2021 empezó con la entrada en vigor a las modificaciones de las principales leyes como la del Impuesto Sobre la Renta (LISR), Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y al Impuesto Especial Sobre la Producción y Servicios (IEPS); así como al Código Fiscal de la Federación (CFF) para fortalecer el sistema de fiscalización.
Entrando en materia, y en un trabajo en conjunto entre el Colegio y las comisiones fiscales, se realizó el curso en línea Resolución Miscelánea Fiscal 2021, los días 20 y 21 de enero, para hablar de sus principales reformas.
El equipo de especialistas estuvo conformado por José Martín Aguayo Solano y Víctor López Paz, integrantes de la comisión técnica Fiscal, y Jorge Paz Solís, integrante de la mencionada comisión y presidente del comité de desarrollo Fiscal 4, quien participó como coordinador y conciliador del evento.
La agenda del primer día se enmarcó con las modificaciones tributarias al ISR y CFF. Al respecto, Aguayo Solano, encargado en abordar el tema del ISR, comentó que el marco legal de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) está constituido por reglas administrativas, complementarias y subordinadas a las leyes, con una vigencia de un año.
Dentro de estas modificaciones 2021, la ley del ISR está recargada en el tema de las donatarias autorizadas, para evitar la evasión fiscal, algún posible abuso de personas morales con fines no lucrativos y transparentar los recursos percibidos para quienes trabajen con éstas.
En cuanto a los temas más sobresalientes en materia de donatarias autorizadas, el expositor resaltó que tienen hasta el 31 de diciembre de 2022 para modificar los estatus, según el artículo 80 de la LISR, sobre la conformación del patrimonio e ingresos de las donatarias, en función de su objeto social.
En esa misma línea, destacó que la vigencia de la autorización para recibir donativos deducibles se mantendrá, siempre y cuando se cumpla con las obligaciones fiscales como la declaración de transparencia, presentar la declaración anual de ingresos y erogaciones del ejercicio, no incumplir con algunas causales de revocación y no se encuentren en el estatus de cancelación del RFC.
Respecto al tema de las modificaciones al CFF, López Paz comentó que la resolución establecida en el 2020 estará vigente a lo largo de 2021; no obstante, en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), del 11 de enero, publicó la versión anticipada, pero encaminados a la parte del ISR con los temas de las donatarias anticipadas y los estímulos fiscales enfocados a la frontera sur.
Sobre este último tema, el expositor refirió que los estímulos fiscales en materia del ISR aplican a los contribuyentes que perciban ingresos por sus actividades empresariales realizadas en la frontera, por ello, se modificó la regla 2.1.2 para incorporar, además de los países ya establecidos, a Armenia, Cabo Verde, Kenia, Mongolia, Montenegro, Macedonia del Norte y Omán, al considerarlos como territorios que cuentan con un acuerdo de intercambio de información con México.
Asimismo, López Paz expuso que a pesar de que no hubo modificación a la regla 2.1.3, es indispensable tenerla presente, por el tipo de operaciones de las empresas, ya que es necesario solicitar la constancia de residencia fiscal para efecto de los artículos 9 del CFF y 4 de la LISR.
Temas como los días inhábiles para el SAT por la Semana Santa, tasa mensual de recargos, aviso para eximir de responsabilidad solidaria y el procedimiento amistoso del tratado para evitar la doble tributación fueron abordados ampliamente por el expositor, con los que cerró el primer día de actividades.
La segunda parte del curso contó con la presencia del contador Rodolfo Jerónimo Pérez, integrante de la comisión Fiscal, quien abordó la segunda parte del tema del ISR, para personas físicas. Al respecto comentó que la obligación para el pago de impuestos tiene como base el artículo 31 de la Constitución Política, que rige a nuestro país, el cual establece que los mexicanos están obligados a contribuir para los gastos públicos para lo que prevén las leyes.
Asimismo, habló de algunas reglas aplicables que se han publicado en la RMF, principalmente en las actualizaciones que derivan de normas que están previstas en la ley, y que son insertadas a través de fichas técnicas en la RMF.
Jerónimo Pérez expresó que en general, algunas de las reglas previstas se mantienen de años anteriores, por lo que destacó sólo aquellas que tienen relevancia como el tema de las tarifas (art. 152 de la LISR), que deben revisarse cuando la inflación acumulada, desde la última fecha de revisión exceda del 10%. De igual modo, abarcó el tema de la declaración informativa de subsidio al empleo y su relación con el ISR.
La segunda —y última— intervención estuvo a cargo del contador Rodrigo Adrián Ramírez Venegas, quien para poner en contexto y comparar la ley de ingresos 2020 respecto de la ley 2021, marcó su participación en un análisis comparativo.
Sobre este tema comentó que la LISR tiene un aumento de 3%, entre un ejercicio a otro, mientras tanto, los impuestos al IVA, IEPS, Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN) e impuestos al comercio exterior vienen con un signo de menos o negativo, lo que representa que los impuestos al consumo cayeron, y no lograrán recuperarse como se tenía previsto, pero más allá de una mala estrategia o mal manejo en las finanzas públicas, es debido al problema de la contingencia sanitaria que ha afectado no sólo a México, sino a países del mundo entero.
Para ello, el gobierno federal fortaleció sus recaudaciones con actos de fiscalización severos para mantener el cumplimiento de las obligaciones fiscales, aplicable a personas físicas y morales, y contar con información fiable y transparente por parte del contribuyente.
Eventos recientes
El Colegio llevó a cabo hoy el curso Marketing digital y redes sociales para emprender con éxito, diseñado para proporcionar herramientas esenciales a emprendedores en el ámbito digital. Este evento, que tuvo lugar el 21 de junio, contó con la participación de Mariel Hayde Uribe Hernández, experta en Estrategia Fiscal y miembro de la comisión técnica del Sector Empresarial; Jorge Alvarado Cordero, cofundador de Grownomics y presidente de la misma comisión, quien también moderó el evento; y la conocida influencer Samantha Michelle Uribe Hernández.El programa ofreció una introducción completa al marketing digital, en el que se analizó el mercado del consumidor y su demografía, el proceso de decisión de compra, las ventas en línea y la evolución del marketing, incluyendo el fascinante mundo del neuromarketing. Se exploraron las influencias sociales y psicológicas que afectan el comportamiento del consumidor, así como la famosa jerarquía de necesidades de Maslow.Entre los temas destacados, se profundizó en cómo se toman las decisiones, el concepto del cerebro triuno (reptiliano, límbico y córtex cerebral), y las enseñanzas clave de las neuroventas para comprender lo que de forma instintiva motiva al ser humano a comprar. El temario también subrayó la importancia de la creación de un Buyer persona para identificar al cliente ideal, el funcionamiento del embudo de ventas y las generalidades de las redes sociales, así el cómo construir historias efectivas en estas plataformas. Se hizo especial énfasis en plataformas como Instagram y TikTok, sus algoritmos, tipos de influencers, y las características de contenido en cada una. Un segmento crucial del entrenamiento se dedicó a la marca personal y el Branding, en el que se definió qué es una marca, cómo se construye a través de promesas y experiencias, y la relevancia de los cinco sentidos en el branding. Para finalizar, Samantha Michelle Uribe Hernández, influencer fundadora del sitio Nutrióloga Sam Uribe, compartió su inspiradora historia de éxito. Relató cómo enfrentó la adversidad y encontró en las redes sociales una herramienta poderosa para difundir mensajes que motivan a las mujeres a reconectar con su cuerpo y transformar su salud, todo basado en el equilibrio y el amor propio.Al término, Jorge Alvarado Cordero abrió la sesión de preguntas y respuestas y se encargó de entregar los reconocimientos a las ponentes.
El Colegio de Contadores Públicos de México celebró, este 20 de junio, el cierre de los festejos por sus 75 años con una velada memorable, que reunió a expresidentes, directores, asociados, amigos y familiares, quienes son parte fundamental del legado de la profesión contable.En la apertura, el presidente del Colegio, Adolfo Ramírez, dirigió un emotivo mensaje a todos los presentes, en el que destacó la trayectoria y legado de la institución como un pilar fundamental en la contaduría pública del país.Asimismo, subrayó la importancia que tiene el Colegio en la formación y el desarrollo de contadores públicos, así como su compromiso con la sociedad. “Hoy celebramos no sólo un aniversario, sino un legado de dedicación y servicio a nuestra comunidad. Gracias a todas y a todos los que han hecho posible esta celebración, a quienes nos han acompañado durante este año conmemorativo y, sobre todo, a cada asociado que cree y vive el Colegio”, afirmó Ramírez, resaltando los logros alcanzados en estas siete décadas y media.Durante el evento, los asistentes disfrutaron de una exquisita cena acompañada de un espectáculo del reconocido artista e “imitador de América”, Gilberto Gless, quien animó la noche e hizo cantar a más de uno, creando un ambiente de celebración a través de sus interpretaciones de Juan Gabriel, Luis Miguel, Vicente Fernández, Ricardo Arjona, entre otros. Su talento y carisma hicieron que todos revivieran grandes momentos musicales, uniendo a todos los presentes.Entre los asistentes, se destacó la presencia de figuras clave en el ámbito financiero y académico, tales como Armando Tomé González, director de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM; Elsa Beatriz García Bojorges, presidenta del Consejo Emisor en el CINIF; autoridades del INAP; Luis F. Kudo y Manuel Niño de Rivera de KNR Abogados; entre otros.Además, en el marco de esta celebración, se llevó a cabo la reapertura del Aula Magna, un espacio modernizado con luces y audio de última tecnología, que ahora cuenta con áreas inclusivas, reafirmando el compromiso de la institución con la accesibilidad y la innovación. Este renovado espacio estará disponible para conferencias, talleres y eventos, permitiendo a los contadores públicos acceder a formación continua en un entorno cómodo y adaptado a las necesidades actuales. Del mismo modo, se inauguró el Museo virtual de la Contaduría Pública, el cual ofrece una visión interactiva de la historia y evolución de la profesión; este espacio permanecerá abierto para todo el público que visite las instalaciones.La velada incluyó momentos emotivos, donde los expresidentes y miembros del comité ejecutivo recordaron los retos superados y las transformaciones que ha vivido la institución. La interacción entre generaciones, desde los contadores más experimentados hasta los jóvenes profesionales, fue un recordatorio de la importancia de la colaboración y el aprendizaje mutuo en el fortalecimiento de la profesión.Este evento no solo celebró el pasado, sino que también iluminó el camino hacia un futuro lleno de oportunidades para el Colegio y todos sus miembros.
Con el fin de compartir los aspectos legales y fiscales del pago de dividendos y las reducciones de capital, la comisión técnica Fiscal coordinó en el Colegio el curso Aspectos fiscales de pagos de dividendos y reducción de capital, para preparar a los profesionales contables en el correcto cumplimiento normativo de estos conceptos.El 18 de junio comenzó la jornada con la exposición de los aspectos legales a considerar para la distribución de dividendos, a cargo de Federico Tercero Garza Torres. Para comenzar, el experto destacó que, a pesar de no existir una definición legal para dividendo, la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) los define como “una distribución hecha por una sociedad a sus asociados a base de beneficios” y que, según la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), se entienden como una retribución a la inversión de los accionistas o “una cuota por acción que tiene derecho a recibir el accionista de la utilidad distribuible”.Entre las consideraciones legales de los dividendos, cabe mencionar que su distribución debe ser aprobado por la asamblea de socios o accionistas y solo puede efectuarse si existen utilidades reportadas en los estados financieros que ya hayan concluido. Además, previo a la distribución de dividendos se debe considerar un pago del 5% a acciones de voto limitado y otro 5% debe canalizarse al fondo de reserva.Para continuar con la exposición, Manuel Toledo Espinoza extendió en el análisis de los efectos financieros y fiscales del pago de dividendos según las regulaciones vigentes. Durante su explicación, el ponente describió que “no se pueden retirar utilidades de una empresa que no ha pagado Impuesto Sobre la Renta (ISR)” mediante la declaración anual o la distribución de dividendos no provenientes de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (Cufin) o Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida (Cufinre).Además, el ponente señaló que la pagadora de dividendos debe expedir el CFDI llenado apropiadamente para evitar problemas al receptor, ya que esa información es precargada para que el accionista presente su declaración y un error en los montos exentos o gravados llevará a una discrepancia fiscal.Para el segundo día de la jornada, el 19 de junio, se contó con la participación de Jorge Manuel Flores Batres y Miguel Ángel Severiano Hernández, quienes dedicaron sus exposiciones a compartir los pormenores de la reducción de capital.Primero, Jorge Flores se centró en los aspectos legales de este concepto, donde empezó por la definición de este y señaló que “toda sociedad puede aumentar o reducir su capital”, mediante un acuerdo derivado de una asamblea extraordinaria para una sociedad anónima o votada en asamblea general para el caso de una sociedad de responsabilidad limitada.Para complementar, el ponente detalló los requisitos para la convocatoria de una asamblea general o extraordinaria, con el fin de evitar un incumplimiento que lleve a declarar dichas asambleas como ilegales y, por tanto, sin validez legal.Posteriormente, el experto detalló las implicaciones fiscales de una reducción de capital e hizo énfasis en la importancia de determinar si existe utilidad distribuible gravable que cause un impuesto para la compañía derivada de ella.Miguel Severiano continuó con los aspectos prácticos de la reducción de capital, donde comentó los puntos clave a considerar con relación a estos actos corporativos. Para comenzar, el ponente señaló que se recomienda realizar reducciones de capital cuando una sociedad tiene el suficiente flujo de efectivo para el cumplimiento de su objetivo social; puede definir proyectos que requieran recursos a corto y mediano plazo; y cuente con estados financieros aprobados para la reducción de capital.Finalmente, expuso su el uso de la Cuenta de Capital de Aportación (Cuca) y Cufin para estas acciones corporativas y concluyó con la presentación de algunos casos prácticos que reflejaran lo compartido para afianzar los conocimientos adquiridos.