En el argot contable es muy común escuchar la palabra fideicomisos, pero muchas veces no se sabe con exactitud cómo operan o en qué pueden ser ocupados, por ello la comisión Fiscal del Colegio llevó a cabo los días 28 y 29 de marzo el curso Tributación a través de fideicomisos.
Para analizar lo antes mencionado, Federico Tercero Garza Torres, Rodolfo Jerónimo Pérez, Gerardo Jesús Alvarado Nieto y Allen Saracho Carrillo, miembros de comisión organizadora, fueron los encargados de abundar en la materia.
En su turno, Garza Torres habló sobre las generalidades de los fideicomisos, los cuales tienen como antecedentes los trust norteamericanos. En México, la regulación de esta figura se dio a partir de 1932 con la entrada en vigor de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC), específicamente en su artículo 381.
Recordó que un fideicomiso es un contrato mediante el cual una persona física o moral, nacional o extranjera; afecta ciertos bienes o derechos para un fin lícito y determinado, en beneficio propio o de un tercero, encomendando la realización de dicho fin a una institución fiduciaria. En este sentido, los bienes pueden ser, entre otras cosas, bienes inmuebles, recursos en efectivo, valores, derechos de pólizas de seguro o acciones.
Dentro de las partes del fideicomiso, Garza Torres resaltó al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario, que, en resumidas palabras, el primero constituye el fideicomiso y destina ciertos bienes a la realización de un fin lícito, el segundo se encarga de realizar el objetivo del fideicomiso y la última persona es quien recibe los beneficios.
En su charla, presentó los derechos y obligaciones que tienen cada una de las figuras antes expuestas; así como las formas por las que se puede hacer la extinción de un fideicomiso, establecidos en el artículo 392 de la LGTOC, y los tipos de fideicomisos, entre otros:
Por su parte, Saracho Carrillo profundizó en el tema del régimen fiscal del contrato de fideicomiso. En este sentido, el ponente mencionó que en el artículo 1 de Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) se señala que las personas físicas y las morales están obligadas al pago del ISR, entre otros casos, los residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.
“El fideicomiso no es una persona física ni moral, por lo que quienes tienen que contribuir, mediante el pago de los impuestos correspondientes, son las personas físicas y, en su caso, las morales y no el fideicomiso”.
Por lo que refiere ISR, se debe tomar en cuenta que es un impuesto que se paga de manera anual, por lo cual, los fideicomisarios, que son quienes reciben el beneficio, deben pagar este impuesto mediante la presentación de su declaración anual, acumulando el resultado fiscal que determine la fiduciaria a sus demás ingresos, teniendo la posibilidad de acreditar los pagos provisionales que la fiduciaria realizó por su cuenta.
Jerónimo Pérez detalló parte de las obligaciones de los fideicomisos, como la acumulación de ingresos, efectuar pagos provisionales por cuenta de los fideicomisarios, el debido registro contable, así como emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por ingresos y retenciones de las actividades empresariales efectuadas en el fideicomiso.
“Los fideicomisarios o, en su caso, el fideicomitente, responderán por el incumpliendo de las obligaciones que por su cuenta deba cumplir la fiduciaria”.
Asimismo, enfocó una parte de su presentación en hablar sobre el tratamiento impositivo aplicable a los fideicomisos, que no sólo es el pago de impuestos federales, sino que también aplica a los impuestos locales, ya que cuando se realiza una operación de fideicomiso hay una transmisión de propiedad lo que genera una afectación en material de contribuciones locales.
Por último, Alvarado Nieto cerró las actividades del curso exponiendo acerca de los fideicomisos extranjeros, parte de su tratamiento fiscal por los ingresos de fuente de riqueza, además del efecto fiscal para los mexicanos que participan en ellos.
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Este 24 de julio, el Colegio y la comisión Administradora de Calidad de Firmas de Contadores Públicos presentaron la conferencia Reflexiones sobre el cumplimiento de la NIGC, revisiones globales, la cual fue impartida por Jaime Pérez Martínez y Cristian Justo Álvarez, y moderada por Javier Sagrero Martínez; quienes platicaron sobre los hallazgos, medidas contra los incumplimientos y los retos por venir en este proceso.Los expositores comenzaron su presentación compartiendo un breve panorama internacional que evidenció la situación actual respecto a la calidad en los servicios de auditoría. Resaltaron diversos hallazgos preocupantes en las firmas, tales como la falta de designación de un responsable del sistema de control de calidad, la ausencia de un manual de políticas y procedimientos, y la inexistencia de planes de capacitación.Entre las observaciones realizadas a los encargos, los contadores destacaron la falta de documentación adecuada para la determinación de cuentas significativas y la insuficiencia de procedimientos analíticos en la evaluación de riesgos. "Es fundamental que se involucre a especialistas de TI en la revisión de los sistemas para garantizar una auditoría efectiva", subrayó Justo Álvarez.Asimismo, los retos que enfrentan los contadores, en el actual contexto, también fueron parte de la discusión. Los especialistas mencionaron la postergación de fechas de visitas, errores en los datos de contacto de los revisores, y el considerable desfase de tiempo en la aceptación de hallazgos; estos elementos, señalaron, afectan directamente la calidad del trabajo de auditoría.Además, compartieron que, de acuerdo con el Foro Internacional de Reguladores Independientes de Auditoría (IFIAR, por sus siglas en inglés), 88% de las jurisdicciones son requeridas para adoptar la NIGC 1, de los cuales 68% de los miembros reportan hallazgos relacionados con auditorías de entidades que no son de interés público.A pesar de los desafíos, se compartieron hallazgos positivos como la eficiencia en las auditorías, una mayor estadía de colaboradores y una mejor colaboración cruzada. Estos aspectos son cruciales para la toma de decisiones informadas dentro de las firmas.Se puntualizó, con base en reportes del IFIAR, que los hallazgos de control de calidad no solo se relacionan con compromisos específicos, sino que abordan políticas y procedimientos vigentes en las firmas. Para mejorar la situación, los especialistas recomendaron la asignación de recursos, el fortalecimiento de la documentación y la inducción a una proactividad mayor en los procesos.“Los beneficios de implementar acciones correctivas eficaces incluyen no solo la reducción de costos, sino también un aumento en la eficiencia y la mejora continua de la calidad en el ámbito contable”, concluyó Pérez Martínez.
El 16 de julio, con el fin de ofrecer a los asistentes las herramientas necesarias para establecer los honorarios por la prestación de sus servicios contables, en el Colegio se brindó el curso Honorarios pagados, amenazas a la transparencia e independencia profesional. Además, se brindaron conocimientos para identificar, evaluar y responder a las amenazas que yacen en el ejercicio profesional independiente.El evento, coordinado por David Velázquez García y Cecilia Coronel Ruiz, representantes de la comisión de Ética y Responsabilidad Profesional, contó con un eje fundamental: el cumplimiento profesional fundamentado en el Código de Ética Profesional. Debido a ello, el primer segmento de la tarde fue dedicado al tema Ética en los negocios, cumplimiento del Código de Ética Profesional y de los principios fundamentales, donde se tuvo la oportunidad de desarrollar los contenidos esenciales del Código de Ética Profesional (CEP).Lucia Mónica López Mirafuentes, fue la experta en desarrollar el tema, quien exaltó la importancia del obrar ético dentro de las organizaciones y el impacto que tiene la construcción de una cultura ética colectiva. Según comenta, el cumplimiento ético aporta valor a la organización, crea identidad, incrementa la lealtad, motivación y colaboración interna, además de minimizar riesgos debido al cumplimiento del CEP.Además, para el contador es particularmente relevante obrar con ética profesional, ya que la contaduría implica una responsabilidad de servir a interés público y privado, debido a ello, organizaciones de diversos ámbitos integran contadores en diversas áreas debido a la confianza en la profesión.Para entrar en materia, con las bases presentadas por la primera presentación, Enrique Andrade Gutiérrez desarrolló el riesgo contenido en el pago de honorarios a la transparencia e independencia profesional en la auditoría. Dentro de su exposición, el ponente exhortó a los participantes a cumplir un papel activo en la identificación de amenazas que comprometan los principios éticos profesionales del contador público al prestar sus servicios de auditoría.Con este fin, señaló algunos factores para evaluar dichas amenazas tales como la proporción de honorarios percibidos; naturaleza alcance y propósito de los servicios prestados; disposición y capacidad del cliente para cumplir con los pagos; diversificación de clientes; etc. Todos estos factores implican que el profesional contable debe mantener un papel de evaluador constante con sus potenciales clientes para identificar amenazas para evaluarlas y responder a ellas para eliminar o reducir ese riesgo.Juan Flores Saavedra, por otro lado, dedicó su presentación a compartir las amenazas posibles descritas en el CEP, en la subsección 601, Servicios de contabilidad y teneduría de libros. Además, comentó la importancia de generar salvaguardas ante estas amenazas, ya que pueden surgir a lo largo de la prestación de servicio. Para ello, el contador debe evaluar el contexto del encargo y utilizar su juicio profesional para identificar, evaluar y establecer medidas de protección que pueden ir desde establecer límites preliminares en la relación entre el cliente y el prestador de servicios hasta el rechazo de ofertas debido al alto riesgo que suponen. Finalmente, Carlos Velázquez Valle remató el día con su presentación titulada Honorarios pagados por servicios de impuestos; amenazas y nuevos lineamientos en el Código de Ética Profesional, en ella recuperó la información compartida por sus colegas y segmentó las amenazas que ponen en riesgo la independencia del contador en cuatro categorías: interés personal, intimidación, familiaridad e intercesión; además, recomendó acciones para mitigar estas amenazas.Sumado a ello, el presentador señaló las actualizaciones realizadas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés) al Código Internacional de Ética para Profesionales de la Contaduría, donde incorpora disposiciones orientadas a mitigar amenazas en la presentación de servicios fiscales; actualizaciones que ya han sido empleadas para editar y armonizar el CEP.Para concluir, Velázquez comentó que los servicios fiscales representan una relación entre el contador público, el cliente y la sociedad, por lo que el primero representa un papel clave en la preservación de la legalidad y rendición de cuentas con interés público. Esto supone una responsabilidad que debe impulsar al contador a mantenerse alineado con la normatividad, la ética profesional y el compromiso social.
El Colegio organizó el 16 de julio el curso Dictamex: dictamen del Estado de México 2024. El objetivo fue profundizar en los fundamentos, criterios y procedimientos para la presentación de este dictamen fiscal estatal. El curso abordó las disposiciones tributarias y su aplicación práctica en la plataforma del Dictamen Fiscal, incluyendo la determinación y pago del Impuesto Sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (ISERTP).El evento destacó por la participación de dos paneles de expertos. El primero estuvo integrado por especialistas técnicos y funcionarios de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas del Estado de México, quienes compartieron sus conocimientos y experiencia con los asistentes. Los ponentes fueron: Gustavo De la Cruz Romero (titular del Departamento de Desarrollo de Sistemas), Emilio Valdez Zepeda (titular de la Dirección General de Fiscalización), Juan Carlos Castillo Carrillo (desarrollador de software en la Secretaría), Eduardo Guerrero Negrete (subdirector de Programas de Impuestos Estatales) y Alejandro Esaú Molina Guadarrama (titular de la Dirección en Tecnologías de la Información) en la Secretaría de Finanzas del Estado de México.La segunda mesa de diálogo estuvo conformada por Eduardo Arturo Cruz Quintero, Verónica Luis Mojica y Óscar Adrián Hernández Flores, todos ellos integrantes de la comisión técnica de Contribuciones Locales y organizadores del evento. La coordinación general estuvo a cargo de José Eduardo Beristain Martínez, también miembro de la comisión organizadora.El curso cubrió un amplio espectro de temas esenciales para la correcta formulación del dictamen, incluyendo: el marco legal, el registro y autorización del Contador Público Autorizado (CPA), los sujetos del impuesto, supuestos del dictamen, opinión e informe, infracciones y sanciones. También se trataron aspectos relevantes en la elaboración del dictamen, la reforma al Código Financiero del Estado de México y Municipios (CFEMYM), la situación actual de Dictamex y los beneficios del sistema, novedades para el 2025, como la innovación tecnológica, la seguridad y una guía audiovisual.Un punto central de la exposición fue la reforma al CFEMYM de 2021, específicamente el artículo 47.° G, fracción I. Esta modificación, publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México ese mismo año, establece la integración de información detallada por cada trabajador y establecimiento dentro del Estado, incluyendo sus domicilios y ubicaciones. Es crucial destacar que esta disposición también aplica a edificaciones de obra, acabados, modificaciones y/o remodelaciones, sin importar su ubicación.Durante el curso, se presentaron datos relevantes sobre el estado actual de los avisos y dictámenes del ISERTP. Hasta el 15 de julio de 2025, se han registrado 1,981 avisos y 140 dictámenes presentados para el ejercicio 2025. En cuanto al ejercicio 2024, se recibieron 1,936 avisos, con 91 dictámenes ya presentados y 730 en proceso de formulación. La Secretaría de Finanzas expresó su expectativa de un crecimiento significativo en la presentación de dictámenes para 2024, buscando superar la cifra de 2021, que fue de 4,662 avisos.Los funcionarios estatales también resaltaron los importantes beneficios del sistema del Dictamen Fiscal del Estado de México (Dictamex):Simplificación, lo que facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales a través de un proceso 100% electrónico.Confirmación inmediata, al proporcionar acuses y sellos digitales para verificar la presentación.Mayor control, lo que permite la administración de la información del CPR y ofrece un expediente electrónico con el historial completo de trámites.Flexibilidad, al brindar la posibilidad de modificar datos de contacto y domicilio fiscal de manera sencilla.Innovación y seguridad reforzada en el Dictamex.La innovación tecnológica fue un tema toral en la que los representantes de la Secretaría de Finanzas hablaron de las herramientas como la lectura del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) para la determinación del ISERTP, la vinculación de trabajadores por establecimiento mediante la herramienta TPE, y la importación masiva de información. Se explicó cómo la herramienta TPE simplifica la integración automática y masiva de datos, lo que evita retrabajos y optimiza los procesos.En cuanto a la seguridad, se enfatizó el uso de la firma electrónica y la implementación de un doble factor de autenticación a través de tokens enviados a correos electrónicos registrados, los cuales tienen una vigencia de 24 horas. Esta medida fortalece significativamente la seguridad del sitio Dictamex, una característica crucial para proteger la información de la autoridad, contadores y contribuyentes.En la segunda parte del curso, Eduardo Cruz Quintero abordó el marco legal del Dictamex. Explicó que este se fundamenta en el artículo 47.° del CFEMYM, el cual establece diversas obligaciones para los contribuyentes. Entre ellas, destacan la inscripción en el Registro Estatal de Contribuyentes (REC), la conservación de la documentación fiscal por un periodo de cinco años y la presentación de avisos de modificación de datos. Una obligación fundamental es la de dictaminar la determinación y el pago del ISERTP a través de un CPR.Por su parte, Verónica Luis Mojica se centró en el registro y la autorización del CPA. Durante su intervención, resaltó las reglas generales del dictamen, cuyo objetivo principal es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con el ISERTP. Estas reglas incluyen normativas para obtener el registro como CPR, la metodología para determinar los promedios mensuales de remuneraciones y trabajadores, así como los procedimientos para la presentación tanto del dictamen como de los avisos, los cuales generarán un acuse de recibo con sello digital.Por su parte, Óscar Hernández Flores cerró la sesión con el tema de las infracciones y sanciones. En su presentación, destacó que el documento establece multas para los contribuyentes que no presenten el dictamen, lo hagan de forma extemporánea o con un CPR impedido, o no entreguen las constancias de retención. Para los CPR, las sanciones pueden incluir multas, suspensión temporal o incluso la cancelación definitiva del registro por omisiones o contravenciones en la formulación del dictamen.El curso finalizó con una dinámica de preguntas y respuestas, una demostración sobre cómo acceder a la plataforma y la entrega virtual de reconocimientos.