Por segundo año consecutivo, el Colegio realizó su Foro de economía digital, el 15 y 16 de junio, en el que se abordaron temas como Actualización de reglas fiscales en materia de economía digital y plataformas digitales en México; Criptoactivos: marco legal y régimen fiscal; Actuación de la Prodecon en economía digital; Tendencias en el mundo en materia fiscal de economía digital y Nuevo enfoque de negocios por la disrupción de la pandemia.
El primer día hablaron de las tendencias en materia fiscal y del nuevo enfoque de negocios, temas expuestos por Armando Lara Yaffar, socio en KPMG; Ana Teresa Aceves Villalba, de la comisión técnica Fiscal Internacional del Colegio y socia de Country Tax Manager IBM; Eutimio Quevedo, director global de contraloría de Grupo Bimbo, y Fernando Ocampo, CFO en Telcel, respectivamente.
Sobre los aspectos fiscales, Lara Yaffar y Aceves Villalba tomaron como referencia el Proyecto de Erosión de Bases y Traslado de Utilidades (BEPS, por sus siglas en inglés) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que tiene su fundamento en garantizar una fiscalidad más transparente y legal.
Dicho proyecto está estructurado en dos pilares:
Lara Yaffar explicó los objetivos principales de ambos pilares, destacando que el “pilar 1. Se centra en la asignación de derechos tributarios entre jurisdicciones, la nueva asignación de beneficios y las reglas de nexo. Busca dar cabida a nuevos modelos de negocio y ampliar los derechos tributarios de las jurisdicciones de mercado (por ejemplo, la ubicación de los usuarios)”.
Acerca de este primer pilar, los expositores hablaron de los beneficios que se esperan obtener como la nivelación y certeza del campo de juego tributario y que los negocios digitales estarían pagando lo que corresponde en cada jurisdicción.
Asimismo, comentaron que se pretende unificar en el gravamen de los negocios digitales, y que los países desarrollados y en desarrollo podrían tener el derecho tributario de gravar con base en los usuarios finales o la dimensión de su mercado, y ya no tanto por la presencia física.
En cuanto al pilar 2, Lara Yaffar puntualizó: “Conocida como la propuesta global contra la erosión de la base imponible (GloBE), que aborda de manera integral los problemas restantes de BEPS. Conjunto coordinado de normas para abordar la transferencia de beneficios y la competencia fiscal al otorgar a las jurisdicciones el derecho a la 'devolución de impuestos' cuando otras jurisdicciones no hayan ejercido sus derechos tributarios primarios o los ingresos estén sujetos a una tasa baja de impuestos”.
Relativo a este segundo pilar, los panelistas comentaron que actúa como respaldo del Income Inclusion Rate (IIR), que niega deducciones o introduce impuestos basados en la fuente, bajo ciertas condiciones.
La segunda parte del foro estuvo a cargo de los panelistas Eutimio Quevedo y Fernando Ocampo, quienes con base en su experiencia profesional, y tomando como referencia los 20 puntos analizados por más de 50 expertos, sobre lo que viene para el 2021, hablaron del nuevo enfoque de negocios tras la pandemia.
En sus intervenciones comentaron que, a raíz del confinamiento, las empresas adoptaron a la tecnología como su herramienta de trabajo, mientras tanto, los usuarios acogieron las compras y servicios en línea como una tendencia del e-commerce.
De los 20 puntos examinados, destacaron la importancia del Learning Experience Design como un sistema esencial para las instituciones educativas, ya que la educación no volverá a ser la misma.
En lo que respecta a la salud, ésta migró a lo digital, y los diagnósticos básicos serán realizados por dispositivos IOT (Internet de las cosas).
En el campo de la salud mental, el Employee Experience Design cobra importancia al ayudar a las personas a sobrellevar las situaciones de agresividad, soledad y angustia por el aislamiento del trabajo remoto.
En lo que concierne a los temas o actividades que se adoptarían sería el uso de las tecnologías en el terreno de las videoconferencias, pues se vio gran beneficio al acortar distancias; asimismo, a más de un año en reclusión, las casas están adaptadas a la tecnología para el trabajo remoto; actualmente existe la posibilidad de ser contratado por alguna empresa extranjera, sin la necesidad de desplazarse del lugar de origen, entre otros.
Por último, los panelistas apelaron a abrazar el cambio y rediseñar el futuro personal y empresarial, pues lo mejor siempre está por venir.
En la segunda jornada del foro se presentaron tres paneles; en el primero, se trataron las reglas de las plataformas digitales y sus aspectos fiscales, a cargo de Ángel Turanzas Díaz, socio de Turanzas, Bravo & Ambrosi; y Patricia López Padilla, socia en Creel Abogados; ambos conferencistas de la comisión técnica de Investigación Fiscal.
Sobre el tema de la economía digital, Turanzas Díaz argumentó que es el resultado de un proceso de transformación desencadenado por las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), cuyos beneficios son el de “potenciar y estandarizar las tecnologías; mejorar los procesos comerciales; impulsar la innovación de todos los sectores de la economía”.
De igual manera comentó que las características relevantes en el ámbito fiscal, es que permiten movibilidad, importación de datos y proliferación de modelos de negocio multilateral.
En correspondencia al tema abordado en la primera jornada, sobre el BEPS y la propuesta de implementación internacional, Turanzas Díaz comentó que México tiene sus bases fiscales en la RMF.
En el terreno de las sanciones dijo que podrían aplicar alguna al concesionario del servicio de la red, el monto puede llegar hasta de 1 millón de pesos, e incluso, cerrar el acceso de la plataforma cuando se omitan las obligaciones fiscales.
En esa misma línea, López Padilla hizo mención de la propuesta que se tiene para gravar las plataformas de streaming con el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) con la finalidad de “establecer un nuevo gravamen para las empresas extranjeras que comercialicen contenidos audiovisuales a través de Internet”, derivado de la propuesta de la OCDE, dentro del proyecto BEPS.
El segundo panel de la tarde se cubrió de criptoactivos, a partir del marco legal y fiscal. El encargado del tema fue Valentín Ibarra Melero, socio de Chévez, Ruiz, Zamarripa, quien enunció que “el marco regulatorio en el sector financiero está respaldado por la Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera; en materia de prevención de lavado de dinero, cuentan con la LFPIORPI y las disposiciones de carácter general de la Ley Fintech; en el ámbito de las Normas de Información Financiera, se tiene el sustento de la NIF C-22”.
La tercera mesa de diálogo, y última, estuvo representada por Guillermo Guzmán Anaya, director de quejas y reclamaciones B de la Prodecon, quien habló de la misión que tiene la procuraduría como defensor del contribuyente, y de las posibles soluciones brindadas a los usuarios, cuando una plataforma digital, por alguna razón, no emitió un CFDI, no hizo un correcto desglose de los impuestos del IVA e ISR, por no tener respuesta el usuario cuando solicitó su registro al Régimen de las Actividades Empresariales, entre otros.
En consecuencia, el "ombudsman" presentó cuatro casos recurrentes con una serie de planteamientos y soluciones.
Para concluir el itinerario, los moderadores Paola Irene Salvador López, gerente de Mancera en E&Y, y Raúl Tagle Cázares, socio de Mancera, e integrantes de la comisión técnica de Investigación Fiscal, agradecieron la participación de los asistentes.
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Entender y planificar la transición generacional de un negocio familiar fue el enfoque principal del curso en línea Sucesión en empresas familiares, que se llevó a cabo el 10 de septiembre. El objetivo era ofrecer una perspectiva clara y práctica sobre cómo garantizar una transferencia ordenada y estratégica, integrando tanto los aspectos empresariales como los familiares. Sergio Jara Rullán y Carlos Enrique Orozco-Felgueres Loya, integrantes de la comisión técnica del Sector Empresarial y expertos en el tema, fueron los encargados de la presentación. Ambos contadores destacaron que la ausencia de un plan de sucesión representa un riesgo significativo para la mayoría de las empresas familiares en México, donde más de la mitad enfrenta la amenaza de cierre por esta razón. Una transición bien planificada es crucial para asegurar la continuidad del negocio y prevenir conflictos familiares. Según Sergio Jara Rullán, basándose en un estudio del IPADE Business School, comentó que 57% de las empresas familiares en México y Latinoamérica están en riesgo de fracasar debido a la falta de un plan de sucesión. Sólo 3% de estas empresas cuenta con un plan de sucesión explícito para su dirección general. Sin un plan claro, las empresas familiares son más vulnerables a conflictos internos y a una posible disolución. En México, 21% de estas empresas logra llegar a la segunda generación, y menos del 10% sobrevive a la tercera y cuarta generaciones.Cuando se trata de las herramientas legales para la sucesión en México, Jara Rullán destacó tres instrumentos clave que pueden facilitar la planificación sucesoria: 1.- Donación: se refiere a la transferencia gratuita de activos o acciones mientras el propietario aún está vivo. 2.- Usufructo: esta figura legal divide la propiedad en dos derechos diferentes: • Nuda Propiedad: que es la propiedad neta del activo, la cual se transfiere al sucesor. • Usufructo: el derecho a usar, disfrutar y recibir los beneficios (como dividendos) del activo, que permanece con el fundador. 3.- Fideicomiso: es un contrato donde el fundador (fideicomitente) transfiere activos a una institución financiera (fiduciario) para que los administre en beneficio de los herederos (fideicomisarios). Por su parte, el contador Carlos Enrique Orozco-Felgueres Loya comenzó argumentando que el patrimonio como una herramienta para el bienestar es entender que el patrimonio no es sólo un objetivo en sí mismo, sino una herramienta valiosa para lograr la seguridad económica y el bienestar familiar. Profundizó en cómo acumular activos (como propiedades, ahorros, inversiones y negocios) puede ayudar a las familias a: A) Enfrentar imprevistos: contar con un respaldo financiero para emergencias médicas, pérdidas de empleo o reparaciones inesperadas. B) Planificar el futuro: financiar la educación de los hijos, la jubilación de los padres o el lanzamiento de un nuevo negocio. C) Generar ingresos pasivos: hacer que el dinero trabaje para la familia a través de rentas o dividendos, disminuyendo así la dependencia del ingreso laboral.Asimismo, abordó los temas de los riesgos y conflictos patrimoniales vinculados a la empresa familiar y a la sucesión, así como la transferencia del patrimonio en vida o al fallecimiento y con ello, las acciones preventivas. A lo largo de su participación, el contador Orozco-Felgueres añadió que, para lograr una transición exitosa, es fundamental establecer un sólido marco de gobernanza. Esto implica crear un consejo de familia y un consejo de administración para separar las decisiones empresariales de la dinámica familiar. También recomendó implementar un protocolo familiar, que es un acuerdo privado que establece las reglas para la participación de los miembros de la familia en la empresa. Este protocolo puede integrarse oficialmente en los estatutos de la empresa y registrarse en el Registro Público de Comercio, dándole así validez legal. Alternativamente, puede vincularse a un fideicomiso, lo que le otorga una fuerte base legal e incluso puede eliminar la necesidad de un testamento o un juicio sucesorio. La clave está en elegir las herramientas adecuadas, o una combinación de ellas, para asegurar la sostenibilidad a largo plazo de la familia y el negocio.
El Colegio llevó a cabo, este 9 de septiembre, el foro Sucesiones patrimoniales internacionales: herencias, legados y trusts, espacio en el que los expertos en planeación patrimonial compartieron su experiencia en torno a estructuras internacionales y casos prácticos relacionados con herencias, legados y donaciones. Coordinado por Juan Ignacio Rivero, el evento contó con la participación de los contadores Layda Cárcamo, Juan Ángel Becerra y Pedro Corona.En su turno, Layda Cárcamo destacó las razones fundamentales para planear la sucesión patrimonial, como la protección de la riqueza acumulada, la continuidad de los negocios familiares y la preservación de la armonía familiar. A su vez, enfatizó la distinción entre la planeación patrimonial y prácticas ilegales como la evasión fiscal y el lavado de dinero, advirtiendo sobre las consecuencias de no planear, tales como el desconocimiento de activos, la incapacidad de los herederos para administrarlos y la aparición de herederos no deseados.También, mencionó que se debe considerar la situación financiera futura de los herederos, posibles discapacidades y la justicia en la distribución de bienes. La especialista subrayó que “una adecuada planeación no solo protege los activos, sino que también permite a las familias tomar decisiones informadas que pueden evitar conflictos futuros”.Por su parte, Pedro Corona habló acerca de la importancia de entender el concepto de residencia fiscal en los EUA y cómo esto afecta a los residentes mexicanos. Aclaró que la determinación de la residencia se basa en criterios objetivos, lo que es crucial para la planificación fiscal.Además, detalló las implicaciones que tiene la residencia en la tributación sobre la renta, lo que puede influir en la estrategia patrimonial de los individuos que operan o tienen activos en ambos países.En tanto, Juan Ángel Becerra abordó el tema de Canadá como un destino favorable para la protección patrimonial internacional, hablando sobre la estabilidad y reputación del sistema legal canadiense, el acceso a más de 90 tratados fiscales y la existencia de corporaciones con responsabilidad limitada que facilitan la concentración de inversiones en diversos activos, incluidos bienes raíces y valores bursátiles. Ante este contexto internacional, remarcó la trascendencia de las holding companies como herramientas efectivas para estructurar inversiones y proteger el patrimonio familiar, así como la relevancia de contar con un marco legal robusto que ofrezca seguridad y flexibilidad a los inversionistas.Los panelistas concluyeron que, ante el actual panorama internacional, es fundamental adoptar medidas que aseguren un futuro financiero estable y armonioso.
El pasado 9 de septiembre, la comisión Fiscal del Colegio organizó la plática Programa de regularización fiscal, de voz de las autoridades, en la que representantes del Servicio de Administración Tributaria (SAT) explicaron los alcances de este esquema contemplado en el artículo 34 transitorio de la Ley de Ingresos 2025. La medida busca apoyar a personas físicas, micro y pequeñas empresas con adeudos fiscales, ofreciendo una oportunidad excepcional para ponerse al corriente.En la apertura, Adolfo Ramírez Fernández del Castillo, presidente del Colegio, dio la bienvenida a los asistentes y subrayó la importancia de generar foros que fortalezcan la comunicación entre la autoridad y los profesionales de la contaduría. En su mensaje, destacó la relevancia del Paquete Económico 2026 como hoja de ruta financiera del país y convocó al gremio a participar activamente en el análisis técnico y ético de las reformas fiscales en puerta.Para dar inicio con la plática, Alejandro Alcalde Andrade, administrador Desconcentrado de Recaudación del Distrito Federal 1, del SAT, destacó que el programa de regularización fiscal previsto en el artículo 34 transitorio de la Ley de Ingresos de 2025 representa una oportunidad para personas físicas, micro y pequeñas empresas que enfrentan adeudos por contribuciones propias, retenidas o trasladadas de los ejercicios 2023 y anteriores. Señaló que este esquema surge como respuesta a la necesidad de apoyar a los contribuyentes que, tras la pandemia, enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones fiscales, sin que ello signifique falta de voluntad de pago.En ese sentido, explicó que el beneficio aplica únicamente para contribuyentes con ingresos anuales de hasta 35 millones de pesos, siempre que no hayan recibido condonaciones fiscales en programas previos (2007 y 2013), no cuenten con sentencias firmes por delitos fiscales ni estén publicados en los listados del artículo 69 del Código Fiscal. Resaltó que el crédito fiscal debe encontrarse firme o, en su caso, el contribuyente debe desistirse de los medios de defensa interpuestos, lo que permite acceder a reducciones significativas en multas, recargos y accesorios.El expositor detalló los cuatro supuestos que abarca el estímulo: Contribuciones autodeterminadasContribuyentes en facultades de comprobaciónCréditos fiscales determinados con convenio de pago a plazosCréditos fiscales firmesEn cada caso, las condiciones y fechas límite varían, siendo el 30 de septiembre de 2025 la fecha clave para solicitar el beneficio en los incisos C y D, y el 31 de diciembre de 2025 para la regularización en el inciso A. Subrayó que en todos los supuestos el pago debe realizarse en una sola exhibición o, de manera limitada, en parcialidades hasta noviembre de 2025.Para cerrar su intervención, Alcalde Andrade remarcó que el estímulo fiscal permite que los contribuyentes solo paguen la contribución actualizada, liberándolos de recargos, multas, gastos de ejecución y extraordinarios, lo que representa un ahorro considerable. Invitó a los contadores a difundir esta información entre sus clientes y colegas, ya que se trata de una medida excepcional que busca fortalecer la cultura contributiva y dar certidumbre a quienes desean ponerse al corriente en sus obligaciones fiscales.Continuando con la plática, la jefa del Departamento de Beneficios Fiscales en la Administración Desconcentrada de Recaudación del Distrito Federal 1, del SAT, Temis García Alvarado, compartió los procedimientos para que los contribuyentes puedan acceder al programa de regularización fiscal previsto en la Ley de Ingresos 2025. Profundizó que, en el caso de los incisos A y B (contribuciones autodeterminadas y aquellas bajo facultades de comprobación), el trámite se realiza directamente en el portal de declaraciones y pagos del SAT, seleccionando el estímulo fiscal correspondiente para aplicar la reducción de recargos y, en su caso, de multas. En cambio, para los incisos C y D (créditos fiscales en convenio de pago a plazos y créditos firmes), comentó que el procedimiento debe realizarse a través de un caso de aclaración en Mi portal, adjuntando la documentación soporte requerida.García Alvarado destacó que este estímulo es particularmente atractivo porque permite la reducción al 100% de recargos y multas, sin importar su tipo, lo que lo hace más favorable que los beneficios previstos en otras disposiciones como el artículo 70-A del Código Fiscal. Subrayó la importancia de cumplir con los requisitos establecidos, en especial el límite de ingresos de 35 millones de pesos, y de que los contadores funjan como puente de comunicación para orientar a los contribuyentes en el aprovechamiento de esta medida excepcional de regularización.Por último, Perla Xóchitl Sánchez Rodríguez, subadministradora de Recaudación en la Administración Desconcentrada de Recaudación del Distrito Federal 1, del SAT, abundó en las principales problemáticas que enfrentan los contribuyentes al solicitar la aplicación del estímulo fiscal previsto en la Ley de Ingresos 2025. Señaló que en los casos de los incisos C y D (adeudos con pago en parcialidades vigentes y créditos firmes), la solicitud debe realizarse mediante un caso de aclaración en el portal del SAT, cumpliendo con los requisitos de la ficha de trámite 10 de la Resolución Miscelánea Fiscal. Advirtió que los errores más frecuentes incluyen la falta de documentación, escritos incompletos o mal formateados, así como la omisión de manifestaciones necesarias, lo que retrasa o impide la procedencia del beneficio.Asimismo, destacó que el estímulo aplica únicamente cuando existe una contribución omitida, pues el objetivo es la regularización de adeudos y no el perdón de multas aisladas. Aclaró que el beneficio permite la reducción de recargos, multas, gastos de ejecución y accesorios, incluso en casos de responsabilidad solidaria, siempre que se cumpla con el límite de ingresos de 35 millones de pesos. Finalmente, subrayó que este programa es una oportunidad para que los contribuyentes se pongan al corriente.