Para considerar que el Impuesto Sobre la Renta (ISR) —que se percibe a través de entidades extranjeras— es sujeto al Régimen Fiscal Preferente (Refipres), se presentó el curso en línea Implicaciones en México de 4-A, 4-B y Refipres, realizado el 20 de septiembre, y contó con las intervenciones de los comisionados en Fiscal en el Colegio, Roberto Ivan Colín Mosqueda, Pablo Cervantes García, Guillermo Leopoldo Uribe Garay y Guillermo López Corral, quienes pusieron en contexto el origen, según la OCDE, la tributación en México por beneficiarios controladores, la fiscalización de las entidades extranjeras y el cumplimiento de obligaciones, así como la definición de control efectivo desde sus aspectos prácticos y su problemática.
Con objeto de entender mejor en qué consiste este impuesto y cuándo fue implementado en México, el contador Colín Mosqueda mencionó que tiene su origen en el plan BEPS emitido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el cual contiene medidas, cuya finalidad es que las jurisdicciones puedan prever reglas para obligar a los inversionistas residentes en una entidad o figura extranjera transparente, a que reconozcan los ingresos a través de éstas, así como el evitar situaciones donde exista una deducción en una jurisdicción sin la correspondiente inclusión en otra, y por ello, las reglas de híbridos deben permitir la deducción en la medida que la otra instancia adopte la recomendación vinculante.
“Las reglas respecto a entidades o pagos híbridos deben ser diseñadas en coordinación con otras jurisdicciones a efecto de evitar la doble tributación”.
En lo que concierne a la reforma fiscal 2020, se propuso regular a las entidades y figuras jurídicas extranjeras, por lo que se adicionaron los artículos 4-A y 4-B de la Ley del ISR, que reglamenta el régimen tributario de los residentes en el extranjero con permanencia en México.
En esa misma línea informativa, Pablo Cervantes García argumentó que en la exposición de motivos de la reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF) se planteó la necesidad de cumplir con los compromisos a nivel internacional para garantizar condiciones de igual y dar respuesta al llamado G-20, que invita a remitirse a los trabajos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) sobre el concepto de beneficiario controlador para efectos del estándar de intercambio de información, previa petición con respecto a personas, estructuras jurídicas y cuentas bancarias.
En ese tenor, Guillermo Leopoldo Uribe Garay habló, entre otros temas, del Refipres, del cual dijo que se consideran los ingresos sujetos a este régimen los que no están gravados en el extranjero —para no caer en la doble tributación— o los que están con un ISR inferior al 75%, que se causaría y pagaría en México.
Al tiempo que comentó que para determinar la tasa a que está sujeta la entidad se debe considerar el impuesto consolidado, el ISR que pague la entidad extranjera, sin importar el país donde se paga (si es federal o local); excluir el ISR pagado mediante acreditamiento y para la comparación, excluir el ISR adicional por dividendos.
Para concluir de forma magistral, Guillermo López Corral se enfocó en el control efectivo como una medida de incorporar una prueba de inspección que combina la evaluación de control jurídico y económico, y la inclusión de supuestos normativos referentes al test de control de facto y de consolidación.
En la determinación de control efectivo, se consideran los derechos que tenga el contribuyente y sus partes relacionadas y personas vinculadas, sin importar su residencia fiscal o lugar de constitución.
“En el caso de partes relacionadas y personas vinculadas que sean residentes en México o establecimientos permanentes en territorio nacional de residentes en el extranjero, se encuentran obligadas a cumplir con disposiciones fiscales”.
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Este 13 de junio, la comisión de Auditoría Interna del Colegio presentó la conferencia Auditoría interna y riesgos en la cadena de suministro, a la que acudieron Juan Rivero Medina, Gloria Camacho Vega y Armando Patiño Torres, especialistas en la materia, quienes discutieron sobre las características y elementos de la cadena de suministro y compartieron ejemplos de controles durante la operación en las empresas.En la apertura, Juan Rivero aclaró que la cadena de suministro es el conjunto de actividades, instalaciones y recursos de distribución requeridos para ejecutar el proceso de venta de un producto. “Esto abarca desde la búsqueda del producto o materia prima, pasando por su transformación, fabricación, transporte y, finalmente, la entrega al consumidor final”, puntualizó. Sobre las fases del proceso de una cadena, el expositor informó que comienza en el área de compras, seguido de producción, transporte, centro de distribución, transporte, punto de venta y cliente final.En la charla, también se habló sobre los riesgos en este procedimiento; al respecto, destacaron el mal uso de la tecnología, el exceso de compra, producción o fabricación, el mal control de inventarios, el desorden en el recibo y distribución, el fraude, robo, corrupción, soborno y lavado de dinero, y el asalto y robo de transporte, entre otros.Respecto a cómo establecer un plan de auditoría, se mencionó que es necesario establecer el head count, el perfil del auditor y el conocimiento del negocio. Asimismo, consideraron que se debe contar con tecnología, comunicación efectiva y coordinación con los operadores para definir acciones preventivas y correctivas.Por su parte, la licenciada Camacho Vega precisó que la logística se encarga del transporte de los productos desde el almacén hasta el hogar, asegurándose de que lleguen en buen estado y a tiempo. Además, explicó que, como parte del rol del auditor en este proceso, este profesional debe dominar los procesos internos de la cadena de suministro. “Esto es fundamental para determinar las recomendaciones y los riesgos a los que se enfrentan, con el fin de fortalecer su sistema de control interno y lograr resultados financieros positivos”, aseguró.De igual forma, Gloria Camacho dialogó sobre cinco formas de segmentar el inventario, partiendo del volumen de ventas, la estabilidad de la demanda para una gestión enfocada, la criticidad e impacto en la continuidad operativa, la frecuencia de uso del inventario y el valor unitario para la gestión de costos.Sobre la visibilidad de la cadena de suministro, la especialista recomendó utilizar plataformas que permitan rastrear y monitorear operaciones en tiempo real. “Estas herramientas proporcionan información sobre inventario, transporte y producción, lo que ayuda a anticipar y abordar problemas antes de que se conviertan en crisis”.Por último, los panelistas coincidieron en que la comunicación con el área de contraloría es vital y que ambas partes deben tener dominio sobre los reportes que ejecutan el sistema, sumado a la identificación de productos con mayor rotación, y que la información debe estar actualizada.
Con el objetivo de brindar herramientas actualizadas y efectivas frente a los retos fiscales actuales, el Colegio llevó a cabo el Simposio de Mecanismos de Prevención y Defensa Fiscal. La jornada, celebrada el 10 de junio y organizada por la comisión de Educación, contó con una destacada participación de especialistas, autoridades fiscales y miembros del Colegio, quienes analizaron mecanismos clave para la protección de los derechos del contribuyente y el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias.En su mensaje de apertura, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente del Colegio, agradeció la participación de los asistentes y subrayó la importancia de mantenerse actualizados ante los desafíos fiscales actuales. Destacó que el compliance y los mecanismos de defensa fiscal son clave para un ejercicio profesional responsable y expresó su confianza en que el simposio será de gran utilidad para todos los participantes.Pedro Larios, fundador de la Facultad Judicial de Derecho Tributario, abrió el foro destacando el valor estratégico del compliance fiscal como herramienta de gestión de riesgos. A diferencia del cumplimiento tradicional, explicó que el verdadero compliance requiere identificar, valorar y mitigar riesgos legales mediante controles internos sólidos, alineados con estándares como la ISO 31000 o el modelo COSO. Para Larios, un sistema efectivo incluye gobierno corporativo, auditorías internas y políticas disciplinarias, convirtiéndose en una barrera preventiva ante posibles infracciones fiscales o incluso penales.Carlos Javier Verduzco, vicerrector en Centro Universitario de Estudios Jurídicos, por su parte, abordó el tema de la defensa fiscal desde una perspectiva estructural. Subrayó la importancia del hecho imponible como punto de partida de la relación tributaria, insistiendo en su comprensión como elemento clave para identificar vulnerabilidades en la determinación de contribuciones. Además, explicó las distintas etapas de defensa, distinguiendo entre recursos administrativos y juicios contenciosos, e hizo énfasis en el papel del principio de legalidad como salvaguarda ante actos de autoridad.Desde una mirada institucional, Narciso Vázquez Vega, director general de Estados Normativos de la SASEN en Prodecon, ofreció un recorrido por las funciones y herramientas de Prodecon, destacando su papel como órgano no jurisdiccional pero decisivo en la defensa del contribuyente. Señaló que el enfoque integral del organismo —preventivo, conciliador, correctivo y contencioso— permite acompañar a los contribuyentes desde la asesoría inicial hasta la representación legal. Enfatizó mecanismos clave como las consultas especializadas, acuerdos conclusivos y quejas por violación a derechos, y destacó la importancia de acercarse a Prodecon antes de que los conflictos escalen.Desde la óptica de las micro, pequeñas y medianas empresas, Norma Martín Quintana, vicepresidenta de la comisión de Educación del Colegio, recalcó la urgencia de adoptar mecanismos de prevención fiscal. Explicó cómo el cumplimiento proactivo puede evitar sanciones y reducir riesgos, particularmente ante la evolución del modelo de recaudación del SAT. Señaló herramientas como el buzón tributario, la correcta emisión de CFDI, la capacitación continua y los acuerdos conclusivos como claves para la gestión fiscal responsable en las MiPyMEs.El enfoque práctico también estuvo presente en la exposición de Omar García González, analista de Mejora de Servicios Tributarios, quien presentó una guía detallada sobre los regímenes fiscales aplicables a personas físicas, con énfasis en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Destacó sus ventajas administrativas y fiscales, pero advirtió sobre la necesidad de mantener activas herramientas clave como la e.firma y el buzón tributario. Recordó que, si bien RESICO representa una simplificación, la responsabilidad del cumplimiento sigue plenamente vigente.Por último, Abraham Levi Alcántara, docente en la FCA en la UNAM y Rosa Gutiérrez García, presidenta de la comisión organizadora, ofrecieron una visión transversal del compliance como una inversión estratégica. Definieron este sistema como un conjunto de controles orientados no solo al cumplimiento fiscal, sino también a la sostenibilidad, la transparencia financiera y la prevención de delitos como el lavado de dinero. Resaltaron el papel activo que deben asumir administradores, socios y contadores en la adopción de modelos integrales de cumplimiento, incluso en pequeñas empresas.
Con el objetivo de brindar claridad y orientación sobre algunas de las obligaciones fiscales complejas y actuales en México, se llevó a cabo la presentación Beneficiario controlador, operaciones relevantes y esquemas reportables, los días 2 y 9 de junio, un evento organizado por la comisión Fiscal que reunió a destacados especialistas del área para analizar la evolución normativa, los retos operativos y las implicaciones prácticas de estas figuras.La primera intervención, a cargo de Viviana Monserrat García Porras, vicepresidenta de la comisión Fiscal 2, y Pablo Ramírez Morales, integrante de la comisión organizadora, abordó el concepto de beneficiario controlador (BC). Se explicó que este surge de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y del Foro Global, y ha sido incorporado al marco legal mexicano a través de reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. Los ponentes detallaron que el BC es aquella persona física que, directa o indirectamente, obtiene beneficios o ejerce control sobre una entidad jurídica, sin importar un umbral mínimo de participación.Durante la sesión se expusieron casos prácticos que ilustran distintos esquemas de control —como el uso de fideicomisos, prestanombres y estructuras internacionales— y se destacaron los retos comunes en su identificación, como la trazabilidad de la información, la protección de datos personales y el acceso a documentación extranjera. También se señalaron precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que validan la constitucionalidad de esta figura, y se enfatizó la necesidad de contar con políticas internas sólidas para cumplir eficazmente con esta obligación.Por su parte, Israel Bastida Ventura, integrante de la comisión Fiscal, centró su exposición en las operaciones relevantes, explicando los fundamentos legales que obligan a reportarlas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuando estas, por su naturaleza o impacto fiscal, podrían ser indicativas de estrategias de planeación fiscal agresiva. Detalló el uso del formato oficial 76, conforme al artículo 31-A del CFF, así como los lineamientos del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal. Bastida también abordó los riesgos legales por omisión del reporte y la importancia de establecer políticas claras para su identificación oportuna.El análisis técnico de las operaciones relevantes fue ampliado por Miguel Zárraga Zárraga, también miembro de la comisión Fiscal, quien explicó que estas deben reportarse cuando superan ciertos umbrales fiscales. Zárraga presentó ejemplos detallados de operaciones complejas —como derivados financieros, cambios accionarios, reorganizaciones corporativas y ajustes por precios de transferencia— y subrayó la necesidad de equipos interdisciplinarios que integren la perspectiva fiscal, financiera y legal. Advirtió que, aunque la fiscalización directa por estas operaciones aún es limitada, su omisión puede derivar en sanciones si se detectan inconsistencias.Finalmente, los contadores Ulises Castilla Flores e Ignacio Sosa López abordaron el tema de los esquemas reportables, introducidos en México como parte de la implementación de la Acción 12 del Plan BEPS de la OCDE en 2020. Explicaron que estas disposiciones buscan proporcionar al SAT información anticipada sobre estructuras fiscales que puedan representar riesgos, sin que ello implique necesariamente evasión. Se discutieron los elementos clave como la definición de esquema reportable, los sujetos obligados (asesores fiscales y contribuyentes), los plazos para informar y la documentación exigida. También se señalaron los desafíos operativos, incluyendo la ambigüedad en conceptos como “beneficio fiscal” o “primer contacto”, así como la necesidad de adaptar la norma a la realidad mexicana.