La comisión de desarrollo Fiscal 4 del Colegio llevó a cabo el 5 de septiembre el curso Fiscalización y cumplimiento tributario, donde analizaron los procesos de fiscalización practicados por las autoridades, así como las implicaciones y alcances de la responsabilidad solidaria.
Las ponencias del día corrieron a cargo de los integrantes de la comisión antes mencionada, Marycelia García Valle y Rodolfo Rubén Cuahutle Torres, bajo la coordinación de Oscar Narciso Brum Barrón.
Entrando en materia, García Valle abundó en las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, en este sentido, recordó que dichas reglas están previstas en el art. 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF), mismas que les dan derecho para comprobar tanto a los contribuyentes, los responsables solidarios, los terceros relacionados con ellos, asesores fiscales, instituciones financieras, entre otros, hayan cumplido con las disposiciones fiscales.
Comentó que, antes de iniciar con las facultades de comprobación, las autoridades deben realizar una planeación con base en la información incluida en los expedientes, además de revisar el comportamiento de cada contribuyente, específicamente en actividades de riesgo, y la parte de las tendencias.
Una vez que ya se cuenta con la planeación antes mencionada, se identifican y analizan los riesgos, tales como materialidad y existencia de operaciones, saldos a favor, perdidas fiscales, beneficio económico contra el fiscal, deducciones por ingresos pasivos, entre otros; para después pasar a la aplicación de las facultades de comprobación, en ese momento la autoridad toma la decisión de realizar una revisión de gabinete, visita domiciliaria o revisión electrónica.
De manera breve, la ponente brindó un resumen acerca de los seis pilares del plan Maestro para Grandes Contribuyentes 2022, propuestos por el SAT para incrementar la recaudación de país:
Dentro de su resumen, realizó énfasis en los rubros que va a fiscalizar la autoridad, tales como: pérdidas fiscales, reestructuras corporativas, pagos al extranjero, ventas de acciones, ventas de intangibles, paraísos fiscales, repatriación de capitales, aplicación de saldos a favor y devoluciones improcedentes, y estímulos región fronteriza norte y sur.
En su turno, Cuahutle Torres profundizó sobre la responsabilidad solidaria en materia fiscal; en este sentido, señaló que esta figura ha causado polémica, ya que a raíz de la reforma fiscal 2022, la autoridad tributaria ha establecido nuevos supuestos de quiénes pueden ser responsables solidarios.
De manera sencilla, explicó que la responsabilidad solidaria es cuando la obligación de una deuda fiscal cae en una persona diferente a la del contribuyente que tiene la deuda o que causó el daño, por lo que el tercero o terceros tendrán que cumplir con el fisco.
Mencionó que, para el SAT, esta es una herramienta para combatir la evasión fiscal y recaudar más impuestos, y uno de los objetivos principales es eliminar las malas prácticas de las llamadas “factureras”.
Dentro de los supuestos que utiliza el SAT para aplicar la responsabilidad solidaria, según el artículo 26 del Código Fiscal de la Federación, son, entre otros:
Durante la charla se presentaron algunos casos prácticos para dar entendimiento a la teoría. Finalmente, comentó que es importante conocer qué es la responsabilidad solidaria y llevar un orden contable para evitar problemas.
Eventos recientes
El 18 de septiembre, el Colegio fue sede de la conferencia IVA en las plataformas tecnológicas, con la colaboración de la Universidad Anáhuac, donde se dieron a conocer los servicios digitales que son sujetos al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y sus implicaciones prácticas para prestadores y usuarios.El espacio fue precedido por Mario Ramón Escobosa Barojas, contador público certificado y catedrático de la Anáhuac. Al comienzo de la conferencia, el ponente señaló que el pago de impuestos en México cada vez es más complejo, por lo que mantenerse actualizado es fundamental.Para contextualizar, actualmente se encuentra en vigencia el Plan maestro del SAT, una estrategia que busca reforzar la recaudación sin crear ni aumentar impuestos. Para conseguirlo, se han prohibido condonaciones fiscales a grandes contribuyentes, combatido al fraude y potenciado la modernización tecnológica. Según comenta Escabosa, el plan ha resultado provechoso hasta ahora, ya que la recaudación representa una de las principales fuentes de financiamiento del gobierno mexicano y ha alcanzado un mayor volumen de recaudación, pero sin incrementar la cantidad de contribuyentes.En este contexto ocurren los ajustes realizados mediante la regla 3.7.35 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), el 28 de julio, que reforman las obligaciones fiscales derivadas del comercio mediante plataformas digitales. Actividad que, según comenta el ponente, cuenta con una penetración de mercado del 84% en México y ubica a Latinoamérica como la segunda región con mayor crecimiento de este comercio durante el 2024.La reforma busca combatir limitar la exención fiscal que era aprovechada por plataformas de comercio digital para reducir la cantidad de impuestos generados por esta actividad, produciendo una competencia desleal con la industria local al aprovechar los “minimis”, umbrales de tolerancia que permitían importar productos sin generar impuestos adicionales debido a la mínima aportación que suponía.Con estos cambios, las mercancías que no superen el valor de 1 dólar estadounidense seguirán sin generar IVA ni impuestos aduanales; pero si su valor se coloca entre 50 a 117 dólares producirá un 17% en estos impuestos o un 19% si excede ese umbral. Según comenta Escobosa, este cambio ya se ve reflejado en el consumidor, pero se espera que su presencia quede de manifiesto durante los próximos meses, ya que algunas empresas han comenzado a absorber estos impuestos, pero dejarán de hacerlo paulatinamente.Para finalizar su sesión, el ponente dio algunos ejemplos donde quedaron de manifiesto estos cambios que producirán, en términos generales, un aumento de precios en los productos importados mediante plataformas comerciales digitales, especialmente con insumos provenientes de naciones que carezcan de tratados comerciales con México.
El Colegio, en colaboración con la comisión Fiscal, presentó este 17 de septiembre el foro Iniciativa Fiscal para 2026, evento que reunió a destacados panelistas que presentaron las implicaciones y reformas fiscales propuestas en el Paquete Económico del Gobierno para el próximo año.En la presentación, Rodrigo Ramírez Venegas, uno de los panelistas, inició con las presentaciones destacando que la actual administración presentó, ante el Congreso de la Unión, su Paquete Económico para 2026, el cual establece un plan de ingresos y gastos para el país. El especialista enfatizó que este paquete no solo detalla las expectativas de recaudación, sino que también incluye cambios en diversas leyes fiscales para garantizar un sistema más equitativo y ordenado en el pago de impuestos.En particular, habló sobre la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), que grava ciertos bienes y servicios considerados nocivos para la salud y el medio ambiente. A manera de ejemplo, mencionó que se propone una cuota de $1.1584 por cada cigarro enajenado o importado, lo que refleja un esfuerzo por desincentivar el consumo de tabaco. Además, comentó que se introducirán nuevos gravámenes a edulcorantes y a juegos de azar.Por su parte, María Enriqueta Mancilla Rendón continuó la charla enfocándose en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; explicó que, según el artículo 42, el Ejecutivo debe enviar al Congreso un documento detallado con los objetivos para la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, y los escenarios sobre las principales variables macroeconómicas, tales como el crecimiento, la inflación, la tasa de interés y el precio del petróleo.Al respecto, destacó la importancia de este procedimiento para asegurar la transparencia y responsabilidad en la gestión de los recursos públicos. Además, mencionó que el documento debe incluir una enumeración de los programas prioritarios y sus montos, lo que permitirá una evaluación más clara de cómo se utilizarán los fondos públicos en beneficio de la sociedad.Siguiendo con las presentaciones, Juan Alberto Torres Romero abordó la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), centrándose en el sistema financiero. Destacó que se implementará una deducción del 25% de las cuotas pagadas al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), aunque el resto de las cuotas no será deducible.De igual manera, anunció que se homologará el tratamiento de créditos incobrables para instituciones de crédito con el resto de los contribuyentes, eliminando el régimen especial establecido en la LISR.Para cerrar el foro, Luis Alberto Placencia Alarcón dialogó sobre la propuesta de reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF); resaltó que esta iniciativa es estructural y abarca un total de 43 artículos del CFF, lo que sugiere una revisión profunda de la legislación fiscal. La propuesta incluye 25 reformas, 17 adiciones y una derogación, lo que busca modernizar el marco fiscal mexicano y adaptarlo a las necesidades actuales de México.
Este 17 de septiembre, el Colegio fue el escenario del foro Importancia del testamento con el Colegio de Notarios de la CDMX, impartido por el notario José Manuel Nuncio Rodríguez, titular de la Notaría 190 de la Ciudad de México. El evento contó con la presencia de la contadora Guadalupe Saldívar Olivares, vicepresidenta de Comunicación e Imagen, y abordó la relevancia y los aspectos legales del testamento, destacando la necesidad de una adecuada planificación patrimonial.Nuncio Rodríguez comenzó su participación aclarando que un testamento es un documento legal que debe otorgarse ante un notario, en el cual una persona puede decidir el destino de su patrimonio tras su muerte. Resaltó que cualquier manifestación sobre el patrimonio fuera del ámbito notarial carece de validez jurídica, por lo que no debe confiarse en formatos o videos informales que circulan en redes sociales.Asimismo, explicó que el testamento es un acto formal que debe ser redactado con precisión. “Como notario, nuestra función es asesorar y redactar el testamento de manera que no queden dudas sobre la voluntad del testador, ya que, al momento de su ejecución, el autor ya no estará presente para aclarar las confusiones”. Además, subrayó la importancia de la matricidad, principio que establece que el notario conserva el documento original, lo cual garantiza su preservación aun si las copias se destruyen, pues siempre podrá recuperarse mediante el archivo notarial.El notario también destacó el carácter personalísimo del testamento, que exige la manifestación directa y personal de la voluntad del testador. “La voluntad del testador debe expresarse de manera directa y personal, lo que significa que, por ejemplo, no se puede hacer un testamento en nombre de otra persona”, informó.De igual forma, mencionó la libertad de testar, un principio que permite a las personas decidir a quién dejar su patrimonio, sin obligación de beneficiar a familiares directos. Esta libertad, sin embargo, puede generar conflictos familiares cuando no se entiende o respeta plenamente.Una de las aclaraciones más importantes fue sobre la revocabilidad del testamento. El notario explicó que un testamento puede ser modificado o anulado mediante la creación de uno nuevo. “La única forma de revocar un testamento es a través de otro testamento. Esta flexibilidad permite a las personas ajustar sus disposiciones patrimoniales a lo largo de su vida, en función de cambios en su situación personal”.Por último, aclaró que cualquier persona mayor de 16 años puede otorgar un testamento, siempre que esté en pleno uso de sus facultades mentales, “lo anterior demuestra que este proceso no está reservado únicamente a personas en la vejez o en situaciones terminales”, concluyó.