El evento SIPREDI, llenado del Dictamen de la Ciudad de México 2024, organizado por la comisión de Contribuciones Locales, se llevó a cabo los días 2 y 3 de abril con el objetivo de capacitar a los profesionales en las principales actualizaciones fiscales, detallando el uso adecuado de la plataforma SIPREDI y los requisitos para los contribuyentes obligados a presentar el dictamen fiscal.
Dando inicio con el foro, Óscar Adrián Hernández Flores, de la comisión organizadora, dio una revisión de la normativa vigente, enfocándose en el Código Fiscal de la Ciudad de México y las reglas de carácter general emitidas el 15 de enero de 2025. En ese sentido, detalló el proceso de registro de contadores públicos habilitados para emitir dictámenes, destacando requisitos como la cédula profesional, la afiliación a un colegio de contadores y la educación continua. “El dictamen es obligatorio para ciertos contribuyentes, como aquellos con más de 150 trabajadores o inmuebles valorados en más de 35 millones de pesos”.
El ponente recordó que la fecha límite para presentar el dictamen es el último día hábil de mayo, y que cualquier error en el llenado de los avisos puede resultar en sanciones; asimismo, comentó algunas de las circunstancias en las que un contribuyente podría modificar el aviso de dictamen, como la inclusión de cuentas catastrales omitidas, así como la obligación de dictaminar en caso de venta de inmuebles en 2023, que debe ser incluida en el dictamen de 2024.
Por su parte, Miguel Castañeda Villalobos, de la comisión mencionada, desarrollo los procedimientos ante la sustitución de un dictaminador, ya sea por el contribuyente o por el contador debido a situaciones imprevistas. Ante ello, explicó que la sustitución requiere la notificación adecuada a la autoridad fiscal y que deben cumplirse ciertos requisitos legales, como la firma electrónica y la actualización de los registros en el sistema SIPREDI.
Dentro de las posibles sanciones por no cumplir con la normativa se incluyeron desde amonestaciones hasta la cancelación del registro del dictaminador, dependiendo de la gravedad de la infracción.
En cuanto a la tecnología y el sistema SIPREDI, los expositores enfatizaron la importancia de estar registrados en la plataforma, lo que requiere la creación de un usuario y contraseña, así como la firma electrónica del contribuyente y su representante legal. “A pesar de que el proceso es principalmente electrónico, en algunos casos aún se requieren documentos en papel, especialmente en situaciones como el avalúo catastral de inmuebles o cuando existen disputas sobre el pago de impuestos, que deben reflejarse correctamente en el dictamen”, comentó Hernández Flores.
Por su parte, Verónica Luis Mojica, integrante de la comisión de Seguridad Social, se centró en explicar el proceso detallado de cómo completar el dictamen fiscal a través de la plataforma SIPREDI, haciendo énfasis en la importancia de contar con la firma electrónica (FIEL) tanto del dictaminador como del representante legal de la empresa, y de realizar correctamente el aviso de dictamen para poder cargar los anexos pertinentes.
Otro punto abordado fue la correcta identificación del uso de los inmuebles en el sistema, especialmente la diferenciación entre inmuebles habitacionales, no habitacionales y mixtos, por lo que la ponente subrayó que la obligación de dictaminarse solo aplica a inmuebles no habitacionales o mixtos. De igual forma explicó cómo gestionar los avalúos catastrales, asegurándose de que estos cumplieran con los requisitos de vigencia y estuvieran correctamente asignados a cada cuenta catastral.
También, se habló sobre aspectos técnicos clave del proceso, como la recuperación de contraseñas, la asignación de representaciones legales y la validación de cuentas catastrales, enfatizando la importancia de evitar errores como el uso de avalúos desactualizados y de realizar gestiones con Catastro para mantener los datos actualizados.
Finalmente, se explicó el proceso de conciliación de bases de impuestos, como el impuesto sobre nómina y los derechos por suministro de agua y drenaje, y la importancia de hacer ajustes y revisiones periódicas durante el proceso de auditoría para asegurar el cumplimiento con el Código Fiscal de la Ciudad de México.
Eventos recientes
El 18 de septiembre, el Colegio fue sede de la conferencia IVA en las plataformas tecnológicas, con la colaboración de la Universidad Anáhuac, donde se dieron a conocer los servicios digitales que son sujetos al pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y sus implicaciones prácticas para prestadores y usuarios.El espacio fue precedido por Mario Ramón Escobosa Barojas, contador público certificado y catedrático de la Anáhuac. Al comienzo de la conferencia, el ponente señaló que el pago de impuestos en México cada vez es más complejo, por lo que mantenerse actualizado es fundamental.Para contextualizar, actualmente se encuentra en vigencia el Plan maestro del SAT, una estrategia que busca reforzar la recaudación sin crear ni aumentar impuestos. Para conseguirlo, se han prohibido condonaciones fiscales a grandes contribuyentes, combatido al fraude y potenciado la modernización tecnológica. Según comenta Escabosa, el plan ha resultado provechoso hasta ahora, ya que la recaudación representa una de las principales fuentes de financiamiento del gobierno mexicano y ha alcanzado un mayor volumen de recaudación, pero sin incrementar la cantidad de contribuyentes.En este contexto ocurren los ajustes realizados mediante la regla 3.7.35 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), el 28 de julio, que reforman las obligaciones fiscales derivadas del comercio mediante plataformas digitales. Actividad que, según comenta el ponente, cuenta con una penetración de mercado del 84% en México y ubica a Latinoamérica como la segunda región con mayor crecimiento de este comercio durante el 2024.La reforma busca combatir limitar la exención fiscal que era aprovechada por plataformas de comercio digital para reducir la cantidad de impuestos generados por esta actividad, produciendo una competencia desleal con la industria local al aprovechar los “minimis”, umbrales de tolerancia que permitían importar productos sin generar impuestos adicionales debido a la mínima aportación que suponía.Con estos cambios, las mercancías que no superen el valor de 1 dólar estadounidense seguirán sin generar IVA ni impuestos aduanales; pero si su valor se coloca entre 50 a 117 dólares producirá un 17% en estos impuestos o un 19% si excede ese umbral. Según comenta Escobosa, este cambio ya se ve reflejado en el consumidor, pero se espera que su presencia quede de manifiesto durante los próximos meses, ya que algunas empresas han comenzado a absorber estos impuestos, pero dejarán de hacerlo paulatinamente.Para finalizar su sesión, el ponente dio algunos ejemplos donde quedaron de manifiesto estos cambios que producirán, en términos generales, un aumento de precios en los productos importados mediante plataformas comerciales digitales, especialmente con insumos provenientes de naciones que carezcan de tratados comerciales con México.
El Colegio, en colaboración con la comisión Fiscal, presentó este 17 de septiembre el foro Iniciativa Fiscal para 2026, evento que reunió a destacados panelistas que presentaron las implicaciones y reformas fiscales propuestas en el Paquete Económico del Gobierno para el próximo año.En la presentación, Rodrigo Ramírez Venegas, uno de los panelistas, inició con las presentaciones destacando que la actual administración presentó, ante el Congreso de la Unión, su Paquete Económico para 2026, el cual establece un plan de ingresos y gastos para el país. El especialista enfatizó que este paquete no solo detalla las expectativas de recaudación, sino que también incluye cambios en diversas leyes fiscales para garantizar un sistema más equitativo y ordenado en el pago de impuestos.En particular, habló sobre la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS), que grava ciertos bienes y servicios considerados nocivos para la salud y el medio ambiente. A manera de ejemplo, mencionó que se propone una cuota de $1.1584 por cada cigarro enajenado o importado, lo que refleja un esfuerzo por desincentivar el consumo de tabaco. Además, comentó que se introducirán nuevos gravámenes a edulcorantes y a juegos de azar.Por su parte, María Enriqueta Mancilla Rendón continuó la charla enfocándose en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; explicó que, según el artículo 42, el Ejecutivo debe enviar al Congreso un documento detallado con los objetivos para la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos, y los escenarios sobre las principales variables macroeconómicas, tales como el crecimiento, la inflación, la tasa de interés y el precio del petróleo.Al respecto, destacó la importancia de este procedimiento para asegurar la transparencia y responsabilidad en la gestión de los recursos públicos. Además, mencionó que el documento debe incluir una enumeración de los programas prioritarios y sus montos, lo que permitirá una evaluación más clara de cómo se utilizarán los fondos públicos en beneficio de la sociedad.Siguiendo con las presentaciones, Juan Alberto Torres Romero abordó la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), centrándose en el sistema financiero. Destacó que se implementará una deducción del 25% de las cuotas pagadas al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), aunque el resto de las cuotas no será deducible.De igual manera, anunció que se homologará el tratamiento de créditos incobrables para instituciones de crédito con el resto de los contribuyentes, eliminando el régimen especial establecido en la LISR.Para cerrar el foro, Luis Alberto Placencia Alarcón dialogó sobre la propuesta de reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF); resaltó que esta iniciativa es estructural y abarca un total de 43 artículos del CFF, lo que sugiere una revisión profunda de la legislación fiscal. La propuesta incluye 25 reformas, 17 adiciones y una derogación, lo que busca modernizar el marco fiscal mexicano y adaptarlo a las necesidades actuales de México.
Este 17 de septiembre, el Colegio fue el escenario del foro Importancia del testamento con el Colegio de Notarios de la CDMX, impartido por el notario José Manuel Nuncio Rodríguez, titular de la Notaría 190 de la Ciudad de México. El evento contó con la presencia de la contadora Guadalupe Saldívar Olivares, vicepresidenta de Comunicación e Imagen, y abordó la relevancia y los aspectos legales del testamento, destacando la necesidad de una adecuada planificación patrimonial.Nuncio Rodríguez comenzó su participación aclarando que un testamento es un documento legal que debe otorgarse ante un notario, en el cual una persona puede decidir el destino de su patrimonio tras su muerte. Resaltó que cualquier manifestación sobre el patrimonio fuera del ámbito notarial carece de validez jurídica, por lo que no debe confiarse en formatos o videos informales que circulan en redes sociales.Asimismo, explicó que el testamento es un acto formal que debe ser redactado con precisión. “Como notario, nuestra función es asesorar y redactar el testamento de manera que no queden dudas sobre la voluntad del testador, ya que, al momento de su ejecución, el autor ya no estará presente para aclarar las confusiones”. Además, subrayó la importancia de la matricidad, principio que establece que el notario conserva el documento original, lo cual garantiza su preservación aun si las copias se destruyen, pues siempre podrá recuperarse mediante el archivo notarial.El notario también destacó el carácter personalísimo del testamento, que exige la manifestación directa y personal de la voluntad del testador. “La voluntad del testador debe expresarse de manera directa y personal, lo que significa que, por ejemplo, no se puede hacer un testamento en nombre de otra persona”, informó.De igual forma, mencionó la libertad de testar, un principio que permite a las personas decidir a quién dejar su patrimonio, sin obligación de beneficiar a familiares directos. Esta libertad, sin embargo, puede generar conflictos familiares cuando no se entiende o respeta plenamente.Una de las aclaraciones más importantes fue sobre la revocabilidad del testamento. El notario explicó que un testamento puede ser modificado o anulado mediante la creación de uno nuevo. “La única forma de revocar un testamento es a través de otro testamento. Esta flexibilidad permite a las personas ajustar sus disposiciones patrimoniales a lo largo de su vida, en función de cambios en su situación personal”.Por último, aclaró que cualquier persona mayor de 16 años puede otorgar un testamento, siempre que esté en pleno uso de sus facultades mentales, “lo anterior demuestra que este proceso no está reservado únicamente a personas en la vejez o en situaciones terminales”, concluyó.