El Colegio organizó el evento magno Jornadas de Seguridad Social, del 2 al 4 de diciembre. Expertos en la materia se dieron cita para hablar de las actualidades de las empresas de servicios especializados: novedades y fiscalización; de las pensiones del IMSS y el programa piloto de personas trabajadoras independientes y la modalidad 40, así como de las modificaciones a la Ley del Seguro Social (matrimonio igualitario, pensión para viudos y otros); del SIDEIMSS y su visión en el futuro, así como de las novedades laborales y sus efectos en la seguridad social y laboral.
Las ponencias estuvieron a cargo de Nelly Magdalena Hormigo Martínez, Mauricio Valadez Sánchez, Salvador López Hernández, Miguel Arnulfo Castellanos Cadena, José Antonio Suasnávar Lerdo de Tejada y Miguel Ángel Silva Pedroza, quienes fueron apoyados por los coordinadores Ariel Morales García y Verónica Luis Mojica, comisionados de seguridad social.
Durante el primer día, la presentación de la contadora Nelly Hormigo Martínez profundizó en los sistemas Repse, Icsoe y Sisub, esto como parte de la reforma en materia de subcontratación de servicios, a través de la cual se pretendió regular la prestación de servicios especializados, que hasta ese momento estaba siendo altamente fiscalizada por la autoridad y donde habían detectado ciertos esquemas de tributación agresiva y que a través de esta reforma integral pretendieron regular.
“Lo que establece esta reforma en materia de subcontratación es que quedan prohibidos los trabajos de subcontratación de personal y se abre la posibilidad solamente para la prestación de servicios especializados”.
En la segunda exposición se abordó uno de los pilares fundamentales de la cobertura de la seguridad social en México: las pensiones, a cargo de Mauricio Valadez, quien mencionó que hay regímenes de pensión como la Ley de 1973 y la de 1997, cada una con sus propias características y requisitos para obtener una pensión: por jubilación, retiro por edad y tiempo de servicio, cesantía en edad avanzada, invalidez y vida, y riesgos de trabajo.
Siendo el tema de pensiones por cesantía y vejez el tema central de su participación, a partir de los dos regímenes de pensión, con el fin de estimar la pensión que podrían recibir los trabajadores en términos de la Ley del IMSS vigente, esto a partir de casos prácticos.
Referente a la reforma de la Ley del IMSS, el contador Valadez mencionó que fue derivada porque el número de trabajadores con acceso a una pensión resultó menor al esperado, y los que alcanzan derecho a una pensión, el importe resulta muy inferior al esperado, esto derivado a la baja densidad de cotización y baja proporción del salario que se destina al ahorro.
“Se estima que sólo 34% de los trabajadores afiliados alcanzará el derecho a recibir una pensión garantizada. El beneficio de obtener una pensión cubre a una minoría de trabajadores, los que cotizan en los salarios más altos. Según la CONSAR la inversión del ahorro ha buscado un equilibrio entre rendimiento y riesgo; para el primer semestre del presente año se ha alcanzado un rendimiento de 11.8%. A nivel de cada trabajador el ahorro acumulado en las cuentas individuales difícilmente podrá superar el monto requerido para obtener una pensión superior a la garantizada”, concluyó.
El segundo día, Miguel Arnulfo Castellanos Cadena se hizo presente con el tema del SIDEIMSS y su visión en el futuro, en el que puso como punto de partida el artículo 16.° de la Ley del Seguro Social, el cual refiere que los patrones que cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el seguro social por Contador Público Autorizado (CPA), y que los patrones que no se encuentren en el supuesto del párrafo anterior podrán optar por dictaminar sus aportaciones, por CPA, en términos del reglamento señalado.
“El artículo 152.° del RACERF menciona que el promedio de trabajadores al cual hace referencia el artículo 16.° se obtendrá dividiendo entre doce, el total de trabajadores que resulte de sumar los que, en cada mes del ejercicio fiscal inmediato anterior, prestaron servicios al patrón, tomando en cuenta todos los registros patronales que le haya asignado el instituto”.
En ese sentido, recalcó que el CPA tiene la responsabilidad de expresar una opinión sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de seguridad social a cargo del patrón o sujeto obligado, con base en la información analizada y la auditoría que practica durante el periodo de revisión.
“El patrón deberá otorgar al CPA todos los elementos necesarios que él determine necesarios para emitir una opinión que refleje de forma adecuada el cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de seguridad social a su cargo”.
En tanto, Salvador López Hernández, se enfocó en el tema CFDI 4.0 de nómina detonante para la fiscalización de las empresas, al respecto dijo que las autoridades tributarias han considerado al CFDI como el eje fiscalizador, pues para todo se requiere de este comprobante fiscal, “ya sea de ingresos, de gastos, de nóminas, de actividades u operaciones especiales todo tiene que ir respaldado a través de este comprobante fiscal digital”.
La exposición estuvo enfocada en el CFDI de nóminas, en el que se acotó que este documento fiscal también contempla los efectos en materia de Impuestos Sobre la Renta, de sueldos y salarios, y a su vez, también con el tema de seguro social. A lo largo de su participación, habló de algunas particularidades, como es el subsidio para el empleo y los viáticos, que también son un tema que se tiene que revisar en los dictámenes de seguridad social, toda vez que hay una cédula de remuneraciones. “De este CFDI vamos a ver el correcto tratamiento de otras prestaciones, como puede ser el fondo de ahorro o préstamos; así como de los errores comunes en la nómina y los plazos para la emisión de este CFDI de nómina, sin pasar por alto el visor de nóminas y qué facultades tiene la autoridad con este visor que nos puede dar información sobre impuestos retenidos, la nómina pagada, si hay recibos cancelados, etcétera”.
El tercer día, y con el que se cerrarían las jornadas de seguridad social, Miguel Ángel Silva Pedroza expuso las Novedades laborales y sus efectos en la seguridad social y laboral, que han reconfigurado el panorama laboral mexicano tanto para los trabajadores como para las empresas. Ante esta premisa, el contador expuso los principales cambios relevantes en materia laboral desde enero de 2021 hasta lo que entrará en vigor el 1.° de enero de 2025 con los nuevos salarios mínimos, la actualización de los indicadores: Unidad de Medida y Actualización (UMA) y de la Unidad Mixta Infonavit (UMI). En materia de las iniciativas y el estatus de dichas iniciativas en materia laboral destacó la reducción de la jornada laboral, la licencia por paternidad, adultos mayores, Ley Silla, plataformas digitales y personas con discapacidad.
Para cerrar con broche de oro, José Antonio Suasnávar Lerdo de Tejada habló de las Modificaciones a la Ley del Seguro Social, en el que resaltó aspectos reformados, como los reconocimientos de los matrimonios celebrados entre personas del mismo sexo, de beneficiarios por unión civil, definición de servicio de guardería, eliminación de requisito de dependencia económica a viudos, de derechos a beneficiarios en relación de concubinato.
“A partir de la entrada en vigor de la reforma la Ley del Seguro Social reconoce tales uniones con los mismos derechos y obligaciones de los que son titulares los matrimonios celebrados entre hombres y mujeres”, lo que refleja una tendencia hacia una mayor inclusión y equidad en el acceso a los beneficios del sistema. Los cambios en materia de reconocimiento de parejas del mismo sexo, beneficiarios por unión civil y eliminación de requisitos de dependencia económica para viudos son ejemplos claros de esta evolución.
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Para conocer acerca del impacto que generan en las compañías los reportes de sostenibilidad, el Colegio presentó, el 23 de enero, el foro Introducción a las normas de sostenibilidad para empresarios, evento en el que se dieron cita Stefani Ivonne Ferreira Ruíz, Jorge Alvarado Cordero, integrantes de la comisión Sector Empresarial, y Carlos Carrillo Contreras, de la comisión de Sostenibilidad.En ponencia, Carlos Carrillo presentó un breve panorama sobre los orígenes y avances que ha manifestado el país en materia de desarrollo sostenible. Explicó que, desde los años setenta, México ha celebrado diversos acuerdos en materia de cambio climático y la desigualdad, incluidos los acuerdos de la Agenda 2030.Al respecto, comentó que el desarrollo sostenible permite a los países establecer estrategias de desarrollo y crecimiento económico que impacten de manera positiva el medio ambiente; esto obedece a que el cambio climático representa un riesgo creciente vinculado a las actividades del ser humano y un incremento de temperatura global. “Ante esta situación, se han emitido leyes y regulaciones que deben considerarse por las empresas y también para el diseño de la política ambiental en el país”, puntualizó el expositor.Además, informó que, en 2017, el ejecutivo federal mexicano creó por decreto el Consejo Nacional de la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible; esta visión prioriza el bienestar, el medio ambiente, la reactivación económica y el impulso de la equidad y justicia social. “La Secretaría de Economía publica de forma anual el grado de avance de los programas gubernamentales con los OSD”.Por lo anterior, los expositores recalcaron la importancia de que hoy día se debe alentar a las empresas, en especial, a las trasnacionales a adoptar prácticas sostenibles e incorporar información sobre sus actividades sostenibles en sus reportes empresariales.Al presentar un estatus sobre la situación en el país, se comentó que de 2019 a 2023 se han emitido diversos instrumentos de política dirigidos a tener un consumo y producción sustentable, tales como políticas, estrategias, instrumentos voluntarios, emisión de estándares de reporte contable.Por lo anterior, los especialistas explicaron que los reportes de sostenibilidad deben incluir, entre otra información, perfil de la empresa, cadena de valor, aspectos ASG, estar alineado con marcos y estándares de referencia, grupos de interés y el reporte de aseguramiento.Por su parte, la contadora Stefani Ivonne Ferreira manifestó que la emisión de las normas de sostenibilidad representa un impulso por parte del Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera y de Sostenibilidad (CINIF) para que el informe empresarial evolucione e incluya, además de los estados financieros, notas que permitan entender la capacidad de una entidad para mantenerse operando en el largo plazo.En el caso de México, expusieron que las NIS requieren que se reporten 30 métricas denominadas Indicadores Básicos de Sostenibilidad (IBSO) en lugar de un reporte sofisticado de sostenibilidad; “este reporte ayuda a interconectar la información financiera con la información de sostenibilidad, cada vez se han desarrollado más guías, cursos específicos, entre otros mecanismos para atender este ámbito”, concluyó la especialista.
Con la importancia que han cobrado los trámites digitales para la presentación de obligaciones fiscales, los Certificados de Sello Digital (CSD) se han convertido en una herramienta indispensable cuya suspensión o cancelación representa un impacto financiero y económico enorme.Por ello, en el Colegio se compartió el curso Suspensión y cancelación de CSD. Acciones y medios de defensa, donde se exploraron las causas que pueden llevar a la restricción y suspensión de CSD; sus procedimientos de aclaración y revisión; y los medios legales de defensa al alcance del contribuyente.En evento, la contadora Mirella M. Plácido Hernández, integrante de la comisión D. Fiscal; Angélica L. Valladares López, presidenta de la comisión D. Fiscal 2; y Antonio Alberto Vela Peón, coordinador de noticias de la comisión T. Fiscal; compartieron su experticia con el fin de brindar a los contadores la información necesaria para evitar afectar la operación empresarial derivada de la incapacidad de emitir Certificados Fiscales Digitales por Internet (CFDI). Todo ello bajo la coordinación de Jose A. Estudillo Cruz, integrante de la comisión D. Fiscal 4.La autoridad tiene la facultad de restringir CSD de manera temporal cuando detecta que el contribuyente se encuentra dentro de alguno de los supuestos mencionados en el artículo 17-H BIS del Código Fiscal de la Federación (CFF), según comenta la contadora Mirella. Dentro de estos causales se encuentra omitir la declaración anual de más de dos pagos provisionales o definitivos, sean consecutivos o no y la incapacidad de localizar al contribuyente en procedimientos administrativos.Según la contadora, “en impuestos no hay materialidad. Mientras haya una diferencia, independientemente de su tamaño, se debe desvirtuar esa diferencia”, por ello ante la restricción de CSD se debe emplear un procedimiento descrito en la regla 2.2.15 de las Reglas de Miscelánea Fiscal (RMF) que subsane las irregularidades presentadas para la posterior obtención de un nuevo certificado. Cabe mencionar que, una vez iniciada la solicitud de aclaración, la autoridad restablece el CSD de forma provisional, por lo que la agilidad es fundamental para evitar incrementar la gravedad de las afecciones provocadas por la restricción.Mediante este proceso, se presenta la aclaración correspondiente que permita desvirtuar la inconsistencia fiscal, por lo que es importante la manera en que se presenta esta aclaración, más allá de la materialidad. Lo más importante, según comentan los expositores, es dar claridad a la autoridad.Si esta aclaración no es presentada, no se subsanan las irregularidades detectadas o no se desvirtúan las causas que motivaron la restricción en primer lugar, se interrumpe y suspende el uso del CSD, dejándolo sin efectos.Una vez llegados a ese punto, donde se ha efectuado una cancelación de CSD, según el artículo 17-H Bis es posible establecer contacto con la autoridad para corregir la situación fiscal y emitir un nuevo CSD. Angélica Valladares comenta que, a pesar de existir una aparente contradicción entre el párrafo séptimo y octavo del artículo en cuestión, en la práctica estos apartados indican que se debe “acercar con la autoridad para ver la posibilidad de expedir un nuevo certificado tras realizar una aclaración”, ya que en función de la naturaleza de cancelación es posible obtener un nuevo certificado.Finalmente, Antonio Vela abona a la conversación al compartir los medios legales de defensa al alcance del contribuyente, una vez a agotados los procesos de aclaración. De ellos, el expositor destaca que la posibilidad de un juicio debe ser considerada con cuidado, ya que la duración inexacta de este mediopuede suponer una pérdida insostenible de patrimonio para cualquier negocio.Por ello, el medio de defensa óptimo resulta ser la presentación de una queja frente a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), quien brinda intermediación para la resolución de los procesos previamente descritos mediante un proceso administrativo.De esta manera, dicha queja nos ayuda a indicar los incumplimientos surgidos del proceso de aclaración presentado, y brinda un soporte que puede hacer la diferencia para el éxito de la aclaración.
La comisión de Seguridad Social organizó el 22 de enero el curso Cambios en la Seguridad Social 2025, con el propósito de actualizar a los participantes sobre las reformas que afectarán a las empresas y a sus sistemas de nómina, así como el impacto que tendrán en la estructura laboral. Este evento fue coordinado por Reynaldo Eleazar Olvera López, integrante de la Comisión de Desarrollo de Seguridad Social.Durante la jornada, los ponentes abordaron los principales ajustes que las empresas deberán implementar a partir de 2025 para cumplir con las nuevas normativas. Entre las reformas más destacadas se encuentra el aumento del salario mínimo y de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como la creación de la Unidad de Medida de Infraestructura (UMI), lo que representa un incremento del 12%. Además, la reforma incluye la absorción total de las cuotas patronales, lo que implica la eliminación de la retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en estos casos.Rolando Silva Briceño, miembro de la comisión organizadora, explicó que, aunque estos ajustes buscan mejorar la protección social de los trabajadores, también traerán costos adicionales para las empresas, que deberán adaptarse a los nuevos valores y cumplir con las disposiciones en un entorno fiscal más riguroso. Otro de los puntos clave fue la reforma al IMSS, relacionada con los temas de cesantía, vejez, alimentación y habitación, además de las iniciativas que promueven la reducción de la jornada laboral semanal.En su intervención también profundizó en las modificaciones a la Ley del Infonavit y los cambios en los avisos empresariales y las contribuciones patronales. La reforma, publicada en el Diario Oficial de la Federación, ha generado tanto expectativas como inquietudes entre los empresarios, quienes deberán ajustarse a nuevas normativas que impactarán directamente en sus operaciones.En su intervención, Edgar Enríquez Álvarez, socio en AE Assessment, destacó la relevancia de las herramientas digitales que entrarán en vigor en 2025, como el Buzón IMSS. Este sistema electrónico será obligatorio a partir de febrero de 2025 para la realización de trámites y consultas relacionados con la incorporación, recaudación y fiscalización. Aunque este cambio promete mejorar la eficiencia, mencionó que también representa un reto para las empresas y trabajadores, quienes deberán familiarizarse con la nueva tecnología.Otro tema relevante tratado en el curso fue la renovación del Registro de Prestadoras de Servicios Especializados (REPSE), que deberá realizarse cada tres años para evitar la cancelación de este registro. Además, Enríquez Álvarez señaló las nuevas obligaciones informativas, como las declaraciones SISUB e ICSOE, que obligan a las empresas a adaptarse a un entorno fiscal más estricto, en el que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) podrá realizar inspecciones si no se cumplen los plazos establecidos.La regulación de las plataformas digitales en el ámbito laboral también fue tema de discusión. A partir de diciembre de 2024, un decreto establece una relación laboral subordinada entre las plataformas y los trabajadores que perciban al menos un salario mínimo mensual, lo que responde a la creciente tendencia del empleo en la economía digital.Finalmente, José Luis Sánchez García, también integrante de la comisión de Seguridad Social, presentó la actualización de la Tabla de Enfermedades de Trabajo. Con la inclusión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11), esta reforma tiene como objetivo mejorar la atención a los trabajadores y establecer una revisión periódica cada cinco años, ajustándose a los avances médicos.Sánchez García también destacó las reformas orientadas a los trabajadores del campo. Desde 2024, los trabajadores agrícolas, tanto permanentes como temporales, tienen derecho a acceder a la seguridad social, lo que implica nuevas responsabilidades para los empleadores en cuanto a condiciones de alojamiento, alimentación y atención médica. Además, puntualizó la importancia de los contratos laborales escritos y el seguro de vida para los jornaleros migrantes, buscando garantizar mejores condiciones de vida y trabajo en el sector agrícola.