Con el objetivo de examinar la relación entre el Régimen Fiscal Preferente (Refipres) y las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), así como analizar las implicaciones legales y fiscales para los beneficiarios, la comisión Fiscal del Colegio realizó los días 12 y 13 de septiembre el evento Refipres: declaraciones y otras obligaciones de cumplimiento.
Las ponencias corrieron a cargo de Juan Alberto Torres Romero, Pablo Cervantes García, Raúl Morales Medrano, Eduardo Sánchez Lemoine y Mirella Mirandina Plácido Hernández, especialistas miembros de la comisión organizadora.
Para dar inició con las pláticas, Torres Romero fue el encargado de analizar cómo el Refipres se encuentra en el contexto de las 15 recomendaciones BEPS de la OCDE y su influencia en la legislación fiscal internacional. En este sentido, detalló la competencia tributaria internacional y la lucha contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, destacando las acciones y políticas de la OCDE.
También, se identificaron los regímenes fiscales preferentes y explicó cómo las acciones de la OCDE han ayudado a neutralizar mecanismos híbridos, eliminar prácticas fiscales perniciosas y promover la transparencia a través de acuerdos multilaterales.
Expresó que, en el caso de México, como parte de la acción 15 BEPS, se firmó el Instrumento Multilateral (MLI) el 7 de junio de 2017, cuyo objetivo es mitigar el abuso en el uso de tratados fiscales. Tras la entrada en vigor del Instrumento, 55 de los 60 Tratados para evitar la doble tributación celebradas por México se consideran como "Tratados Cubiertos", lo que significa que estarán sujetos a cambios como resultado de la entrada en vigor del acuerdo.
En su turno, Cervantes García abordó el tema de la figura del beneficiario controlador y sus implicaciones en la fiscalización del SAT en México. Destacó las obligaciones de identificar, obtener y mantener información actualizada sobre los beneficiarios controladores de personas morales y fideicomisos. También, hizo mención de las sanciones por incumplimiento en la obtención y conservación de esta información. Recalcó que esta medida se adoptó para cumplir con los estándares internacionales y garantizar la transparencia fiscal.
Por su parte, Morales Medrano habló sobre sobre los cambios en el régimen fiscal mexicano respecto a los Refipres a partir de 2020 y 2021, como la eliminación de algunas figuras jurídicas y la introducción de nuevos artículos en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) para entidades regulares extranjeras y su posible residencia en México. En la charla se discutieron aspectos prácticos y obligaciones fiscales relacionadas con estos cambios.
Siguiendo con las presentaciones, Sánchez Lemoine profundizó en los aspectos legales a considerar en los Refipres; en este sentido, mencionó que el régimen implica consideraciones legales importantes relacionadas con el cumplimiento fiscal, la ubicación de los ingresos en categorías específicas, la naturaleza cedular del impuesto, las sanciones por incumplimiento y las obligaciones de presentar declaraciones informativas en territorios designados; ante lo mencionado destacó que es esencial contar con un asesoramiento legal adecuado para cumplir con estas obligaciones y evitar posibles sanciones fiscales.
Por último, Plácido Hernández centró su participación en las declaraciones y cumplimiento de obligaciones de los Refipres. Resaltó que los residentes en México y los establecimientos permanentes en el país sujetos a los Regímenes Fiscales Preferentes deben cumplir con diversas obligaciones fiscales, esto incluye la presentación de una declaración informativa detallando los ingresos y retiros en territorios específicos, que debe presentarse en el febrero del año siguiente. Además, informó que se permite no adjuntar estados de cuenta en la declaración, pero la información debe estar disponible si es requerida por la autoridad fiscal. Indicó que el incumplimiento de estas obligaciones puede resultar en sanciones, y los Refipres deben llevar registros adecuados y actualizar ciertas cuentas financieras de acuerdo con las regulaciones fiscales.
Eventos recientes
El 28 de abril se presentó en el colegio el curso Criterios no vinculativos para efectos del informe fiscal, SIPRED. En el evento, bajo la coordinación de Teresa Cruz Rodríguez, representante de la comisión técnica de Auditoría Fiscal, se presentaron las consideraciones para tener en cuenta sobre los criterios no vinculativos contenidos en distintos cuerpos normativos.Para cubrir el tema, se contó con la valiosa participación de Manuel Corral Moreno y Álvaro Enrique Cordón Álvarez, integrantes de comisión mencionada previamente.Antes de comenzar, los contadores señalaron la importancia de los criterios no vinculativos ya que, aunque no tienen fuerza legal obligatoria, su relevancia permite alinear los tres elementos o perspectivas que convergen durante el informe fiscal: la autoridad fiscal, el contribuyente y el auditor; de esta forma, estos criterios permiten dar cuenta de la forma en que el sujeto pasivo (la autoridad) interpreta una normativa para orientar al sujeto activo (el contribuyente).Además, se comentó que, pese a que el contribuyente no tiene la obligación de considerar estos criterios vinculantes, “el auditor tiene la obligación de revelar las discrepancias entre los criterios de la autoridad fiscal y el contribuyente”, ya que en caso de no hacerlo puede ser copartícipe de un encubrimiento de discrepancias fiscales.Una vez establecido ese precedente, los ponentes detallaron los criterios no vinculativos relacionados con distintos cuerpos normativos, comenzando con el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley de Impuesto Sobre la Renta (LISR), la Ley de Impuesto al Valor Agregado (LIVA), la LIEPS (Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios) y la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos (LISH). Para cada apartado, los expositores comentaron los criterios no vinculativos aplicables a cada conjunto de leyes y ejemplos prácticos que permitieron profundizar en ellos, desde aquellos relacionados con la expedición, timbrado y entrega de CFDI; la base gravable del IEPS en la prestación de servicios de juegos con apuestas y sorteos; la deducción de pagos a sindicatos; los gastos a favor de terceros; entre otros.
En la conferencia universitaria de abril, el tema principal fue los Instrumentos auxiliares de fiscalización del SAT, un evento que contó con la destacada participación de la Escuela Superior de Comercio y Administración (ESCA) Tepepan. David Osorio Cetina, docente de referida institución educativa, tuvo la responsabilidad de explicar en detalle los mecanismos y herramientas que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emplea para respaldar y complementar sus facultades de comprobación. Su ponencia se centró en cómo estos instrumentos ayudan a identificar posibles incumplimientos fiscales por parte de los contribuyentes. El curso, que se ofreció de manera gratuita en un formato híbrido el 24 de abril, fue inaugurado por el vicepresidente de Vinculación Universitaria, Héctor Vázquez González, junto con el profesor de la ESCA Tepepan, Hugo Rodríguez Barbosa. Durante su presentación, Osorio Cetina hizo hincapié en la importante diferencia entre estos instrumentos auxiliares y las facultades de comprobación directas del SAT, como las visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y revisiones electrónicas. Subrayó que los instrumentos auxiliares no son actos de fiscalización en sí, sino que ofrecen información y elementos valiosos para que el SAT pueda ejercer sus facultades de manera más eficiente y selectiva. En este contexto, la recomendación más importante es prestar atención a los comunicados emitidos por la autoridad fiscal. Este tema está estrechamente relacionado con el control interno de las empresas, por lo que es esencial mantener un diálogo con las áreas de contabilidad y, si es necesario, con asesores fiscales. Al recibir un comunicado del SAT, es crucial verificar la información que la autoridad presenta. Por ejemplo, si el SAT notifica la omisión de la declaración anual, se debe corroborar de manera interna el estado de dicha obligación. Una de las grandes ventajas en el ámbito de las vigilancias profundas es que el cumplimiento que se realiza después de recibir un comunicado se considera aún como algo espontáneo. Según el artículo 72.° del Código Fiscal de la Federación (CFF), “si se presentan las declaraciones de manera espontánea, se está exento de sanciones por parte de la autoridad”, destacó el también abogado en Derecho. “Así que, aunque llegue una notificación, si se presenta la declaración después, sigue siendo considerada espontánea. Esto es muy diferente a un requerimiento formal por no cumplir con las obligaciones, donde la espontaneidad ya no cuenta”. La oportunidad de corregir la situación fiscal sin tener que enfrentar multas u otras sanciones es un gran beneficio para el contribuyente. Por último, David Osorio destacó la importancia de visitar la página oficial del SAT y la plataforma de gobierno abierto, donde se publican cifras de recaudación que muestran lo valiosos que son estos instrumentos auxiliares y la vigilancia constante en la labor recaudatoria del SAT. "La eficiencia que han demostrado estas herramientas ha asegurado su uso continuo, marcando un avance firme en la estrategia de fiscalización, ya que permiten una recaudación significativa sin necesidad de ejercer facultades de comprobación directas", concluyó.
En el entorno empresarial que al pasar de los años se ha vuelto más dinámico, complejo y digitalizado, la función de auditoría interna está llamada a evolucionar. Así lo expuso Edgar Cruz Cruz, miembro de la comisión SE Auditoría Interna, el pasado 11 de abril durante su presentación en el curso Auditoría Interna Ágil, en la cual compartió un enfoque innovador basado en metodologías ágiles como scrum, lean y kanban, aplicadas con éxito en diversos sectores más allá del desarrollo de software.En el evento, coordinado por Armando Patiño Torres, de comisión mencionada, Cruz Cruz destacó que estas metodologías, lejos de sustituir los métodos tradicionales, los complementan y potencian, permitiendo dividir auditorías extensas en entregables más pequeños y manejables, optimizando tiempos y enfocándose en lo verdaderamente crítico. “Se trata de entregar valor desde etapas tempranas, mantener ciclos de mejora continua y alinear la auditoría con los objetivos estratégicos del negocio”, puntualizó.En su presentación profundizó en la aplicación de scrum dentro de la auditoría interna. Cruz explicó cómo estructurar el trabajo en sprints (ciclos de máximo cuatro semanas), donde se planifican tareas específicas, se realizan reuniones diarias de seguimiento y se entrega un producto final por cada ciclo: desde hallazgos hasta informes completos. En ese sentido, definió los roles del proceso: el product owner, el scrum master y el equipo de auditores, quienes trabajan de manera colaborativa, autónoma y adaptativa.Uno de los ejemplos más ilustrativos fue el caso ficticio de la empresa “El Conejo Feliz”, donde la auditoría al proceso “orden al pago” fue segmentada en sprints semanales, lo que permitió realizar entregas constantes y mantener una alta alineación con las áreas auditadas. Con ello, se demostró que incluso en equipos pequeños, estas metodologías pueden mejorar la trazabilidad, la velocidad de respuesta y la capacidad de adaptación ante cambios o nuevos hallazgos.Durante su intervención, Cruz hizo hincapié en que la adopción de metodologías ágiles requiere una cultura organizacional madura, liderazgo comprometido y equipos capacitados. Identificó como principal obstáculo la resistencia al cambio, y resaltó la importancia de comunicar claramente los beneficios de este enfoque dentro de la organización.También abordó la relevancia de contar con manuales de auditoría actualizados y vivos, ajustados a normas internacionales, pero con flexibilidad para incorporar enfoques ágiles. En ese sentido, se invitó a los asistentes a reflexionar sobre la pertinencia de sus propios marcos de trabajo y la necesidad de incorporar valores y principios ágiles como la colaboración, la adaptación al cambio y la entrega continua de valor.Además de los aspectos técnicos, la charla abordó temas estratégicos. Edgar Cruz subrayó la necesidad de que la auditoría interna esté alineada con la gestión de riesgos empresariales (ERM) y participe activamente en el cumplimiento y desarrollo del negocio. Enfatizó que la oportunidad en la entrega de informes es esencial, pues auditorías que se entregan meses después pueden perder relevancia. “La auditoría debe prevenir, no solo registrar errores del pasado”, afirmó.Finalmente, se compartieron ejemplos de organizaciones que ya están aplicando con éxito estas metodologías en sectores como salud, finanzas, manufactura y tecnología, demostrando que el enfoque ágil es viable en organizaciones de cualquier tamaño, siempre que se adapte a sus necesidades específicas.