Estimada (o) socia (o):
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), en seguimiento a las solicitudes hechas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para extender el plazo de entrega del dictamen fiscal, informa lo siguiente.
El IMCP ha insistido en la necesidad de brindar efectos fiscales y legales a los dictámenes presentados de forma extemporánea por causas no imputables al contribuyente sino, entre otras razones, a contingencias del Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED) del SAT. Por lo anterior, ayer 25 de mayo, el IMCP presentó al SAT una nueva solicitud de reconsideración del plazo de entrega, donde se vierten los argumentos y se pide respetuosamente reconsiderar la emisión de una regla de resolución miscelánea que establezca un plazo razonable para que los dictámenes presentados después del 15 de mayo surtan efectos sin lugar a sanciones, de conformidad con el artículo 73.° del Código Fiscal de la Federación.
Con ello, el IMCP reitera a las autoridades fiscales su disposición por sumar esfuerzos en favor de una cultura contributiva, así como fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Además, garantiza que los 60 colegios federados que lo integran se encuentran en la mejor disposición para colaborar y asistir a la comunidad empresarial mexicana.
Por último, anexa una síntesis de medios como referencia de las acciones realizadas por el IMCP, sus colegios federados y cámaras empresariales.
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Recibe un cordial saludo.
Dr., C.P.C. y P.C.Fl. José Manuel Velderrain Sáenz