El Colegio realizó el 12.° Foro de Fiscalización (AGAFF) los días 28 y 29 de octubre. Este foro se centró en la Administración General de Auditoría Fiscal Federal (AGAFF), que, como parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), tiene la finalidad de velar por el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
A lo largo de las dos jornadas del foro, se presentaron siete paneles con la participación de especialistas en temas fiscales, así como funcionarios del SAT y de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).
Los temas abordados incluyeron: Simulación de Operaciones, Novedades en materia de actividades vulnerables y Lavado de Dinero, Comentarios en materia de comercio exterior, Consideraciones del dictamen fiscal, Devolución de saldos a favor en impuestos, Comentarios generales en el Plan Maestro de Fiscalización y Acuerdos conclusivos.
La coordinación del evento estuvo a cargo de Graciela Rojas Mejía, Pablo Cervantes García y Eduardo Arizmendi Salcido (estos dos últimos también fungieron como moderadores), todos ellos integrantes de la comisión técnica Fiscal.
Por su parte, los moderadores de cada panel estuvieron representados por los comisionados en Fiscal Antonio Alberto Vela Peón, Mirella Mirandina Plácido Hernández, Eduardo Sánchez Lemoine, Federico Tercero Garza Torres, Pablo Ramírez Morales, Guadalupe Santos Moreno, Enrique Ramírez Luna (de la comisión técnica de Auditoría Fiscal) y Genaro Eliseo Gómez Muñoz (consultor independiente).
El primer día comenzó con la ponencia sobre Simulación de Operaciones, con las intervenciones de Marco Antonio Hernández Lara y Alejandro Cruz Santiago, administradores centrales de apoyo jurídico del SAT.
En sus participaciones, definieron la simulación como el acto en que las partes declaran falsamente lo que no ha pasado o no se ha convenido. Además, explicaron los tipos de simulación: absoluta (el acto no tiene nada de real, como las operaciones de EFOS definitivos) y relativa (falsa apariencia que oculta el verdadero carácter del acto jurídico).
Respecto al combate a la simulación, las autoridades mencionaron que se apoyan en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la adición del artículo 113-B, que sanciona penalmente la expedición o adquisición de comprobantes fiscales falsos que no amparen operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales.
El segundo panel contó con la intervención de Castor Álvarez Ortiz, administrador central de apoyo jurídico de actividades vulnerables del SAT, quien expuso el tema de las Novedades en Actividades Vulnerables y Lavado de Dinero. En este contexto, destacó el papel del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) como organismo que promueve estándares para combatir el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo.
Explicó que México, miembro desde el año 2000, está en proceso de una evaluación mutua (quinta ronda) por parte del GAFI, la cual verifica el cumplimiento técnico de los 40 estándares y la efectividad del régimen de prevención; la visita in situ continuará el próximo año y el informe final se discutirá en octubre de 2026.
En cuanto al Marco Legal Nacional, comentó que la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI o Ley Antilavado), vigente desde 2013, regula las actividades vulnerables. Finalmente, cerró su intervención mencionando el rol de los contadores y abogados como prestadores de servicios profesionales, quienes son considerados gatekeepers y sujetos obligados.
El primer día concluyó con la ponencia Comentarios en materia de comercio exterior a cargo de Gloria Rocío Estrada Antón y Alberto Ruiz Roja de la comisión técnica de Comercio Exterior, quienes se centraron en la perspectiva de la fiscalización para grandes contribuyentes en operaciones de comercio exterior y aduanas, en el contexto de la próxima reforma a la Ley Aduanera que entraría en vigor a partir del 1 de enero.
Sobre dicha reforma, comentaron que busca elevar la vigilancia sobre empresas con operaciones trascendentes (como aquellas con programas de fomento -IMMEX-, que operan un recinto fiscalizado estratégico, o un almacén general de depósito), señalando que los agentes aduanales han sido "castigados".
En cuanto a las tendencias de fiscalización, argumentaron que la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE) enfoca la vigilancia en aspectos sensibles del plan maestro de fiscalización, con un nuevo escenario que incluye la facilidad de la autoridad para acceder a documentación y anticipar tendencias de omisión.
El segundo día abrió con el tema de las Consideraciones del Dictamen Fiscal, con las participaciones de Fernando Sierra de la Fuente, administrador central de operación de la fiscalización nacional, y María Victoria Zacatenco Cruz, administradora de operación de la fiscalización 1, ambos de la administración general de auditoría fiscal federal del SAT.
Su participación se enfocó en la relevancia y el proceso de presentación del dictamen fiscal ante el SAT, destacando la función del contador público y las herramientas de aclaración disponibles.
Enfatizaron que el dictamen fiscal es una herramienta fundamental para el SAT porque le permite conocer a los contribuyentes y obtener información valiosa para la fiscalización, cuyo objetivo es dar certeza a las cifras financieras y fiscales del contribuyente.
Asimismo, proporciona al contribuyente la seguridad de que un tercero independiente (el contador público) revisa sus cifras y emite una opinión sobre su situación fiscal. Recordaron que son obligados a presentar el dictamen fiscal aquellos contribuyentes que cumplan con umbrales de:
• Ingresos acumulables superiores a $157,000,000.
• Valor del activo superior a $124,000,000.
• Tener por lo menos 300 trabajadores.
• Deben manifestarlo en su declaración anual (checando con el ejercicio inmediato anterior).
Aclararon que no existe el Dictamen complementario, pero sí hay un Escrito de Aclaraciones para corregir datos o discrepancias en el dictamen fiscal. Recomendaron presentar un escrito de aclaraciones ante un error evidente, el cual debe ser presentado por el contador que firmó el dictamen, mediante un escrito en la Oficialía de Partes de la Administración General de Auditoría (o la de Grandes Contribuyentes, según corresponda).
Por último, las autoridades recomendaron adelantar el proceso de presentación del dictamen y no esperar a los últimos días para evitar la saturación del sistema. También es crucial presentar el dictamen a tiempo y cumplir con la obligación de presentar los papeles de trabajo (cuyo porcentaje de cumplimiento ha mejorado al 91.7% para 2023), ya que se están comenzando a aplicar sanciones por la no presentación.
La segunda intervención del día trató el tema de la Devolución de saldos a favor de impuestos, con la participación de Desireé Romero Carrillo, administradora central de devoluciones y compensaciones del SAT, y María Elena Hernández Aguirre, quienes expusieron que el tema de las devoluciones están previstas principalmente en el artículo 22.° del CFF, detallando el proceso, los plazos, los desafíos y las estadísticas.
Las representantes del SAT explicaron que el proceso de devolución sigue el flujo de: (1) el contribuyente presenta una declaración que genera una cantidad a favor; (2) presenta la solicitud; (3) el trámite se asigna a la administración concentrada; (4) la autoridad tiene 40 días para resolver; (5) se puede emitir un primer o segundo requerimiento, o iniciar una orden de facultades de comprobación (auditoría) que puede durar 90 o 180 días; y (6) se emite la resolución (Autorizada, Desistida o Negativa) y, si es favorable, se efectúa el depósito.
Enfatizaron que, en los plazos para contestar son de 20 y 10 días, respectivamente, y, en cuanto a la decisión en el primer requerimiento, si la autoridad tiene los elementos de fondo suficientes, puede emitir una resolución de desistimiento o negativa desde el primer requerimiento sin necesidad de ir a un segundo, siendo el primer requerimiento el procedimiento más utilizado.
En materia de recaudación, comentaron que se han devuelto $718,000 millones de pesos (1% más que el año anterior), siendo el IVA el principal rubro de devoluciones (con un crecimiento del 2%). En Solicitudes Resueltas, se resolvieron 1,253,000 solicitudes (1% más) y en Devoluciones Automáticas (ISR), es el que más dinero devuelve, con $44,032 millones de pesos (4.7% más que el año anterior).
Finalmente, recomendaron a los contribuyentes ser muy precisos al enviar la documentación (por ejemplo, estados de cuenta sólo del mes que corresponde) para evitar que la autoridad rechace o requiera la información por ser ilegible, incompleta o errónea.
La tercera mesa de diálogo estuvo conformada por Marycelia García Valle y Jesús Guillermo Mendieta González de las comisiones técnicas de Fiscal y Auditoría Fiscal, respectivamente, quienes hablaron sobre los Comentarios generales Plan Maestro de Fiscalización. Se centraron en las Cartas Invitación (vigilancia profunda), destacando que no atender una carta invitación puede derivar en la restricción del Certificado de Sello Digital (CSD) y la apertura de un acto de fiscalización formal.
Por ello, se recomienda aprovechar estas cartas como una "fotografía" de las irregularidades detectadas por la autoridad para aclarar, atender y corregirse de forma temprana. Enfatizaron la necesidad de educar al contribuyente para que involucre al asesor fiscal desde el "momento cero", pues la autocorrección oportuna es preferible a llegar a juicios, que resultan más costosos y largos.
Para cerrar el Foro de Fiscalización, se contó con la presencia de César Iván de la Torre Flores, director general de acuerdos conclusivos “A” en la Prodecon, quien versó su participación en el tema de los Acuerdos Conclusivos. Comentó que esta figura se tramita a través de la Prodecon (organismo protector de derechos humanos del contribuyente) y es un mecanismo para resolver controversias durante la auditoría.
El ombudsman mencionó que la Prodecon ha reportado una efectividad superior al 70% en acuerdos totales o parciales entre 2014 y 2024. Finalmente, se dieron consejos para afrontar las diligencias presenciales (mesas de trabajo de los acuerdos conclusivos), como mantener un tono técnico, anticipar escenarios de la autoridad y contar con contraargumentos preparados.
Al término de cada una de las participaciones, se realizó una ronda de preguntas y respuestas y se entregó un reconocimiento de participación a los ponentes.
Eventos recientes
El Colegio presentó, el 17 de febrero, el foro Reporte de sostenibilidad usando las NIS, módulo 2, sesión que dio continuidad al módulo 1, en el que se abordaron los aspectos normativos y ambientales de las Normas de Información de Sostenibilidad (NIS).En esta ocasión, el análisis se centró en los componentes sociales y de gobernanza, con la participación de Paulina Macías Romero, Diana Neria Espinosa y Carlos Carrillo Contreras, especialistas en sostenibilidad corporativa, quienes profundizaron en la aplicación de la NIS B-1 y en la revelación de los Indicadores Básicos de Sostenibilidad (IBSO) requeridos a partir de 2025 en los estados financieros.Para iniciar la jornada, Paulina Macías Romero, coordinadora de Sostenibilidad en Chevez, Ruiz, Zamarripa, desarrolló una exposición especializada en dicha norma, con énfasis en el componente social. Durante su participación, explicó que la norma establece 30 IBSO, agrupados en tres dimensiones: ambiental, social y de gobierno corporativo.En el ámbito social, profundizó en los indicadores relacionados con capital humano, gestión de igualdad de oportunidades y trabajo digno, brecha salarial, horas de capacitación, evaluaciones de desempeño, así como salud y seguridad en el trabajo. A través de casos prácticos, la expositora mostró cómo determinar y revelar correctamente esta información en el reporte de sostenibilidad.Posteriormente, la contadora Diana Neria Espinosa abordó los aspectos de gobernanza. Señaló que la gobernanza corporativa constituye uno de los tres pilares fundamentales de la sostenibilidad, junto con las dimensiones ambiental y social. Durante su intervención, explicó los indicadores relacionados con la integración y funcionamiento de los órganos de gobierno, la independencia de sus integrantes, la participación de mujeres en puestos de alta dirección y en consejos de administración, así como la existencia de políticas formales en materia de ética, integridad y combate a la corrupción.Destacó que estos elementos no solo fortalecen la transparencia, sino que también inciden directamente en la generación de confianza entre inversionistas, colaboradores y grupos de interés. Asimismo, subrayó que la revelación de información en materia de gobernanza debe realizarse con criterios claros de medición, alcance y periodicidad, a fin de garantizar la comparabilidad y consistencia de los datos reportados.En este contexto, enfatizó la necesidad de documentar adecuadamente los procesos internos y asegurar la congruencia entre las políticas declaradas y su aplicación práctica. Finalmente, advirtió que las empresas deben transitar de un enfoque meramente declarativo a uno sustentado en evidencia verificable, integrando los indicadores de gobernanza en la estrategia corporativa y en la gestión de riesgos; de esta manera, el reporte de sostenibilidad deja de ser un ejercicio aislado para convertirse en una herramienta estratégica de rendición de cuentas.Como cierre del foro, el contador Carlos Carrillo compartió un mensaje en el que exhortó a los asistentes a asumir con seriedad los temas de sostenibilidad, destacando que la adecuada implementación de las NIS no solo responde a una exigencia normativa, sino que representa una oportunidad para fortalecer la transparencia en las organizaciones y la confianza del mercado.
Los días 13 y 14 de febrero, la comisión de Investigación Fiscal del Colegio llevó a cabo el evento Aplicación práctica de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, enfocado en el análisis de los principales cambios y su implementación.El programa contó con la participación de los miembros de la comisión organizadora: José Gerardo Alfaro Osorio, Gerardo Domínguez Gómez, José Emilio Brito Montiel, Víctor Manuel Pérez Ruiz y Elio Fernando Zurita Morales, bajo la coordinación de Marcial Cavazos Ortiz.La apertura estuvo a cargo de José Gerardo Alfaro Osorio, quien presentó un análisis sobre fiscalidad internacional, destacando los efectos prácticos en precios de transferencia, IVA en plataformas digitales y el estímulo de repatriación de capitales previsto en la Ley de Ingresos 2026.Uno de los puntos de mayor interés fue la interpretación del Artículo 7 de los tratados para evitar la doble tributación (beneficios empresariales), señalando que ciertos servicios podrían no considerarse actividad empresarial, lo que implicaría retenciones del 25% en lugar de aplicar tasas reducidas conforme a tratado. Asimismo, explicó la relevancia de la Regla 2.1.3 relativa a la constancia de residencia fiscal y los procedimientos amistosos (MAPs) como mecanismos de solución de controversias.En materia de servicios digitales, enfatizó las obligaciones de residentes en el extranjero: inscripción en el RFC, designación de representante legal y cumplimiento de obligaciones formales. También desarrolló el alcance de la Declaración Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas y los estudios de precios de transferencia (Local File, Master File y Country by Country Report), subrayando los umbrales de ingresos para su obligatoriedad.Respecto al estímulo de repatriación de capitales, puntualizó que su conveniencia debe evaluarse estratégicamente frente a otros mecanismos de regularización, considerando tasas, requisitos y condiciones de inversión.Por otro lado, Gerardo Domínguez Gómez y José Emilio Brito Montiel centraron su exposición en la aplicación práctica de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 en materia de comprobación digital y facultades de la autoridad.Analizaron la regla 2.2.15, relativa a la restricción temporal del certificado de sello digital, destacando el plazo de 40 días para presentar aclaraciones y la posibilidad de prórroga. Recordaron que la emisión de CFDI a través de terceros para eludir restricciones constituye práctica fiscal indebida.Abordaron además las multas por no enviar contabilidad electrónica en tiempo y forma, así como la obligatoriedad de habilitar el buzón tributario, cuyas sanciones serán aplicables a partir del 1 de enero de 2027 para quienes incumplan.En cuanto a los CFDI, detallaron la relevancia de los complementos (nómina, donatarias y recepción de pagos) para garantizar deducibilidad y acreditamiento de IVA. Subrayaron que las notas de crédito no sustituyen la cancelación de un CFDI de ingreso y explicaron los distintos supuestos de cancelación.También se revisaron prácticas fiscales indebidas vinculadas a indemnizaciones por riesgos de trabajo, pensiones y pagos a socios mediante terceros, además de aspectos prácticos sobre PTU y subsidio para el empleo.Continuando con el programa, Víctor Manuel Pérez Ruiz abundó en las implicaciones penales derivadas de reformas constitucionales y fiscales vinculadas a comprobantes fiscales falsos.Explicó que, tras la modificación al artículo 19 constitucional y al artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, los comprobantes que no amparen operaciones reales pueden derivar en prisión preventiva oficiosa por equipararse a supuestos de contrabando. Señaló que los plazos reducidos de defensa y las visitas domiciliarias intensifican la exposición de los contribuyentes, generando un entorno de alta presión.Asimismo, destacó el incremento en la tasa de recargos, las nuevas cifras para el dictamen fiscal obligatorio en 2026 y el cambio en su fecha límite al 15 de mayo. Analizó la obligación de presentar la Declaración Informativa de Situación Fiscal (DISIF o ISSIF) en operaciones con partes relacionadas y el endurecimiento de las reglas para deducción de cuentas incobrables, salvo ciertos beneficios aplicables al sector bancario.Para cerrar la jornada, Elio Fernando Zurita Morales habló sobre el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), diferenciando su aplicación para personas físicas y morales.Durante su platica, subrayó la limitada regulación en ley y la forma en que la Resolución Miscelánea intenta aclarar criterios, particularmente en la incompatibilidad del RESICO con ingresos por plataformas digitales, como hospedaje tipo Airbnb, según la postura de la autoridad. En ese sentido, alertó sobre el riesgo de exclusión del régimen y las implicaciones económicas que ello conlleva.También explicó los requisitos para permanecer en RESICO: inscripción activa, e.firma, buzón tributario habilitado y emisión correcta de CFDI. En esa línea, analizó la retención del 1.25% por personas morales, el acreditamiento del IVA y los supuestos en los que no se puede tributar en este régimen, como ser socio o accionista de persona moral o percibir ingresos asimilados a salarios.La sesión concluyó con reflexiones sobre dividendos, copropiedad, actividades primarias exentas y la relevancia estratégica de la opinión de cumplimiento.
En el marco del foro Reformas Fiscales de la CDMX 2026, organizado por el Colegio, e inaugurado por Rosalía Ortega López, presidenta del Colegio, se presentaron los contadores Guadalupe Santos, Alejandro Guízar Acosta, Adrián Urbina Galicia, Laila Moreno Sotelo y Virginia Ríos Hernández, quienes compartieron un análisis sobre las reformas al Impuesto Sobre la Renta (ISR), Código Fiscal de la Federación (CFF) y Ley de Ingresos de la Federación (LIF).El evento, llevado a cabo el 13 de febrero, fue introducido por Guadalupe Santos, quien explicó que la LIF es una legislación emitida por el Gobierno federal, resultado de un proceso legislativo formal, que determina cuánto dinero recibirá el Estado durante el ejercicio fiscal correspondiente.Durante su intervención, se comentó que la LIF 2026 contempla ingresos estimados por 10.19 billones de pesos, de los cuales 5.83 billones corresponden a ingresos tributarios, es decir, 57.28% del total previsto. También destacó que el déficit público, medido a través de los Requerimientos Financieros del Sector Público (RFSP), se ubicaría en 4.1% del Producto Interior Bruto (PIB), mientras que el saldo de la deuda se estima en niveles cercanos al 52.3% del PIB.Asimismo, se puntualizó que los estímulos fiscales previstos para 2026 representan una oportunidad de regularización para contribuyentes, siempre que se cumplan los requisitos formales establecidos en la normatividad aplicable.Por su parte, Guízar Acosta presentó un análisis de las modificaciones relevantes al CFF, con énfasis en el fortalecimiento de los mecanismos de control y combate a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) falsos. Señaló que las reformas plantean un endurecimiento del marco normativo en materia de comprobación fiscal, al establecer con mayor claridad que los CFDI deberán amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales, conforme a lo previsto en el código.Además, informó que se adiciona una nueva causal de restricción de los Certificados de Sello Digital (CSD) cuando los contribuyentes otorguen efectos fiscales a comprobantes que hayan sido declarados falsos, lo que puede impactar directamente en la operación cotidiana de las empresas al impedir la emisión de facturas electrónicas.En la misma línea, Adrián Urbina comentó que, en materia del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la ley exige identificar o asociar el impuesto efectivamente pagado con los actos o actividades gravadas del contribuyente para estar en posibilidad de acreditarlo.En tanto, la licenciada Moreno Sotelo presentó un análisis sobre las modificaciones y alcances del Código Fiscal de la Ciudad de México. Al respecto, reveló que el artículo 8 del Código Fiscal de la Ciudad de México establece la obligación de las personas físicas y morales de pagar las contribuciones previstas en la legislación capitalina.A partir de este fundamento se desprenden obligaciones formales y sustantivas que deben observar los contribuyentes; con ello, se reforzó la importancia de un cumplimiento integral y oportuno en el ámbito tributario capitalino.Finalmente, Virginia Ríos Hernández versó sobre el subsidio al empleo 2026 y la propuesta de reducción progresiva de la jornada laboral a 40 horas. Explicó que el subsidio al empleo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de diciembre de 2025 y que para 2026 se establece un salario máximo de 11,492.66 pesos como límite para su aplicación.Se detalló que el monto del subsidio se determina con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) mensual. Para ello, se aplican distintos porcentajes según el periodo del año. En el ámbito laboral, se abordó la propuesta de reducción de la jornada máxima semanal (40 horas) de manera gradual. En este punto, la especialista hizo hincapié en que esta transición progresiva busca permitir a las empresas adaptar sus estructuras operativas y presupuestales sin generar impactos abruptos en productividad y costos laborales.Con un mensaje de reconocimiento y reflexión, Leidy Ramos Marín, directora de Desarrollo de Personal y Derechos Humanos, fue la encargada de clausurar el foro Reformas Fiscales de la CDMX 2026.Expresó un agradecimiento a los especialistas que compartieron su experiencia y conocimientos, así como a los asistentes que participaron en este espacio de análisis. Se reconoció que el diálogo entre autoridades, especialistas y profesionales fortalece la cultura de cumplimiento y contribuye a una mejor comprensión de los cambios legislativos.