se señaló que no presentar este dictamen, dentro de los plazos establecidos, mediante el Sistema de Presentación de Dictamen (Sipred) puede llevar a la invalidez de la fusión o escisión para efectos fiscales, sanciones económicas y la pérdida de la revisión secuencial. Debido a ello, es de suma importancia mantener estas acciones empresariales dentro de las normativas aplicables y, para ello, es fundamental contar con una presentación apropiada y alineada del dictamen de los estados financieros que les sustentan.
Este 24 de julio, el Colegio y la comisión Administradora de Calidad de Firmas de Contadores Públicos presentaron la conferencia Reflexiones sobre el cumplimiento de la NIGC, revisiones globales, la cual fue impartida por Jaime Pérez Martínez y Cristian Justo Álvarez, y moderada por Javier Sagrero Martínez; quienes platicaron sobre los hallazgos, medidas contra los incumplimientos y los retos por venir en este proceso.Los expositores comenzaron su presentación compartiendo un breve panorama internacional que evidenció la situación actual respecto a la calidad en los servicios de auditoría. Resaltaron diversos hallazgos preocupantes en las firmas, tales como la falta de designación de un responsable del sistema de control de calidad, la ausencia de un manual de políticas y procedimientos, y la inexistencia de planes de capacitación.Entre las observaciones realizadas a los encargos, los contadores destacaron la falta de documentación adecuada para la determinación de cuentas significativas y la insuficiencia de procedimientos analíticos en la evaluación de riesgos. "Es fundamental que se involucre a especialistas de TI en la revisión de los sistemas para garantizar una auditoría efectiva", subrayó Justo Álvarez.Asimismo, los retos que enfrentan los contadores, en el actual contexto, también fueron parte de la discusión. Los especialistas mencionaron la postergación de fechas de visitas, errores en los datos de contacto de los revisores, y el considerable desfase de tiempo en la aceptación de hallazgos; estos elementos, señalaron, afectan directamente la calidad del trabajo de auditoría.Además, compartieron que, de acuerdo con el Foro Internacional de Reguladores Independientes de Auditoría (IFIAR, por sus siglas en inglés), 88% de las jurisdicciones son requeridas para adoptar la NIGC 1, de los cuales 68% de los miembros reportan hallazgos relacionados con auditorías de entidades que no son de interés público.A pesar de los desafíos, se compartieron hallazgos positivos como la eficiencia en las auditorías, una mayor estadía de colaboradores y una mejor colaboración cruzada. Estos aspectos son cruciales para la toma de decisiones informadas dentro de las firmas.Se puntualizó, con base en reportes del IFIAR, que los hallazgos de control de calidad no solo se relacionan con compromisos específicos, sino que abordan políticas y procedimientos vigentes en las firmas. Para mejorar la situación, los especialistas recomendaron la asignación de recursos, el fortalecimiento de la documentación y la inducción a una proactividad mayor en los procesos.“Los beneficios de implementar acciones correctivas eficaces incluyen no solo la reducción de costos, sino también un aumento en la eficiencia y la mejora continua de la calidad en el ámbito contable”, concluyó Pérez Martínez.