Estimada (o) socia (o):
El Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió la regla 2.10.28 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, así como la ficha de trámite 318/CFF sobre el Informe proporcionado por el Contador Público Inscrito (CPI) respecto del incumplimiento a las disposiciones fiscales y aduaneras o de un hecho probablemente constitutivo de delito (Informe de incumplimiento) donde se establecen los requisitos e información a contener en dicho informe, que debe presentarse mediante un escrito libre.
En el folio original que da origen a este aviso, se proporcionan las causas que motivan este Informe de incumplimiento, así como recomendaciones relativas al escrito y su entrega. Este informe debe presentarse a la autoridad a partir de que se tenga conocimiento del hecho o hasta 30 días hábiles posteriores a la fecha en que debe presentarse el dictamen, que para los dictámenes fiscales 2022 vence el 26 de junio de 2023.
Consulta el folio original.
Recibe un cordial saludo.
Dr., C.P.C. y P.C.Fl. José Manuel Velderrain Sáenz