El Colegio, a través de su comisión de Contribuciones Locales, organizó el evento Dictamex-Impuesto sobre erogaciones los días 29 y 30 de julio. Este foro, bajo la coordinación de José Eduardo Beristain Martínez, integrante de la comisión organizadora, reunió a funcionarios de la Secretaría de Finanzas del Estado de México (Edomex) y especialistas en contribuciones locales, quienes compartieron sus conocimientos y experiencias en la materia.
Para dar inicio con las participaciones, Alejandro Esaú Molina Guadarrama, de la dirección general de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Edomex, destacó la importancia de esta reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 26 de enero de 2021.
“Esta reforma nos exige una integración minuciosa de la información de los trabajadores y los establecimientos donde se generan obligaciones fiscales, incluyendo obras y remodelaciones sin importar su ubicación”.
Bajo esa línea, hizo énfasis en la ampliación de la normativa para abarcar todas las actividades generadoras de impuestos.
En cuanto a los aspectos a considerar para el ejercicio 2024, Gustavo De la Cruz Romero, jefe de Mantenimiento y Soporte de Aplicaciones en la Dirección General de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Edomex, explicó que no se realizaron modificaciones a las reglas existentes, pero se introdujeron mejoras tecnológicas como la actualización de la herramienta TPE a la versión 3.1 y la implementación de la autenticación de doble factor.
“Es crucial que los contribuyentes y los contadores públicos registrados estén al tanto de estas actualizaciones para cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales”.
Además, mencionó las fechas clave para el aviso, la formulación y la presentación del dictamen, remarcando la importancia de cumplir con los plazos establecidos.
Por su parte, Juan Carlos Castillo Carrillo, desarrollador de software en la dirección general de Fiscalización de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Edomex, destacó las funcionalidades del sistema Dictamex, tales como la captura en línea, almacenamiento conforme al avance, y herramientas tecnológicas avanzadas como Google Maps y la e.firma.
“El sistema permite una gestión eficiente de la información con opciones como el registro manual y la carga masiva de trabajadores por establecimiento, lo que facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales”.
También mencionó las guías rápidas y la ayuda en línea disponible para los usuarios del sistema.
En cuanto las consideraciones importantes para el uso del sistema Dictamex, Eduardo Guerrero Negrete, subdirector de Programación, Impuestos Estatales y Comercio Exterior en la dirección general de Fiscalización de la Secretaría de Finanzas del Edomex, fue el encargado de abordar el tema. Subrayó la relevancia de la iconografía y los colores que indican el estatus de la captura de información, facilitando la identificación del progreso en el proceso de dictamen.
“La nueva versión del Dictamex cuenta con indicadores visuales que ayudan a los usuarios a verificar el estatus de su información de manera rápida y eficiente”.
Además, detalló el proceso de uso de la herramienta TPE 3.1 para la lectura masiva de CFDI y la importación de datos, asegurando que cada paso esté diseñado para simplificar y optimizar la gestión de la información fiscal.
Durante la sesión, los funcionarios presentaron de manera práctica el proceso de presentación del dictamen a través de la plataforma, así como el desglose y particularidades de los anexos del 1 al 6, estos puntos fueron de utilidad para que los asistentes pudieran despejar sus dudas.
Siguiendo con el programa, Laila Yarina Moreno Sotelo, de la comisión de Contribuciones Locales, explicó que el Código Financiero del Estado de México y sus Municipios (CFEMyM) establece diversas obligaciones para los contribuyentes. Entre ellas, destacó el artículo 47 que obliga a inscribirse en el Registro de Empresas Contribuyentes (REC) en un plazo que no exceda de quince días hábiles y a conservar la documentación fiscal por cinco años.
En su turno, Carenli Diana Arcos Díaz, integrante de la comisión de Contribuciones Locales, enfatizó la importancia de la independencia e imparcialidad del Contador Público Registrado (CPR) al formular dictámenes fiscales. Comentó que según el artículo 47 E, el CPR no podrá formular el dictamen fiscal estatal si es cónyuge, pariente o ha tenido alguna vinculación económica con el contribuyente. “Esta medida asegura que el dictamen se emita de manera objetiva y libre de conflictos de interés, lo que es crucial para mantener la integridad del proceso de auditoría fiscal”.
Por su parte, Óscar Adrián Hernández Flores, miembro de la comisión antes mencionada, abordó las reglas generales para dictaminar la determinación y pago del impuesto. Subrayó que las reglas publicadas el 24 de junio de 2022 tienen el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, y detalló que el dictamen deberá presentarse ante la dirección general de Fiscalización a través del sistema Dictamex utilizando la e.firma correspondiente. Además, mencionó que los anexos de la regla incluyen requisitos detallados para la presentación del dictamen, lo que contiene la integración de la base imponible y la revisión de los pagos indebidos.
A manera de debate, los expositores discutieron el alcance del informe fiscal del CPR. Explicaron que según el artículo 47 H, el informe debe manifestar bajo protesta de decir verdad que el dictamen se emite conforme a las disposiciones del Código y las normas de auditoría y debe detallar cualquier diferencia en el cálculo del impuesto y las causas de su origen. Puntualizaron que este informe es vital para garantizar que el impuesto sobre las erogaciones por remuneraciones sea determinado y pagado de manera correcta y transparente.
Eventos recientes
El Colegio llevó a cabo el curso Marketing digital y redes sociales para emprender con éxito, diseñado para proporcionar herramientas esenciales a emprendedores en el ámbito digital. Este evento, que tuvo lugar el 21 de junio, contó con la participación de Mariel Hayde Uribe Hernández, experta en Estrategia Fiscal y miembro de la comisión técnica del Sector Empresarial; Jorge Alvarado Cordero, cofundador de Grownomics y presidente de la misma comisión, quien también moderó el evento; y la conocida influencer Samantha Michelle Uribe Hernández.El programa ofreció una introducción completa al marketing digital, en el que se analizó el mercado del consumidor y su demografía, el proceso de decisión de compra, las ventas en línea y la evolución del marketing, incluyendo el fascinante mundo del neuromarketing. Se exploraron las influencias sociales y psicológicas que afectan el comportamiento del consumidor, así como la famosa jerarquía de necesidades de Maslow.Entre los temas destacados, se profundizó en cómo se toman las decisiones, el concepto del cerebro triuno (reptiliano, límbico y córtex cerebral), y las enseñanzas clave de las neuroventas para comprender lo que de forma instintiva motiva al ser humano a comprar. El temario también subrayó la importancia de la creación de un buyer persona para identificar al cliente ideal, el funcionamiento del embudo de ventas y las generalidades de las redes sociales, así el cómo construir historias efectivas en estas plataformas. Se hizo especial énfasis en plataformas como Instagram y TikTok, sus algoritmos, tipos de influencers, y las características de contenido en cada una. Un segmento crucial del entrenamiento se dedicó a la marca personal y el branding, en el que se definió qué es una marca, cómo se construye a través de promesas y experiencias, y la relevancia de los cinco sentidos en el branding. Para finalizar, Samantha Michelle Uribe Hernández, influencer fundadora del sitio Nutrióloga Sam Uribe, compartió su inspiradora historia de éxito. Relató cómo enfrentó la adversidad y encontró en las redes sociales una herramienta poderosa para difundir mensajes que motivan a las mujeres a reconectar con su cuerpo y transformar su salud, todo basado en el equilibrio y el amor propio.Al término, Jorge Alvarado Cordero abrió la sesión de preguntas y respuestas y se encargó de entregar los reconocimientos a las ponentes.
El Colegio de Contadores Públicos de México celebró, este 20 de junio, el cierre de los festejos por sus 75 años con una velada memorable, que reunió a expresidentes, directores, asociados, amigos y familiares, quienes son parte fundamental del legado de la profesión contable.En la apertura, el presidente del Colegio, Adolfo Ramírez, dirigió un emotivo mensaje a todos los presentes, en el que destacó la trayectoria y legado de la institución como un pilar fundamental en la contaduría pública del país.Asimismo, subrayó la importancia que tiene el Colegio en la formación y el desarrollo de contadores públicos, así como su compromiso con la sociedad. “Hoy celebramos no sólo un aniversario, sino un legado de dedicación y servicio a nuestra comunidad. Gracias a todas y a todos los que han hecho posible esta celebración, a quienes nos han acompañado durante este año conmemorativo y, sobre todo, a cada asociado que cree y vive el Colegio”, afirmó Ramírez, resaltando los logros alcanzados en estas siete décadas y media.Durante el evento, los asistentes disfrutaron de una exquisita cena acompañada de un espectáculo del reconocido artista e “imitador de América”, Gilberto Gless, quien animó la noche e hizo cantar a más de uno, creando un ambiente de celebración a través de sus interpretaciones de Juan Gabriel, Luis Miguel, Vicente Fernández, Ricardo Arjona, entre otros. Su talento y carisma hicieron que todos revivieran grandes momentos musicales, uniendo a todos los presentes.Entre los asistentes, se destacó la presencia de figuras clave en el ámbito financiero y académico, tales como Armando Tomé González, director de la Facultad de Contaduría y Administración de la UNAM; Elsa Beatriz García Bojorges, presidenta del Consejo Emisor en el CINIF; autoridades del INAP; Luis F. Kudo y Manuel Niño de Rivera de KNR Abogados; entre otros.Además, en el marco de esta celebración, se llevó a cabo la reapertura del Aula Magna, un espacio modernizado con luces y audio de última tecnología, que ahora cuenta con áreas inclusivas, reafirmando el compromiso de la institución con la accesibilidad y la innovación. Este renovado espacio estará disponible para conferencias, talleres y eventos, permitiendo a los contadores públicos acceder a formación continua en un entorno cómodo y adaptado a las necesidades actuales. Del mismo modo, se inauguró el Museo virtual de la Contaduría Pública, el cual ofrece una visión interactiva de la historia y evolución de la profesión; este espacio permanecerá abierto para todo el público que visite las instalaciones.La velada incluyó momentos emotivos, donde los expresidentes y miembros del comité ejecutivo recordaron los retos superados y las transformaciones que ha vivido la institución. La interacción entre generaciones, desde los contadores más experimentados hasta los jóvenes profesionales, fue un recordatorio de la importancia de la colaboración y el aprendizaje mutuo en el fortalecimiento de la profesión.Este evento no solo celebró el pasado, sino que también iluminó el camino hacia un futuro lleno de oportunidades para el Colegio y todos sus miembros.
Con el fin de compartir los aspectos legales y fiscales del pago de dividendos y las reducciones de capital, la comisión técnica Fiscal coordinó en el Colegio el curso Aspectos fiscales de pagos de dividendos y reducción de capital, para preparar a los profesionales contables en el correcto cumplimiento normativo de estos conceptos.El 18 de junio comenzó la jornada con la exposición de los aspectos legales a considerar para la distribución de dividendos, a cargo de Federico Tercero Garza Torres. Para comenzar, el experto destacó que, a pesar de no existir una definición legal para dividendo, la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR) los define como “una distribución hecha por una sociedad a sus asociados a base de beneficios” y que, según la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), se entienden como una retribución a la inversión de los accionistas o “una cuota por acción que tiene derecho a recibir el accionista de la utilidad distribuible”.Entre las consideraciones legales de los dividendos, cabe mencionar que su distribución debe ser aprobado por la asamblea de socios o accionistas y solo puede efectuarse si existen utilidades reportadas en los estados financieros que ya hayan concluido. Además, previo a la distribución de dividendos se debe considerar un pago del 5% a acciones de voto limitado y otro 5% debe canalizarse al fondo de reserva.Para continuar con la exposición, Manuel Toledo Espinoza extendió en el análisis de los efectos financieros y fiscales del pago de dividendos según las regulaciones vigentes. Durante su explicación, el ponente describió que “no se pueden retirar utilidades de una empresa que no ha pagado Impuesto Sobre la Renta (ISR)” mediante la declaración anual o la distribución de dividendos no provenientes de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (Cufin) o Cuenta de utilidad fiscal neta reinvertida (Cufinre).Además, el ponente señaló que la pagadora de dividendos debe expedir el CFDI llenado apropiadamente para evitar problemas al receptor, ya que esa información es precargada para que el accionista presente su declaración y un error en los montos exentos o gravados llevará a una discrepancia fiscal.Para el segundo día de la jornada, el 19 de junio, se contó con la participación de Jorge Manuel Flores Batres y Miguel Ángel Severiano Hernández, quienes dedicaron sus exposiciones a compartir los pormenores de la reducción de capital.Primero, Jorge Flores se centró en los aspectos legales de este concepto, donde empezó por la definición de este y señaló que “toda sociedad puede aumentar o reducir su capital”, mediante un acuerdo derivado de una asamblea extraordinaria para una sociedad anónima o votada en asamblea general para el caso de una sociedad de responsabilidad limitada.Para complementar, el ponente detalló los requisitos para la convocatoria de una asamblea general o extraordinaria, con el fin de evitar un incumplimiento que lleve a declarar dichas asambleas como ilegales y, por tanto, sin validez legal.Posteriormente, el experto detalló las implicaciones fiscales de una reducción de capital e hizo énfasis en la importancia de determinar si existe utilidad distribuible gravable que cause un impuesto para la compañía derivada de ella.Miguel Severiano continuó con los aspectos prácticos de la reducción de capital, donde comentó los puntos clave a considerar con relación a estos actos corporativos. Para comenzar, el ponente señaló que se recomienda realizar reducciones de capital cuando una sociedad tiene el suficiente flujo de efectivo para el cumplimiento de su objetivo social; puede definir proyectos que requieran recursos a corto y mediano plazo; y cuente con estados financieros aprobados para la reducción de capital.Finalmente, expuso su el uso de la Cuenta de Capital de Aportación (Cuca) y Cufin para estas acciones corporativas y concluyó con la presentación de algunos casos prácticos que reflejaran lo compartido para afianzar los conocimientos adquiridos.