El 7 de mayo se presentó en el Colegio el Taller para la Declaración de transparencia para donatarias autorizadas, con la intención de brindar a los asistentes soporte en la preparación y presentación de dicha declaración conforme a las normativas tributarias, proceso cuyo plazo de entrega vence el 31 de mayo.
Se contó con la participación de Maribel Trejo Estudillo, Maribel De La Llave González y la coordinación de Alma Goretti Rivera Pérez, expertas en el tema e integrantes de la comisión técnica Sector Empresa de Entidades con Propósitos no Lucrativos.
Las expertas señalaron una reforma reciente en la Resolución Miscelánea Fiscal, en la regla 3.10.5, fracción IV, que establece los requisitos y características de los documentos que brindan a acreditación de las actividades realizadas por una donataria autorizada. Estos requisitos incluyen el señalamiento de la denominación o razón social de la organización; las actividades por las que se solicita la autorización que deben estar relacionadas con un objeto social o fin respectivo; el lugar donde se realizan esas actividades; y, el fundamento de la competencia de la autoridad que emite la autorización.
De esta forma, el acreditamiento de actividades es un oficio expedido por una autoridad federal o local cuya función es hacer de conocimiento público la labor que ejerce una donataria y los objetivos que persigue. Determinar la intención de las donatarias facilita brindar seguimiento a los donativos, para que los donantes y autoridades tengan la tranquilidad de que el uso de los recursos donados a esté alineado con estos intereses establecidos en el acreditamiento de actividades.
Para las donatarias que quieran recibir su acreditamiento, es relevante identificar la autoridad competente en función de cada donataria. Mientras que una donataria enfocada en la recuperación de especies en peligro de extinción podrá encontrar competente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), una dedicada a la recuperación de patrimonio cultural o artístico deberá localizar una autoridad más competente que la antes mencionada, como el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH).
Además, durante el curso se compartió la reestructuración del capítulo relacionado con Personas Morales con Fines no Lucrativos, de la RMF 2025. Con esta reestructuración se constituye la nueva regla 3.10.1, que integra normativas contenidas a lo largo del capítulo dentro de la RMF de 2024.
Para seguir con el tema central del curso, las ponentes mostraron algunos puntos clave a considerar durante la presentación de la declaración de transparencia para donatarias autorizadas, fundamentada legalmente en el artículo 82 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). El objetivo de esta declaración es garantizar la transparencia del patrimonio; uso y destino de los donativos recibidos; y actividades destinadas al cumplimiento de los objetivos de la organización.
Primero, se debe considerar una preparación apropiada de requisitos técnicos; las ponentes señalaron que el uso de algunos navegadores puede causar errores en la validación de la información capturada, por lo que recomendaron anticipar su declaración a la fecha límite, con el fin de tener un margen de acción ante un fallo de software.
Después, se debe verificar con anticipación la vigencia de archivos y claves de la donataria necesarias para la declaración, como el Registro Federal de Contribuyentes, contraseñas, y e.firma. De igual forma, es importante preparar la información que se capturará y los documentos que deban ser digitalizados listos para ser enviados, ya que la plataforma expirará la sesión después de 20 minutos de inactividad.
Posteriormente, las ponentes compartieron a detalle los elementos que contiene la Declaración informativa de transparencia para Donatarias Autorizadas. Señalaron cada campo de cada sección y los documentos necesarios para su llenado, con el fin de facilitar aún más el proceso de preparación y, en consecuencia, presentación. A la par, alimentaron la presentación con la participación de los asistentes, quienes expusieron sus dudas específicas y encontrar resoluciones basadas en la experiencia y conocimientos de las expositoras.
Eventos recientes
Con el objetivo de fortalecer el cumplimiento fiscal y brindar herramientas prácticas a los contribuyentes, la comisión de Auditoría Fiscal del Colegio llevó a cabo el 3 de marzo el curso Criterios relevantes a considerar en la presentación de la ISSIF 2025, impartido por los integrantes de la comisión organizadora Eduardo Acuña Bañuelos y Antonio Salviejo Ávila.Durante la sesión los expositores abordaron los aspectos de la Declaración Informativa sobre la Situación Fiscal (ISSIF), destacando que esta obligación aplica a personas morales con ingresos acumulables iguales o superiores a 1,103,204,520 pesos en el ejercicio fiscal inmediato anterior, así como a aquellas que cotizan en bolsa. También deben presentarla las sociedades mercantiles en régimen fiscal opcional para grupos, entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México y personas morales residentes en el país con operaciones en el extranjero.Asimismo, se hablaron de la obligación de presentar la ISSIF para contribuyentes que sean partes relacionadas de sujetos obligados a dictaminarse fiscalmente. Explicaron que cuando las operaciones con partes relacionadas superan los 13 millones de pesos —o 3 millones en el caso de servicios profesionales— la presentación se vuelve obligatoria.En este contexto, se subrayaron la importancia de contar con un estudio de precios de transferencia actualizado, ya que su información resulta indispensable para el llenado de diversos anexos de la ISSIF y para la Declaración Informativa de Partes Relacionadas (Anexo 9 de la DIM). Salviejo Ávila profundizó en los métodos aplicables, la correcta selección de comparables y la relevancia de la documentación soporte ante eventuales revisiones de la autoridad.Continuando con el curso, los expositores analizaron las ventajas de presentar la ISSIF, entre ellas:Facilitar revisiones por parte de la autoridad.Mejorar la consistencia entre información fiscal y contable.Fortalecer los mecanismos de control interno.No obstante, también señalaron desafíos importantes, como la coincidencia de su fecha límite con la declaración anual (31 de marzo), la responsabilidad directa del contribuyente en el llenado, el alto nivel de detalle requerido y la estricta validación del aplicativo, que puede impedir la generación del archivo encriptado si existen errores u omisiones.En otro aspecto, se describió que la ISSIF 2025 se incorpora como obligación a través de la herramienta ISSIF del portal del SAT, por lo que el envío se realiza mediante un archivo encriptado con extensión SB2X, generado a partir de apartados elaborados en Excel, junto con notas a los estados financieros e información adicional.Puntualizaron la importancia de respaldar el archivo XSPR durante el proceso de elaboración, así como de atender los requisitos técnicos mínimos del equipo de cómputo.Comentaron que el aplicativo ISSIF contiene 14 plantillas dirigidas a distintos tipos de contribuyentes e incluye catálogos y guías oficiales con claves de entidades federativas, actividades fiscales, tipos de operación, métodos de precios de transferencia y monedas.Precisaron que se debe poner especial atención en la hoja de datos generales, la cual demanda un esfuerzo considerable debido a la amplitud de información solicitada, como datos de nómina y declaraciones informativas. Además, las respuestas proporcionadas pueden habilitar o deshabilitar apartados posteriores, por lo que errores u omisiones pueden generar inconsistencias en el sistema.Respecto a la simulación de actos jurídicos con efectos fiscales, particularmente en operaciones entre partes relacionadas, los ponentes enfatizaron la importancia de documentar exhaustivamente la materialidad y la razón de negocios para evitar que la autoridad determine la no deducibilidad de operaciones o, en casos graves, configure un delito fiscal.Asimismo, se revisaron las fechas de presentación del Local File y el Master File en materia de precios de transferencia, así como las multas por incumplimiento.Comentaron que las sanciones por no presentar la ISSIF pueden oscilar entre 17,000 y 173,000 pesos, además de otras implicaciones como:Requerimientos formales del SAT.Auditorías profundas.Determinación presuntiva de contribuciones.No deducibilidad de operaciones.Suspensión o cancelación de sellos digitales.Limitación para acceder a beneficios fiscales.Los especialistas concluyeron que la consistencia entre la ISSIF, la declaración anual y demás reportes informativos es clave para mitigar riesgos y evitar revisiones innecesarias.
El 26 de febrero, el Colegio llevó a cabo la conferencia mensual universitaria ¿Cómo llevar la contabilidad de un negocio sin ser un experto?, con la participación de los profesores Martha Silva Domínguez, del Tec de Monterrey; Oscar Franco Peña, de la Universidad de Ixtlahuaca; y Juvenal Villaverde Crisantos, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).En la introducción, Martha Silva Domínguez subrayó que todo emprendimiento debe comenzar con claridad y estructura. “Si ya tengo la idea y quiero que mi negocio crezca, necesito orden”, explicó al referirse al control de ingresos y gastos como base para saber si se está ganando o perdiendo.Precisó que no es indispensable iniciar con un software especializado, sino comprender, desde el principio, conceptos básicos como activo, pasivo y capital, así como realizar cortes diarios o semanales que permitan evaluar el desempeño del negocio.Además, destacó la importancia de elegir una plataforma acorde con el tamaño y tipo de empresa, capacitarse en su uso y apoyarse en herramientas tecnológicas e Inteligencia Artificial (IA) para analizar información. No obstante, enfatizó que la clave está en interpretar de forma correcta los datos y convertirlos en decisiones estratégicas.Por su parte, Juvenal Villaverde Crisantos hizo énfasis en que, antes de hablar de registros contables, el emprendedor debe tener claridad sobre la actividad económica que realizará: si transformará productos, comercializará bienes o prestará servicios.Señaló que esta definición debe plasmarse y reflejarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la elección del régimen fiscal correspondiente. “La actividad económica es el punto de partida, porque será lo que se facture y lo que determine las obligaciones fiscales”, puntualizó.En tanto, Oscar Franco Peña complementó la conversación al advertir que muchos negocios inician sin planificación ni estudio previo. Recomendó tener clara la meta, capacitarse en el giro elegido y materializar todos los procesos mediante evidencia documental.Entre los elementos básicos para una correcta contabilidad, mencionó el control de ingresos, gastos, activos, préstamos y, en su caso, reparto de utilidades. Asimismo, subrayó la importancia de cumplir con las obligaciones federales, estatales y municipales, no solo por cumplimiento fiscal, sino para sanear las finanzas del negocio.También hizo hincapié en la capacitación continua como una inversión necesaria para distinguir entre la operación diaria y la toma de decisiones estratégicas. “Crear, crecer y creer en el negocio es parte esencial del proceso”, afirmó.Finalmente, Villaverde Crisantos remarcó que llevar contabilidad no es únicamente cumplir con obligaciones fiscales, sino construir información útil para la toma de decisiones.
Con el objetivo de fortalecer la actualización técnica y promover mejores prácticas profesionales, la comisión de Auditoría del Colegio llevó a cabo del 24 al 26 de febrero el foro Auditoría: temas selectos y aspectos clave para su práctica. El encuentro reunió a especialistas integrantes de la comisión organizadora, bajo la coordinación de Noel Huerta Hernández, Juan Jesús Vejar Becerril y Guadalupe Saldívar Olivares.Para iniciar el programa, Ernesto Gerardo Herrera Hurtado desarrolló el tema de la NIA 560 sobre hechos posteriores. Subrayó que su aplicación debe integrarse desde la planeación de la auditoría y no reservarse para el cierre. Destacó la importancia de anticipar contingencias, fortalecer la evidencia, validar previamente el informe y sostener un sistema de gestión de calidad sólido, recordando que el auditor debe revelar hechos significativos aun cuando la entidad se niegue a hacerlo.Continuando con el análisis técnico, Bernardo Soto Peñafiel centró su exposición en el reconocimiento de ingresos y los riesgos de fraude conforme a la NIA 240. Señaló que los ingresos constituyen un área de alto riesgo y requieren una adecuada identificación y valoración bajo la NIA 315. Enfatizó la necesidad de mantener escepticismo profesional permanente y de comunicar oportunamente los riesgos detectados.Por su parte, Arturo Zavala Coca abordó la relevancia del juicio y escepticismo profesional, especialmente durante el cierre contable. Destacó la comprensión del entorno del negocio, la identificación de riesgos inherentes y la aplicación de herramientas como el walk-through para evaluar controles internos, así como la atención a registros inusuales que puedan indicar posibles irregularidades.En otro orden de ideas, Ernesto Horacio Rocha San Miguel expuso sobre la NIA 505 y la importancia de las confirmaciones externas como evidencia confiable. Precisó que deben obtenerse directamente por el auditor y pueden abarcar no solo saldos, sino también contratos y condiciones específicas. Recordó el caso Parmalat como ejemplo de las consecuencias de una confirmación mal gestionada.Más adelante, Rafael Monter Jaime desarrolló el tema de la NIA 600 en auditorías de grupo. Explicó la responsabilidad del auditor del grupo en la definición de componentes, determinación de materialidad y evaluación de riesgos, asegurando que la estrategia global sea congruente y suficiente para sustentar la opinión.Finalmente, Jaime Díaz Martínez abordó la utilización del trabajo de especialistas conforme a las NIA 500 y 620. Señaló que el auditor debe evaluar la competencia, capacidad y objetividad del experto, así como la razonabilidad de sus métodos y conclusiones, garantizando que su trabajo respalde adecuadamente la opinión emitida.