El 24 de enero, la comisión de Seguridad Social organizó el evento Actualización de salarios y la correcta aplicación de la UMA, con el objetivo de garantizar que los procedimientos laborales y fiscales relacionados con la UMA se apliquen de manera transparente y ajustada a la normativa vigente. Este encuentro, dirigido por José Antonio Suasnávar Lerdo de Tejada y con la participación y coordinación de Rubén Darío Dávalos Palomera, se centró en esclarecer el impacto de la UMA en distintos ámbitos, tanto para los trabajadores como para los sistemas de seguridad social y fiscal.
Entrando en tema, se comentó la transición del Salario Mínimo General (SMG) como unidad de referencia, para que fuera sustituido por la UMA en diversas obligaciones legales. Dávalos Palomera explicó cómo el SMG dejó de ser solo un parámetro para el pago de remuneraciones y pasó a ser utilizado como unidad de cuenta para fines adicionales. Ante esta situación, explicó que se decidió crear la UMA con el propósito de desindexar el salario mínimo de otros usos, protegiendo así su función exclusiva como remuneración básica para los trabajadores.
Refirió que este cambio legal fue impulsado por la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016. Dicha modificación aclaró que el SMG ya no podía utilizarse como unidad de referencia para fines distintos al de salario, y se asignó al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) la responsabilidad de calcular anualmente el valor de la UMA, que marca la pauta para el cálculo de diversas obligaciones fiscales y laborales.
En su intervención, Suasnávar detalló los efectos de la reforma sobre los cálculos de pensiones jubilatorias. Según un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a partir de la reforma, el monto máximo de la pensión debe calcularse en base a la UMA, y no al SMG. “Este ajuste tiene como fin evitar el incremento innecesario en las cuotas y aportaciones de seguridad social, lo que a su vez protege el poder adquisitivo del salario mínimo”.
Además, Suasnávar explicó cómo la reforma impactó el cálculo de las cuotas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que ahora se calculan utilizando la UMA en lugar del SMG. Para ello, dijo que el IMSS adaptó su Sistema Único de Autodeterminación (SUA) para asegurar que la UMA se aplique correctamente en todos los procesos relacionados con la seguridad social.
Otro de los puntos clave fue el análisis de los límites de la UMA en relación con el salario base de cotización y el tope salarial. El expositor declaró que, aunque el salario mínimo sigue siendo el mínimo para el registro en el IMSS, se precisó que el límite máximo de cotización está establecido en 25 veces el valor de la UMA. En esa línea, se abordaron los ajustes que se realizarán para los trabajadores registrados con salarios previamente establecidos, a través de la Emisión Mensual Anticipada.
En cuanto a las prestaciones laborales, se detalló cómo la UMA influye en el cálculo de indemnizaciones, primas, horas extras y pagos por separación. Se especificaron también los topes de la UMA para diferentes tipos de ingresos exentos de impuestos, lo que tiene una incidencia directa en el cálculo del Impuesto sobre la Renta (ISR) de los trabajadores.
Finalmente, Suasnávar trató el impacto de la UMA en los créditos de Infonavit. Al respecto comentó que partir de la reforma, los saldos de los créditos que antes se ajustaban con base en el salario mínimo ahora se actualizan conforme al valor de la UMA. “Este cambio también afecta el cálculo del Subsidio al Empleo, el cual se determina en función de la UMA y tiene implicaciones directas en los subsidios que los trabajadores pueden recibir”.
Eventos recientes
El 26 de junio se presentó en el Colegio el curso Aspectos prácticos de la aplicación del instrumento multilateral, MLI. Durante el día, y con la coordinación de la comisión técnica Fiscal Internacional, se expusieron los antecedentes, estructura, aplicación y casos prácticos del Instrumento Multilateral (MLI) en el contexto mexicano.Para este evento, se contó con la participación de Rita Mireya Valdivia Hernández, Eduardo Brandt López y René Alberto Meza Aragón, integrantes de la comisión previamente mencionada y, por tanto, expertos en materia fiscal.Para comenzar, se compartieron los antecedentes del MLI reflejados en la Acción 15: Instrumento Multilateral de la OCDE, donde se comentó que la intención de este instrumento es permitir a los gobiernos modificar acuerdos fiscales bilaterales existentes de manera sincronizada y eficiente. Hoy en día, 105 países han firmado el MLI, incluido México donde entró en vigor el 1 de julio de 2023. Los expositores señalaron que, de los 61 convenios de doble imposición (CDI) vigentes en nuestro país, 56 han firmado el MLI.Tras detallar la estructura del instrumento y sus disposiciones, se indicó que la aplicación de MLI coexiste con la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) y los CDI; además, este instrumento solo surtirá efecto cuando el país contraparte de México se identifique como jurisdicción comprendida.Tomando en cuenta estos tres pasos, los ponentes argumentaron que el Instrumento Multilateral sólo surtirá efecto en los tratados en los que México y sus contrapartes se hayan considerado mutuamente como jurisdicciones comprendidas, como Alemania, Canadá, Reino Unido, Uruguay, Francia, Japón, entre otros; por otro lado, no tendrá validez sobre jurisdicciones no firmantes, como Estados Unidos y Brasil.Debido a esta condición de bidireccionalidad, la OCDE publicó la BEPS MLI Matching Database, una herramienta que señala la forma en que el MLI modifica un tratado fiscal entre dos jurisdicciones, donde se desglosa la fecha de ratificación, fechas de entrada en vigor y las elecciones y reservas de ambos estados con relación al respecto de cualquiera de los artículos del MLI.Posteriormente, los expertos detallaron la aplicación del MLI a partir de casos prácticos que permitieran a la audiencia apropiarse de esos conocimientos y que abarcaron artículos aplicables a México, como el 6, 7, 8 y 9.
El pasado 26 de junio, el Colegio y la comisión Empresarial llevaron a cabo la conferencia titulada Patentes y marcas, ¿cómo impactan en los empresarios? Este evento fue impartido por el licenciado Ricardo Sánchez Gil, especialista en Derecho de la Propiedad Intelectual por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y coordinado por José Manuel Zárate Nicolás.Durante la charla, Sánchez Gil abordó temas fundamentales sobre el derecho de autor y su relevancia para los empresarios, explicando que esto otorga a los creadores de obras originales un reconocimiento del Estado, encauzado a los derechos morales y patrimoniales. Destacó la importancia de entender los tipos de obras protegibles, que incluyen obras literarias, musicales, audiovisuales, pictóricas, arquitectónicas, escultóricas, entre otras.Uno de los puntos clave de la plática fue la aclaración sobre la protección de ideas. Al respecto, Sánchez Gil explicó la dicotomía entre expresión y contenido, reiterando que solo se protege la forma en que se expresan las ideas, no las ideas en sí. Además, subrayó la necesidad de cumplir con requisitos específicos para que una obra sea protegida, como la originalidad y el estar fijada.Entre los mitos más comunes sobre el derecho de autor, el licenciado mencionó que se cree que es legal, en cualquier caso, copiar un fragmento de una obra audiovisual solo citando la fuente, y que todo el contenido bajado de redes sociales es de libre uso.En cuanto a las marcas, definió a éstas como signos que distinguen productos o servicios en el mercado. Habló sobre los diferentes elementos que pueden constituir una marca, desde denominaciones y logotipos, hasta sonidos y olores. También, recomendó a los empresarios realizar un análisis de viabilidad antes de registrar una marca y llevar a cabo un due diligence sobre cualquier producto nuevo que se pretenda comercializar para evitar conflictos legales.Por otro lado, Ricardo definió la patente como un título legal que protege invenciones nuevas, impidiendo que terceros las fabriquen o utilicen sin autorización. Sobre este tema, explicó los requisitos de patentabilidad, que incluyen novedad, estado de la técnica, actividad inventiva y aplicación industrial.La conferencia concluyó con recomendaciones prioritarias para los empresarios sobre cómo revisar contratos con agencias creativas y establecer políticas internas de protección de propiedad intelectual. Esto resalta la importancia de identificar y gestionar los bienes intangibles, que se erige como un pilar esencial en el desarrollo empresarial.
En el evento mensual que refuerza los lazos con instituciones universitarias, el Colegio tuvo el honor de colaborar con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) en la conferencia gratuita y en línea Aplicación de la Metodología Scrum para la reducción de costos, realizada el 26 de junio.La ponencia estuvo a cargo de Mauricio Fernando Fuentes Lizaola, distinguido profesional con una vasta trayectoria en el ámbito financiero y de costos. La conferencia se centró en la Metodología Scrum como una herramienta ágil para la administración de proyectos, en la que se buscó la optimización de los elementos del costo. En el evento, se destacó la importancia del costo como un desembolso con la clara intención de aumentar el monto invertido mediante la satisfacción de una necesidad del mercado o del cliente.Entre los temas abordados, se desglosaron los elementos del costo, que incluyen: materia prima, mano de obra, cargos indirectos y el outsourcing dentro del proceso productivo. También se exploraron las clasificaciones del costo (fijos, variables, directos, indirectos, vivos, muertos, costo primo y costo de conversión o transformación), diversos sistemas de costeo (históricos, predeterminados, estimados, estándar, directo, absorbente, y ABC), y métodos de acumulación del costo (por pedidos, por departamentalización, y por procesos). Asimismo, se revisaron las fórmulas de valuación de inventarios como PEPS, UEPS y precios promedio, y los métodos de registro contables como el analítico o pormenorizado e inventarios perpetuos. Se mencionó las cuentas contables para la incorporación del costo: almacén de materias primas, almacén de producción en proceso, y almacén de producto terminado.La metodología Scrum fue presentada como un proceso ágil para administrar proyectos, tomando su nombre de la formación de rugby. Sus principios fundamentales incluyen la entrega constante de valor, el enfoque en el cliente, la adaptabilidad, la transparencia, la retroalimentación, la mejora continua, equipos de alta confianza, autogestión, velocidad e innovación.Se delinearon los roles dentro de Scrum, en el que se diferenciaron los roles centrales (Product Owner, Scrum Master, Equipo Scrum) y no centrales (Stakeholders, Scrum Guidance Body, Vendedores). En la conferencia también se destacó las diferencias clave entre Scrum y la gestión de proyectos tradicional, en el que se enfatizaron el enfoque en las personas, la documentación mínima, el estilo de proceso iterativo, la planificación por adelantado baja, la priorización basada en el valor del negocio, la autoorganización, y un liderazgo colaborativo.Finalmente, se destacaron los beneficios de aplicar Scrum, tales como la entrega temprana y continua de valor, la adaptación a los cambios, la eliminación de trabajos innecesarios, la minimización de errores, la reducción del tiempo de desarrollo del proyecto y del costo, la mitigación de riesgos, un mayor Retorno de Inversión (ROI), la reducción de costos de mantenimiento, mayor transparencia y control, y un mayor compromiso.Héctor Vázquez González, vicepresidente de Vinculación Universitaria y moderador de la ponencia, fue el encargado de entregar el reconocimiento al expositor por su participación.