El compliance aduanero o en comercio exterior es un tema que, aunque no es nuevo, resulta complicado de observar al interior de las organizaciones, por ello, para aclarar el panorama de la correcta supervisión del cumplimiento de las obligaciones fiscales, la comisión de Comercio Exterior del Colegio llevará a cabo del 7 al 11 de junio el 3.er Foro de expertos en comercio exterior, con la participación de diversos especialistas en temas aduaneros.
La sesión del día contó con la participación de Mayra Aceves Gallegos, subdirectora de Aduanas y Comercio de Nissan Mexicana; Irene Angelina León Zamora, integrante de la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM); y de las integrantes de la comisión organizadora, Berenice Egure Hidalgo y Yolanda Guadalupe Aguirre González, quienes hablaron acerca de la planeación del despacho aduanero.
En el planteamiento técnico, Aguirre González detalló que el despacho aduanero es el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada y salida de mercancías del territorio nacional, fundamentado en el artículo 35 de la Ley Aduanera, que deben realizarse ante la aduana y que involucran a consignatarios, tenedores en las importaciones y remitentes en las exportaciones.
Durante su proceso de formación, Aguirre González destacó tres puntos importantes que son las actividades previas, durante y posteriores, en esta última, la ponente puntualizó que en la tercera sesión de la semana se profundizará en el tema. En lo que concierne a los otros dos, cada uno cuenta con su planeación específica:
Actividades previas:
Actividades durante:
De manera práctica, Aceves Gallegos y León Zamora compartieron con la audiencia sus experiencias en el área y cómo es que influyen las actividades antes mencionadas para la continuidad de las operaciones.
El segundo día de videoconferencias dio inicio con la plática titulada Las autoridades y el comercio exterior, presentada por Cecilia Guadalupe Cárdenas González, socia de la firma especializada en comercio exterior Tradelink Strategies y Jorge Luis Nava Guevara, asociado de Chevez Abogados.
Entrando en materia, Cárdenas González ahondó en las facultades de comprobación y de gestión de las entidades fiscales, específicamente de la Administración General de Aduanas (AGA) y la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior (AGACE), ambas dependientes del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Resaltó que estas entidades tienen la capacidad de aplicar la legislación regulatoria a los despachos aduaneros con la finalidad de combatir la corrupción y la evasión fiscal. Adicional a esto, indicó que el año pasado se añadieron nuevas facultades a los servidores públicos del SAT mismas que robustecen la supervisión aduanera.
Agregó que dentro de la estrategia del gobierno para reforzar la seguridad en las aduanas del país se contempló la incorporación de la Secretaría de la Defensa (Sedena), la Secretaría de Marina Armada de México (Semar) y la Guardia Nacional. Los ponentes coincidieron que, en términos de seguridad, resultar significativo este cambio, sin embargo, pueden entorpecer los procesos comerciales al no contar con una capacitación de procesos administrativos y de regulación para el comercio.
En cuanto a los cuerdos por los que se delegan facultades a las autoridades, Alberto Fernández Romero, director de la firma SECEX y ex administrador Central en el SAT, fue el encargado versar sobre el tema, desde un panorama económico. Explicó que el fisco está trabajando en fortalecer las finanzas públicas mediante la estrategia del ABC institucional: Aumentar la eficiencia recaudatoria, Bajar la evasión y elusión fiscal y Combatir la corrupción.
Con relación a la fiscalización de comercio exterior, precisó que se ha puesto especial énfasis en identificar conductas evasivas en tiempo real de diversos sectores como la automotriz, acero, textil, electrónicos, entre otros; además de agregar herramientas como el programa IMMEX, certificación IVA/IEPS, OEA y recintos fiscalizados. Durante su exposición analizó los cambios integrados al acuerdo por el que se delegan facultades, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en 2020.
Para cerrar el día, Jorge Alberto Moreno Castellanos, especialista en Gestión de Riesgos Aduaneros y de Comercio Exterior, esbozó acerca de las facultades no fiscales de la Secretaría de Economía (SE), en materia de comercio exterior, para las empresas importadoras y exportadoras.
Expresó que se requiere hacer una homologación de estructura de los 15 acuerdos que regulan o restringen la entrada o salida del país de las mercancías, así como analizar la obligación para algunas mercancías de cumplir con más de dos Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RyRnA).
En la tercera jornada del foro, Magdalena Macías Ríos y Yolanda Guadalupe Aguirre González, integrantes de la comisión organizadora, fueron las encargadas de hablar acerca de las actividades posteriores al despacho aduanero, así como las responsabilidades de los diferentes actores que intervienen.
Las expositoras comentaron que muchas empresas suelen creer que el despacho aduanero termina con la salida de la mercancía de la aduana, pero no es así, este finaliza cuando la autoridad termina de ejercer su facultad de comprobación, desde lo general hasta las inspecciones especiales, mismas que serán reguladas por la Ley Aduanera, la Ley de Comercio Exterior, el Código Fiscal de la Federación y demás leyes fiscales.
Mencionaron que las facultades de comprobación especiales son reconocimientos aduaneros y la revisión de mercancías en transporte, mientras que las generales son visita domiciliaria, visita de escritorio y revisión electrónica. De acuerdo al artículo 67 del CFF, establece que el contribuyente está obligado a guardar los documentos por un tiempo determinado, los cuales se extinguen en el plazo de cinco años contados, es ahí donde termina el proceso del despacho.
En esa misma línea, Aguirre González razonó acerca los tipos de revisiones posteriores al despacho destacando las visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y electrónicas, verificación de mercancías y cartas invitación. Asimismo, profundizó sobre las obligaciones de los importadores y los exportadores, resaltando la importancia de que estas figuras cuenten con el registro en el padrón de importadores y sectoriales, ya que, de lo contrario, las autoridades tendrán la facultad de suspender ese registro, lo que ocasionará un estancamiento en sus operaciones.
Por su parte, Macías Ríos realizó un análisis sobre las obligaciones fiscales que recaen en la contabilidad, el control de inventarios, constancias de cumplimiento, Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y la materialidad.
Retomando las sesiones virtuales, el cuarto día contó con la participación de Víctor Manuel Almiray Jaramillo y José Luis Ortiz Coronado, integrantes de la comisión de Comercio Exterior del Colegio, quienes se encargaron de compartir con el público sus conocimientos y experiencias sobre las obligaciones ante la apertura comercial.
En su turno, Almiray Jaramillo enfocó su charla en las reglas de origen en los Tratados de Libre Comercio (TLC). Comentó que México es uno de los principales países generadores de tratados y acuerdos comerciales, tanto de manera bilateral como multilateral, los cuales por naturaleza brindan ventajas competitivas para los distintos actores comerciales en el país, ya sea que estos actores produzcan, comercialicen bienes o presten servicios de cualquier naturaleza.
Puntualizó que los acuerdos y los tratados, aunque se manejan de manera diferente, los países y los miembros pertenecientes a estos dos instrumentos, buscan una complementación económica, es decir que las empresas se acerquen para hacer negocios tanto de comercio transfronterizo de mercancías como de servicios.
“En el caso del comercio de mercancías el incentivo para que las empresas hagan estos negocios y se complementen económicamente, es lograr adquirir o vender insumos y/o productos a nuevos mercados con una ventaja competitiva en el pago de los aranceles, ya que esa ventaja no la gozaran otros proveedores que no cuenten con un TLC o acuerdo comercial con ese país en particular”.
En esa misma línea, resaltó que para que una mercancía pueda obtener un trato arancelario preferencial debe ser catalogada como originaria; lo que implica que se haya obtenido directamente en alguno de los países parte del tratado o bien cumpla con un mínimo de procesos productivos, operaciones de fabricación o la aportación de un valor agregado en alguno o varios de los países integrantes del tratado.
Subrayó que estos tratados y acuerdos comerciales hablan de muchas cosas importantes y todas ellas inciden en mayor o menor medida en las oportunidades y decisiones de negocio que tienen las empresas, pero dentro los capítulos que están relacionados con el origen de las mercancías, en la parte práctica implica que muchas organizaciones evalúen sus procesos, oportunidades, amenazas, realicen proyecciones, generen alianzas, ajusten su línea de producción, recompongan cadenas de proveeduría e incluso evalúen su propio modelo de negocios.
“El tener un tratado de libre comercio es una buena noticia para el país, sin embargo, para las empresas que quieren emplear los beneficios de este, tendrán que adquirir obligaciones cuyo cumplimiento puede ser requerido por las autoridades ya sea de los países de importación, de exportación o por ambos”.
Durante su presentación, detalló los pasos para determinar el origen de las mercancías, así como el proceso de obtención del certificado de origen, los procedimientos de verificación y su evaluación.
Por otro lado, Ortiz Coronado centró su módulo en los decretos aplicables a las regiones fronterizas y zonas francas, cuya finalidad es estimular y acrecentar la inversión, fomentar la productividad y contribuir a la creación de fuentes de empleo en estas regiones; además de disminuir la carga fiscal referente al Impuesto al Valor Agregado (IVA) relativo a los bienes o servicios que se entreguen o presten en dichas regiones y al Impuesto Sobre la Renta (ISR) de las empresas y personas físicas con actividad empresarial en las citadas regiones fronterizas.
El último día del 3.er Foro de expertos en comercio exterior, arrancó con las intervenciones de Sandra López Sela y Juan Antonio Castro Chávez, miembros de la comisión organizadora, quienes expusieron sobre el tema del IVA en operaciones de Comercio Exterior.
Partiendo de lo anterior, López Sela recalcó que el IVA es uno de los impuestos más importantes dentro de las operaciones de comercio exterior, pues ha llegado a representar hasta el 78% de la recaudación, por lo que consideró que se deben tener claras las diferencias que existen entre las operaciones nacionales de las operaciones que se consideran importaciones para efectos de dicho impuesto y que en la mayoría de las ocasiones no se comprenden sus consecuencias de manera integral, situación que puede llevar a los contribuyentes a una presentación incorrecta o incompleta de sus declaraciones mensuales y un deficiente registro contable de estas operaciones.
Por su parte, Castro Chávez refirió que los contribuyentes deben estudiar los decretos que regulan a las exportaciones de servicios y bienes intangibles, con el fin de cumplir con las disposiciones, que muchas veces son complejas, para lograr aplicar en estos casos la tasa del 0%. Asimismo, expresó que la mayoría de las veces se piensa que los servicios prestados a los residentes en el extranjero es una exportación de servicios, pero, al ser todo lo contrario, puede llevar a las empresas a tener créditos fiscales por concepto de IVA que no hayan sido presentados a las autoridades fiscales.
Para cerrar el evento, y cambiando la temática de las ponencias, Leticia Yamel Cado Espinosa, integrante de la comisión organizadora, presentó una entrevista al vicepresidente de la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM), José Ignacio Zaragoza Ambrosi, quien habló sobre el panorama del comercio exterior en México y las dificultades que ha enfrentado durante la pandemia.
El vicepresidente de CAAAREM señaló que el comercio exterior, a lo largo del tiempo, se ha convertido en uno de los principales motores de la economía nacional, sin embargo, los números del año 2020 bajaron hasta un 5.3% del comercio, pero considera que las exportaciones serán la pieza clave para sacar al país de la recesión económica que se vive actualmente.
Precisó que el papel que juegan los agentes aduanales es muy importante, ya que, al ser un filtro relevante para que las mercancías fluyan, las autoridades ponen mayor confianza en estas figuras; además de que a través de ellos se recauda hasta el 69.7% del IVA.
Externó que, pese a la constante rotación de los administradores generales de Aduanas y de Comercio Exterior, desde el comienzo del mandato de López Obrador, las autoridades han mostrado su compromiso de laborar conjuntamente con la CAAAREM.
Durante la plática, Zaragoza Ambrosi abundó sobre las actividades que desarrolla la dependencia a la que pertenece, así como del trabajo que esta realiza en las aduanas.
Finalmente, el presidente del Colegio, Juan Carlos Bojorges Pérez, agradeció la presencia de los asistentes, así como el apoyo de los expositores y coordinadores de la comisión de Comercio Exterior quienes hicieron posible la realización de este magno evento.
Julián Agustín Abad Riera, vicepresidente de Desarrollo y Capacitación Profesional del Colegio, fue el encargado de clausurar las actividades del foro.
Eventos recientes
Este 9 de marzo, el Colegio organizó el foro Fiscalidad con IA: Criptoexchanges y retenciones, un espacio de análisis dedicado a revisar el marco fiscal relacionado con los criptoactivos, así como las herramientas tecnológicas que utilizan las autoridades para su fiscalización.En el encuentro participaron los especialistas Juan Carlos Santillán Hernández y Gustavo Fuentes de León como expositores, mientras que Juan Carcaño López fungió como moderador y presentó un panorama general sobre la evolución de los criptoactivos y su tratamiento regulatorio.Durante la sesión se explicó que la fiscalidad comprende el conjunto de normas, principios y leyes que regulan los tributos y los procesos de recaudación del Estado, los cuales permiten financiar servicios públicos y otras actividades gubernamentales. En ese contexto, los especialistas destacaron que la incorporación de herramientas de Inteligencia Artificial (IA) ha transformado la manera en que las autoridades analizan grandes volúmenes de datos para detectar patrones, tomar decisiones y fortalecer los procesos de supervisión fiscal. Como parte del panorama general, se revisó el desarrollo del ecosistema de activos digitales. Los ponentes recordaron que el crecimiento de redes como Ethereum permitió la creación de tokens mediante contratos inteligentes, lo que dio origen a miles de activos digitales programables dentro de la tecnología blockchain. De igual forma, explicaron que los criptoactivos se definieron como representaciones digitales de valor que utilizan criptografía y redes descentralizadas para validar y registrar transacciones sin la intervención de una autoridad central. Entre sus principales características, los panelistas enlistaron la descentralización, el uso de blockchain, el pseudonimato de los usuarios y la posibilidad de realizar transferencias globales casi inmediatas. Asimismo, se mencionó que dentro del mercado existen distintas categorías, entre ellas criptomonedas ampliamente conocidas como Bitcoin y Ethereum, además de stablecoins, tokens de utilidad y tokens de gobernanza.Los especialistas señalaron que, ante el crecimiento del mercado de criptoactivos, diversos organismos internacionales han impulsado lineamientos orientados a mejorar la transparencia fiscal y prevenir riesgos como el lavado de dinero. En el caso de México, recordaron que los criptoactivos no tienen el carácter de moneda de curso legal. Su regulación se encuentra principalmente en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, así como en disposiciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y criterios de Banxico. Además, se destacó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha incrementado la vigilancia sobre este tipo de operaciones mediante el uso de diversas herramientas tecnológicas, entre ellas el análisis de blockchain, el intercambio internacional de información y sistemas de IA capaces de rastrear transacciones en redes públicas. En materia tributaria, se explicó que México aún no cuenta con un régimen específico para las criptomonedas. Sin embargo, la postura de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) sugiere que las operaciones de compraventa de estos activos pueden tratarse como enajenación de bienes, por lo que podrían sujetarse a disposiciones de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) relacionadas con este tipo de transacciones. Durante el foro también se revisaron las reglas aplicables a las retenciones de Impuesto Sobre la Renta (ISR) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) en plataformas tecnológicas y servicios digitales. Los especialistas coincidieron en que las disposiciones fiscales establecen obligaciones específicas para las plataformas que intermedian operaciones, incluyendo la retención de impuestos y la emisión de comprobantes fiscales correspondientes.
Con el propósito de analizar los principales retos en la preparación de la declaración anual, la comisión de Investigación Fiscal del Colegio organizó el 6 de marzo el curso Declaración anual 2025 en Resico: aspectos clave para su elaboración, impartido por los comisionados Elio Fernando Zurita Morales y Edyth Ramírez Sánchez. Durante el evento se abordaron aspectos normativos y prácticos que los contribuyentes deben considerar para cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales dentro del Régimen Simplificado de Confianza (Resico).En su intervención, Elio Fernando Zurita Morales explicó los elementos centrales para la elaboración de la declaración anual 2025 en Resico, tanto para personas físicas como para personas morales. Señaló que, en el caso de las personas físicas, el régimen es voluntario, se basa en ingresos efectivamente cobrados y no permite deducciones, siempre que los ingresos no excedan los 3.5 millones de pesos anuales. También se permite obtener ingresos adicionales por sueldos o intereses, siempre que no se supere dicho límite.No obstante, advirtió que existen limitaciones en la regla miscelánea que permite combinar ingresos, lo que puede generar riesgos en casos como la venta de una casa no exenta u otros ingresos extraordinarios. En caso de rebasar el límite o incumplir obligaciones, el contribuyente deberá salir del régimen y tributar en el esquema correspondiente.Respecto a las personas morales, destacó que el Resico es obligatorio cuando la sociedad está integrada únicamente por personas físicas y sus ingresos del ejercicio anterior no superan los 35 millones de pesos. Asimismo, subrayó que la participación de socios en otras sociedades mercantiles, especialmente cuando existe control o relación entre ellas, puede impedir tributar en este régimen.En materia de deducciones, explicó que en Resico para personas morales se consideran principalmente las adquisiciones efectivamente pagadas. Las inversiones cuentan con porcentajes de deducción más altos, aunque solo hasta tres millones de pesos, aplicándose posteriormente los porcentajes normales. También mencionó algunos retos prácticos, como la falta de reglas claras para la deducción de inventarios iniciales al cambiar de régimen y la no deducibilidad de los anticipos de remanente en sociedades civiles.Por su parte, Edyth Ramírez Sánchez destacó la importancia de preparar con anticipación la información para la declaración anual, aun cuando el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cuenta con un simulador que precarga diversos datos. Subrayó que es indispensable contar con papeles de trabajo y validar la información antes de presentar la declaración.La especialista explicó que la autoridad fiscal dispone de una gran cantidad de información del contribuyente, principalmente a través de los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), por lo que resulta fundamental conciliar ingresos, gastos y pagos provisionales con dichos comprobantes. También resaltó la relevancia de los complementos de pago para confirmar cuándo un ingreso ha sido efectivamente cobrado.Asimismo, enfatizó la correcta emisión de CFDI en conceptos como sueldos, viáticos y otras prestaciones, ya que el incumplimiento en retenciones puede impedir la deducción de ciertos gastos. También recomendó justificar adecuadamente la razón de negocios de las erogaciones y mantener actualizadas cuentas fiscales como la CUCA, la CUFIN y las pérdidas fiscales.Finalmente, la expositora reiteró que la información precargada por la autoridad debe utilizarse únicamente como referencia, por lo que es indispensable revisarla y conciliarla con la contabilidad del contribuyente. Una adecuada preparación y verificación de la información permitirá presentar la declaración anual de manera correcta y evitar posibles inconsistencias ante la autoridad fiscal.
El 4 de marzo se presentó en el Colegio el curso Prevención de errores en la declaración anual de personas físicas, gracias a la coordinación de la comisión técnica de Investigación Fiscal representada por Adrián Urbina Galicia. El espacio contó con la participación de expertos en materia que compartieron información fundamental para identificar errores frecuentes en la presentación de esta declaración, con el fin de prevenir fallos y facilitar el cumplimiento de obligaciones.Santiago Vélez Suberbie y Salvador Rotter Aubanel, integrantes de la comisión mencionada, fueron los encargados de poner a disposición de la audiencia sus conocimientos y experiencia para brindar este foro de actualización.Para comenzar, los ponentes señalaron las consecuencias que pueden derivar de cometer errores en la presentación de la declaración anual a personas físicas, ya que éstas pueden ir desde multas y cartas invitación hasta la pérdida de beneficios fiscales. Por ello, según comentan los expertos, el cumplimiento es fundamental para agilizar evitar estas sanciones, pero también para agilizar las devoluciones de saldo a favor por datos incorrectos, reducir riesgos de auditorías y, por lo tanto, ahorro de tiempo y costos.La prevención de errores en la declaración comienza desde los aspectos más elemental, como la verificación de la vigencia en la e.firma y contraseña del contribuyente o la omisión de esta presentación cuando se está obligado a realizarla. Los ponentes señalaron que es importante mantener presente la fecha de vencimiento, ya que puede implicar una renovación obligatoriamente presencial que comprometa la presentación fiscal puntual. Con ello, se señaló una máxima para el resto del curso: la prevención y la planeación son fundamentales para preservar el cumplimiento.Así, los expertos detallaron en los errores más comunes relacionado con la captura de ingresos de los contribuyentes basándose en el tipo de ingreso: Salarios y en General por la Presentación de un Servicio Personal Subordinado, por Actividades Empresariales y Profesionales, por Arrendamiento y en General por Otorgar el uso o Goce Temporal de Bienes Inmuebles, por Enajenación de Bienes, por Adquisición de Bienes, por Intereses, por la Obtención de Premios, por Dividendos y en General por las Ganancias Distribuidas por Personas Morales, etcétera.Entre los errores comunes destacados, se encuentra los derivados del ingreso intermediado por plataformas digitales. En este apartado, los ponentes señalaron que se deben acumular los ingresos de distintas plataformas y considerar las deducciones personales. Al respecto, los expositores señalaron que este caso refleja la importancia de mantenerse actualizado en materia fiscal, ya que nuevas formas de ingresos como esta deben responder también a la normatividad vigente.De manera complementaria, se comentaron las consideraciones que se deben tener para evitar equivocaciones en la declaración de las deducciones del contribuyente. Entre lo comentado, se señalaron algunos límites en deducciones concretas vinculados al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).Adicionalmente, los comisionados indicaron que las deducciones personales por honorarios médicos suelen ser un tema de confusión para algunos contribuyentes, por lo que extendieron las dudas más comunes derivados de éstas. Entre ellas, comentaron que los servicios de sanidad nutricional y psicológica califican como honorarios médicos, así como estudios clínicos, honorarios a enfermeras, renta de aparatos para rehabilitación e incluso medicina que haya sido incluida en facturas expedidas por hospitales.Finalmente, para reiterar lo comentado previamente, se comentó la importancia de la preparación, anticipación y actualización para la minimizar riesgos en la presentación de la declaración anual de personas físicas, por lo que se invitó a los asistentes a analizar cada caso con antelación para presentar debidamente la declaración de manera puntual y evitar retrasos que comprometan el cumplimiento fiscal.