Estimada(o) asociada(o):
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) informa que, en línea con la fracción VIII del artículo 29.° y el artículo 29.° ter de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), así como con el artículo 59.° del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit, el patrón que desee presentar el aviso para dictaminar el cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de aportaciones al Infonavit deberá hacerlo dentro de los cuatro meses siguientes al término del ejercicio fiscal inmediato anterior. Es decir, el plazo vence el 30 de abril de 2025.
Consulta en el folio original las modalidades para presentar el aviso y los puntos por cubrir, a la par de enlaces a los comunicados, anexos y formatos relacionados.
Por último, considera que es obligación del patrón verificar que la documentación y formatos presentados estén completos y sean correctos.
Recibe un cordial saludo.
Dr., M.A.P. y C.P.C. Adolfo Ramírez Fernández del Castillo