El 13 de enero, en el Colegio se reunieron cuatro expertos en materia fiscal para desarrollar el curso Materialidad, legalidad y cumplimiento fiscal 2026, con el apoyo de la comisión técnica Fiscal. Alberto Gabriel Cárdenas González coordinó el espacio donde Luis Alberto Placencia Alarcón, Antonio Alberto Vela Peón, Manuel Toledo Espinosa y Rodolfo Jerónimo Pérez compartieron sus conocimientos y recomendaciones para abordar el tema de materialidad para permanecer en cumplimiento fiscal.
Para comenzar, se puntualizó que no existe una definición establecida por alguna disposición legal sobre el concepto de materialidad, pero la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), en su publicación Presunción de inexistencia de operaciones amparadas en CFDI, propone la siguiente definición: “la materialidad radica en la efectiva realización o existencia de la actividad, negocio o acto jurídico por parte del emisor de comprobantes, así como la adquisición de bienes o recepción de servicios”.
Dicho de otra manera, la materialidad es la evidencia que respalda la adquisición de bienes y servicios que garantiza su validez ante una posible revisión de la autoridad. Entre los documentos que pueden demostrar materialidad de operaciones están: actas constitutivas, comprobantes fiscales, registros contables, estados de cuenta bancarios, bitácoras, mensajes, contratos, listas de asistencia y pagos de nómina.
Según comentan los ponentes, la materialidad de las operaciones ha un elemento de controversia entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, debido a que es un motivo de rechazo de deducciones. La autoridad cuestiona la realidad o veracidad de una operación mediante una presunción, por lo que es prioritario para el contribuyente contar con las pruebas necesarias para disiparla.
Para comenzar, se señaló las dos metodologías que las autoridades fiscales emplean: los procedimientos del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la validación de la realidad y veracidad de operaciones conforme el artículo 43 del CFF.
Para ello es fundamental que el contribuyente considere esta acreditación de materialidad en sus operaciones antes de desatar una controversia con la autoridad. Durante el curso se presentó una metodología para dicha acreditación que debe sirviera para disipar la presunción de la autoridad o identificar áreas de oportunidad de manera preventiva para comenzar a construir evidencias que sirvan a ese fin.
Para complementar estas recomendaciones, durante el evento se expusieron algunas sentencias sobre materialidad emitidas por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, que dejan enseñanzas sobre dónde debemos tener herramientas y evidencias para demostrar la materialidad de las operaciones, así como elementos válidos para esta comprobación de manera específica.
Finalmente, para asentar la explicación en acciones concretas, se describieron aspectos clave que deben contener los expedientes de acreditación de materialidad para operaciones de préstamos y regalías, así como operaciones de asistencia técnica y servicios corporativos. Estos últimos, según los expertos, suponen un reto debido a que pueden o no dejar un resultado material de la prestación de servicios, por lo que la preparación anticipada para la recuperación de documentación que valide la materialidad de este tipo de operaciones.
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Este 10 de febrero, el Colegio llevó a cabo el Foro de reformas aduaneras y de comercio exterior 2026, espacio que sirvió para el análisis de las principales reformas que impactan a las operaciones de comercio exterior y aduanas en México.En primera instancia, Yolanda Aguirre González analizó la propuesta de reforma a la Ley Aduanera, destacando que los cambios responden a una estrategia integral de la autoridad fiscal para fortalecer la supervisión ante conductas de fraude detectadas en el sector.En este panorama, dialogó sobre la reconfiguración de las infracciones y sanciones, ya que la reforma no solo contempla multas económicas más onerosas, sino una mayor tipificación de conductas que pueden derivar en delitos.Por su parte, Alberto Ruiz Rioja analizó las transformaciones estructurales que rigen el ecosistema del comercio transfronterizo en el país. Durante su exposición, destacó que la modernización aduanera no es un proceso meramente tecnológico, sino un cambio de paradigma en la responsabilidad profesional y el cumplimiento normativo.Al platicar sobre la figura del agente aduanal y el representante aduanero, el expositor señaló que la especialización técnica y la conducta ética se han vuelto requisitos indispensables para garantizar la seguridad jurídica de las empresas; también, hizo hincapié en que el contador y el especialista en comercio exterior deben actuar como guardianes de la integridad de los datos declarados ante la autoridad.Al foro asistió Juan Antonio Castro Chávez, quien se encargó de discutir acerca de los retos operativos y normativos que conlleva la implementación de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE). Durante su intervención, subrayó que este cambio representa una transformación profunda en la forma en que los importadores deben documentar y transmitir el valor en aduana de sus mercancías, con un impacto directo en la deducibilidad fiscal.Al respecto, informó que a partir de 2026 la documentación de soporte prevista en el artículo 81 del Reglamento de la Ley Aduanera debe ser transmitida de forma íntegra. Enfatizó que la MVE debe contener e.firma o sellos digitales del importador, lo que refuerza la responsabilidad directa de la empresa sobre la veracidad de los datos declarados.En tanto, Julián Luna Poblano compartió un panorama sobre las nuevas estrategias de fiscalización y el incremento en el rigor sancionatorio que caracteriza al ejercicio actual. Por lo anterior, el especialista propuso como herramientas fundamentales la elaboración de una matriz de riesgos y la realización de diagnósticos de cumplimiento periódicos.“Estas medidas permiten identificar vulnerabilidades en la cadena de suministro y corregir omisiones antes de que sean detectadas en facultades de comprobación”, aclaró.Rosaura Aguilar Peña, por su parte, enfatizó que la digitalización de las operaciones aduaneras no solo busca la modernización administrativa, sino que constituye una herramienta estratégica para fortalecer la fiscalización y reducir riesgos de fraude.En virtud de lo anterior, explicó que el cumplimiento normativo es una tarea compartida entre los usuarios del comercio exterior y los agentes aduanales: “Para mitigar riesgos, se recomienda la capacitación continua del personal involucrado, uso de plataformas electrónicas robustas, auditorías preventivas periódicas y la actualización constante conforme a los cambios en las reglas de carácter general”.Por último, Gloria Estrada Antón presentó un análisis profundo sobre las reformas al Código Fiscal de la Federación (CFF) y su estrecha vinculación con las operaciones transfronterizas. La ponente explicó que, bajo el nuevo marco legal, los comprobantes se consideran falsos cuando amparan operaciones, servicios o actos jurídicos inexistentes o contrarios a la realidad, independientemente de que cuenten con el timbrado oficial del Servicio de Administración Tributaria (SAT).Bajo su óptica, mencionó que, para las empresas de comercio exterior, esto implica un reto en la acreditación de la materialidad de sus importaciones y exportaciones, ya que la autoridad fiscalizará con mayor rigor la trazabilidad de los pagos y la entrega física de los bienes.
El 6 de febrero, bajo la coordinación de la comisión técnica de Seguridad Social, el colegio presentó Prima de riesgos de trabajo 2026 de la voz de autoridades, un espacio en el que se dieron a conocer los mecanismos vigentes en 2026 para cumplir con la declaración anual de la prima de riesgos de trabajo.Para la cita se reunieron autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con el fin exponer los procesos, conceptos y recomendaciones más relevante para un apropiado cumplimiento de la declaración antes mencionada, entre los ponentes se presentaron Gabriel Omar Cabello León, titular de la Coordinación en Clasificación de Empresas y Vigencia de Derechos; Nestor Fernando Cardenas Mora, titular de la División de Administración de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo; y José Antonio Reyes Ramos, encargado de la Gestión de Sistemas de Información y Normatividad.Luisa Obrador Garrido Cuesta, titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación del IMSS, comento como parte del evento la importancia de tender espacios colaborativos entre autoridades y profesionales que permitan conocer las perspectivas de ambos y alinear esfuerzos para promover cambios que beneficien al país.Para comenzar, se puntualizó la importancia de considerar la puntual determinación anual de la prima del seguro de riesgos de trabajo, en el periodo del 1 al 28 de febrero y cuya vigencia se extiende de del 1 de marzo del 2026 al 28 de febrero de 2027. En ese mismo sentido, la anticipación forma parte relevante de este proceso de determinación, por lo que el registro de los riesgos de trabajo y su correcta clasificación son fundamentales para el cálculo de esta prima. Para facilitar este proceso, las autoridades desarrollaron conceptos clave que permitieron definir con certeza las enfermedades laborales, accidentes de trabajo, riesgos de trabajo y otros, así como su relación con la determinación de la prima. Así mismo, se compartió la importancia de las tecnologías digitales para la determinación de la prima de riesgos de trabajo e invitó a los patrones a mantenerse atentos de manera constante a las actualizaciones y resoluciones del Buzón IMSS, con el fin de evitar errores de comunicación o complicaciones para las organizaciones. Finalmente, se realizó un recorrido detallado por los procedimientos que presenciales y digitales de la presentación de la determinación; este espacio se aprovechó para detectar áreas de oportunidad y recomendaciones que sirvieran para agilizar este proceso, así como extender respuesta a dudas del auditorio que permitieron una comprensión profunda de la prima de riesgos mediante casos específicos.
El Colegio presentó del 3 al 5 de febrero el foro Papeles de trabajo para la declaración anual de personas morales 2025, lugar en que se discutieron criterios aplicables, ingresos acumulables y no acumulables, deducciones autorizadas, el uso adecuado de estímulos fiscales, la conciliación de pagos provisionales, entre otros temas para la correcta presentación de la declaración anual de personas morales.En la parte introductoria, Santiago Vélez versó sobre los principales aspectos fiscales que deben considerarse para la correcta elaboración de la declaración. Asimismo, abordó las diferencias entre el Régimen General de Personas Morales y el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), destacando los supuestos de aplicación, obligaciones, deducciones autorizadas y particularidades en la determinación del Impuesto Sobre la Renta (ISR).El expositor profundizó en la importancia de contar con papeles de trabajo sólidos y pruebas de control, subrayando la revisión y conciliación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), registros contables, deducciones, ingresos acumulables y no acumulables, así como la correcta integración de la conciliación contable-fiscal. También aclaró la necesidad de verificar la información precargada en el aplicativo del Servicio de Administración Tributaria (SAT), a fin de detectar oportunamente inconsistencias que puedan requerir ajustes de origen.Por su parte, Elio Zurita Morales abordó el tratamiento fiscal de las deducciones relacionadas con la nómina, destacando los requisitos establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), así como los efectos de los conceptos exentos y no deducibles, la correcta aplicación de los porcentajes del 47% y 53%, y la importancia de la revisión de los CFDI de nómina. También, explicó las reglas aplicables para la corrección de comprobantes fiscales, subrayando el plazo y las condiciones previstas para su regularización.Ese mismo día, la contadora Edyth Ramírez Sánchez dirigió su exposición hacia el cierre integral del proceso fiscal, centrada en la determinación del resultado fiscal y la correcta revisión de los pagos provisionales del ISR.Explicó la relevancia de la conciliación contable-fiscal como eje central para la presentación de la declaración anual, señalando la necesidad de partir de estados financieros confiables y de papeles de trabajo debidamente integrados. En este contexto, abordó la estructura de la conciliación, identificando los ingresos y deducciones con tratamiento fiscal distinto al contable, así como la correcta clasificación de ingresos fiscales no contables, deducciones contables no fiscales, deducciones fiscales no contables e ingresos contables no fiscales.La panelista profundizó en el tratamiento de las pérdidas fiscales pendientes de amortizar, detallando su determinación, actualización y aplicación conforme a la ley, así como las implicaciones de no ejercer oportunamente el derecho a su disminución. En el último día de actividades, Juan Carlos Tello expuso sobre los plazos legales, la periodicidad y los distintos supuestos de presentación, con base en lo dispuesto en la LISR y el Código Fiscal de la Federación (CFF), destacando los casos especiales relacionados con liquidaciones, cambios de residencia fiscal y obligaciones derivadas de la dictaminación o la presentación de la Información Sobre Situación Fiscal (ISSIF).Asimismo, explicó los criterios para determinar la obligación u opción de dictaminarse, así como los umbrales aplicables en materia de ingresos, activos y número de trabajadores, brindando claridad sobre los contribuyentes obligados a presentar información sobre su situación fiscal y operaciones con partes relacionadas o residentes en el extranjero.Compartió una serie de recomendaciones orientadas a la revisión previa de la contabilidad, el aprovechamiento adecuado de estímulos fiscales, la validación de CFDI, la conciliación de pagos provisionales y el cumplimiento oportuno de obligaciones.Por último, Mario Alberto Rodríguez enfatizó la importancia del reconocimiento contable como un pilar fundamental en la elaboración de los estados financieros y, por ende, en la correcta integración de los papeles de trabajo para la declaración anual de personas morales 2025.Explicó que el reconocimiento implica capturar y registrar las transacciones y eventos económicos que realizan las entidades, siempre que estos cumplan con la definición de alguno de los elementos de los estados financieros —activo, pasivo, capital contable, ingreso, costo o gasto—, para su adecuada inclusión en el estado de situación financiera o en el estado de resultado integral.