Con el propósito de proporcionar una visión integral de las modificaciones y disposiciones fiscales que marcarán pauta a lo largo del año, la comisión Fiscal del Colegio realizó los días 29 y 30 de enero el curso Resolución Miscelánea Fiscal 2024.
El evento contó con la participación de José Martín Aguayo Solano, Alberto Guillermo Castelló Durán, Manuel Baltazar Mancilla y Mario Ramón Escobosa Barojas, todos integrantes de la comisión organizadora.
Entrando en tema, Aguayo Solano destacó la importancia de esta resolución, publicada anualmente para consolidar y simplificar las reglas generales emitidas por las autoridades fiscales en relación con impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales, excluyendo los de comercio exterior.
Resaltó el Criterio No Vinculativo 43/ISR/NV, el cual identifica prácticas fiscales indebidas, como el tratamiento incorrecto de pagos a trabajadores, socios o accionistas, así como la omisión de retenciones de ISR, considerando estas prácticas como una evasión fiscal. Además, en la presentación se tocaron diversas reglas contenidas en la RMF 2024, detallando aspectos relacionados con residencia fiscal, días inhábiles, horarios de recepción de documentos, actualización de cantidades, documentación, representación ante autoridades fiscales, órgano colegiado, buzones tributarios, facilidades para expedir CFDI, devolución de ISR, compensación, reintegros y cambios en el complemento Carta Porte, entre otros temas relevantes para los contribuyentes.
Siguiendo con el programa, Guillermo Castelló Durán abordó alguan modificaciones y disposiciones relevantes de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Un punto que destacó fue la opción para las personas físicas que realicen actividades empresariales mediante copropiedad, permitiéndoles tributar en el Régimen de Incorporación Fiscal para Copropiedades (RESICO PF) si cumplen ciertos requisitos de ingresos. También compartió facilidades para la presentación de declaraciones y la opción de no presentar declaraciones mensuales para ciertos contribuyentes agrícolas en el RESICO PF.
En relación con el RESICOPEMO, el expositor resaltó la verificación de ingresos para determinar la permanencia en el régimen, así como los procedimientos para quienes dejan de tributar en el mismo y para nuevos contribuyentes.
Profundizó en temas específicos como la liquidación, manejo de inventarios y disposiciones para quienes tributaron en el Régimen General de Personas Morales en 2022 o 2023 y migran al RESICOPEMO en 2023 o 2024. Asimismo, habló acerca de las disposiciones sobre el factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero, la tasa de retención de ISR por intereses y la recuperación del saldo a favor de personas físicas, incluyendo la opción de devolución automática y el pago en parcialidades.
En su turno, Baltazar Mancilla explicó que, en términos generales, la comparación entre la Resolución Miscelánea Fiscal 2023 y la RMF 2024 no hay cambios sustanciales. “La mayoría de las modificaciones son de índole formal, como correcciones de estilo, actualización del ejercicio fiscal y cambios en referencias, enumeraciones y abreviaciones”.
Entre los aspectos destacados de su presentación, se incluyen modificaciones en las reglas relacionadas con monederos electrónicos utilizados en la adquisición de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestres, así como cambios en las reglas para donatarias autorizadas. También hizo mención de las reglas eliminadas y desarrolló temas como la enajenación de bienes de activo fijo, la opción de pago en parcialidades del ISR anual de personas físicas y la inclusión de Noruega en los convenios para evitar la doble imposición.
Por otro lado, Escobosa Barojas versó sobre varios asuntos relacionados con la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, reglas vinculadas con otras disposiciones, y decretos fiscales. Afirmó que, en el ámbito del IVA, no se realizaron modificaciones sustanciales, pero se llevaron a cabo precisiones en la redacción de reglas existentes, destacando aspectos como la devolución inmediata de saldos a favor de IVA para personas morales que comercializan desperdicios, la retención de IVA por la Federación y organismos descentralizados, entre otros.
Además, Escobosa abordó algunos cambios en el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) como la autorización para adhesión e impresión de marbetes al frente del envase, características de seguridad en los marbetes y precintos, y el cálculo del IVA en la enajenación de autos, camiones y motos usadas.
Posteriormente, profundizó en el Plan Maestro 2024 del Servicio de Administración Tributaria (SAT), que se centra en el uso de inteligencia artificial para clasificar contribuyentes de riesgo, detectar elusión y evasión, y enfocarse en sectores específicos como automotriz, bebidas alcohólicas, construcción, farmacéutico, entre otros.
Finalmente, compartió los beneficios fiscales para empresas que opten por la relocalización (offshoring/nearshoring) y habló sobre el estímulo fiscal relacionado con la deducción inmediata de inversiones en activos fijos para sectores específicos, detallando porcentajes de deducción y requisitos para obtener el beneficio.
Eventos recientes
El 28 de abril se presentó en el colegio el curso Criterios no vinculativos para efectos del informe fiscal, SIPRED. En el evento, bajo la coordinación de Teresa Cruz Rodríguez, representante de la comisión técnica de Auditoría Fiscal, se presentaron las consideraciones para tener en cuenta sobre los criterios no vinculativos contenidos en distintos cuerpos normativos.Para cubrir el tema, se contó con la valiosa participación de Manuel Corral Moreno y Álvaro Enrique Cordón Álvarez, integrantes de comisión mencionada previamente.Antes de comenzar, los contadores señalaron la importancia de los criterios no vinculativos ya que, aunque no tienen fuerza legal obligatoria, su relevancia permite alinear los tres elementos o perspectivas que convergen durante el informe fiscal: la autoridad fiscal, el contribuyente y el auditor; de esta forma, estos criterios permiten dar cuenta de la forma en que el sujeto pasivo (la autoridad) interpreta una normativa para orientar al sujeto activo (el contribuyente).Además, se comentó que, pese a que el contribuyente no tiene la obligación de considerar estos criterios vinculantes, “el auditor tiene la obligación de revelar las discrepancias entre los criterios de la autoridad fiscal y el contribuyente”, ya que en caso de no hacerlo puede ser copartícipe de un encubrimiento de discrepancias fiscales.Una vez establecido ese precedente, los ponentes detallaron los criterios no vinculativos relacionados con distintos cuerpos normativos, comenzando con el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR), la Ley de Impuesto al Valor Agregado (LIVA), la LIEPS (Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) y la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos (LISH). Para cada apartado, los expositores comentaron los criterios no vinculativos aplicables a cada conjunto de leyes y ejemplos prácticos que permitieron profundizar en ellos, desde aquellos relacionados con la expedición, timbrado y entrega de CFDI; la base gravable del IEPS en la prestación de servicios de juegos con apuestas y sorteos; la deducción de pagos a sindicatos; los gastos a favor de terceros; entre otros.
En la conferencia universitaria de abril, el tema principal fue los Instrumentos auxiliares de fiscalización del SAT, un evento que contó con la destacada participación de la Escuela Superior de Comercio y Administración (ESCA) Tepepan. David Osorio Cetina, docente de referida institución educativa, tuvo la responsabilidad de explicar en detalle los mecanismos y herramientas que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emplea para respaldar y complementar sus facultades de comprobación. Su ponencia se centró en cómo estos instrumentos ayudan a identificar posibles incumplimientos fiscales por parte de los contribuyentes. El curso, que se ofreció de manera gratuita en un formato híbrido el 24 de abril, fue inaugurado por el vicepresidente de Vinculación Universitaria, Héctor Vázquez González, junto con el profesor de la ESCA Tepepan, Hugo Rodríguez Barbosa. Durante su presentación, Osorio Cetina hizo hincapié en la importante diferencia entre estos instrumentos auxiliares y las facultades de comprobación directas del SAT, como las visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y revisiones electrónicas. Subrayó que los instrumentos auxiliares no son actos de fiscalización en sí, sino que ofrecen información y elementos valiosos para que el SAT pueda ejercer sus facultades de manera más eficiente y selectiva. En este contexto, la recomendación más importante es prestar atención a los comunicados emitidos por la autoridad fiscal. Este tema está estrechamente relacionado con el control interno de las empresas, por lo que es esencial mantener un diálogo con las áreas de contabilidad y, si es necesario, con asesores fiscales. Al recibir un comunicado del SAT, es crucial verificar la información que la autoridad presenta. Por ejemplo, si el SAT notifica la omisión de la declaración anual, se debe corroborar de manera interna el estado de dicha obligación. Una de las grandes ventajas en el ámbito de las vigilancias profundas es que el cumplimiento que se realiza después de recibir un comunicado se considera aún como algo espontáneo. Según el artículo 72.° del Código Fiscal de la Federación (CFF), “si se presentan las declaraciones de manera espontánea, se está exento de sanciones por parte de la autoridad”, destacó el también abogado en Derecho. “Así que, aunque llegue una notificación, si se presenta la declaración después, sigue siendo considerada espontánea. Esto es muy diferente a un requerimiento formal por no cumplir con las obligaciones, donde la espontaneidad ya no cuenta”. La oportunidad de corregir la situación fiscal sin tener que enfrentar multas u otras sanciones es un gran beneficio para el contribuyente. Por último, David Osorio destacó la importancia de visitar la página oficial del SAT y la plataforma de gobierno abierto, donde se publican cifras de recaudación que muestran lo valiosos que son estos instrumentos auxiliares y la vigilancia constante en la labor recaudatoria del SAT. "La eficiencia que han demostrado estas herramientas ha asegurado su uso continuo, marcando un avance firme en la estrategia de fiscalización, ya que permiten una recaudación significativa sin necesidad de ejercer facultades de comprobación directas", concluyó.
En el entorno empresarial que al pasar de los años se ha vuelto más dinámico, complejo y digitalizado, la función de auditoría interna está llamada a evolucionar. Así lo expuso Edgar Cruz Cruz, miembro de la comisión SE Auditoría Interna, el pasado 11 de abril durante su presentación en el curso Auditoría Interna Ágil, en la cual compartió un enfoque innovador basado en metodologías ágiles como scrum, lean y kanban, aplicadas con éxito en diversos sectores más allá del desarrollo de software.En el evento, coordinado por Armando Patiño Torres, de comisión mencionada, Cruz Cruz destacó que estas metodologías, lejos de sustituir los métodos tradicionales, los complementan y potencian, permitiendo dividir auditorías extensas en entregables más pequeños y manejables, optimizando tiempos y enfocándose en lo verdaderamente crítico. “Se trata de entregar valor desde etapas tempranas, mantener ciclos de mejora continua y alinear la auditoría con los objetivos estratégicos del negocio”, puntualizó.En su presentación profundizó en la aplicación de scrum dentro de la auditoría interna. Cruz explicó cómo estructurar el trabajo en sprints (ciclos de máximo cuatro semanas), donde se planifican tareas específicas, se realizan reuniones diarias de seguimiento y se entrega un producto final por cada ciclo: desde hallazgos hasta informes completos. En ese sentido, definió los roles del proceso: el product owner, el scrum master y el equipo de auditores, quienes trabajan de manera colaborativa, autónoma y adaptativa.Uno de los ejemplos más ilustrativos fue el caso ficticio de la empresa “El Conejo Feliz”, donde la auditoría al proceso “orden al pago” fue segmentada en sprints semanales, lo que permitió realizar entregas constantes y mantener una alta alineación con las áreas auditadas. Con ello, se demostró que incluso en equipos pequeños, estas metodologías pueden mejorar la trazabilidad, la velocidad de respuesta y la capacidad de adaptación ante cambios o nuevos hallazgos.Durante su intervención, Cruz hizo hincapié en que la adopción de metodologías ágiles requiere una cultura organizacional madura, liderazgo comprometido y equipos capacitados. Identificó como principal obstáculo la resistencia al cambio, y resaltó la importancia de comunicar claramente los beneficios de este enfoque dentro de la organización.También abordó la relevancia de contar con manuales de auditoría actualizados y vivos, ajustados a normas internacionales, pero con flexibilidad para incorporar enfoques ágiles. En ese sentido, se invitó a los asistentes a reflexionar sobre la pertinencia de sus propios marcos de trabajo y la necesidad de incorporar valores y principios ágiles como la colaboración, la adaptación al cambio y la entrega continua de valor.Además de los aspectos técnicos, la charla abordó temas estratégicos. Edgar Cruz subrayó la necesidad de que la auditoría interna esté alineada con la gestión de riesgos empresariales (ERM) y participe activamente en el cumplimiento y desarrollo del negocio. Enfatizó que la oportunidad en la entrega de informes es esencial, pues auditorías que se entregan meses después pueden perder relevancia. “La auditoría debe prevenir, no solo registrar errores del pasado”, afirmó.Finalmente, se compartieron ejemplos de organizaciones que ya están aplicando con éxito estas metodologías en sectores como salud, finanzas, manufactura y tecnología, demostrando que el enfoque ágil es viable en organizaciones de cualquier tamaño, siempre que se adapte a sus necesidades específicas.