El Colegio celebró su foro anual de fiscalización los días 23 y 24 de octubre con la destacada participación de representantes de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF) perteneciente al Servicio de Administración Tributaria (SAT) los días 23 y 24 de octubre.
El evento, inaugurado por el presidente del Colegio, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, resaltó el papel fundamental de los contadores como garantes de la transparencia fiscal y la importancia de estos foros para fortalecer el diálogo entre el sector público y privado.
La Administradora General de la AGAFF, Amelia Guadalupe De León Ortega, estableció la agenda del evento, en la que puso especial énfasis en la relevancia de los criterios jurídicos en materia fiscal.
De León Ortega destacó que el SAT lleva años aplicando el Plan Maestro de fiscalización y recaudación, con el objetivo de ser más eficientes en la recaudación; pero sobre todo, orientar a los contribuyentes con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Dentro de las novedades que el SAT ha implementado en los últimos tiempos es el uso exhaustivo de herramientas digitales, pues les permite ofrecer una interacción oportuna, amable y expedita a todos los contribuyentes.
Posteriormente, la primera mesa de diálogo abordó los Aspectos de la fiscalización en la AGAFF. En ella participaron Adela Mayén Villagrana, Administradora de Apoyo Jurídico de Auditoría Fiscal Federal del SAT, y Marco Antonio Hernández Lara, Administrador Central de Apoyo Jurídico de Auditoría Fiscal Federal del SAT, quienes contaron con el apoyo de los comisionados técnicos en Fiscal, Antonio Alberto Vela Peón e Ignacio Sosa López.
Sobre el tema externaron que en materia de fiscalización, es importante poner en contexto que el Plan Maestro 2024 nace como una estrategia de fiscalización, optimización y coordinación de las diferentes áreas del SAT, con el objetivo de incrementar la eficiencia y la recaudación, sin que haya necesidad de generar nuevos impuestos o aumentar los ya existentes.
Marco Antonio Hernández agregó que gracias al Plan Maestro se ha logrado modernizar la gestión tributaria en beneficio de las finanzas públicas y de los mismos contribuyentes.
“A raíz de la implementación de este plan, en lo que va de este 2024, se alcanzó una recaudación de más de 3 billones, lo que se traduce en un incremento de 5.3 por ciento”.
En ese tenor, los funcionarios comentaron que a efecto de disminuir la evasión fiscal, con este plan se centraron en la fiscalización de ocho rubros (actividades vulnerables, mercado de combustibles, aplicaciones improcedentes de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado, impuestos de comercio exterior, impuestos internos, operaciones simuladas, tercerización de pago de nóminas y simulación de pensiones), 18 sectores económicos (automotriz, logística y transporte, bebidas alcohólicas y cigarros, metalúrgico, comercio, paquetería y mensajería, construcción, electrónicos, entretenimientos y espectáculos, farmacéutico, hidrocarburos, hotelería, servicios privados de salud y de educación, servicios inmobiliarios, publicidad y plataformas tecnológicas) y 15 conductas, las cuales acentúan los esfuerzos de fiscalización y recaudación.
En el segundo panel el Plan Maestro de fiscalización 2024, comentarios a diez meses de su implementación fue el eje central. En esta mesa de análisis participaron Paola González López Portillo, Administradora Central de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas en materia de Coordinación Fiscal; María de Los Ángeles Sánchez, Administradora de Verificación y Evaluación de Entidades Federativas. Las funcionarias estuvieron acompañadas de los comisionados técnicos en Fiscal, Allen Saracho Carrillo y Guillermo Uribe Garay.
Paola González agregó que el Plan Maestro surgió en el área de grandes contribuyentes y dado los buenos resultados que se obtuvieron en la administración general se determinó su implementación en el SAT, en el que se estableció una estrategia de optimización y coordinación de todas las administraciones generales de auditoría fiscal.
En tanto, las expositoras externaron que parte del éxito recaudatorio se debe a que el SAT ha sido innovador en el tema de las herramientas digitales, en la administración de la información a través de los diferentes medios de cumplimiento y de las obligaciones fiscales que llegan por parte de los contribuyentes.
“En estos tiempos, donde la tecnología nos ha ganado en todos los ámbitos de la sociedad, el SAT no podía quedarse atrás y ha invertido en el tema de sus herramientas tecnológicas, garantizando que toda la información que los propios contribuyentes nos hacen llegar, llámese CFDI, complementos de pago, declaraciones, avisos, pedimentos, se alberga en las bases de datos institucionales, esté segura y sea administrable”.
Este proceso le ha permitido al SAT detectar esquemas y modelos de riesgo. El uso de tecnologías y herramientas brinda optimización de procesos y tiempos en la obtención de información y detección de esquemas agresivos de evasión y elusión fiscal.
En la tercera mesa de trabajo, el tema central fueron las Facultades de comprobación: medidas preventivas y correctivas, así como criterios novedosos de fiscalización, en la que participaron Nelly Josefina Prieto López, Administradora Central de Planeación y Programación en el SAT; Fernando Romero Gómez, Administrador de Planeación y Programación de Auditoría Fiscal Federal en el SAT, quienes contaron con el apoyo de los contadores Federico Tercero Garza Torres, socio en KPMG, y del comisionado técnico en fiscal José Martín Aguayo Solano.
Entrando de lleno en las participaciones, Nelly Prieto López puso como preámbulo de cómo está constituida la AGAFF, la cual está integrada por 64 millones de contribuyentes, mismos que están segmentados en empresas, que corresponden a personas morales, personas físicas con actividad empresarial y los contribuyentes, quienes son los asalariados y representan la mayor cuantía del padrón de la AGAFF.
En materia de las revisiones o aspectos de fiscalización por parte de la AGAFF, están enfocadas en tres sectores principales: cumplimiento, esquemas de riesgo y operaciones simuladas.
En lo tocante al cumplimiento, la ponente destacó la identificación de contribuyentes omisos en la presentación de declaraciones y entero de las contribuciones a las que son sujetos, en forma directa y en carácter de retenedor. Así como la detección y revisión a contribuyentes que presentan caídas recaudatorias; detección y revisión a contribuyentes que presentan discrepancias entre los ingresos acumulables reportados contra los identificados y documentados en diversas bases de datos.
En cuanto a los esquemas, la AGAFF se ha centrado en el pago de retenciones mediante acreditamiento de subsidio para el empleo inexistente; planes de pensiones de retiro o beneficios a empleados; intangibles; aportaciones de capital; reestructuras; créditos incobrables; aplicación indebida de estímulos fiscales; discrepancias en controles volumétricos y deducción de donativos improcedentes.
“En tanto, en las operaciones simuladas, como fiscalizadora, cuesta trabajo encontrar los elementos que le den materialidad a un servicio, pero tenemos que tener presentes que un contrato y una factura nunca le van a dar materialidad a un servicio”, para ello, es necesaria la detección, clasificación y revisión a contribuyentes que realizan operaciones simuladas de acuerdo con el 69-B del Código Fiscal de la Federación, suspensión o cancelación de sellos digitales de contribuyentes bajo los supuestos del 17-H y 17-H bis del citado código.
El cuarto panel que cerraría la primera jornada se abordó el tema de Aspectos del dictamen fiscal: consideraciones importantes en materia de revisión al Contador Público Inscrito (CPI) en la que participaron Fernando Sierra de la Fuente, de la Central de Operación de la Fiscalización Nacional en el SAT; María Victoria Zacatenco Cruz, de la Administración Central de Operación de la Fiscalización Nacional en el SAT. El panel estuvo moderado por Manuel Baltazar Mancilla y Enrique Ramírez Luna de las comisiones técnica Fiscal y de Auditoría Fiscal.
Fernando Sierra definió el dictamen fiscal como la opinión que emite un CPI como dictaminador sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales de un determinado contribuyente, el cual surge porque el fisco deposita su confianza en el CPI como coadyuvantes en la fiscalización y en la credibilidad hacia el trabajo del CPI.
“El dictamen fiscal tiene el objetivo del control al cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y para verificar que el cálculo de impuestos fue realizado de manera correcta”.
En el tema de las consideraciones importantes en materia de la revisión al CPI, el titular de la Central de Operación de la Fiscalización Nacional en el SAT destacó el cumplimiento en la presentación de dictámenes, en la que puntualizó que 2087 CPI presentaron 9524 dictámenes fiscales en tiempo por el ejercicio 2023, en la “que no se reportaron inconsistencias, errores o fallas en el sistema durante el proceso de envío”.
No obstante, el fiscalista mencionó las sanciones aplicadas al CPI y que derivan de incumplimientos previstos en el CFF y su reglamento, por lo que se han aplicado sanciones debido a cancelación por acumulación de tres suspensiones; suspensión por incumplimiento en la Evaluación de la actuación profesional, Norma de Educación Continua, omisión en la presentación de papeles de trabajo, y amonestación por incumplimiento que avale ser socio activo y evaluación de la actuación profesional.
A lo largo de su participación, Fernando Sierra habló de los requisitos del dictamen, de las irregularidades en la actuación profesional del CPI y del papel del contador en el proceso.
Durante el segundo día se abordaron cuatro temas principales: Simulación de operaciones, Embargo precautorio, Defraudación fiscal y sus equiparables, y Aspectos generales en materia de actividades vulnerables.
El primer panel estuvo integrado por Rubén Martín López Rodríguez, Administrador Central de Fiscalización Estratégica en el SAT; Socorro Núñez Cruz, Administradora Central de Fiscalización Estratégica en el SAT; Miguel Ángel Severiano Hernández y Mirella Mirandina Plácido Hernández, ambos de la comisión técnica Fiscal.
En esta primera participación se abordó el tema de la Simulación de operaciones, en la que los representantes de la AGAFF en el SAT destacaron que estas conductas se refieren a la declaración o confesión falsa de lo que en realidad no ha ocurrido y que pueden presentarse de manera absoluta o relativa; es decir, "aquellos actos que nada tienen de real o que están encubiertos de la falsa apariencia que oculta su verdadero carácter".
Ante este panorama, la AGAFF ha emitido diferentes reformas con el objetivo de que la autoridad cuente con mayores herramientas para erradicar estas operaciones, temas que se encuentran establecidos en el CFF y en la LISR.
La simulación, dentro del ejercicio de las facultades de comprobación y gestión, ha permitido identificar diversos esquemas agresivos de evasión y elusión fiscal, a través de la simulación de actos jurídicos, los cuales están relacionados con la materialidad de las operaciones efectuadas por las personas físicas o morales afectadas. Ante este panorama, los ponentes expusieron casos prácticos de cómo se realizan dichas simulaciones.
Acto seguido, el tema del Embargo precautorio fue abordado por Desireé Romero Carrillo, Administradora Central de Devoluciones y Compensaciones en el SAT, e Ignacio Ordaz Murillo, Administrador en el SAT, quienes fueron moderados por Pablo Ramírez Morales y Rodolfo Jerónimo Pérez, de la comisión técnica Fiscal.
Desireé Romero e Ignacio Ordaz se refirieron al embargo precautorio como aquella herramienta legal para garantizar el interés fiscal ante posibles incumplimientos. A tal efecto, se realiza sobre bienes del contribuyente para asegurar que el deudor cubrirá el importe de un crédito que no se ha garantizado o porque concurre una situación de riesgo que trastoca las actuaciones de la autoridad dentro de un procedimiento fiscalizador.
Con esto, los tribunales jurisdiccionales consideran que se trata de una medida preventiva que tiende a asegurar el interés fiscal, lo que implica mantener una expectativa favorable de cobro.
A este respecto, el embargo precautorio es esencial para proteger los intereses fiscales y su aplicación debe ser conforme a derecho; en otras palabras, respetando las garantías individuales de los contribuyentes.
"Conocer interpretaciones y criterios previene conflictos y asegura el cumplimiento", frase con la que cerraron sus intervenciones.
El penúltimo panel se centró en la Defraudación fiscal y sus equiparables, el cual estuvo constituido por María Leticia Bernal Velázquez, Administradora Central de Análisis Técnico Fiscal en el SAT; Saraheli Díaz de León Benard, Administradora en el SAT, quienes fueron coordinadas por Eduardo Sánchez Lemoine y Guadalupe Santos Moreno, de la comisión técnica Fiscal en el Colegio.
Las representantes de la AGAFF establecieron como punto de partida qué se entiende por delito fiscal, el cual definieron como aquella conducta descrita en el Código Fiscal de la Federación (CFF), a la cual se le atribuye una pena de prisión por violar las normas más elementales del sistema tributario. Estos delitos se encuentran clasificados en: acción y omisión; resultado y conductas formales; instantáneo, continuo, permanente y continuado.
Ante la pregunta de por qué la defraudación fiscal es considerada un delito, las especialistas argumentaron que no se castiga el incumplimiento en el pago de las contribuciones, sino el haber engañado de manera dolosa al fisco federal con la intención de no realizar dichos pagos o bien, obtener un beneficio económico indebido. Esto hace que dicha conducta se aleje de la esfera administrativa y sea motivo de sanción penal.
En materia de defraudación fiscal equiparada se expuso que será sancionada con las mismas penas del delito de defraudación fiscal quien consigne en las declaraciones presentadas para efectos fiscales deducciones falsas, ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos, valor de actos o actividades menores a los realmente obtenidos o realizados, y erogaciones superiores a los ingresos declarados.
Para cerrar la jornada del 11.° Foro de fiscalización del SAT (AGAFF), se presentó el tema Aspectos generales en materia de actividades vulnerables, integrado por Castor Álvarez Ortiz, Administrador Central de Apoyo Jurídico de Actividades Vulnerables en el SAT; Jessica Analleli Pulido Vázquez, Administradora del SAT; Roberto Iván Colín Mosqueda, de la comisión técnica Fiscal, y Silvia Rosa Matus de la Cruz, de la comisión técnica de Prevención de Lavado de Dinero.
Entrando de lleno en el tema de las actividades vulnerables con enfoque a servicios profesionales: recomendaciones y buenas prácticas, se dijo que el SAT, por medio de visitas de verificación, supervisa el debido cumplimiento de lo establecido en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI). La finalidad es que, con su cumplimiento, los sujetos obligados coadyuven a generar una percepción de riesgo en los sujetos obligados respecto al uso de recursos con origen ilícito, prevenir que los sectores identificados como vulnerables sean utilizados por la delincuencia organizada para integrar los recursos obtenidos en la comisión de actividades delictivas y prevenir la imposición de posibles sanciones administrativas.
El foro fue clausurado por el presidente del Colegio, quien puso de manifiesto que el resultado del evento fue un claro ejemplo de cómo la colaboración entre el Colegio y la AGAFF del SAT logró generar beneficios mutuos y contribuir a un entorno fiscal más justo y eficiente.
El evento fue coordinado por Pablo Cervantes García, Eduardo Arizmendi Salcido y Graciela Rojas Mejía, integrantes de la comisión organizadora del evento.
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Entender y planificar la transición generacional de un negocio familiar fue el enfoque principal del curso en línea Sucesión en empresas familiares, que se llevó a cabo el 10 de septiembre. El objetivo era ofrecer una perspectiva clara y práctica sobre cómo garantizar una transferencia ordenada y estratégica, integrando tanto los aspectos empresariales como los familiares. Sergio Jara Rullán y Carlos Enrique Orozco-Felgueres Loya, integrantes de la comisión técnica del Sector Empresarial y expertos en el tema, fueron los encargados de la presentación. Ambos contadores destacaron que la ausencia de un plan de sucesión representa un riesgo significativo para la mayoría de las empresas familiares en México, donde más de la mitad enfrenta la amenaza de cierre por esta razón. Una transición bien planificada es crucial para asegurar la continuidad del negocio y prevenir conflictos familiares. Según Sergio Jara Rullán, basándose en un estudio del IPADE Business School, comentó que 57% de las empresas familiares en México y Latinoamérica están en riesgo de fracasar debido a la falta de un plan de sucesión. Sólo 3% de estas empresas cuenta con un plan de sucesión explícito para su dirección general. Sin un plan claro, las empresas familiares son más vulnerables a conflictos internos y a una posible disolución. En México, 21% de estas empresas logra llegar a la segunda generación, y menos del 10% sobrevive a la tercera y cuarta generaciones.Cuando se trata de las herramientas legales para la sucesión en México, Jara Rullán destacó tres instrumentos clave que pueden facilitar la planificación sucesoria: 1.- Donación: se refiere a la transferencia gratuita de activos o acciones mientras el propietario aún está vivo. 2.- Usufructo: esta figura legal divide la propiedad en dos derechos diferentes: • Nuda Propiedad: que es la propiedad neta del activo, la cual se transfiere al sucesor. • Usufructo: el derecho a usar, disfrutar y recibir los beneficios (como dividendos) del activo, que permanece con el fundador. 3.- Fideicomiso: es un contrato donde el fundador (fideicomitente) transfiere activos a una institución financiera (fiduciario) para que los administre en beneficio de los herederos (fideicomisarios). Por su parte, el contador Carlos Enrique Orozco-Felgueres Loya comenzó argumentando que el patrimonio como una herramienta para el bienestar es entender que el patrimonio no es sólo un objetivo en sí mismo, sino una herramienta valiosa para lograr la seguridad económica y el bienestar familiar. Profundizó en cómo acumular activos (como propiedades, ahorros, inversiones y negocios) puede ayudar a las familias a: A) Enfrentar imprevistos: contar con un respaldo financiero para emergencias médicas, pérdidas de empleo o reparaciones inesperadas. B) Planificar el futuro: financiar la educación de los hijos, la jubilación de los padres o el lanzamiento de un nuevo negocio. C) Generar ingresos pasivos: hacer que el dinero trabaje para la familia a través de rentas o dividendos, disminuyendo así la dependencia del ingreso laboral.Asimismo, abordó los temas de los riesgos y conflictos patrimoniales vinculados a la empresa familiar y a la sucesión, así como la transferencia del patrimonio en vida o al fallecimiento y con ello, las acciones preventivas. A lo largo de su participación, el contador Orozco-Felgueres añadió que, para lograr una transición exitosa, es fundamental establecer un sólido marco de gobernanza. Esto implica crear un consejo de familia y un consejo de administración para separar las decisiones empresariales de la dinámica familiar. También recomendó implementar un protocolo familiar, que es un acuerdo privado que establece las reglas para la participación de los miembros de la familia en la empresa. Este protocolo puede integrarse oficialmente en los estatutos de la empresa y registrarse en el Registro Público de Comercio, dándole así validez legal. Alternativamente, puede vincularse a un fideicomiso, lo que le otorga una fuerte base legal e incluso puede eliminar la necesidad de un testamento o un juicio sucesorio. La clave está en elegir las herramientas adecuadas, o una combinación de ellas, para asegurar la sostenibilidad a largo plazo de la familia y el negocio.
El Colegio llevó a cabo, este 9 de septiembre, el foro Sucesiones patrimoniales internacionales: herencias, legados y trusts, espacio en el que los expertos en planeación patrimonial compartieron su experiencia en torno a estructuras internacionales y casos prácticos relacionados con herencias, legados y donaciones. Coordinado por Juan Ignacio Rivero, el evento contó con la participación de los contadores Layda Cárcamo, Juan Ángel Becerra y Pedro Corona.En su turno, Layda Cárcamo destacó las razones fundamentales para planear la sucesión patrimonial, como la protección de la riqueza acumulada, la continuidad de los negocios familiares y la preservación de la armonía familiar. A su vez, enfatizó la distinción entre la planeación patrimonial y prácticas ilegales como la evasión fiscal y el lavado de dinero, advirtiendo sobre las consecuencias de no planear, tales como el desconocimiento de activos, la incapacidad de los herederos para administrarlos y la aparición de herederos no deseados.También, mencionó que se debe considerar la situación financiera futura de los herederos, posibles discapacidades y la justicia en la distribución de bienes. La especialista subrayó que “una adecuada planeación no solo protege los activos, sino que también permite a las familias tomar decisiones informadas que pueden evitar conflictos futuros”.Por su parte, Pedro Corona habló acerca de la importancia de entender el concepto de residencia fiscal en los EUA y cómo esto afecta a los residentes mexicanos. Aclaró que la determinación de la residencia se basa en criterios objetivos, lo que es crucial para la planificación fiscal.Además, detalló las implicaciones que tiene la residencia en la tributación sobre la renta, lo que puede influir en la estrategia patrimonial de los individuos que operan o tienen activos en ambos países.En tanto, Juan Ángel Becerra abordó el tema de Canadá como un destino favorable para la protección patrimonial internacional, hablando sobre la estabilidad y reputación del sistema legal canadiense, el acceso a más de 90 tratados fiscales y la existencia de corporaciones con responsabilidad limitada que facilitan la concentración de inversiones en diversos activos, incluidos bienes raíces y valores bursátiles. Ante este contexto internacional, remarcó la trascendencia de las holding companies como herramientas efectivas para estructurar inversiones y proteger el patrimonio familiar, así como la relevancia de contar con un marco legal robusto que ofrezca seguridad y flexibilidad a los inversionistas.Los panelistas concluyeron que, ante el actual panorama internacional, es fundamental adoptar medidas que aseguren un futuro financiero estable y armonioso.
El pasado 9 de septiembre, la comisión Fiscal del Colegio organizó la plática Programa de regularización fiscal, de voz de las autoridades, en la que representantes del Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicaron los alcances de este esquema contemplado en el artículo 34 transitorio de la Ley de Ingresos 2025. La medida busca apoyar a personas físicas, micro y pequeñas empresas con adeudos fiscales, ofreciendo una oportunidad excepcional para ponerse al corriente.En la apertura, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente del Colegio, dio la bienvenida a los asistentes y subrayó la importancia de generar foros que fortalezcan la comunicación entre la autoridad y los profesionales de la contaduría. En su mensaje, destacó la relevancia del Paquete Económico 2026 como hoja de ruta financiera del país y convocó al gremio a participar activamente en el análisis técnico y ético de las reformas fiscales en puerta.Para dar inicio con la plática, Alejandro Alcalde Andrade, administrador Desconcentrado de Recaudación del Distrito Federal 1, del SAT, destacó que el programa de regularización fiscal previsto en el artículo 34 transitorio de la Ley de Ingresos de 2025 representa una oportunidad para personas físicas, micro y pequeñas empresas que enfrentan adeudos por contribuciones propias, retenidas o trasladadas de los ejercicios 2023 y anteriores. Señaló que este esquema surge como respuesta a la necesidad de apoyar a los contribuyentes que, tras la pandemia, enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones fiscales, sin que ello signifique falta de voluntad de pago.En ese sentido, explicó que el beneficio aplica únicamente para contribuyentes con ingresos anuales de hasta 35 millones de pesos, siempre que no hayan recibido condonaciones fiscales en programas previos (2007 y 2013), no cuenten con sentencias firmes por delitos fiscales ni estén publicados en los listados del artículo 69 del Código Fiscal. Resaltó que el crédito fiscal debe encontrarse firme o, en su caso, el contribuyente debe desistirse de los medios de defensa interpuestos, lo que permite acceder a reducciones significativas en multas, recargos y accesorios.El expositor detalló los cuatro supuestos que abarca el estímulo: Contribuciones autodeterminadasContribuyentes en facultades de comprobaciónCréditos fiscales determinados con convenio de pago a plazosCréditos fiscales firmesEn cada caso, las condiciones y fechas límite varían, siendo el 30 de septiembre de 2025 la fecha clave para solicitar el beneficio en los incisos C y D, y el 31 de diciembre de 2025 para la regularización en el inciso A. Subrayó que en todos los supuestos el pago debe realizarse en una sola exhibición o, de manera limitada, en parcialidades hasta noviembre de 2025.Para cerrar su intervención, Alcalde Andrade remarcó que el estímulo fiscal permite que los contribuyentes solo paguen la contribución actualizada, liberándolos de recargos, multas, gastos de ejecución y extraordinarios, lo que representa un ahorro considerable. Invitó a los contadores a difundir esta información entre sus clientes y colegas, ya que se trata de una medida excepcional que busca fortalecer la cultura contributiva y dar certidumbre a quienes desean ponerse al corriente en sus obligaciones fiscales.Continuando con la plática, la jefa del Departamento de Beneficios Fiscales en la Administración Desconcentrada de Recaudación del Distrito Federal 1, del SAT, Temis García Alvarado, compartió los procedimientos para que los contribuyentes puedan acceder al programa de regularización fiscal previsto en la Ley de Ingresos 2025. Profundizó que, en el caso de los incisos A y B (contribuciones autodeterminadas y aquellas bajo facultades de comprobación), el trámite se realiza directamente en el portal de declaraciones y pagos del SAT, seleccionando el estímulo fiscal correspondiente para aplicar la reducción de recargos y, en su caso, de multas. En cambio, para los incisos C y D (créditos fiscales en convenio de pago a plazos y créditos firmes), comentó que el procedimiento debe realizarse a través de un caso de aclaración en Mi portal, adjuntando la documentación soporte requerida.García Alvarado destacó que este estímulo es particularmente atractivo porque permite la reducción al 100% de recargos y multas, sin importar su tipo, lo que lo hace más favorable que los beneficios previstos en otras disposiciones como el artículo 70-A del Código Fiscal. Subrayó la importancia de cumplir con los requisitos establecidos, en especial el límite de ingresos de 35 millones de pesos, y de que los contadores funjan como puente de comunicación para orientar a los contribuyentes en el aprovechamiento de esta medida excepcional de regularización.Por último, Perla Xóchitl Sánchez Rodríguez, subadministradora de Recaudación en la Administración Desconcentrada de Recaudación del Distrito Federal 1, del SAT, abundó en las principales problemáticas que enfrentan los contribuyentes al solicitar la aplicación del estímulo fiscal previsto en la Ley de Ingresos 2025. Señaló que en los casos de los incisos C y D (adeudos con pago en parcialidades vigentes y créditos firmes), la solicitud debe realizarse mediante un caso de aclaración en el portal del SAT, cumpliendo con los requisitos de la ficha de trámite 10 de la Resolución Miscelánea Fiscal. Advirtió que los errores más frecuentes incluyen la falta de documentación, escritos incompletos o mal formateados, así como la omisión de manifestaciones necesarias, lo que retrasa o impide la procedencia del beneficio.Asimismo, destacó que el estímulo aplica únicamente cuando existe una contribución omitida, pues el objetivo es la regularización de adeudos y no el perdón de multas aisladas. Aclaró que el beneficio permite la reducción de recargos, multas, gastos de ejecución y accesorios, incluso en casos de responsabilidad solidaria, siempre que se cumpla con el límite de ingresos de 35 millones de pesos. Finalmente, subrayó que este programa es una oportunidad para que los contribuyentes se pongan al corriente.