La comisión técnica sector empresa de Entidades con Propósitos no Lucrativos en el Colegio llevó a cabo el 9 y 10 de junio el curso en línea Obligaciones legales, contables y fiscales para donatarias. Las disertaciones fueron abordadas desde cuatro perspectivas: legal, contable, fiscal y administrativa.
Las participaciones estuvieron a cargo de miembros de la comisión organizadora del curso: Filiberto Reyes Reyes, Maribel De La Llave González, Alejandro Gualito Hernández, Sergio Sánchez Arciniega, Alma Goretti Rivera Pérez e Ivonne Canett Rivas.
En la primera jornada se analizaron los considerandos legales y contables. Dentro de los aspectos legales se habló a partir de la constitución de la sociedad, su objeto social, autorización para recibir donativos y autorización con la Secretaría de Bienestar.
Sobre el tema, Filiberto Reyes destacó el marco legal y normativo de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), en las que mencionó a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Código Fiscal de la Federación y Estatal, Ley de Fomento a las Actividades Realizadas por las OSC, Código Civil Local y la Ley y Reglamento de la Junta de Asistencia Local.
“Las OSC son agrupaciones constituidas por individuos, fundamentados en lazos asociativos que pueden realizar actividades de defensa y respeto a los derechos humanos, de apoyo o asistencia a terceros sin fines de lucro. Su origen responde al derecho de todo miembro de la sociedad de ejercer su participación ciudadana como la clave para la existencia de una mayor corresponsabilidad de los gobiernos y los ciudadanos”.
La constitución de dicha organización de la sociedad civil es conocida como donataria autorizada y desde el punto de vista jurídico se pueden formalizar como asociaciones civiles, sociedades civiles, fideicomisos, instituciones de asistencia privada, entre otras.
Al respecto, Filiberto Reyes dijo que para efectos de constituir este tipo de entidades, es necesario hacerlo bien desde el inicio, es decir, “definir bien los estatutos sociales, acudir ante el Notario Público, inscribir a la institución en el Registro Público de Comercio y tramitar la CLUNI (Clave única de inscripción)”.
En ese tenor, destacó que el objeto social debe quedar correctamente reflejado dentro de los estatutos de la institución.
“Sabemos de casos de revocación de la autorización de recibir donativos deducibles, por no haber cumplido en tiempo y forma con lo señalado en las fracciones IV y V del artículo 82.° de la Ley del ISR en vigor”.
Acerca de la autorización para recibir donativos deducibles por parte del SAT, el contador Reyes dijo se debe atender a lo señalado en la ficha técnica 15/ISR publicada en el anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).
Desde el punto de vista contable y su relación con las Normas de Información Financiera (NIF) para entidades con propósitos no lucrativos, cómo debe ser la presentación de reportes financieros; transparencia y rendición de cuentas, Maribel De La Llave González añadió que la contabilidad como técnica se utiliza para el registro y control de operaciones que afectan de forma económica a una OSC y que produce información financiera sistemática y estructural.
“La administración financiera es la forma en la que las OSC administran y distribuyen los recursos monetarios para operar sus programas, utilizando diversas herramientas de seguimiento”.
Todo esto con apego al artículo 86.° de la LISR, que establece llevar los sistemas contables de conformidad con el CFF.
En lo que concierne a su relación con las NIF, Maribel De La Llave adicionó que las NIF son un conjunto de conceptos generales y normas particulares que regulan la elaboración y presentación de los Estados Financieros.
“Las NIF que debe de aplicar las OSC de su normatividad Contable (IAP, AC. SC) son: NIF B-16, NIF E-2, NIF B-16, NIF A-3, NIF A-4, NIF E-2, NIF A-5, NIF A-6, NIF B-16”.
Asimismo, Maribel De La Llave comentó que es muy alto el costo de no tener una buena contabilidad por lo que exhortó a realizar una auditoría financiera para obtener una segunda opinión.
“La adquisición de un sistema de contabilidad es una inversión y además una necesidad. La contabilidad debe estar en un lugar seguro y ordenada (con base en el artículo 140.° del Reglamento de la LISR); además, la contabilidad no sólo son carpetas con pólizas y archivos digitales, debe incluir respaldos de archivos, expedientes, declaraciones y reportes para donantes. La capacitación del contador no sólo es fiscal, también es contable y en el uso de sistemas”, concluyó.
El segundo día, el tema de las donatarias fue tratado desde el punto de vista fiscal, que envuelven a las donatarias como la pérdida de la autorización para recibir donativos, envío del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y sus declaraciones; Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (PLD/FT), por Alejandro Gualito Hernández, quien dio un panorama general de los impuestos en las donatarias autorizadas, al respecto, puso como contexto el artículo 79 de la LISR fracción XXV en el que destacó que se trata de las instituciones de asistencia o de beneficencia autorizadas, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos en los términos de esta Ley, que tengan como beneficiarios a personas, sectores, y regiones de escasos recursos; que realicen actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad.
En esa misma línea contable, pero referente a los comprobantes fiscales, Alejandro Gualito habló del marco regulatorio de los CFDI, enfocándose a la emisión de comprobantes fiscales de acuerdo con la LISR, CFF, reglamento del CFF y de la RMF.
“El Complemento del CFDI en el tema de donatarias permite incorporar a una factura los siguientes datos: número del oficio en que se haya informado a la organización civil o fideicomiso, la procedencia de la autorización para recibir donativos deducibles; fecha del oficio en que se haya informado a la organización civil o fideicomiso, la procedencia de la autorización para recibir donativos deducibles; señalamiento expreso que el comprobante que se expide deriva de un donativo”.
Acerca de las causas de revocación de autorización para recibir donativos deducibles, Alejandro Gualito agregó:
“Si la causal de revocación es por las fracciones I a V no se podrá obtener de nueva cuenta la autorización hasta que no se corrija el motivo por el cual le fue revocado. En el caso de que las organizaciones civiles y fideicomisos, cuya autorización para recibir donativos deducibles para efectos del ISR hayan sido revocadas en una ocasión por la causal a que se refiere la fracción VI de este apartado, no podrán obtener la autorización y deberán destinar todo su patrimonio a otra donataria autorizada para recibir donativos deducibles del ISR”.
Para cerrar el curso, el tema administrativo en cuestión de donatarias y en materia de recursos humanos, control interno, monitoreo y evaluación de programas; así como la procuración de fondos, fue expuesto por el contador Sergio Sánchez Arciniega, quien comentó que las donatarias, a veces también como parte de los consejos, se enfrentan a distintas actividades que se tienen que realizar y se refiere a la administración general de la organización.
“Aquí se ve un poco lo que tenemos alrededor de ellos, que es la parte de recursos humanos, de control interno, la parte de monitoreo, evaluación de programas y de procuración de fondos. Si bien podemos considerarnos expertos en el tema de control interno, no somos los expertos en recursos humanos ni en monitoreo o en procuración”.
Por lo que se refiere al tema de la procuración de fondos en una entidad no lucrativa, Sergio Sánchez dijo que es la actividad que se realiza para conseguir recursos, por medio de la solicitud de donaciones a personas físicas, empresas, otras fundaciones (nacionales o internacionales), o a entidades gubernamentales, para lograr el objeto social para el que fue creada, de forma que pueda garantizarse la sustentabilidad y, por lo tanto, la permanencia de las instituciones y de sus programas y servicios.
“La procuración de fondos tiene como característica que está basada en una misión, apoyar causas no lucrativas, tiene diversificación en cuanto a sus estrategias y fuentes de ingresos, es parte de una planeación para la sustentabilidad, por lo que considera ingresos distintos para diferentes gastos y es transparente [rendición de cuentas]”.
Sobre este punto agregó que la formas de procurar fondos es por medio del financiamiento de proyectos, a través de convocatorias, donativos corporativos, redondeo, matching (proyectos cofinanciados), patrocinios, donativos en especie y voluntariado.
Dentro de los errores en la procuración es porque no son claro en la presentación, no mencionan al beneficiario, no piden pedir el donativo adecuado, ofrecen programas que no ejecuta la organización, no tienen un diálogo (sólo hablar y no escuchar), no son flexibles, dando alternativas para hacer el donativo y porque no tienen documentación de la organización, concluyó.
Eventos recientes
El Colegio, a través de la comisión de Peritos Contables en la Impartición de Justicia, presentó esta tarde el foro Perito contable en juicios por lavado de dinero, espacio en el que se abordaron los retos del lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo y la defensa del dictamen pericial en procesos judiciales. La sesión, coordinada por Gerardo Héctor López Ramírez, reunió a Christian Santillán Lira, Jorge Zúñiga Malvárez y Pablo Ramírez García, quienes coincidieron en la relevancia del trabajo del contador público como garante de transparencia y confianza social.Para comenzar las ponencias, Santillán Lira inició con una explicación minuciosa del proceso de lavado de dinero, describiéndolo como el mecanismo mediante el cual se encubre el origen de fondos generados por actividades ilícitas. Al respecto, enfatizó que este fenómeno no solo afecta al sistema financiero, sino también a la estabilidad de la economía nacional.Al abordar el financiamiento al terrorismo, señaló que los aportes directos e indirectos, incluso en pequeñas cantidades, pueden ser determinantes para sostener actividades de alto impacto social. Recordó que bancos, aseguradoras, casas de bolsa y otras instituciones están clasificadas como entidades que realizan “actividades vulnerables” y, por ello, tienen la obligación de identificar a sus clientes, integrar expedientes y notificar a la autoridad cuando detecten operaciones inusuales.Los especialistas explicaron que estas instituciones se encuentran bajo la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), lo que garantiza una coordinación interinstitucional para detectar y perseguir delitos financieros.Por su parte, Zúñiga continuó con una presentación centrada en las tipologías del lavado de dinero, presentándolas como herramientas fundamentales para detectar patrones y tendencias. Explicó que, mediante el análisis de numerosos casos, es posible identificar métodos, técnicas e instrumentos que los delincuentes utilizan para dar apariencia de legitimidad a fondos ilícitos.A través de ejemplos, ilustró cómo operaciones como depósitos fraccionados en cajeros automáticos, transferencias internacionales sin justificación comercial, apertura de cuentas en dólares y movimientos que superan el perfil transaccional del cliente son claros indicadores de alerta.Asimismo, precisó que los sujetos obligados deben reportar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) operaciones inusuales, relevantes o internas preocupantes, enfatizando que el incumplimiento puede derivar en responsabilidades legales.Por último, Pablo Ramírez García subrayó que el perito contable desempeña un papel esencial en los juicios por lavado de dinero, ya que su dictamen constituye un documento técnico que puede influir de manera decisiva en las resoluciones judiciales. Destacó que la defensa del dictamen pericial requiere no solo rigor metodológico, sino también un lenguaje accesible que permita a jueces y partes comprender los hallazgos.En ese sentido, abordó la figura del delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (ORPI), regulado en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, el cual contempla sanciones de cinco a quince años de prisión y multas de hasta 5,000 días de salario, con agravantes cuando intervienen servidores públicos. Por lo anterior, hizo hincapié en que el auditor forense debe ser visto como un garante de confianza social, cuya labor se extiende al seguimiento de las recomendaciones y la colaboración con instancias como la UIF y la CNBV.
La sostenibilidad empresarial dejó de ser un compromiso voluntario para convertirse en una obligación medible. Así lo destacaron expertos durante el evento Reporte con métricas sostenibles, donde se presentó el nuevo marco normativo que exige a las organizaciones integrar indicadores ambientales, sociales y de gobernanza en sus reportes corporativos con el mismo rigor que la información financiera.El evento, realizado el 26 de septiembre y organizado por la Comisión de Sostenibilidad del Colegio, dio inicio con un mensaje de bienvenida por parte de su presidenta, Graciela Enríquez Guadarrama, quien destacó la importancia de tomar conciencia sobre los grandes desafíos ambientales, como la pérdida de biodiversidad, el cambio climático y la contaminación, que deben reflejarse en los reportes corporativos.En ese sentido, Nicte Yara Hidalgo Valdivieso, socia de Asesoría Contable y de Reporte en Galaz, Yamazaki, Ruiz Urquiza, centró su intervención en el marco conceptual de las nuevas normas. Explicó que las Normas de Información de Sostenibilidad (NIS) buscan alinear la preparación y divulgación de la información de sostenibilidad con los principios de las Normas de Información Financiera. En ese contexto, señaló que esto implica una transformación en la forma en que las organizaciones reportan, ya que la sostenibilidad no puede estar desligada de la información financiera.Durante su presentación, subrayó que la información no financiera debe cumplir con los mismos estándares de calidad que los reportes financieros tradicionales: relevancia, representación fiel, neutralidad y completitud de los datos. Además, enfatizó que la sostenibilidad debe ser medible con base en métricas claras, verificables y materialmente significativas.En el ámbito social, Hidalgo presentó los Indicadores Básicos de Sostenibilidad (IBSO) que permiten evaluar aspectos como la igualdad de oportunidades, el trabajo digno, la brecha salarial, la capacitación del personal y la seguridad laboral. “La gestión de métricas sostenibles no solo fortalece la transparencia y confianza, sino que genera valor al alinear las prácticas empresariales con los objetivos de desarrollo social y ambiental”, afirmó.Por su parte, Carlos Carrillo Contreras, integrante de la comisión de Sostenibilidad y Diana Uribe Márquez, gerente senior de Assurance en Deloitte, abordaron la Norma de Información de Sostenibilidad B-1, centrada en los factores ambientales. Informaron que esta norma introduce 30 indicadores obligatorios a partir de 2025, diseñados para estandarizar el reporte ambiental. “Estas métricas permiten evaluar desempeño, identificar riesgos y generar valor para los grupos de interés”, señalaron.Entre los ejemplos presentados en la presentación, destacaron la medición de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en sus tres alcances, el consumo energético, la gestión del agua y los residuos, así como el uso de sustancias que afectan la capa de ozono. También dieron a conocer herramientas prácticas desarrolladas por el CINIF, como la calculadora de emisiones de GEI y los mapas de estrés hídrico. Aunque reconocieron que la calidad y disponibilidad de los datos representan un desafío, coincidieron en que contar con reportes transparentes y comparables fortalece la credibilidad empresarial.Finalmente, otro de los temas abordados fue el de la gobernanza, presentado por Diana Neria Espinosa, integrante de la comisión organizadora. En su exposición compartió los indicadores establecidos por las NIS B-1 en esta materia, destacando la importancia de estructuras de gobierno corporativo robustas, políticas de gestión de riesgos y la diversidad en los órganos de decisión. “La existencia de consejos de administración con visión estratégica, órganos de vigilancia independientes y estructuras de rendición de cuentas es fundamental para garantizar la transparencia”, apuntó.También mencionó la necesidad de implementar códigos de ética, políticas de privacidad, seguridad de la información y protección de datos, elementos que calificó como clave para fortalecer la relación con los grupos de interés. “Estos indicadores permiten mitigar riesgos de corrupción, malas prácticas y vulnerabilidades cibernéticas”, dijo. Concluyó advirtiendo que, aunque su implementación puede ser un reto, especialmente para las pymes, su integración en la estrategia de negocio es esencial para lograr una sostenibilidad robusta y creíble.
Del 22 al 25 de septiembre, el Colegio fue sede de la 21ª Semana de temas fiscales selectos, un espacio destinado a reforzar el conocimiento de los asistentes sobre tópicos fiscales clave en esa materia, y que fue coordinado por Miguel Mauricio Urrutia Schleske, Ernesto Torres García, Marcial Agapito Cavazos Ortiz y Alejandro Javier Sánchez Calderón, representantes de la comisión técnica de Investigación Fiscal. La jornada contó con ocho ponencias a lo largo de cuatro días, donde contadores y abogados especialistas detallaron distintos temas de interés para profesionistas y contribuyentes interesados.El primer tema fue la Enajenación de acciones a personas morales, con la presentación de Elio Fernando Zurita Morales y Jorge León Manzanilla Cañizares, proceso que supone la transmisión de la propiedad de acciones y, por lo tanto, tiene implicaciones fiscales significativas. Así, durante la ponencia se detalló el proceso para calcular el monto original ajustado y su relevancia para determinar la utilidad o pérdida neta sobre la cual se aplicarán los impuestos correspondientes en la venta de las acciones. Además, se comentaron los costos fiscales derivados de la transferencia de estos activos por reestructuraciones de sociedades.En Esquemas reportables, Santiago Vélez Suberbie y Oscar Narciso Brum Barrón compartieron el concepto, marco legal y la importancia de ellos. Como complemento, se señalaron las diferencias entre esquemas generalizados y personalizados, junto con ejemplos que permitieran identificar sus características. Durante su ponencia, se reiteró el concepto de asesor fiscal, personas que, en el desarrollo de su profesión, se encargan de un esquema reportable, con lo que se detallaron sus responsabilidades y riesgos en el incumplimiento, así como las multas relacionadas a su ejercicio.El segundo día se presentó la ponencia de José Gerardo Alfaro Osorio y Manuel Torres García Villalobos, donde se detallaron los aspectos clave de las operaciones entre partes relacionadas que competen al apropiado cumplimiento de las obligaciones fiscales. Tras comentar el marco normativo contenido en la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) con relación a los precios de transferencia y los criterios que deben aplicarse para realizar ajustes a ellos, los ponentes señalaron la importancia de las declaraciones anuales de partes relacionadas contenidas en el plan de acción Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés), ya que permiten contar con más información para las administraciones fiscales mediante un reporte escalonado que refleje consistencia en la organización a distintos niveles. En Acreditamiento de ISR pagado en el extranjero, Paola Irene Salvador López y Miguel Ángel Temblador Torres dieron continuidad a la jornada. Durante su presentación delinearon el papel de este acreditamiento como un medio unilateral para evitar la doble tributación; por ello, los ponentes compartieron los métodos para el cálculo de la utilidad fiscal, ya que permite determinar el límite de acreditamiento en función del país o territorio relacionado.Para el tercer día se presentaron dos ponencias complementarias: Razón de negocios y materialidad de las operaciones, por Cecilia Bustamante Bejarano y Ángel José Turanzas Díaz; y Revisiones del SAT y defensa fiscal, por Alejandro Javier Torres Rivero y Daniel Eugenio De la Parra Huerta.Primero se definió el concepto de materialidad y se comentó a la audiencia la manera en que se ha convertido en un eje de fiscalización para la autoridad en cualquier procedimiento relacionado con auditorías. Sin embargo, según señalan, al ser un concepto abierto a interpretación debido a su falta de regulación, puede llevarse a extremos absurdos que pongan a los contribuyentes en una situación vulnerable; incluso cuando los elementos brindados por la autoridad son rechazados, esta no emite una indicación sobre los elementos ideales para demostrar materialidad, con lo que deja expuesto al contribuyente al criterio de los tribunales.Este concepto se extiende a todos los conceptos indeterminados con espacio a la interpretación, por lo que se debe contar con un constante proceso de actualización que permita anticiparse a las medidas de la autoridad, como sus revisiones y vigilancias, para prevenir antes de reparar. Aún así, la prevención implica también el conocimiento sobre los medios al alcance del contribuyente para protegerse frente a la autoridad, por ello los expositores abonaron en el conocimiento reactivo sobre las acciones y recursos administrativos y jurisdiccionales que brindan defensa al tributario. Finalmente, las ultimas conferencias a de esta jornada fueron Ingresos de personas físicas y Régimen simplificado de confianza. La primera, dirigida por Edyth Ramírez Sánchez y Arturo Camacho Osegueda, quienes se encargaron de destacar dos aspectos clave acerca del tema: los ingresos de las personas físicas son un tema complejo que debe ser atendido con detalle y, por lo tanto, el profesional debe brindar apoyo minucioso para permitir al contribuyente presentar sus obligaciones apropiadamente. Esto requiere un compromiso bidireccional, donde el contribuyente comunica transparentemente sus ingresos al profesional y el profesional permanece informado para poder brindar un soporte profesional adecuado.Adrián Urbina Galicia y Humberto Cruz Hernández presentaron la última conferencia de este evento, donde detallaron los requisitos y obligaciones del Régimen simplificado de confianza (RESICO) para personas físicas y morales. Durante su charla señalaron la importancia de conocer estas características para hacer uso del régimen de manera correcta y evitar la expulsión del contribuyente, por lo que su uso debe implicar una labor de planeación preliminar que señale la compatibilidad entre el régimen y la persona moral o física. Finalmente, los coordinadores del evento agradecieron a los asistentes y les invitaron a mantenerse actualizados en materia fiscal de manera regular, ya que es un campo donde la información hace una enorme diferencia para el cumplimiento.