La comisión de Investigación Fiscal del Colegio llevó a cabo el curso Efectos fiscales de la transmisión de inmuebles, el 9 de abril, donde integrantes de dicha comisión abordaron aspectos que van desde la enajenación de propiedades por parte de personas morales hasta la venta de acciones con generación de ingresos en México.
Entrando en tema, Jorge León Manzanilla Cañizares desglosó diversos temas clave relacionados con la enajenación de propiedades y sus implicaciones legales y financieras; como lo fueron definiciones técnicas hasta casos prácticos. En ese sentido, uno de los puntos destacados fue la explicación de la enajenación según el Código Fiscal de la Federación, donde se resaltó que cualquier transmisión de propiedad conlleva efectos fiscales tanto para el vendedor como para el comprador.
En esa misma línea, profundizó en cómo la ley del Impuesto sobre la Renta aborda las ganancias generadas por la enajenación de activos fijos, como terrenos, y detalló el cálculo de la ganancia acumulable, la cual mencionó ser esencial para comprender el impacto fiscal de estas transacciones.
En la charla, también se exploró situaciones específicas como el usufructo, la separación de la nuda propiedad y el usufructo, así como las reglas para determinar ganancias en casos de desmembramiento de bienes inmuebles. Compartió ejemplos para que los asistentes comprendieran cómo la interpretación de las leyes fiscales por parte de los notarios puede influir en las decisiones financieras y en los trámites relacionados con la transmisión de propiedades.
Además, Manzanilla Cañizares abordó la clasificación de los fideicomisos y su impacto en el ámbito fiscal, diferenciando entre fideicomisos empresariales y no empresariales y analizando cómo estos vehículos financieros pueden afectar la tributación de los involucrados en transacciones inmobiliarias.
Por otro lado, Oscar Narciso Brum Barrón profundizó en los efectos fiscales vinculados a la transmisión de bienes inmuebles, específicamente en las afectaciones a personas físicas y jurídicas por igual.
Dentro de los puntos tocados fue la definición de actividad empresarial según el artículo 16 del Código Fiscal de la Federación (CFF), donde el ponente resaltó cómo la enajenación de propiedades puede considerarse una actividad empresarial en ciertos contextos, con implicaciones significativas en términos tributarios y obligaciones fiscales. Para este aspecto se analizaron situaciones específicas, como herencias, legados y fideicomisos, resaltando la importancia de una evaluación detallada para determinar el tratamiento fiscal adecuado.
Asimismo, detalló las diferencias entre actividades esporádicas y empresariales recurrentes en la enajenación de inmuebles, haciendo hincapié en la necesidad de definir correctamente la actividad preponderante para efectos fiscales. compartió ejemplos donde se explicaba cómo una actividad ocasional puede transformarse en la principal fuente de ingresos de una persona, subrayando la importancia de cumplir con los requisitos legales para evitar contingencias con la autoridad fiscal.
Finalmente, Brum Barrón también ahondó en la mecánica de retención y pago provisional del impuesto en operaciones esporádicas, especialmente en el papel crucial que juegan los notarios al calcular y retener el impuesto correspondiente durante las transacciones inmobiliarias.
Eventos recientes
En el entorno empresarial que al pasar de los años se ha vuelto más dinámico, complejo y digitalizado, la función de auditoría interna está llamada a evolucionar. Así lo expuso Edgar Cruz Cruz, miembro de la comisión SE Auditoría Interna, el pasado 11 de abril durante su presentación en el curso Auditoría Interna Ágil, en la cual compartió un enfoque innovador basado en metodologías ágiles como scrum, lean y kanban, aplicadas con éxito en diversos sectores más allá del desarrollo de software.En el evento, coordinado por Armando Patiño Torres, de comisión mencionada, Cruz Cruz destacó que estas metodologías, lejos de sustituir los métodos tradicionales, los complementan y potencian, permitiendo dividir auditorías extensas en entregables más pequeños y manejables, optimizando tiempos y enfocándose en lo verdaderamente crítico. “Se trata de entregar valor desde etapas tempranas, mantener ciclos de mejora continua y alinear la auditoría con los objetivos estratégicos del negocio”, puntualizó.En su presentación profundizó en la aplicación de scrum dentro de la auditoría interna. Cruz explicó cómo estructurar el trabajo en sprints (ciclos de máximo cuatro semanas), donde se planifican tareas específicas, se realizan reuniones diarias de seguimiento y se entrega un producto final por cada ciclo: desde hallazgos hasta informes completos. En ese sentido, definió los roles del proceso: el product owner, el scrum master y el equipo de auditores, quienes trabajan de manera colaborativa, autónoma y adaptativa.Uno de los ejemplos más ilustrativos fue el caso ficticio de la empresa “El Conejo Feliz”, donde la auditoría al proceso “orden al pago” fue segmentada en sprints semanales, lo que permitió realizar entregas constantes y mantener una alta alineación con las áreas auditadas. Con ello, se demostró que incluso en equipos pequeños, estas metodologías pueden mejorar la trazabilidad, la velocidad de respuesta y la capacidad de adaptación ante cambios o nuevos hallazgos.Durante su intervención, Cruz hizo hincapié en que la adopción de metodologías ágiles requiere una cultura organizacional madura, liderazgo comprometido y equipos capacitados. Identificó como principal obstáculo la resistencia al cambio, y resaltó la importancia de comunicar claramente los beneficios de este enfoque dentro de la organización.También abordó la relevancia de contar con manuales de auditoría actualizados y vivos, ajustados a normas internacionales, pero con flexibilidad para incorporar enfoques ágiles. En ese sentido, se invitó a los asistentes a reflexionar sobre la pertinencia de sus propios marcos de trabajo y la necesidad de incorporar valores y principios ágiles como la colaboración, la adaptación al cambio y la entrega continua de valor.Además de los aspectos técnicos, la charla abordó temas estratégicos. Edgar Cruz subrayó la necesidad de que la auditoría interna esté alineada con la gestión de riesgos empresariales (ERM) y participe activamente en el cumplimiento y desarrollo del negocio. Enfatizó que la oportunidad en la entrega de informes es esencial, pues auditorías que se entregan meses después pueden perder relevancia. “La auditoría debe prevenir, no solo registrar errores del pasado”, afirmó.Finalmente, se compartieron ejemplos de organizaciones que ya están aplicando con éxito estas metodologías en sectores como salud, finanzas, manufactura y tecnología, demostrando que el enfoque ágil es viable en organizaciones de cualquier tamaño, siempre que se adapte a sus necesidades específicas.
Este 11 de abril, el Colegio, a través de la comisión de Seguridad Social, presentó la videoconferencia PTU: determinación, reparto y aspectos de seguridad social, espacio que contó con las participaciones de Hugo Meléndez Nieto, Rubén Dávalos Palomera y Arturo Luna López, quienes hablaron acerca del procedimiento para la determinación de la PTU, su fundamentación e integración, trabajadores eventuales, entre otros temas.En la introducción, Meléndez Nieto explicó que, cada año, los patrones en México deben llevar a cabo el procedimiento para calcular y repartir las utilidades que se hayan generado y que correspondan a sus trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior. “Para ello, todo patrón debe constituir una comisión mixta para el reparto de utilidades, así como dar cumplimiento a una serie de reglas que se encuentran ubicadas en diferentes ordenamientos”, detalló.Sobre ello, precisó que la comisión mixta para el reparto de las utilidades deberá constituirse cada año y determinar si hay o no utilidades a repartir, con independencia del resultado de su declaración anual, es decir, si tuvo o no utilidad, o si se encuentra en alguno de los casos de excepción para repartir utilidades. “La PTU no puede ser sujeta a descuento alguno que no esté contemplado en la legislación aplicable; debe ser dispuesta de manera absolutamente libre por los trabajadores y debe ser cubierta de manera directa al trabajador”, aclaró.Asimismo, los especialistas informaron que el patrón deberá entregar al sindicato titular del contrato colectivo de trabajo una copia de la declaración anual del ejercicio fiscal de que se trate, dentro de los 10 días siguientes a su presentación al Servicio de Administración Tributaria (SAT).Sobre el tema, añadieron que los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no tienen derecho a la PTU; por su parte, los demás trabajadores de confianza sí participarán en la PTU. “Sin embargo, su derecho está limitado a que, si su salario es mayor al que corresponda al trabajador sindicalizado de más alto salario en la empresa, o a falta de este, al trabajador de planta con las mismas características, se considerará el salario del trabajador de confianza aumentado en un 20% como máximo”, enfatizó Rubén Dávalos.Respecto a una de las principales dudas de los asistentes, los especialistas señalaron que las madres trabajadoras, durante los períodos pre y posnatales, y los trabajadores víctimas de un riesgo de trabajo, serán considerados como personal en activo para el cálculo de la PTU, durante el tiempo que duren sus incapacidades.En cuanto a la fecha de pago de la PTU, comentaron que el patrón deberá pagar dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual, es decir, a más tardar el 30 de mayo tratándose de personas morales, o el 29 de junio cuando el patrón sea persona física, de cada año.Para cerrar las actividades, hablaron sobre la prescripción de pago de la PTU; al respecto, comentaron que el derecho para reclamar la PTU prescribe en un año. Sin embargo, de acuerdo con el criterio emitido por el poder judicial, “este plazo iniciará a partir del día siguiente a que se notifique o se avise al trabajador o a su beneficiario la cantidad líquida e individual que le corresponde de la PTU del ejercicio de que se trate”, concluyeron.
El Colegio presentó el foro El contador público ante los juicios penales por auditoría forense, en donde los especialistas Dalia Sierra Ramírez, Ricardo Cacho García, Alexa Mendivil Ramírez y Amalin Vargas platicaron sobre la importancia del contador público en los juicios penales relacionados con la auditoría forense.En el evento, llevado a cabo el 10 de abril de manera online y coordinado por la contadora Mónica Estrada, la discusión se centró en la necesidad de entender conceptos básicos como el fraude, riesgos y la relevancia de la auditoría forense en el sistema judicial; al respecto, se puntualizó que, de acuerdo con la Asociación de Examinadores de Fraude Certificados (ACFE), el fraude se refiere al uso de engaño intencional para obtener un beneficio injusto o ilegal, en detrimento de otra persona o entidad.Por lo anterior, Dalia Magaly Sierra Ramírez destacó la importancia de reconocer las diferentes tipologías de fraude, afirmando que “comprender estas categorías es esencial para prevenir y detectar irregularidades”; entre las tipologías discutidas se mencionaron el fraude ocupacional, el fraude externo y el fraude interno.Por su parte, Cacho García enfatizó que la naturaleza del fraude se basa en cuatro pilares: oportunidad, presión, racionalización y capacidad, y añadió que “la conciencia de estos factores puede ser clave para implementar medidas preventivas efectivas”.Llegado a este punto, los expositores comentaron que la auditoría forense es un enfoque técnico que permite la investigación de irregularidades y la obtención de pruebas para su análisis legal. Al respecto, Alexa Mendivil explicó que esta práctica debe responder a preguntas fundamentales: ¿quién?, ¿cuándo?, ¿cómo?, ¿por qué? y ¿qué? “Cada una de estas preguntas guía la investigación y asegura que no se omita ningún detalle crítico”, subrayó.Vargas añadió que “la transparencia en cada fase del proceso es fundamental para garantizar la credibilidad del informe final”.De igual forma, se mencionó que los peritos juegan un papel crucial en los juicios, actuando como expertos que ayudan a los jueces a entender hechos complejos. Dalia Magaly Sierra Ramírez mencionó que “los peritos deben ser capaces de comunicar sus hallazgos de manera clara y comprensible, ya que su testimonio puede influir significativamente en las decisiones judiciales”.Además, pueden ser oficiales, privados o terceros en discordia. La evidencia sólida es esencial para el éxito de un informe de auditoría.Los especialistas concluyeron que la auditoría forense no solo identifica y documenta fraudes y delitos financieros, sino que también asegura el cumplimiento de normativas y evita sanciones.“Los contadores públicos, con su capacidad para traducir información financiera compleja, son piezas clave en este proceso, apoyando así la justicia y la transparencia en el ámbito empresarial y gubernamental”, precisó Ricardo Cacho.